****************************************************************************** Este documento ha sido publicado en linea por el Departamento de Coordinacio'n de Poli'ticas y de Desarrollo Sostenible (DCPDS) de las Naciones Unidas. Se alienta la reproduccio'n y divulgacio'n de este documento en formato electro'nico y/o impreso, reconociendo previamente el papel de las Naciones Unidas en permitirlo. ****************************************************************************** NACIONES UNIDAS CUARTA CONFERENCIA MUNDIAL Distr. SOBRE LA MUJER GENERAL A/CONF.177/20 17 de octubre de 1995 ESPAN~OL Beijing, China ORIGINAL: A'RABE/ESPAN~OL/ 4 a 15 de septiembre de 1995 FRANCE'S/INGLE'S/RUSO INFORME DE LA CUARTA CONFERENCIA MUNDIAL SOBRE LA MUJER* (Beijing, 4 a 15 de septiembre de 1995) * El presente documento es una versio'n preliminar del informe de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer. Los anexos I a IV se publicara'n como adiciones al presente documento. El informe completo aparecera' como publicacio'n de las Naciones Unidas. I'NDICE Capi'tulo Pa'gina I. RESOLUCIONES APROBADAS POR LA CONFERENCIA 4 1. Declaracio'n y Plataforma de Accio'n de Beijing 4 2. Expresio'n de reconocimiento al pueblo y al Gobierno de la Repu'blica Popular de China 163 3. Credenciales de los representantes ante la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer 164 II. ASISTENCIA Y ORGANIZACIO'N DE LOS TRABAJOS 165 A. Fecha y lugar de celebracio'n de la Conferencia 165 B. Consultas previas a la Conferencia 165 C. Asistencia 165 D. Apertura de la Conferencia y eleccio'n de la Presidenta 168 E. Mensajes de Jefes de Estado o de Gobierno 169 F. Aprobacio'n del reglamento 169 G. Aprobacio'n del programa 169 H. Eleccio'n de los miembros de la Mesa distintos de la Presidenta 170 I. Organizacio'n de los trabajos, inclusive el establecimiento de la Comisio'n Principal de la Conferencia 171 J. Nombramiento de los miembros de la Comisio'n de Verificacio'n de Poderes 171 III. DEBATE GENERAL 172 IV. INFORME DE LA COMISIO'N PRINCIPAL 177 A. Organizacio'n de los trabajos 177 B. Examen del proyecto de Plataforma de Accio'n 178 C. Examen del proyecto de declaracio'n 185 V. APROBACIO'N DE LA DECLARACIO'N DE BEIJING Y DE LA PLATAFORMA DE ACCIO'N 186 Reservas y declaraciones en cuanto a la interpretacio'n de la Declaracio'n y la Plataforma de Accio'n de Beijing 186 VI. INFORME DE LA COMISIO'N DE VERIFICACIO'N DE PODERES 210 VII. APROBACIO'N DEL INFORME DE LA CONFERENCIA 213 VIII. CLAUSURA DE LA CONFERENCIA 214 Anexos* I. Lista de documentos II. Declaraciones de apertura III. Declaraciones de clausura IV. Declaracio'n de la Presidenta de la Conferencia sobre la interpretacio'n ma's generalizada del te'rmino "ge'nero ________________________ * Se publicara'n como adicio'n al presente documento. Capi'tulo I RESOLUCIONES APROBADAS POR LA CONFERENCIA Resolucio'n 1 Declaracio'n y Plataforma de Accio'n de Beijing* La Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, Reunida en Beijing del 4 al 15 de septiembre de 1995, 1. Aprueba la Declaracio'n y Plataforma de Accio'n de Beijing, que figuran como anexos de la presente resolucio'n; 2. Recomienda a la Asamblea General de las Naciones Unidas en su quincuage'simo peri'odo de sesiones que haga suyas la Declaracio'n y Plataforma de Accio'n de Beijing en la forma aprobada por la Conferencia. * Aprobada en la 16~ sesio'n plenaria, celebrada el 15 de septiembre de 1995; para el debate, ve'ase el capi'tulo V. ANEXO I Declaracio'n de Beijing 1. Nosotros, los Gobiernos que participamos en la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, 2. Reunidos en Beijing en septiembre de 1995, an~o del cincuentenario de la fundacio'n de las Naciones Unidas, 3. Decididos a promover los objetivos de igualdad, desarrollo y paz para todas las mujeres del mundo, en intere's de toda la humanidad, 4. Reconociendo las aspiraciones de las mujeres del mundo entero y tomando nota de la diversidad de las mujeres y de sus funciones y circunstancias, haciendo honor a las mujeres que han allanado el camino, e inspirados por la esperanza que reside en la juventud del mundo, 5. Reconocemos que la situacio'n de la mujer ha avanzado en algunos aspectos importantes en el u'ltimo decenio, aunque los progresos no han sido homoge'neos, persisten las desigualdades entre mujeres y hombres y sigue habiendo obsta'culos importantes, que entran~an graves consecuencias para el bienestar de todos los pueblos, 6. Reconocemos asimismo que esta situacio'n se ha visto agravada por una pobreza cada vez mayor, que afecta a la vida de la mayor parte de la poblacio'n del mundo y tiene sus ori'genes en el a'mbito nacional y en el a'mbito internacional, 7. Nos comprometemos sin reservas a combatir estas limitaciones y obsta'culos y a promover asi' el adelanto y la potenciacio'n del papel de la mujer en todo el mundo, y convenimos en que esta tarea exige una accio'n urgente, con espi'ritu decidido, esperanza, cooperacio'n y solidaridad, ahora y en los albores del nuevo siglo. Reafirmamos nuestro compromiso de: 8. Defender los derechos y la dignidad humana intri'nseca de las mujeres y los hombres, todos los dema's propo'sitos y principios consagrados en la Carta de las Naciones Unidas, la Declaracio'n Universal de Derechos Humanos y otros instrumentos internacionales de derechos humanos, en particular, la Convencio'n sobre la eliminacio'n de todas las formas de discriminacio'n contra la mujer y la Convencio'n sobre los Derechos del Nin~o, asi' como la Declaracio'n sobre la eliminacio'n de la violencia contra la mujer y la Declaracio'n sobre el derecho al desarrollo; 9. Garantizar la plena aplicacio'n de los derechos humanos de las mujeres y las nin~as como parte inalienable, integral e indivisible de todos los derechos humanos y libertades fundamentales; 10. Impulsar el consenso y los progresos alcanzados en anteriores conferencias de las Naciones Unidas - sobre la Mujer, celebrada en Nairobi en 1985, sobre el Nin~o, celebrada en Nueva York en 1990, sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, celebrada en Ri'o de Janeiro en 1992, sobre los Derechos Humanos, celebrada en Viena en 1993, sobre la Poblacio'n y el Desarrollo, celebrada en El Cairo en 1994, y en la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social, celebrada en Copenhague en 1995, con el objetivo de lograr la igualdad, el desarrollo y la paz; 11. Conseguir la aplicacio'n plena y efectiva de las Estrategias de Nairobi orientadas hacia el futuro para el adelanto de la mujer; 12. Promover la potenciacio'n del papel de la mujer y el adelanto de la mujer, incluido el derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia, de religio'n y de creencia, lo que contribuye a la satisfaccio'n de las necesidades morales, e'ticas, espirituales e intelectuales de las mujeres y los hombres, individualmente o en comunidad con otros, por lo que les garantiza la posibilidad de realizar su pleno potencial en la sociedad plasmando su vida de conformidad con sus propias aspiraciones. Estamos convencidos de que: 13. La potenciacio'n del papel de la mujer y la plena participacio'n de la mujer en condiciones de igualdad en todas las esferas de la sociedad, incluidos la participacio'n en los procesos de adopcio'n de decisiones y el acceso al poder, son fundamentales para el logro de la igualdad, el desarrollo y la paz; 14. Los derechos de la mujer son derechos humanos; 15. La igualdad de derechos, de oportunidades y de acceso a los recursos, la distribucio'n equitativa entre hombres y mujeres de las responsabilidades respecto de la familia y una asociacio'n armoniosa entre ellos son indispensables para su bienestar y el de su familia, asi' como para la consolidacio'n de la democracia; 16. La erradicacio'n de la pobreza basada en el crecimiento econo'mico sostenido, el desarrollo social, la proteccio'n del medio ambiente y la justicia social exige la participacio'n de la mujer en el desarrollo econo'mico y social e igualdad de oportunidades, y la participacio'n plena y en pie de igualdad de mujeres y hombres en calidad de agentes y de beneficiarios de un desarrollo sostenible centrado en la persona; 17. El reconocimiento expli'cito y la reafirmacio'n del derecho de todas las mujeres a controlar todos los aspectos de su salud, en particular su propia fecundidad, es ba'sico para la potenciacio'n de su papel; 18. La paz local, nacional, regional y mundial es alcanzable y esta' inextricablemente vinculada al adelanto de la mujer, que constituye una fuerza fundamental para la direccio'n de la comunidad, la solucio'n de conflictos y la promocio'n de una paz duradera a todos los niveles; 19. Es indispensable disen~ar, aplicar y vigilar, a todos los niveles, con la plena participacio'n de la mujer, poli'ticas y programas, entre ellos poli'ticas y programas de desarrollo efectivos, eficaces y sine'rgicos, que tengan en cuenta el ge'nero, y contribuyan a promover la potenciacio'n del papel y el adelanto de la mujer; 20. La participacio'n y contribucio'n de todos los participantes de la sociedad civil, en particular de los grupos y redes de mujeres y otras organizaciones no gubernamentales y organizaciones de la comunidad, con el pleno respeto de su autonomi'a y en cooperacio'n con los gobiernos, son importantes para una aplicacio'n y seguimiento efectivos de la Plataforma de Accio'n; 21. La aplicacio'n de la Plataforma de Accio'n exige el compromiso de los gobiernos y de la comunidad internacional. Al asumir compromisos de accio'n a nivel nacional e internacional, incluidos los asumidos en la Conferencia, los gobiernos y la comunidad internacional reconocen la necesidad de tomar medidas prioritarias para la potenciacio'n del papel y el adelanto de la mujer. Estamos decididos a: 22. Intensificar los esfuerzos y acciones encaminados a alcanzar, antes de que termine el siglo, las metas de las Estrategias de Nairobi orientadas hacia el futuro para el adelanto de la mujer para fines del presente siglo; 23. Garantizar a todas las mujeres y las nin~as todos los derechos humanos y libertades fundamentales, y tomar medidas eficaces contra las violaciones de esos derechos y libertades; 24. Adoptar las medidas que sean necesarias para eliminar todas las formas de discriminacio'n contra las mujeres y las nin~as, y suprimir todos los obsta'culos a la igualdad de ge'nero y al adelanto y potenciacio'n del papel de la mujer; 25. Alentar a los hombres a que participen plenamente en todas las acciones encaminadas a garantizar la igualdad; 26. Promover la independencia econo'mica de la mujer, incluido su empleo, y erradicar la carga persistente y cada vez mayor de la pobreza que recae sobre las mujeres, combatiendo las causas estructurales de esta pobreza mediante cambios en las estructuras econo'micas, garantizando la igualdad de acceso a todas las mujeres, incluidas las de las zonas rurales, como agentes vitales del desarrollo, a los recursos productivos, oportunidades y servicios pu'blicos; 27. Promover un desarrollo sostenible centrado en la