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UN Programme on Disability   Working for full participation and equality

Aplicación del Programa de Acción Mundial
para los Impedidos

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CONTENTS

I. Introducción

II. Reseña de actividades recientes en materia de políticas y programas

III. Normas y principios internacionales relativos a las personas con discapacidad

IV. Datos y estadísticas relativos a las personas con discapacidad

V. Accesibilidad en la Sede de las Naciones Unidas

VI. Fondo de Contribuciones Voluntarias de las Naciones Unidas para Problemas de Discapacidad

Adición

I. Examen analítico del progreso hacia una mayor igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad

II. Fondo de Contribuciones Voluntarias de las Naciones Unidas para Problemas de Discapacidad

Anexos

I. Fondo de Contribuciones Voluntarias de las Naciones Unidas para Problemas de Discapacidad: proyectos apoyados

II. Proyectos financiados en cooperación con el Programa Árabe del Golfo para las Organizaciones de Desarrollo de las Naciones Unidas (AGFUND)

III. Normas y principios internacionales relativos a las personas con discapacidad

Introducción

20. En el tercer examen y evaluación quinquenal de la aplicación del Programa de Acción Mundial para los Impedidos (A/52/351) se consideró la conciencia cada vez mayor acerca de un amplio marco de derechos humanos para promover los derechos sociales, económicos y culturales, así como los derechos civiles y políticos, de las personas con discapacidad. El amplio marco de derechos humanos para personas con discapacidad aprovecha la considerable cantidad de normas y principios internacionales en las esferas social, económica, cultural, civil y política y refleja la preocupación internacional por que los programas de desarrollo sean participatorios e inclusivos y contribuyan a mejorar el bienestar y los medios de vida de todos4. La inclusión de los derechos humanos de las personas con discapacidad como cuestión concreta de política en documentos como la Declaración y Programa de Acción de Viena aprobada por la Conferencia Mundial de Derechos Humanos5, la Declaración de Copenhague sobre Desarrollo Social y el Programa de Acción de la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social6, así como la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing aprobada por la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer7, reflejan el reconocimiento internacional de un amplio enfoque de derechos humanos para promover la condición de las personas con discapacidad en las actividades principales de desarrollo.

21. En el derecho internacional contemporáneo se reconoce cada vez más que los Estados deberían incorporar en su legislación nacional las normas y principios internacionales. Si bien los medios escogidos para promover la plena vigencia de los derechos económicos, sociales y culturales de las personas con discapacidad serán diferentes de un país a otro, los datos indican que no hay ningún país donde no se necesiten acciones de gran magnitud en materia de políticas o programas. La obligación asumida por los Estados Partes en virtud de los instrumentos jurídicos internacionales, en cuanto a promover la vigencia progresiva de los derechos pertinentes hasta el máximo de sus recursos disponibles, requiere que los gobiernos hagan más que simplemente abstenerse de adoptar medidas que puedan tener efectos negativos sobre las personas con discapacidad.

22. En la Carta de las Naciones Unidas se establecen las obligaciones fundamentales de los Estados Miembros de asegurar el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales para todos. Hay varias convenciones y recomendaciones generales e instrumentos internacionales concretamente referentes a la discapacidad que, si bien no son jurídicamente vinculantes8, son aplicables a las políticas, los programas y la legislación para promover los derechos de las personas con discapacidad. Por consiguiente, el amplio enfoque de derechos humanos aplicado a la discapacidad incluye el criterio de promover los derechos y el bienestar de todas las personas, independientemente de la discapacidad, mediante la promoción de la aplicación de instrumentos internacionales, tanto generales como concretamente referentes a la discapacidad, que abarcan desde los derechos civiles y políticos hasta los derechos económicos, sociales y culturales para todos.

Actividades recientes

23. En abril de 1998, el Gobierno de la República Dominicana, en cooperación con varias organizaciones no gubernamentales, adoptó una importante iniciativa para promover conciencia y fomentar la capacidad nacional en materia de aplicación de criterios amplios de derechos humanos a las personas con discapacidad. El Gobierno recibió una asistencia sustantiva de la Organización Mundial de Personas con Discapacidad, una organización no gubernamental. Con la eficaz participación de la Asociación Dominicana de Personas con Discapacidad (FENDID) y la Asociación Dominicana para la Rehabilitación (ADR), la Organización Mundial de Personas con Discapacidad planificó y organizó un seminario subregional para Centroamérica y los países del Caribe de idioma español, sobre la formación de instructores con miras a la supervisión de la aplicación de las Normas Uniformes sobre la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad, de las Naciones Unidas (Santo Domingo, 13 a 18 de abril de 1998). Jaime David Fernández, Vicepresidente de la República Dominicana, declaró abierto el seminario, el cual proporcionó un foro para que una amplia gama de comunidades interesadas intercambiaran experiencias y formularan planes de acción a fin de promover la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad, para ellas y con ellas9. Como seguimiento del seminario, el equipo internacional de consultores publicó recientemente en la Internet una versión en inglés de las presentaciones sustantivas en el seminario (http://www.worldenable.net) y estableció un foro en línea para el intercambio de ideas sobre la promoción y vigilancia de la aplicación de las Normas Uniformes (http://www.worldenable.net/srdiscuss).

