La
ONUC se estableció
por la
resolución 143 (1960), de 14 de julio de 1960, del
Consejo de Seguridad, por la que se decidió "autorizar
al Secretario General a tomar las medidas necesarias, previa consulta
con el Gobierno de la República del Congo, para prestar a dicho
Gobierno la asistencia militar que pudiera necesitar hasta que, a
través de los esfuerzos del Gobierno y la asistencia técnica
de las Naciones Unidas, las fuerzas de seguridad nacionales fueran
capaces, en la opinión del Gobierno, de cumplir plenamente
con sus cometidos".
El mandato inicial de la ONUC era el de garantizar
la retirada de las fuerzas belgas de la República del Congo,
ayudar al Gobierno a mantener el orden público y prestarle
asistencia técnica. La función de la ONUC se modificó
posteriormente para introducir el mantenimiento de la integridad territorial
y la independencia política del Congo, impedir que se produjera
una guerra civil y asegurar la retirada del Congo de todo personal
militar, paramilitar y de asesoramiento extranjero no dependiente
del Mando de las Naciones Unidas, así como la de todos los
mercenarios.
En la aplicación de su mandato, se autorizó
a la ONUC a hacer uso de la fuerza si procediera. En la resolución
161 (1961) , de 21 de febrero de 1961, el Consejo instó
a las Naciones Unidas a que "adoptaran inmediatamente todas las
medidas apropiadas para impedir que se produjera una guerra civil
en el Congo, inclusive arreglos para la cesación del fuego,
la suspensión de todas las actividades militares, la prevención
de los choques y el uso de la fuerza, en caso necesario, como último
recurso".
En su resolución
169 (1961), de 24 de noviembre de 1961, el Consejo autorizó
al Secretario General a "emprender una acción vigorosa,
con inclusión, en su caso, del uso de la fuerza en la medida
necesaria, para la inmediata aprehensión, detención
en espera de su procesamiento o expulsión de todo el personal
militar y paramilitar y los asesores políticos extranjeros
no dependientes del Mando de las Naciones Unidas, así como
de los mercenarios", según lo previsto en la resolución
161 (1961) aprobada por el Consejo de Seguridad.

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y mantenido en español por la Sección del Sitio Internet de la ONU
de la División de Noticias y Medios de Información del Departamento
de Información Pública, en colaboración con el Departamento de Operaciones
de Paz.
El contenido de esta página es una traducción no oficial, elaborada
con la participación de la Facultad de Traducción de la Universidad
de Salamanca. © Las Naciones Unidas 2003