persona, incluido el crecimiento econo'mico sostenido, mediante la ensen~anza ba'sica, la educacio'n durante toda la vida, la alfabetizacio'n y capacitacio'n, y la atencio'n primaria de la salud para nin~as y mujeres; 28. Adoptar medidas positivas a fin de garantizar la paz para el adelanto de la mujer y, reconociendo la funcio'n rectora que han desempen~ado las mujeres en el movimiento en pro de la paz, trabajar activamente hacia el desarme general y completo bajo control internacional estricto y eficaz, y apoyar las negociaciones para la concertacio'n, sin demora, de un tratado amplio de prohibicio'n de los ensayos nucleares, de alcance universal y verificable multilateral y efectivamente, que contribuya al desarme nuclear y a la prevencio'n de la proliferacio'n de las armas nucleares en todos sus aspectos; 29. Prevenir y eliminar todas las formas de violencia contra las mujeres y las nin~as; 30. Garantizar la igualdad de acceso y la igualdad de trato de hombres y mujeres en la educacio'n y la atencio'n de salud y promover la salud sexual y reproductiva de la mujer y su educacio'n; 31. Promover y proteger todos los derechos humanos de las mujeres y las nin~as; 32. Intensificar los esfuerzos para garantizar el disfrute en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales a todas las mujeres y las nin~as que enfrentan mu'ltiples barreras para lograr su potenciacio'n y su adelanto por factores como la raza, la edad, el idioma, el origen e'tnico, la cultura, la religio'n o la discapacidad, o por pertenecer a la poblacio'n indi'gena; 33. Garantizar el respeto del derecho internacional, incluido el derecho humanitario, a fin de proteger a las mujeres y las nin~as en particular; 34. Potenciar al ma'ximo la capacidad de las mujeres y las nin~as de todas las edades, garantizar su plena participacio'n, en condiciones de igualdad, en la construccio'n de un mundo mejor para todos y promover su papel en el proceso de desarrollo. Estamos decididos a: 35. Garantizar el acceso de las mujeres en condiciones de igualdad a los recursos econo'micos, incluidos la tierra, el cre'dito, la ciencia y la tecnologi'a, la capacitacio'n profesional, la informacio'n, las comunicaciones y los mercados, como medio de promover el adelanto de las mujeres y las nin~as y la potenciacio'n de su papel, incluso mediante el aumento de su capacidad para disfrutar de los beneficios de la igualdad de acceso a esos recursos para lo que se recurrira' a, entre otras cosas, la cooperacio'n internacional; 36. Garantizar el e'xito de la Plataforma de Accio'n exigira' un compromiso decidido de los gobiernos y de las organizaciones e instituciones internacionales a todos los niveles. Estamos firmemente convencidos de que el desarrollo econo'mico, el desarrollo social y la proteccio'n del medio ambiente son elementos interdependientes y sine'rgicos del desarrollo sostenible, que es el marco de nuestros esfuerzos para lograr una mejor calidad de vida para todos. Un desarrollo social equitativo que reconozca que dar a los pobres, en particular a las mujeres que viven en la pobreza, la posibilidad de utilizar los recursos ambientales de manera sostenible es una base necesaria del desarrollo sostenible. Reconocemos tambie'n que el crecimiento econo'mico sostenido de base amplia en el contexto del desarrollo sostenible es necesario para apoyar el desarrollo social y la justicia social. El e'xito de la Plataforma de Accio'n tambie'n requerira' una movilizacio'n apropiada de recursos a nivel nacional e internacional y recursos nuevos y adicionales para los pai'ses en desarrollo procedentes de todos los mecanismos de financiacio'n disponibles, incluidas las fuentes multilaterales, bilaterales y privadas para el adelanto de la mujer; recursos financieros para fortalecer la capacidad de las instituciones nacionales, subregionales, regionales e internacionales; el compromiso de lograr la igualdad de derechos, la igualdad de responsabilidades y la igualdad de oportunidades, asi' como la igualdad de participacio'n de las mujeres y los hombres en todos los o'rganos y procesos de determinacio'n de poli'ticas a nivel nacional, regional e internacional; el establecimiento o fortalecimiento de mecanismos en todos los niveles para rendir cuentas a las mujeres del mundo; 37. Garantizar tambie'n el e'xito de la Plataforma de Accio'n en los pai'ses con economi'as en transicio'n, lo que exigira' cooperacio'n y asistencia internacionales constantes; 38. Por la presente nos comprometemos en calidad de Gobiernos a aplicar la siguiente Plataforma de Accio'n y a garantizar que todas nuestras poli'ticas y programas reflejen una perspectiva de ge'nero. Instamos al sistema de las Naciones Unidas, a las instituciones financieras regionales e internacionales y a las dema's instituciones regionales e internacionales pertinentes, a todas las mujeres y todos los hombres, asi' como a las organizaciones no gubernamentales, con pleno respeto de su autonomi'a, y a todos los sectores de la sociedad civil a que, en cooperacio'n con los gobiernos, se comprometan plenamente y contribuyan a la aplicacio'n de esta Plataforma de Accio'n. ANEXO II Plataforma de Accio'n I'NDICE Capi'tulo Pa'rrafosPa'gina I. DECLARACIO'N DE OBJETIVOS. . . . . . . . . . . . . . . . .. .1 - 511 II. CONTEXTO MUNDIAL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6 - 4013 III. ESFERAS DE ESPECIAL PREOCUPACIO'N. . . . . . . . . . . .41 - 4422 IV. OBJETIVOS ESTRATE'GICOS Y MEDIDAS. . . . . . . . . . . . .. 45 - 28524 A. La mujer y la pobreza. . . . . . . . . . . . . . . . . .47 - 6824 B. Educacio'n y capacitacio'n de la mujer . . . . . . . . .69 - 8833 C. La mujer y la salud. . . . . . . . . . . . . . . . . .. 89 - 11144 D. La violencia contra la mujer . . . . . . . . . . . . ..112 - 13061 E. La mujer y los conflictos armados. . . . . . . . . . ..131 - 14970 F. La mujer y la economi'a. . . . . . . . . . . . . . . ..150 - 18082 G. La mujer en el ejercicio del poder y la adopcio'n de. 181 - 19598 decisiones H. Mecanismos institucionales para el adelanto de la mujer196 - 209104 I. Los derechos humanos de la mujer . . . . . . . . . . . 210 - 233111 J. La mujer y los medios de difusio'n . . . . . . . . . . 234 - 245123 K. La mujer y el medio ambiente . . . . . . . . . . . . . 246 - 258128 L. La nin~a . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 259 - 285136 V. DISPOSICIONES INSTITUCIONALES. . . . . . . . . . . . . . . 286 - 344147 A. Actividades en el plano nacional . . . . . . . . . . . 293 - 300148 B. Actividades en el plano subregional y regional . . . . 301 - 305149 C. Actividades en el plano internacional. . . . . . . . . 306 - 344150 VI. DISPOSICIONES FINANCIERAS. . . . . . . . . . . . . . . . . 345 - 361158 A. En el plano nacional . . . . . . . . . . . . . . . . . 346 - 350158 B. En el plano regional . . . . . . . . . . . . . . . . . 351 - 352159 C. En el plano internacional. . . . . . . . . . . . . . . 353 - 361159 CAPI'TULO I Declaracio'n de objetivos 1. La Plataforma de Accio'n es un programa encaminado a crear condiciones necesarias para la potenciacio'n del papel de la mujer en la sociedad. Tiene por objeto acelerar la aplicacio'n de las Estrategias de Nairobi orientadas hacia el futuro para el adelanto de la mujer 1/ y eliminar todos los obsta'culos que dificultan la participacio'n activa de la mujer en todas las esferas de la vida pu'blica y privada mediante una participacio'n plena y en pie de igualdad en el proceso de adopcio'n de decisiones en las esferas econo'mica, social, cultural y poli'tica. Esto tambie'n supone el establecimiento del principio de que mujeres y hombres deben compartir el poder y las responsabilidades en el hogar, en el lugar de trabajo y, a nivel ma's amplio, en la comunidad nacional e internacional. La igualdad entre mujeres y hombres es una cuestio'n de derechos humanos y constituye una condicio'n para el logro de la justicia social, adema's de ser un requisito previo necesario y fundamental para la igualdad, el desarrollo y la paz. Para obtener el desarrollo sostenible basado en el ser humano, es indispensable que haya una relacio'n transformada, basada en la igualdad, entre mujeres y hombres. Se necesita un empen~o sostenido y a largo plazo para que mujeres y hombres puedan trabajar de consuno para que ellos mismos, sus hijos y la sociedad este'n en condiciones de enfrentar los desafi'os del siglo XXI. 2. La Plataforma de Accio'n reafirma el principio fundamental, establecido en la Declaracio'n y el Programa de Accio'n de Viena 2/ aprobados por la Conferencia Mundial de Derechos Humanos, de que los derechos humanos de las mujeres y las nin~as son una parte inalienable, integral e indivisible de los derechos humanos universales. Como programa de accio'n, la Plataforma apunta a promover y proteger el pleno disfrute de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales de todas las mujeres a lo largo de su vida. 3. La Plataforma de Accio'n hace hincapie' en que las mujeres comparten problemas comunes que so'lo pueden resolverse trabajando de consuno y en asociacio'n con los hombres para alcanzar el objetivo comu'n de la igualdad de ge'nero* en todo el mundo. La Plataforma respeta y valora la plena diversidad de las situaciones y condiciones en que se encuentra la mujer y reconoce que algunas mujeres enfrentan barreras especiales que obstaculizan su participacio'n plena y en pie de igualdad en la sociedad. 4. La Plataforma de Accio'n pide la adopcio'n de medidas inmediatas y concertadas por todos para crear un mundo paci'fico, justo, humano y equitativo basado en los derechos humanos y las libertades fundamentales, con inclusio'n del principio de la igualdad para todas las personas, independientemente de su edad y de su situacio'n en la vida, y con ese fin reconoce que se necesita un crecimiento econo'mico amplio y sostenido en el contexto del desarrollo sostenible para sustentar el desarrollo social y la justicia social. 5. Para que la Plataforma de Accio'n tenga e'xito se necesitara' el empen~o decidido de los gobiernos, las organizaciones internacionales y las instituciones a todos los niveles. Tambie'n sera' preciso movilizar recursos suficientes a nivel nacional e internacional, asi' como recursos nuevos y adicionales para los pai'ses en desarrollo, a trave's de todos los mecanismos de financiacio'n existentes, incluso las fuentes multilaterales, bilaterales y privadas para el adelanto de la mujer; recursos financieros para fortalecer la capacidad de las instituciones nacionales, subregionales, regionales e internacionales; una dedicacio'n a la igualdad de derechos, la igualdad de responsabilidades y oportunidades y la participacio'n en pie de igualdad de mujeres y hombres en todos los o'rganos y procesos de adopcio'n de poli'ticas nacionales, regionales e internacionales, y el establecimiento o el fortalecimiento de mecanismos a todos los niveles para el proceso de rendicio'n de cuentas a las mujeres del mundo. * Para la interpretacio'n ma's generalizada del te'rmino "ge'nero", ve'ase el anexo IV del presente informe. CAPI'TULO II Contexto mundial 6. La Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer se celebra en momentos en que el mundo se apresta a trasponer el umbral de un nuevo milenio. 