24. Como medio de determinar las prioridades de investigación con el propósito de continuar la aplicación de las normas y estándares internacionales relativos a las personas con discapacidad, la Facultad de Derecho Boalt Hall de la Universidad de Berkeley en California, en cooperación con la organización no gubernamental World Institute on Disability, organizó una reunión internacional de expertos sobre normas y principios internacionales relacionados con la discapacidad (Berkeley, 8 a 12 de diciembre de 1998). La reunión congregó a prominentes expertos en legislación y políticas sobre discapacidad, procedentes de todas las regiones y todos los sistemas jurídicos, que examinaron y analizaron diversas cuestiones y tendencias relacionadas con la aplicación de las normas y los principios internacionales a la elaboración y redacción de leyes y opciones normativas que sean sensibles a la discapacidad. Los participantes en la reunión formularon recomendaciones sobre la investigación, las opciones normativas y las directrices técnicas para ayudar a las partes interesadas, tanto gubernamentales como no gubernamentales, a mejorar los marcos jurídicos y normativos nacionales a fin de promover una mayor igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad, con ellas y por ellas10.

25. Habida cuenta del interés expresado por gobiernos, organizaciones no gubernamentales, instituciones académicas y asociaciones profesionales en normas y principios internacionales relativos a las personas con discapacidad, la División de Política Social y Desarrollo publicó recientemente en la Internet un proyecto de compilación de normas y principios internacionales relativos a la discapacidad (http://www.un.org/esa/socdev/discom00.htm). La compilación proporciona una breve introducción, una orientación concisa y referencias a instrumentos internacionales, normas y principios relativos a las personas con discapacidad aprobados por órganos intergubernamentales competentes del sistema de las Naciones Unidas y de otros sistemas de escala regional. El proyecto de compilación fue publicado en la Internet debido a que su magnitud (300 páginas en borrador) dificultó su distribución amplia. La publicación en la Internet ha contribuido a un diálogo sustantivo entre comunidades interesadas acerca de políticas, legislación y programas relativos a personas con discapacidad, lo cual, a su vez, ha incrementado su valor como recurso para que lo utilicen y lo consulten los gobiernos y otras partes interesadas.

26. La experiencia recogida hasta la fecha indica que, como resultado de las consultas, la interpretación y la aplicación del vasto conjunto existente de normas y principios internacionales relativos a las personas con discapacidad por parte de órganos y organizaciones, tanto gubernamentales como no gubernamentales, interesados, ha surgido un nuevo grupo de comunidades integradas por encargados de formular políticas, especialistas en programas, académicos y promotores, sensibilizados respecto de la discapacidad. Todos ellos están contribuyendo a un proceso de promoción y desarrollo de las normas y principios internacionales universalmente aplicables y, en consecuencia, han de promover el avance de los derechos para todos.

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Notas:

4 Véase "Overview of International Legal Frameworks for Disability Legislation (agosto de 1998)", en: http://www.un.org/esa/socdev/disovlf.htm.

5 Informe de la Conferencia Mundial de Derechos Humanos, Viena, 14 a 25 de junio de 1993 (A/CONF.157/24 (Part I)), cap. III.

6 Informe de la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social, Copenhague, 6 a 12 de marzo de 1995 (Publicación de las Naciones Unidas, número de venta S.96.IV.8), cap. I, resolución 1, anexos I y II.

7 Informe de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, Beijing, 4 a 15 de septiembre de 1995 (Publicación de las Naciones Unidas, número de venta S.96.IV.13), cap. I, resolución 1, anexos I y II.

8 Los instrumentos de derechos humanos generales, universales e internacionales son la Declaración Universal de Derechos Humanos (resolución 217 A (III) de la Asamblea General), el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (resolución 2200 (XXI) de la Asamblea General) y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (resolución 2200 A (XXI) de la Asamblea General). Entre los instrumentos internacionales relativos concretamente a la discapacidad que abordan los derechos y la condición jurídica y social de las personas con discapacidad y han sido aprobados como declaraciones, resoluciones y directrices por la Asamblea General de las Naciones Unidas figuran la Declaración de los Derechos del Retrasado Mental (resolución 2856 (XXVI) de la Asamblea General), la Declaración de los Derechos de los Impedidos resolución 3447 (XXX) de la Asamblea General), el Programa de Acción Mundial para los Impedidos (aprobado por resolución 37/52 de la Asamblea General), las Directrices de Tallinn para el desarrollo de los recursos humanos en la esfera de los impedidos (resolución 44/70 de la Asamblea General, anexo), los Principios para la protección de los enfermos mentales y para el mejoramiento de la salud mental (resolución 46/119 de la Asamblea General) y las Normas Uniformes sobre la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad (resolución 48/96 de la Asamblea General, anexo).

9 El informe del seminario está disponible en español en: http://www.un.org/esa/socdev/disttsre.htm.

10 El informe de la reunión de expertos está disponible en: http://www.un.org/esa/socdev/disberk0.htm.

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