CONVENCIÓN SOBRE ARMAS QUÍMICAS
 
   
 
 
 
   
   
   
     
  Antecedentes
En 1992, tras una década de largas y concienzudas negociaciones, la Conferencia de Desarme aceptó el texto de la Convención sobre Armas Químicas, que después fue aprobado por la Asamblea General en su cuadragesimoséptimo periodo de sesiones, el 30 de noviembre de 1992, en virtud de la resolución titulada "Convención sobre la Prohibición del Desarrollo, la Producción, el Almacenamiento y el Empleo de Armas Químicas y sobre su Destrucción"

Esta Convención es el primer acuerdo de desarme negociado en el seno de un marco multilateral que prevé la eliminación de una categoría completa de armas de destrucción en masa. Su alcance, las obligaciones contraídas por los Estados Partes y el sistema de verificación concebido para su cumplimiento no tienen precedentes.  

Texto de la Convención*
Estado de la Convención*

Esta Convención prohibe cualquier desarrollo, producción, adquisición, almacenamiento, transferencia y empleo de armas químicas. Exige que cada Estado Parte destruya las que posea, así como las instalaciones para su producción, al igual que cualquier arma química que hubiera abandonado en el territorio de otro Estado Parte. Las disposiciones de verificación de la Convención sobre Armas Químicas no sólo afectan al sector militar, sino también a la industria química civil en todo el mundo, debido a ciertas restricciones y obligaciones en relación con la producción, el tratamiento y el consumo de productos químicos que se consideran relevantes para los objetivos de la Convención. Estas disposiciones serán verificadas mediante la combinación de la obligación de informar, de inspecciones rutinarias sobre el terreno de los sitios declarados y de inspecciones por denuncia con breve plazo de preaviso. La Convención también incluye disposiciones sobre la ayuda en caso de que un Estado Parte sea atacado o amenazado con un ataque con armas químicas y sobre el fomento del comercio de productos químicos y equipo relacionado entre los Estados Partes.

El Secretario General de las Naciones Unidas es el Depositario de esta Convención. La Convención fue abierta a la firma el 13 de enero de 1993 en París de mano del Secretario General de las Naciones Unidas y 130 Estados la firmaron. El 31 de octubre de 1996, Hungría se convirtió en el 65º Estado en depositar su instrumento de ratificación, desencadenando, así, 180 días más tarde, el proceso de entrada en vigor de la Convención sobre Armas Químicas, que finalmente tuvo lugar el 29 de abril de 1997.

Químicas, que finalmente tuvo lugar el 29 de abril de 1997. La Organización para la Prohibición de las Armas Químicas (OPAQ) fue establecida en La Haya y es responsable de la aplicación de la Convención. La OPAQ tiene instrucciones de garantizar la aplicación de las disposiciones de la Convención, incluidas las de verificación internacional de cumplimiento con ella, y de proporcionar un foro de consultas y cooperación entre los Estados Partes.

ENTRADA EN VIGOR: 29 de abril de 1997
DEPOSITARIO: Secretario General de la ONU
NÚMERO TOTAL DE PARTES A PARTIR DE AGOSTO DE 2000: 140 Partes
 
 

 
   
 
     
  Enlace a la OPAQ*  
   
 
 
     
 

Resoluciones de la Asamblea General
A/RES/57/82 (2002)
A/RES/56/24 K (2001)
A/RES/55/33 H K (2002)

Acuerdo entre las Naciones Unidas y la OPCW
A/RES/55/283, 24 September 2001

Estado de la Base de Datos sobre los Acuerdos Multilaterales de Regulación de Armamentos y Desarme*

 
   
(* en inglés)