7. La Plataforma de Accio'n hace suya la Convencio'n sobre la eliminacio'n de todas las formas de discriminacio'n contra la mujer 3/ y se apoya en las Estrategias de Nairobi orientadas hacia el futuro para el adelanto de la mujer, asi' como en las resoluciones pertinentes aprobadas por el Consejo Econo'mico y Social y la Asamblea General. La formulacio'n de la Plataforma de Accio'n apunta a establecer un grupo ba'sico de medidas prioritarias que deberi'an aplicarse en el curso de los pro'ximos cinco an~os. 8. En la Plataforma de Accio'n se reconoce la importancia de los acuerdos alcanzados en la Cumbre Mundial en favor de la Infancia, la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, la Conferencia Mundial de Derechos Humanos, la Conferencia Internacional sobre la Poblacio'n y el Desarrollo y la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social, donde se establecieron enfoques y compromisos concretos para fomentar, el desarrollo sostenible y la cooperacio'n internacional y fortalecer la funcio'n de las Naciones Unidas en ese sentido. En la Conferencia Mundial sobre el Desarrollo Sostenible de los Pequen~os Estados Insulares en Desarrollo, la Conferencia Internacional sobre Nutricio'n, la Conferencia Internacional sobre Atencio'n Primaria de la Salud y la Conferencia Mundial sobre Educacio'n para Todos se encararon asimismo distintos aspectos del desarrollo y de los derechos humanos y, dentro de sus perspectivas particulares, se presto' especial atencio'n al papel que desempen~an las mujeres y las nin~as. Adema's, en el contexto del An~o Internacional de las Poblaciones Indi'genas del Mundo 4/, el An~o Internacional de la Familia 5/, el An~o Internacional para la Tolerancia 6/, la Declaracio'n de Ginebra en pro de la Mujer Rural 7/, y la Declaracio'n sobre la eliminacio'n de la violencia contra la mujer 8/ se subrayaron tambie'n las cuestiones relacionadas con la potenciacio'n y la igualdad de la mujer. 9. El objetivo de la Plataforma de Accio'n, que se ajusta plenamente a los propo'sitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas y al derecho internacional, es la potenciacio'n del papel de todas las mujeres en la sociedad. La plena realizacio'n de todos los derechos humanos y libertades fundamentales de todas las mujeres es esencial para potenciar el papel de las mujeres. Aunque hay que tener presentes la importancia de las particularidades nacionales y regionales y los diversos antecedentes histo'ricos, culturales y religiosos, los Estados, independientemente de sus sistemas poli'ticos, econo'micos y culturales, tienen la obligacio'n de promover y proteger todos los derechos humanos y libertades fundamentales 9/. La aplicacio'n de la presente Plataforma, en particular mediante la promulgacio'n de leyes nacionales y la formulacio'n de estrategias, poli'ticas, programas y prioridades para el desarrollo, incumbe a la responsabilidad soberana de cada Estado, de conformidad con todos los derechos humanos y libertades fundamentales, y la importancia de los diversos valores religiosos y e'ticos, antecedentes culturales y convicciones filoso'ficas de los individuos y de las comunidades, asi' como el completo respeto de esos valores, antecedentes y convicciones, deberi'an contribuir al pleno disfrute de los derechos humanos por las mujeres a fin de conseguir la igualdad, el desarrollo y la paz. 10. Desde la realizacio'n de la Conferencia Mundial para el Examen y la Evaluacio'n de los Logros del Decenio de las Naciones Unidas para la Mujer: Igualdad, Desarrollo y Paz, celebrada en Nairobi en 1985, y la aprobacio'n de las Estrategias de Nairobi orientadas hacia el futuro para el adelanto de la mujer, el mundo ha experimentado profundas transformaciones poli'ticas, econo'micas, sociales y culturales que han tenido efectos tanto positivos como negativos para la mujer. En la Conferencia Mundial de Derechos Humanos se reconocio' que los derechos humanos de la mujer y de la nin~a son parte inalienable, integrante e indivisible de los derechos humanos universales. La plena participacio'n, en condiciones de igualdad, de la mujer en la vida poli'tica, civil, econo'mica, social y cultural en los planos nacional, regional e internacional y la erradicacio'n de todas las formas de discriminacio'n basadas en el sexo son objetivos prioritarios de la comunidad internacional. La Conferencia Mundial de Derechos Humanos reafirmo' el solemne compromiso de todos los Estados de cumplir sus obligaciones de promover el respeto universal, asi' como la observancia y la proteccio'n de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales de todos de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas, otros instrumentos relativos a los derechos humanos y el derecho internacional. El cara'cter universal de esos derechos y libertades no admite dudas. 11. El fin de la guerra fri'a ha acarreado cambios internacionales y una menor competencia entre las superpotencias. La amenaza de un conflicto armado mundial ha disminuido, las relaciones internacionales han mejorado y las perspectivas de paz han aumentado. Aunque la amenaza de un conflicto mundial se ha reducido, las guerras de agresio'n, los conflictos armados, la dominacio'n colonial u otras formas de dominacio'n fora'nea y de ocupacio'n extranjera, las guerras civiles y el terrorismo siguen asolando muchas partes del mundo. Se cometen graves violaciones de los derechos humanos de las mujeres, en particular en e'pocas de conflicto armado, que incluyen el asesinato, la tortura, las violaciones sistema'ticas, embarazos forzados y abortos forzados, en particular en lugares donde se aplican poli'ticas de depuracio'n e'tnica. 12. El mantenimiento de la paz y la seguridad a nivel mundial, regional y local, junto con la prevencio'n de las poli'ticas de agresio'n y de depuracio'n e'tnica y la solucio'n de los conflictos armados, tienen importancia decisiva para la proteccio'n de los derechos humanos de las mujeres y las nin~as, asi' como para la eliminacio'n de todas las formas de violencia contra ellas y de su utilizacio'n como arma de guerra. 13. Los gastos militares excesivos, incluidos los gastos militares mundiales y el tra'fico y comercio de armas, y las inversiones en la produccio'n y adquisicio'n de armas han reducido los recursos disponibles para el desarrollo social. Como resultado de la carga de la deuda y de otras dificultades econo'micas, muchos pai'ses en desarrollo han aplicado poli'ticas de ajuste estructural. Adema's, hay programas de ajuste estructural mal disen~ados y ejecutados, lo cual ha tenido efectos perjudiciales en el desarrollo social. El nu'mero de personas que viven en la pobreza ha aumentado en forma desproporcionada en la mayori'a de los pai'ses en desarrollo, en particular en los pai'ses fuertemente endeudados, durante el u'ltimo decenio. 14. En este contexto, tambie'n se debe subrayar la dimensio'n social del desarrollo. El crecimiento econo'mico acelerado, si bien es necesario para el desarrollo social, en si' mismo no mejora la calidad de vida de la poblacio'n. Es posible que en algunos casos se presenten condiciones que puedan acentuar la desigualdad social y la marginacio'n. De alli' que sea indispensable buscar nuevas alternativas que garanticen que todos los miembros de la sociedad reciban los beneficios del crecimiento econo'mico basado en un enfoque integral de todos los aspectos del desarrollo: crecimiento, igualdad entre mujeres y hombres, justicia social, conservacio'n y proteccio'n del medio ambiente, sostenibilidad, solidaridad, participacio'n, paz y respeto por los derechos humanos. 15. La tendencia mundial hacia la democratizacio'n abrio' el proceso poli'tico en muchas naciones, pero la participacio'n popular de las mujeres en la adopcio'n de decisiones fundamentales como parti'cipes plenas y en condiciones de igualdad, en particular en la poli'tica, au'n no se ha logrado. En Suda'frica se desmantelo' la poli'tica de racismo institucionalizado, el apartheid, lo cual dio lugar a un traspaso poli'tico y democra'tico del poder. En Europa central y oriental la transicio'n a la democracia parlamentaria ha sido ra'pida y ha dado lugar a una variedad de experiencias, segu'n las circunstancias concretas de cada pai's. Si bien en general la transicio'n ha sido paci'fica, en algunos pai'ses este proceso se ha visto obstaculizado por conflictos armados que tuvieron como consecuencia graves violaciones de los derechos humanos. 16. La recesio'n econo'mica generalizada y la inestabilidad poli'tica en algunas regiones han sido las causantes del retraso de los objetivos de desarrollo en muchos pai'ses, lo cual ha provocado el aumento de la pobreza hasta li'mites indescriptibles. El nu'mero de personas que vive en situacio'n de indigencia supera los 1.000 millones, de los cuales un gran porcentaje son mujeres. El ra'pido proceso de cambio y ajuste en todos los sectores ha provocado tambie'n un incremento del desempleo y el subempleo, que han afectado especialmente a la mujer. En muchos casos, los programas de ajuste estructural no se han concebido de manera que los efectos negativos para los grupos vulnerables y desfavorecidos o las mujeres se redujeran al ma'ximo, ni con miras a favorecer a esos grupos y tratar de evitar que quedaran al margen de las actividades sociales y econo'micas. En el Acta Final de la Ronda Uruguay de negociaciones comerciales multilaterales 10/ se puso de relieve la creciente interdependencia de las economi'as nacionales y la importancia de la liberalizacio'n del comercio y el acceso a mercados dina'micos y abiertos. El peri'odo se ha caracterizado tambie'n por los elevados gastos militares en algunas regiones. A pesar de que la asistencia oficial para el desarrollo (AOD) ha aumentado en algunos pai'ses, en te'rminos generales ha disminuido recientemente. 17. La indigencia y la feminizacio'n de la pobreza, el desempleo, la creciente fragilidad del medio ambiente, la continua violencia contra la mujer y la exclusio'n generalizada de la mitad de la humanidad de las instituciones de poder y gobierno ponen de manifiesto la necesidad de seguir luchando por conseguir el desarrollo, la paz y la seguridad y encontrar soluciones para alcanzar un desarrollo sostenible centrado en las personas. La participacio'n y la asuncio'n de funciones directivas por parte de la mitad de la humanidad, compuesta por mujeres, es fundamental para lograr ese objetivo. Asi' pues, so'lo una nueva era de cooperacio'n internacional entre los gobiernos y los pueblos basada en un espi'ritu de asociacio'n, un entorno social y econo'mico internacional equitativo y una transformacio'n radical de la relacio'n entre la mujer y el hombre en una asociacio'n plena y en condiciones de igualdad hara'n posible que el mundo salve las dificultades del siglo XXI. 18. Los recientes acontecimientos econo'micos en la esfera internacional han tenido a menudo consecuencias desproporcionadas para las mujeres y los nin~os, la mayori'a de los cuales viven en pai'ses en desarrollo. En los Estados con una pesada carga de deuda externa, los programas y las medidas de ajuste estructural, aunque beneficiosos a largo plazo, han dado lugar a una reduccio'n del gasto social que ha perjudicado a la mujer, sobre todo en A'frica y en los pai'ses menos adelantados. Esta situacio'n se ha visto exacerbada en los casos en que la responsabilidad de los servicios sociales ba'sicos ha pasado de los gobiernos a las mujeres. 19. La recesio'n econo'mica en muchos pai'ses desarrollados y en desarrollo, asi' como la reestructuracio'n que actualmente se esta' llevando a cabo en los pai'ses con economi'as en transicio'n han tenido consecuencias sumamente negativas para el empleo de la mujer. A menudo, las mujeres no tienen ma's remedio que aceptar empleos sin seguridad laboral a largo plazo o peligroso, dedicarse a actividades productivas no protegidas en el hogar o quedarse sin empleo. Muchas mujeres entran en el mercado laboral aceptando empleos infrarremunerados e infravalorados para aumentar sus ingresos familiares y otras deciden emigrar por los mismos motivos. Al no reducirse ninguna de sus dema's responsabilidades, la carga total de trabajo de la mujer ha aumentado. 20. Las poli'ticas y los programas macroecono'micos y microecono'micos, incluido el ajuste estructural, no siempre han sido concebidos teniendo en cuenta las consecuencias que pueden acarrear para las mujeres y las nin~as, en especial las que viven en condiciones de pobreza. La pobreza ha aumentado en te'rminos absolutos y relativos y el nu'mero de mujeres pobres ha aumentado en la mayori'a de las regiones. Muchas mujeres de las zonas urbanas viven en la pobreza, pero merece especial atencio'n la difi'cil situacio'n de las mujeres que viven en las zonas rurales y remotas, debido al estancamiento del desarrollo en dichas zonas. En los pai'ses en desarrollo, aun en aquellos en que los indicadores nacionales han mostrado una cierta mejori'a, la mayor parte de las mujeres de las zonas rurales siguen viviendo en condiciones de subdesarrollo econo'mico y marginacio'n social. 21. Las mujeres contribuyen decisivamente a la economi'a y luchan para combatir la pobreza, ya sea con el trabajo remunerado o con las labores no remuneradas que realizan en el hogar, la comunidad o el lugar de trabajo. Cada vez es mayor el nu'mero de mujeres que adquieren independencia econo'mica gracias a sus empleos remunerados. 22. La cuarta parte de todos los hogares del mundo esta'n encabezados por mujeres y muchos otros dependen de los ingresos de la mujer aun cuando el hombre este' presente en el hogar. En los estratos ma's pobres, muy a menudo es la mujer quien mantiene el hogar debido, entre otras cosas, a la discriminacio'n en materia de sueldos, a los patrones de segregacio'n ocupacional en el mercado laboral y a otras barreras basadas en el ge'nero. La desintegracio'n familiar, los movimientos demogra'ficos entre zonas urbanas y rurales dentro de los pai'ses, la migracio'n internacional, las guerras y los desplazamientos internos son factores que contribuyen al aumento de hogares encabezados por mujeres. 23. Tras reconocer que el logro y el mantenimiento de la paz y la seguridad son requisitos previos indispensables para el progreso econo'mico y social, la mujer se erige cada vez ma's en protagonista de primer orden en cada una de las numerosas sendas que recorre la humanidad hacia la paz. Su plena participacio'n en la adopcio'n de decisiones, la prevencio'n y resolucio'n de conflictos y todas las dema's iniciativas orientadas a la paz resulta esencial para la consecucio'n de una paz duradera. 24. La religio'n, la espiritualidad y las creencias desempen~an una funcio'n fundamental en las vidas de millones de mujeres y hombres, en la manera en que viven y en las aspiraciones que tienen para el futuro. El derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religio'n es inalienable y debe ser disfrutado universalmente. Ese derecho incluye la libertad de tener o adoptar la religio'n o creencia de su eleccio'n, ya sea individualmente o en comunidad con otros, en pu'blico o en privado, y a manifestar su religio'n o creencia en el culto, la observacio'n, la pra'ctica y la ensen~anza. A fin de lograr la igualdad, el desarrollo y la paz, es necesario respetar plenamente esos derechos y libertades. La religio'n, el pensamiento, la conciencia y las creencias podri'an, y de hecho pueden, contribuir a satisfacer las necesidades morales, e'ticas y espirituales de las mujeres y los hombres y a realizar su pleno potencial en la sociedad. No obstante, se reconoce que toda forma de extremismo puede tener una repercusio'n negativa en las mujeres y puede conducir a la violencia y la discriminacio'n. 25. La Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer debera' acelerar el proceso que se inicio' formalmente en 1975, cuando la Asamblea General de las Naciones Unidas proclamo' el An~o Internacional de la Mujer. Dicho An~o marco' un hito, pues, a partir de esa fecha, se incluyeron los asuntos relativos a la mujer en el programa de la Organizacio'n. El Decenio de las Naciones Unidas para la Mujer (1976-1985) fue una iniciativa de alcance mundial tendiente a examinar la condicio'n y los derechos de la mujer y a colocar a e'sta en puestos de adopcio'n de decisiones en todos los niveles. En 1979, la Asamblea General aprobo' la Convencio'n sobre la eliminacio'n de todas las formas de discriminacio'n contra la mujer, que entro' en vigor en 1981 y fijo' una pauta internacional para esclarecer el concepto de igualdad entre mujeres y hombres. En 1985, la Conferencia Mundial para el Examen y la Evaluacio'n de los Logros del Decenio de las Naciones Unidas para la Mujer: Igualdad, Desarrollo y Paz aprobo' las Estrategias de Nairobi orientadas hacia el futuro para el adelanto de la mujer, que se aplicari'an hasta el an~o 2000. Se ha avanzado considerablemente en el logro de la igualdad entre mujeres y hombres. Muchos gobiernos han promulgado leyes que fomentan la igualdad entre mujeres y hombres y han establecido mecanismos nacionales para velar por la inclusio'n de las perspectivas de ge'nero en todas las esferas de intere's general de la sociedad. Los organismos internacionales han dedicado mayor atencio'n a la situacio'n juri'dica y social de la mujer y a las funciones que desempen~a. 26. La creciente influencia del sector no gubernamental, en particular, las organizaciones de mujeres y los grupos feministas ha pasado a ser un catalizador del cambio. Las organizaciones no gubernamentales han desempen~ado una importante funcio'n de promocio'n de proyectos de ley o mecanismos que velan por el adelanto de la mujer. Asimismo, estas organizaciones han generado nuevos enfoques del desarrollo. Muchos gobiernos han ido reconociendo progresivamente el destacado papel que desempen~an las organizaciones no gubernamentales y la importancia de trabajar con ellas para lograr avances en la consecucio'n de las metas. Aun asi', en algunos pai'ses, los gobiernos siguen imponiendo restricciones que impiden el libre funcionamiento de las organizaciones no gubernamentales. Por conducto de las organizaciones no gubernamentales, la mujer ha participado en foros comunales, nacionales, regionales y mundiales, asi' como en debates internacionales y en todas esas instancias ha ejercido una decidida influencia. 27. Desde 1975 ha aumentado el conocimiento acerca de la situacio'n de mujeres y hombres y ello contribuye a la adopcio'n de medidas encaminadas a promover la igualdad entre ambos. En varios pai'ses se han registrado importantes cambios en las relaciones entre mujeres y hombres, sobre todo en aquellos en los que se han logrado grandes adelantos en la educacio'n de la mujer y aumentos significativos en su participacio'n en la fuerza de trabajo remunerada. Gradualmente se han ido eliminando las fronteras entre las funciones productiva y reproductiva en la divisio'n del trabajo a medida que la mujer ha comenzado a integrarse a esferas de trabajo en las que antan~o predominaban los hombres y los hombres han comenzado a aceptar ma's responsabilidades dome'sticas, incluido el cuidado de los hijos. Sin embargo, los cambios registrados en las funciones de la mujer han sido mayores y mucho ma's ra'pidos que los cambios en las funciones del hombre. En muchos pai'ses, las diferencias entre los logros y las actividades de la mujer y del hombre en lugar de reconocerse como consecuencias de funciones socialmente establecidas para cada sexo siguen achaca'ndose a diferencias biolo'gicas inmutables. 28. Es ma's, 10 an~os despue's de la Conferencia de Nairobi, no ha podido lograrse au'n la igualdad entre la mujer y el hombre. En te'rminos generales, las mujeres constituyen apenas el 10% del total de los legisladores electos en todo el mundo y en la mayori'a de las estructuras administrativas nacionales e internacionales, tanto pu'blicas como privadas, sigue teniendo muy poca representacio'n. Las Naciones Unidas no son la excepcio'n. Cincuenta an~os despue's de su creacio'n, las Naciones Unidas siguen privadas de las ventajas de la direccio'n de la mujer a causa de la falta de representacio'n de e'sta en las instancias donde se adoptan decisiones dentro de la Secretari'a y en los organismos especializados. 29. Las mujeres desempen~an una funcio'n decisiva en la familia. La familia es el nu'cleo ba'sico de la sociedad y como tal debe fortalecerse. La familia tiene derecho a recibir proteccio'n y apoyo amplios. En distintos sistemas culturales, poli'ticos y sociales existen diversas formas de familia. Se deben respetar los derechos, capacidades y responsabilidades de los miembros de la familia. Las mujeres hacen una gran contribucio'n al bienestar de la familia y al desarrollo de la sociedad, cuya importancia todavi'a no se reconoce ni se considera plenamente. Debe reconocerse la importancia social de la maternidad y de la funcio'n de ambos progenitores en la familia, asi' como en la crianza de los hijos. La crianza de los hijos requiere que los progenitores, las mujeres y los hombres, asi' como la sociedad en su conjunto, compartan responsabilidades. La maternidad, la condicio'n de progenitor y la funcio'n de la mujer en la procreacio'n no deben ser motivo de discriminacio'n ni limitar la plena participacio'n de la mujer en la sociedad. Asimismo, se debe reconocer el importante papel que en muchos pai'ses suele desempen~ar la mujer en el cuidado de otros miembros de su familia. 30. Pese a que ha disminuido la tasa de crecimiento de la poblacio'n mundial, esa poblacio'n sigue teniendo un nivel sin precedentes en cifras absolutas, y el incremento actual llega anualmente a los 86 millones de personas. Otras dos tendencias demogra'ficas principales repercuten significativamente en la relacio'n de dependencia dentro de las familias. En muchos pai'ses en desarrollo, entre el 45% y el 50% de la poblacio'n tiene menos de 15 an~os, mientras que en los pai'ses industrializados esta'n aumentando tanto el nu'mero como la proporcio'n de personas de edad. Segu'n proyecciones de las Naciones Unidas, el 72% de la poblacio'n mayor de 60 an~os estara' viviendo en los pai'ses en desarrollo para el an~o 2025 y, de ese total, ma's de la mitad sera'n mujeres. El cuidado de los hijos, los enfermos y las personas de edad son una responsabilidad que recae desproporcionadamente sobre la mujer debido a la falta de igualdad y a la distribucio'n desequilibrada del trabajo remunerado y no remunerado entre la mujer y el hombre. 31. Muchas mujeres enfrentan barreras especi'ficas que obedecen a diversos factores, adema's de su sexo. A menudo esos factores ai'slan o marginan a la mujer y llevan, entre otras cosas, a la negacio'n de sus derechos humanos y a su falta de acceso, o a la negacio'n de su acceso, a la educacio'n y la formacio'n profesional, al empleo, la vivienda y la autosuficiencia econo'mica y la excluyen adema's de los procesos de adopcio'n de decisiones. Esas mujeres suelen verse privadas de la oportunidad de contribuir a sus comunidades y de figurar entre los protagonistas principales. 32. El pasado decenio ha presenciado tambie'n un reconocimiento cada vez mayor de los intereses y las preocupaciones propios de la mujer indi'gena, cuya identidad, tradiciones culturales y formas de organizacio'n social mejoran y fortalecen las comunidades en que vive. Con frecuencia la mujer indi'gena enfrenta barreras tanto por su condicio'n de mujer como por ser miembro de comunidades indi'genas. 33. En los u'ltimos 20 an~os el mundo ha sido testigo de una explosio'n en el campo de las comunicaciones. En virtud de los avances en la tecnologi'a de las computadoras y televisio'n por sate'lite y cable, el acceso mundial a la informacio'n sigue aumentando y expandie'ndose, con lo que se crean nuevas oportunidades para la participacio'n de la mujer en las comunicaciones y en los medios de difusio'n, asi' como para la divulgacio'n de informacio'n sobre la mujer. Sin embargo, las redes mundiales de comunicacio'n se han utilizado para difundir ima'genes estereotipadas y degradantes de la mujer con estrechos fines comerciales y de consumismo. Mientras la mujer no participe equitativamente en las esferas te'cnica y de adopcio'n de decisiones dentro del contexto de las comunicaciones y los medios de difusio'n, incluidas las artes, seguira' siendo objeto de representaciones falsas y se seguira' desconociendo co'mo es en realidad su vida. Los medios de difusio'n tienen muchas posibilidades de promover el adelanto de la mujer y la igualdad entre mujeres y hombres mostrando a las mujeres y los hombres sin estereotipos, de modo diverso y equilibrado, y respetando la dignidad y el valor de la persona humana. 34. La incesante degradacio'n del medio ambiente, que afecta a todos los seres humanos, suele tener una repercusio'n ma's directa en la mujer. La salud de la mujer y sus condiciones de vida se ven amenazadas por la contaminacio'n y los desechos to'xicos, la deforestacio'n en gran escala, la desertificacio'n, la sequi'a y el agotamiento de los suelos y de los recursos costeros y marinos, como indica la incidencia cada vez mayor de problemas de salud, e incluso fallecimientos, relacionados con el medio ambiente, que se registran entre las mujeres y las nin~as. Las ma's afectadas son las mujeres que habitan en zonas rurales y las indi'genas, cuyas condiciones de vida y subsistencia diaria dependen directamente de ecosistemas sostenibles. 35. La pobreza y la degradacio'n del medio ambiente esta'n estrechamente vinculadas. Si bien la pobreza tiene algunos efectos perjudiciales sobre el medio ambiente, la causa principal de la degradacio'n incesante del medio ambiente mundial radica en las insostenibles pautas de consumo y produccio'n, particularmente en los pai'ses industrializados, que constituyen un motivo de profunda preocupacio'n y agravan la pobreza y los desequilibrios. 36. Las tendencias mundiales han provocado profundos cambios en las estrategias y estructuras de supervivencia familiar. La migracio'n de las zonas rurales a las zonas urbanas se ha incrementado notablemente en todas las regiones. Segu'n las proyecciones, en el an~o 2000 la poblacio'n urbana mundial equivaldra' al 47% de la poblacio'n total. Se estima que 125 millones de personas son migrantes, refugiados y desplazados, y que la mitad de ellas vive en pai'ses en desarrollo. Estos movimientos en gran escala han tenido profundas repercusiones en las estructuras y el bienestar de la familia, asi' como consecuencias desiguales para la mujer y el hombre, incluida en muchos casos la explotacio'n sexual de la primera. 37. De acuerdo con estimaciones de la Organizacio'n Mundial de la Salud (OMS), al comienzo de 1995 el nu'mero total de casos del si'ndrome de inmunodeficiencia adquirida (SIDA) era de 4,5 millones. Desde que se diagnostico' por primera vez el virus de inmunodeficiencia humana (VIH), se estima que 19,5 millones de hombres, mujeres y nin~os han sido infectados con ese virus y, conforme a las proyecciones, otros 20 millones estara'n infectados al final del decenio. Entre los casos nuevos, las posibilidades de infeccio'n son el doble para las mujeres que para los hombres. En las primeras etapas de la pandemia del SIDA, el nu'mero de mujeres infectadas no era elevado; en cambio, actualmente asciende a unos 8 millones. Las jo'venes y las adolescentes son particularmente vulnerables. Se estima que en el an~o 2000 habra' ma's de 13 millones de mujeres infectadas y que 4 millones de mujeres habra'n muerto de enfermedades relacionadas con el SIDA. Por an~adidura, se estima que todos los an~os se producen alrededor de 250 millones de casos nuevos de enfermedades transmitidas por contacto sexual. La tasa de transmisio'n de estas enfermedades, del VIH y del SIDA aumenta a un ritmo alarmante entre las mujeres y las nin~as, especialmente en los pai'ses en desarrollo. 38. Desde 1975 se ha generado un notable volumen de conocimientos e informacio'n acerca de la situacio'n de la mujer y de las condiciones en que vive. Durante todo el transcurso de su vida, la existencia diaria de la mujer y sus aspiraciones a largo plazo se ven restringidas por actitudes discriminatorias, estructuras sociales y econo'micas injustas y falta de recursos en la mayori'a de los pai'ses, lo cual impide su participacio'n plena y equitativa. En varios pai'ses, la pra'ctica de la seleccio'n prenatal del sexo, las tasas de mortalidad ma's elevadas entre las muchachas muy jo'venes y las tasas inferiores de matri'cula escolar para las nin~as, en comparacio'n con los nin~os, sugieren que la preferencia por el hijo esta' limitando el acceso de las nin~as a los alimentos, la educacio'n y la atencio'n de la salud [e incluso a la propia vida]. La discriminacio'n contra la mujer comienza en las primeras fases de la vida y, por tanto, debe enfrentarse desde entonces en adelante. 39. La nin~a de hoy es la mujer de man~ana. Los conocimientos, las ideas y la energi'a de las nin~as son cruciales para el pleno logro de los objetivos de la igualdad, el desarrollo y la paz. Para que una nin~a desarrolle plenamente sus potencialidades es preciso que crezca en un medio propicio donde se satisfagan sus necesidades espirituales, intelectuales y materiales de supervivencia, proteccio'n y desarrollo y se salvaguarden sus derechos en condiciones de igualdad. Para que la mujer participe en las actividades en condiciones de igualdad con el hombre, en todos los aspectos de la vida y el desarrollo, es hora de que se reconozcan la dignidad humana y el valor de la nin~a y de que se le garantice el pleno disfrute de sus derechos humanos y libertades fundamentales, incluidos los derechos garantizados por la Convencio'n sobre los Derechos del Nin~o 11/, cuya ratificacio'n universal se pide encarecidamente. Sin embargo, es evidente en todo el mundo que la discriminacio'n y la violencia contra las nin~as empiezan en las primeras fases de la vida y continu'an y persisten durante toda su vida. Las nin~as tienen a menudo menos acceso a la nutricio'n, los servicios de salud fi'sica y mental y la educacio'n, y disfrutan de menos derechos, menos oportunidades y menos beneficios en la infancia y en la adolescencia que los nin~os. Son con frecuencia objeto de diversas formas de explotacio'n sexual y econo'mica, pedofilia, prostitucio'n forzada y posiblemente venta de sus o'rganos y tejidos, violencia y pra'cticas nocivas como el infanticidio femenino y la seleccio'n prenatal del sexo, el incesto, la mutilacio'n genital y el matrimonio prematuro, incluso en la nin~ez. 40. La mitad de la poblacio'n mundial tiene menos de 25 an~os, y la mayor parte de los jo'venes del mundo - ma's del 85% - vive en pai'ses en desarrollo. Los encargados de formular las poli'ticas deberi'an reconocer lo que implican estos factores demogra'ficos. Es preciso tomar medidas especiales para asegurar que las jo'venes adquieran preparacio'n para la vida de manera que puedan participar activa y eficazmente en todos los niveles de la direccio'n social, cultural, poli'tica y econo'mica. Sera' indispensable que la comunidad internacional demuestre un intere's renovado en el futuro, y se comprometa a inspirar a una nueva generacio'n de mujeres y hombres para que trabajen juntos por una sociedad ma's justa. Esta nueva generacio'n de dirigentes debe aceptar y promover un mundo en el que todos los nin~os este'n a salvo de injusticias, opresio'n y desigualdad, y en libertad de desarrollar su propio potencial. Por consiguiente, el principio de la igualdad de la mujer y el hombre debe formar parte integrante del proceso de socializacio'n. CAPI'TULO III Esferas de especial preocupacio'n 41. El adelanto de la mujer y el logro de la igualdad entre la mujer y el hombre son una cuestio'n de derechos humanos y una condicio'n para la justicia social y no deben encararse aisladamente como un problema de la mujer. U'nicamente despue's de alcanzados esos objetivos se podra' instaurar una sociedad viable, justa y desarrollada. La potenciacio'n del papel de la mujer y la igualdad entre la mujer y el hombre son condiciones indispensables para lograr la seguridad poli'tica, social, econo'mica, cultural y ecolo'gica entre todos los pueblos. 42. La mayori'a de los objetivos establecidos en las Estrategias de Nairobi orientadas hacia el futuro para el adelanto de la mujer no se han alcanzado. Siguen existiendo barreras que se oponen a la potenciacio'n de la mujer, pese a los esfuerzos de gobiernos, organizaciones no gubernamentales y mujeres y hombres de todas partes. Persisten en muchas partes del mundo vastas crisis poli'ticas, econo'micas y ecolo'gicas. Entre ellas cabe sen~alar las guerras de agresio'n, los conflictos armados, la dominacio'n colonial y otras formas de dominacio'n u ocupacio'n extranjeras, las guerras civiles y el terrorismo. Estas situaciones, unidas a la discriminacio'n sistema'tica o de hecho, a las violaciones de los derechos humanos y las libertades fundamentales de todas las mujeres y sus derechos civiles, culturales, econo'micos, poli'ticos y sociales, inclusive el derecho al desarrollo, y al hecho de que no se protejan esos derechos y libertades, y los arraigados prejuicios respecto de las mujeres y las jo'venes son apenas algunos de los obsta'culos con que se ha tropezado desde la celebracio'n en 1985 de la Conferencia Mundial para el Examen y la Evaluacio'n de los Logros del Decenio de las Naciones Unidas para la Mujer: Igualdad, Desarrollo y Paz. 43. Al examinar los progresos alcanzados desde la Conferencia de Nairobi se ponen de manifiesto preocupaciones especiales, esferas que requieren medidas especialmente urgentes y que se destacan como prioridades para la accio'n. Todas las partes que trabajan para el adelanto de la mujer deben centrar la atencio'n y los recursos en los objetivos estrate'gicos de las esferas de especial preocupacio'n que, necesariamente, esta'n relacionadas entre si', son independientes y tienen igual prioridad. Es necesario que esas partes elaboren y apliquen mecanismos para determinar la responsabilidad en todas esas esferas. 44. Para lograr este fin, se exhorta a los gobiernos, a la comunidad internacional y a la sociedad civil, inclusive las organizaciones no gubernamentales y el sector privado, a que adopten medidas estrate'gicas en las siguientes esferas decisivas de especial preocupacio'n: - Persistente y creciente carga de la pobreza que afecta a la mujer - Disparidades e insuficiencias y desigualdad de acceso en materia de educacio'n y capacitacio'n - Disparidades e insuficiencias y desigualdad de acceso en materia de atencio'n de la salud y servicios conexos - Violencia contra la mujer - Consecuencias de los conflictos armados y de otro tipo en las mujeres, incluidas las que viven bajo ocupacio'n extranjera - Desigualdad en las estructuras y poli'ticas econo'micas, en todas las formas de actividades productivas y en el acceso a los recursos - Desigualdad entre la mujer y el hombre en el ejercicio del poder y en la adopcio'n de decisiones a todos los niveles - Falta de mecanismos suficientes a todos los niveles para promover el adelanto de la mujer - Falta de respeto y promocio'n y proteccio'n insuficientes de los derechos humanos de la mujer - Estereotipos sobre la mujer y desigualdad de acceso y participacio'n de la mujer en todos los sistemas de comunicacio'n, especialmente en los medios de difusio'n - Desigualdades basadas en el ge'nero en la gestio'n de los recursos naturales y la proteccio'n del medio ambiente - Persistencia de la discriminacio'n contra la nin~a y violacio'n de sus derechos CAPI'TULO IV Objetivos estrate'gicos y medidas 45. En cada una de las esferas de especial preocupacio'n, se diagnostica el problema y se proponen objetivos estrate'gicos y las medidas concretas que han de tomar los distintos participantes a fin de alcanzar esos objetivos. Los objetivos estrate'gicos se desprenden de las esferas que son motivo de especial preocupacio'n, y las medidas especi'ficas que se han de tomar para alcanzarlos afectan a la vez a la igualdad, el desarrollo y la paz - metas de las Estrategias de Nairobi orientadas hacia el futuro para el adelanto de la mujer - y reflejan su interdependencia. Los objetivos y las medidas esta'n relacionados entre si', tienen alta prioridad y se refuerzan mutuamente. La Plataforma de Accio'n tiene por objeto mejorar la situacio'n de todas las mujeres, sin excepcio'n, que frecuentemente se enfrentan con barreras similares, al tiempo que se debe prestar especial atencio'n a los grupos ma's desfavorecidos. 46. En la Plataforma de Accio'n se reconoce que las mujeres hacen frente a barreras que dificultan su plena igualdad y su progreso por factores tales como su raza, edad, idioma, origen e'tnico, cultura, religio'n o discapacidad, por ser mujeres que pertenecen a poblaciones indi'genas o por otros factores. Muchas mujeres se enfrentan con obsta'culos especi'ficos relacionados con su situacio'n familiar, particularmente en familias monoparentales, y con su situacio'n socioecono'mica, incluyendo sus condiciones de vida en zonas rurales, aisladas o empobrecidas. Tambie'n existen otras barreras en el caso de las mujeres refugiadas, de otras mujeres desplazadas, incluso en el interior del pai's, y de las mujeres inmigrantes y las mujeres migrantes, incluyendo las trabajadoras migrantes. Muchas mujeres se ven adema's, particularmente afectadas por desastres ambientales, enfermedades graves e infecciosas y diversas formas de violencia contra la mujer. A. La mujer y la pobreza 47. Ma's de 1.000 millones de personas en todo el mundo, en su mayori'a mujeres, viven actualmente en condiciones inaceptables de pobreza, principalmente en los pai'ses en desarrollo. La pobreza tiene muchas causas, algunas de ellas de cara'cter estructural. Es un problema complejo y multidimensional y sus ori'genes esta'n tanto en el a'mbito nacional como en el internacional. El cara'cter universal que esta' adquiriendo la economi'a mundial y la interdependencia cada vez mayor entre las naciones plantea desafi'os y ofrece oportunidades para el crecimiento y el desarrollo econo'mico sostenidos, asi' como riesgos e inseguridad con respecto al futuro de la economi'a mundial. Al incierto panorama econo'mico mundial se han sumado la reestructuracio'n econo'mica y, en algunos pai'ses, el inmanejable y persistente nivel de la deuda externa y los programas de ajuste estructural. Adema's, toda suerte de conflictos, el desplazamiento de personas y el deterioro del medio ambiente han contribuido a socavar la capacidad de los gobiernos para atender a las necesidades ba'sicas de sus poblaciones. Las transformaciones de la economi'a mundial esta'n modificando profundamente los para'metros del desarrollo social en todos los pai'ses. Se ha observado una pronunciada tendencia al creciente empobrecimiento de la mujer cuyo alcance vari'a de una regio'n a otra. Las disparidades basadas en el ge'nero en el reparto del poder econo'mico constituyen asimismo un importante factor coadyuvante a la pobreza de la mujer. La migracio'n y los consiguientes cambios en las estructuras familiares han representado cargas adicionales para la mujer, especialmente para las que tienen a varias personas a su cargo. Las poli'ticas macroecono'micas deben replantearse y reformularse para que respondan a esas tendencias. Esas poli'ticas, dirigidas casi exclusivamente al sector estructurado, tienden adema's a obstaculizar las iniciativas de las mujeres y no tienen en cuenta las diferentes consecuencias que tienen en las mujeres y en los hombres. La aplicacio'n a una amplia variedad de poli'ticas y programas de un ana'lisis basado en el ge'nero es, por lo tanto, un elemento esencial de las estrategias de reduccio'n de la pobreza. Para erradicar la pobreza y lograr el desarrollo sostenible, las mujeres y los hombres deben participar plenamente y por igual en la formulacio'n de las poli'ticas y estrategias macroecono'micas y sociales para la erradicacio'n de la pobreza. Esto no se puede lograr por medio de programas contra la pobreza u'nicamente, sino que requerira' la participacio'n democra'tica y cambios en las estructuras econo'micas con miras a garantizar a todas las mujeres el acceso a los recursos, las oportunidades y los servicios pu'blicos. La pobreza se manifiesta de diversas maneras, entre ellas la carencia de ingresos y recursos productivos suficientes para procurarse un medio de vida sostenible; el hambre y la malnutricio'n; la mala salud; la falta de acceso, o el acceso limitado, a la educacio'n y otros servicios ba'sicos; el aumento de la morbilidad y la mortalidad causada por enfermedades; la vivienda inadecuada o la carencia de vivienda; las condiciones de inseguridad y la discriminacio'n y exclusio'n sociales. Se caracteriza tambie'n por la falta de participacio'n en el proceso de adopcio'n de decisiones y en la vida civil, social y cultural. La pobreza esta' presente en todos los pai'ses: en muchos pai'ses en desarrollo afecta a grandes masas, mientras que en pai'ses desarrollados aparece en enclaves de pobreza situados en medio de la prosperidad. La pobreza puede ser causada por una recesio'n econo'mica que ocasione la pe'rdida del medio de sustento o por un desastre o conflicto. Esta' por otra parte la pobreza de los trabajadores que perciben bajos salarios y la indigencia total de las personas que quedan al margen de los sistemas de apoyo a la familia, las instituciones sociales y las redes de seguridad. 48. Durante el u'ltimo decenio, el nu'mero de mujeres que viven en condiciones de pobreza ha aumentado en forma desproporcionada al nu'mero de hombres, particularmente en los pai'ses en desarrollo. La feminizacio'n de la pobreza ha empezado tambie'n recientemente a ser un serio problema en los pai'ses con economi'as en transicio'n como consecuencia a corto plazo del proceso de transformacio'n poli'tica, econo'mica y social. Adema's de factores de cara'cter econo'mico, la rigidez de las funciones que la sociedad asigna por razones de ge'nero y el limitado acceso de la mujer al poder, la educacio'n, la capacitacio'n y los recursos productivos asi' como nuevos factores que ocasionan inseguridad para las familias, contribuyen tambie'n a la feminizacio'n de la pobreza. Otro factor coadyuvante es el hecho de que no se haya integrado en todos los ana'lisis econo'micos y en la planificacio'n econo'mica una perspectiva de ge'nero y que no se hayan abordado las causas estructurales de la pobreza. 49. Las mujeres contribuyen a la economi'a y a la lucha contra la pobreza mediante su trabajo remunerado y no remunerado en el hogar, en la comunidad y en el lugar de trabajo. La concesio'n a la mujer de los medios necesarios para la realizacio'n de su potencial es un factor decisivo para erradicar la pobreza.  Aunque la pobreza afecta a los hogares en general, debido a la divisio'n del trabajo sobre la base del ge'nero y las responsabilidades relativas al bienestar familiar, las mujeres soportan una carga desproporcionada al tratar de administrar el consumo y la produccio'n del hogar en condiciones de creciente escasez. La pobreza afecta de manera especialmente aguda a las mujeres que viven en hogares rurales. 51. La pobreza de la mujer esta' directamente relacionada con la ausencia de oportunidades y autonomi'a econo'micas, la falta de acceso a la educacio'n, los servicios de apoyo y los recursos econo'micos, incluidos el cre'dito, la propiedad de la tierra y el derecho a herencia, y con su mi'nima participacio'n en el proceso de adopcio'n de decisiones. La pobreza puede asimismo empujar a las mujeres a situaciones en las que se ven expuestas a la explotacio'n sexual. 52. En demasiados pai'ses los sistemas de bienestar social no toman suficientemente en consideracio'n las condiciones especi'ficas de las mujeres que viven en la pobreza y se observa una tendencia a la reduccio'n de los servicios prestados por dichos sistemas. El riesgo de caer en la pobreza es mayor para las mujeres que para los hombres, especialmente en la vejez, donde los sistemas de seguridad social se basan en el principio de empleo remunerado continuo. En algunos casos, las mujeres no satisfacen ese requisito debido a las interrupciones en su trabajo provocadas por la desigual distribucio'n del trabajo remunerado y no remunerado. Adema's, las mujeres de ma's edad deben hacer frente a mayores obsta'culos para volver a incorporarse en el mercado de trabajo. 53. En muchos pai'ses desarrollados, donde el nivel de educacio'n general y formacio'n profesional de las mujeres y los hombres son similares y donde se dispone de sistemas de proteccio'n contra la discriminacio'n, las transformaciones econo'micas del u'ltimo decenio han producido en algunos sectores un marcado aumento del desempleo femenino o de la precariedad de su empleo, con el consiguiente aumento de la proporcio'n de mujeres entre los pobres. En los pai'ses con un nivel elevado de matri'cula escolar entre las jo'venes, las que abandonan ma's temprano el sistema escolar sin obtener algu'n tipo de preparacio'n constituyen uno de los sectores ma's vulnerables en el mercado de trabajo. 54. En los pai'ses con economi'as en transicio'n y en otros pai'ses que esta'n sufriendo transformaciones poli'ticas, econo'micas y sociales fundamentales, esas transformaciones frecuentemente han ocasionado una reduccio'n de los ingresos de las mujeres o las han privado de sus ingresos. 55. Particularmente en los pai'ses en desarrollo, se deberi'a aumentar la capacidad productiva de la mujer mediante el acceso al capital, los recursos, el cre'dito, las tierras, la tecnologi'a, la informacio'n, la asistencia te'cnica y la capacitacio'n a fin de aumentar sus ingresos y mejorar la nutricio'n, la educacio'n, la atencio'n de la salud y su situacio'n en el hogar. La liberacio'n del potencial productivo de la mujer es esencial para interrumpir el ciclo de pobreza a fin de que la mujer pueda compartir plenamente los beneficios del desarrollo y disfrutar del producto de su propio trabajo. 56. El desarrollo sostenible y el crecimiento econo'mico a la vez sostenido y sostenible so'lo pueden alcanzarse mejorando la condicio'n econo'mica, social, poli'tica, juri'dica y cultural de la mujer. Para alcanzar un desarrollo sostenible, es fundamental un desarrollo social equitativo que reconozca la necesidad de dar a los pobres, en particular a las mujeres, la posibilidad de utilizar los recursos ambientales de manera sostenible. 57. El e'xito de las poli'ticas y de las medidas destinadas a respaldar o reforzar la promocio'n de la igualdad de ge'nero y la mejora de la condicio'n de la mujer debe basarse en la integracio'n de una perspectiva de ge'nero en las poli'ticas generales relacionadas con todas las esferas de la sociedad, asi' como en la aplicacio'n de medidas positivas con ayuda institucional y financiera adecuada en todos los niveles. Objetivo estrate'gico A.1. Revisar, adoptar y mantener poli'ticas macroecono'micas y estrategias de desarrollo que tengan en cuenta las necesidades de las mujeres y apoyen sus esfuerzos por superar la pobreza Medidas que han de adoptarse 58. Medidas que han de adoptar los gobiernos: a) Revisar y modificar, con la participacio'n plena e igualitaria de la mujer, las poli'ticas macroecono'micas y sociales con miras a alcanzar los objetivos de la Plataforma de Accio'n; b) Analizar, desde una perspectiva de ge'nero, las poli'ticas y los programas, incluidos los relativos a la estabilidad macroecono'mica, el ajuste estructural, los problemas de la deuda externa, la tributacio'n, las inversiones, el empleo, los mercados y todos los sectores pertinentes de la economi'a, en relacio'n con sus efectos en la pobreza, en la desigualdad y, particularmente en la mujer; evaluar las repercusiones de esas poli'ticas y programas en el bienestar y las condiciones de vida de la familia y ajustar e'stos, segu'n convenga, para fomentar una distribucio'n ma's equitativa de los bienes de produccio'n, el patrimonio, las oportunidades, los ingresos y los servicios; c) Formular y aplicar poli'ticas macroecono'micas y sectoriales racionales y estables, elaboradas y supervisadas con la participacio'n plena e igualitaria de la mujer, que fomenten un crecimiento econo'mico sostenido de amplia base, que aborden las causas estructurales de la pobreza y que este'n orientadas hacia la erradicacio'n de la pobreza y la reduccio'n de la desigualdad basada en el ge'nero, en el marco general del logro de un desarrollo sostenido centrado en la poblacio'n; d) Reestructurar y dirigir la asignacio'n del gasto pu'blico con miras a aumentar las oportunidades econo'micas para la mujer y promover el acceso igualitario de la mujer a los recursos productivos, y atender las necesidades sociales, educativas y de salud ba'sicas de la mujer, en particular de las que viven en la pobreza; e) Desarrollar los sectores agri'cola y pesquero, cuando y donde sea menester, a fin de asegurar, segu'n proceda, la seguridad alimentaria del hogar y nacional y la autosuficiencia alimentaria, mediante la asignacio'n de los recursos financieros, te'cnicos y humanos necesarios; f) Formular poli'ticas y programas para promover la distribucio'n equitativa de los alimentos en el hogar; g) Proporcionar redes de seguridad apropiadas y fortalecer los sistemas de apoyo del Estado y los basados en la comunidad como parte integrante de la poli'tica social, a fin de que las mujeres que viven en la pobreza puedan hacer frente a entornos econo'micos adversos y mantener sus medios de vida, sus bienes y sus ingresos en tiempos de crisis; h) Generar poli'ticas econo'micas que tengan un efecto positivo en el empleo y los ingresos de las trabajadoras, tanto en el sector estructurado como en el sector no estructurado, y adoptar medidas concretas para abordar el desempleo de las mujeres, en particular su desempleo a largo plazo; i) Formular y aplicar, cuando proceda, poli'ticas concretas econo'micas, sociales, agri'colas y de otra i'ndole, en apoyo de los hogares encabezados por mujeres; j) Elaborar y ejecutar programas contra la pobreza, incluidos programas de empleo, que mejoren el acceso de las mujeres que viven en la pobreza a los alimentos, incluso mediante la utilizacio'n de mecanismos adecuados de fijacio'n de precios y de distribucio'n; k) Velar por la plena realizacio'n de los derechos humanos de todas las mujeres migrantes, incluidas las trabajadoras migrantes, y su proteccio'n contra la violencia y la explotacio'n. Instituir medidas para mejorar la situacio'n de las migrantes documentadas, incluidas las trabajadoras migrantes, y facilitar su empleo productivo mediante un mayor reconocimiento de sus aptitudes, su educacio'n en el extranjero y sus credenciales, y facilitar tambie'n su plena integracio'n en la fuerza de trabajo; l) Introducir medidas para integrar o reintegrar a las mujeres que viven en la pobreza y a las mujeres socialmente marginadas en el empleo productivo y en el entorno econo'mico predominante, y asegurar el acceso pleno de las mujeres internamente desplazadas a las oportunidades econo'micas, asi' como el reconocimiento de las calificaciones y aptitudes de las mujeres inmigrantes y refugiadas; m) Facilitar a las mujeres viviendas a precios razonables y el acceso a las tierras, mediante, entre otras cosas, la eliminacio'n de todos los obsta'culos que impiden ese acceso, con especial hincapie' en la atencio'n de las necesidades de las mujeres, en particular de las que viven en la pobreza y las jefas de familia; n) Formular y aplicar poli'ticas y programas que proporcionen a las agricultoras y pescadoras (incluidas las agricultoras y productoras de subsistencia, especialmente en las zonas rurales) mejor acceso a servicios financieros, te'cnicos, de extensio'n y de comercializacio'n; proporcionar control de las tierras y acceso a ellas e infraestructura y tecnologi'a apropiadas a fin de elevar los ingresos de la mujer y promover la seguridad alimentaria en el hogar, sobre todo en las zonas rurales, y, donde proceda, alentar la creacio'n de cooperativas de mercado pertenecientes a los productores; o) Crear sistemas de seguridad social donde no existan, o revisarlos, con miras a situar a la mujer en pie de igualdad con el hombre en todas las etapas de su vida; p) Asegurar el acceso a servicios juri'dicos gratuitos o de bajo costo, incluida la capacitacio'n juri'dica ba'sica destinada especialmente a las mujeres que viven en la pobreza; q) Adoptar medidas especiales para promover y fortalecer poli'ticas y programas para las mujeres indi'genas que permitan su plena participacio'n y en los que se respete su diversidad cultural, de manera que tengan oportunidad y posibilidades de eleccio'n en los procesos de desarrollo a fin de erradicar la pobreza que las afecta. 59. Medidas que han de adoptar las instituciones financieras y de desarrollo multilaterales, incluidos el Banco Mundial, el Fondo Monetario Internacional y las instituciones de desarrollo regionales, y medidas que han de adoptarse mediante la cooperacio'n bilateral para el desarrollo: a) De conformidad con los compromisos contrai'dos en la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social, tratar de movilizar recursos financieros nuevos y adicionales que sean a la vez suficientes y previsibles y hacerlo de modo tal que maximice la disponibilidad de esos recursos y aproveche todas las fuentes y mecanismos de financiacio'n disponibles con miras a contribuir al logro del objetivo de erradicar la pobreza y beneficiar a las mujeres que viven en la pobreza; b) Fortalecer la capacidad anali'tica a fin de consolidar de manera ma's sistema'tica las cuestiones referentes a las perspectivas de ge'nero e integrarlas en el disen~o y la ejecucio'n de programas de concesio'n de pre'stamos, incluidos los programas de ajuste estructural y de recuperacio'n econo'mica; c) Encontrar soluciones eficaces, orientadas al desarrollo y duraderas para los problemas de la deuda externa a fin de ayudar a los pai'ses a financiar programas y proyectos dirigidos al desarrollo, incluido el adelanto de la mujer, entre otras cosas, mediante el cumplimiento inmediato de las condiciones de la deuda, convenidas en el Club de Pari's en diciembre de 1994, que comprendi'an la reduccio'n de la deuda, incluso la cancelacio'n u otras medidas de alivio de la carga de la deuda, y desarrollar te'cnicas de conversio'n de la deuda aplicadas a programas y proyectos de desarrollo social, de conformidad con las prioridades de la Plataforma de accio'n; d) Invitar a las instituciones financieras internacionales a estudiar nuevas formas de prestar asistencia a los pai'ses de bajos ingresos a los que corresponda una proporcio'n elevada de la deuda multilateral, con miras a aliviar la carga de su deuda; e) Velar por que en la elaboracio'n de los programas de ajuste estructural se procure reducir al mi'nimo sus efectos negativos sobre los grupos y comunidades vulnerables y menos favorecidos, asi' como asegurar sus efectos positivos sobre tales grupos y comunidades evitando que queden marginados en las actividades econo'micas y sociales e ideando medidas encaminadas a darles control sobre los recursos econo'micos y las actividades econo'micas y sociales, asi' como acceso a e'stos; y se adopten medidas para reducir la desigualdad y la disparidad econo'micas; f) Examinar la repercusio'n de los programas de ajuste estructural sobre el desarrollo social mediante evaluaciones de su efecto social y otros me'todos pertinentes que tengan en cuenta los aspectos basados en el ge'nero, con miras a elaborar poli'ticas para reducir sus efectos negativos y mejorar los positivos, asegurando que no recaiga sobre la mujer una parte desproporcionada del costo de la transicio'n; complementar los pre'stamos para el ajuste con un aumento de los pre'stamos para el desarrollo social; g) Crear un clima propicio para que las mujeres tengan acceso a medios permanentes de ganarse la vida. 60. Medidas que han de adoptar las organizaciones no gubernamentales nacionales e internacionales y los grupos de mujeres: a) Movilizar a todas las partes interesadas en el proceso de desarrollo, incluidas las instituciones acade'micas, las organizaciones no gubernamentales y los grupos de base comunitaria y de mujeres, para mejorar la eficacia de los programas de lucha contra la pobreza dirigidos a los grupos de mujeres ma's pobres y desfavorecidos, como las mujeres indi'genas y de las zonas rurales, las mujeres jefas de familia, las jo'venes y las ancianas, y las migrantes y discapacitadas, reconociendo que el desarrollo social es una responsabilidad primordial de los gobiernos; b) Participar en actividades de la promocio'n y en el establecimiento de mecanismos de supervisio'n, segu'n proceda, y en otras actividades encaminadas a velar por la aplicacio'n de las recomendaciones sobre la erradicacio'n de la pobreza formuladas en la Plataforma de Accio'n y encaminadas a que los sectores estatal y privado asuman su responsabilidad y actu'en con transparencia; c) Incluir en sus actividades a mujeres con necesidades diversas y reconocer la participacio'n cada vez mayor de las organizaciones de jo'venes como asociadas eficaces en los programas de desarrollo; d) Formular, en cooperacio'n con los sectores oficial y privado, una estrategia nacional amplia de mejoramiento de los servicios de salud, educacio'n y sociales, para que las nin~as y las mujeres de todas las edades que viven en la pobreza tengan pleno acceso a ellos; procurar obtener financiacio'n para asegurar la inclusio'n de una perspectiva de ge'nero en el acceso a los servicios, asi' como para ampliar esos servicios de manera que lleguen a las zonas rurales y remotas que no esta'n dentro del a'mbito de las organizaciones gubernamentales; e) Contribuir, en cooperacio'n con los gobiernos, los empleadores y otros asociados y partes interesadas en cuestiones sociales, a la elaboracio'n de poli'ticas de ensen~anza, capacitacio'n y readiestramiento a fin de asegurar que las mujeres puedan adquirir una amplia gama de conocimientos para satisfacer las nuevas exigencias; f) Movilizarse para proteger el derecho de la mujer al acceso pleno y equitativo a los recursos econo'micos, incluido el derecho a la herencia, la posesio'n de tierras y otras propiedades, el cre'dito, los recursos naturales y las tecnologi'as apropiadas. Objetivo estrate'gico A.2. Revisar las leyes y las pra'cticas administrativas para asegurar a la mujer igualdad de derechos y de acceso a los recursos econo'micos Medidas que han de adoptarse 61. Medidas que han de adoptar los gobiernos: a) Asegurar el acceso a servicios juri'dicos gratuitos o de bajo costo, incluida la capacitacio'n juri'dica ba'sica, especialmente para las mujeres que viven en la pobreza; b) Emprender reformas legislativas y administrativas para dar a la mujer acceso pleno y equitativo a los recursos econo'micos, incluido el derecho a la herencia y la posesio'n de tierras y otras propiedades, el cre'dito, los recursos naturales y las tecnologi'as apropiadas; c) Considerar la posibilidad de ratificar el Convenio No. 169 de la Organizacio'n Internacional del Trabajo (OIT) como parte de los esfuerzos encaminados a promover y proteger los derechos de las poblaciones indi'genas. Objetivo estrate'gico A.3. Dar a la mujer acceso a mecanismos e instituciones de ahorro y cre'dito Medidas que han de adoptarse 62. Medidas que han de adoptar los gobiernos: a) Mejorar el acceso de las mujeres en situacio'n desventajosa de las zonas rurales, remotas y urbanas a servicios financieros, fortaleciendo los vi'nculos entre los bancos y las organizaciones de pre'stamo intermediarias, incluso mediante apoyo legislativo, capacitacio'n para la mujer y fortalecimiento de las instituciones intermediarias, con miras a movilizar capital para esas instituciones y aumentar la disponibilidad de cre'ditos; b) Alentar las vinculaciones entre las instituciones financieras y las organizaciones no gubernamentales y apoyar las pra'cticas innovadoras de concesio'n de pre'stamos, incluidas las que integran los cre'ditos con servicios y capacitacio'n para la mujer y proporcionan facilidades de cre'dito a las mujeres de las zonas rurales. 63. Medidas que han de adoptar los bancos comerciales, las instituciones financieras especializadas y el sector privado al examinar sus poli'ticas: a) Emplear metodologi'as de ahorro y cre'dito que tengan en cuenta a la mujer que vive en la pobreza y adoptar me'todos innovadores para reducir los costos de las transacciones y redefinir los riesgos; b) Abrir ventanillas especiales de pre'stamo para las mujeres, incluidas las jo'venes, que no tienen acceso a las fuentes tradicionales de garanti'as; c) Simplificar las pra'cticas bancarias, por ejemplo, reduciendo el monto del depo'sito mi'nimo y otras condiciones para abrir cuentas bancarias; d) Lograr la participacio'n, y la aplicacio'n del re'gimen de propiedad conjunta cuando sea posible, de las mujeres prestatarias en el proceso de adopcio'n de decisiones de las instituciones que proporcionan servicios de cre'dito y financieros. 64. Medidas que han de adoptar las organizaciones multilaterales y bilaterales de cooperacio'n para el desarrollo: Apoyar, mediante el suministro de capital y recursos, a las instituciones financieras que prestan servicios a las mujeres de bajos ingresos a cargo de microempresas y empresas de pequen~a escala y productoras, tanto en el sector estructurado como en el no estructurado. 65. Medidas que han de adoptar los gobiernos y las instituciones financieras multilaterales, segu'n proceda: Apoyar a las instituciones que cumplen con las normas de rendimiento llegando a gran nu'mero de mujeres y hombres de bajos ingresos mediante la capitalizacio'n, la refinanciacio'n y el apoyo al desarrollo institucional de maneras que favorezcan la autosuficiencia. 66. Medidas que han de adoptar las organizaciones internacionales: Aumentar la financiacio'n para los programas y proyectos encaminados a fomentar las actividades empresariales sostenibles y productivas de generacio'n de ingresos entre las mujeres en situacio'n desventajosa y las que viven en la pobreza. Objetivo estrate'gico A.4. Formular metodologi'as basadas en el ge'nero y realizar investigaciones para abordar el problema de la terminacio'n de la pobreza Medidas que han de adoptarse 67. Medidas que han de adoptar los gobiernos, las organizaciones intergubernamentales, las instituciones acade'micas y de investigacio'n y el sector privado: a) Elaborar medios teo'ricos y metodolo'gicos para incorporar perspectivas de ge'nero en todos los aspectos de la formulacio'n de poli'ticas econo'micas, incluso la planificacio'n y los programas de ajuste estructural; b) Aplicar esos me'todos para analizar los efectos desde el punto de vista del ge'nero de todas las poli'ticas y programas, incluso los programas de ajuste estructural, y difundir los resultados de la investigacio'n. 68. Medidas que han de adoptar las organizaciones nacionales e internacionales de estadi'stica: a) Reunir datos desglosados por sexo y por edad sobre la pobreza y todos los aspectos de la actividad econo'mica y elaborar indicadores estadi'sticos cuantitativos y cualitativos para facilitar la evaluacio'n del rendimiento econo'mico desde una perspectiva de ge'nero; b) Elaborar medios estadi'sticos apropiados para reconocer y hacer visible en toda su extensio'n el trabajo de la mujer y todas sus contribuciones a la economi'a nacional, incluso en el sector no remunerado y en el hogar, y examinar la relacio'n entre el trabajo no remunerado de la mujer y la incidencia de la pobreza y la vulnerabilidad de las mujeres a ella. B. Educacio'n y capacitacio'n de la mujer 69. La educacio'n es un derecho humano y constituye un instrumento indispensable para lograr los objetivos de la igualdad, el desarrollo y la paz. La educacio'n no discriminatoria beneficia tanto a las nin~as como a los nin~os y, de esa manera, conduce en u'ltima instancia a relaciones ma's igualitarias entre mujeres y hombres. La igualdad de acceso a la educacio'n y la obtencio'n de educacio'n son necesarias para que ma's mujeres se conviertan en agentes de cambio. La alfabetizacio'n de la mujer es importante para mejorar la salud, la nutricio'n y la educacio'n en la familia, asi' como para habilitar a la mujer para participar en la adopcio'n de decisiones en la sociedad. Ha quedado demostrado que la inversio'n en la educacio'n y la capacitacio'n formal y no formal de las nin~as y las mujeres, que tiene un rendimiento social y econo'mico excepcionalmente alto, es uno de los mejores medios de lograr un desarrollo sostenible y un crecimiento econo'mico a la vez sostenido y sostenible. 70. En el plano regional, las nin~as y los nin~os han logrado la igualdad de acceso a la ensen~anza primaria, excepto en algunas partes de A'frica, en particular el A'frica subsahariana, y de Asia central, donde el acceso a las instituciones educacionales sigue siendo insuficiente. Se han alcanzado adelantos en la ensen~anza secundaria; en algunos pai'ses, se ha logrado la igualdad de acceso de nin~as y nin~os a esa educacio'n. La matri'cula de mujeres en la ensen~anza terciaria ha aumentado considerablemente. En muchos pai'ses, las escuelas privadas han cumplido una importante funcio'n complementaria en la mejora del acceso a la educacio'n en todos los niveles. Sin embargo, ma's de cinco an~os despue's de que la Conferencia Mundial sobre Educacio'n para Todos (Jomtien, Tailandia, 1990) aprobara la Declaracio'n Mundial sobre Educacio'n para Todos y el Marco de Accio'n para Satisfacer las Necesidades Ba'sicas de Aprendizaje 12/, unos 100 millones de nin~os, de los que por lo menos 60 millones son nin~as, carecen de acceso a la ensen~anza primaria, y ma's de las dos terceras partes de los 960 millones de analfabetos adultos del mundo son mujeres. El alto nivel de analfabetismo existente en la mayor parte de los pai'ses en desarrollo, en particular el A'frica subsahariana y algunos Estados a'rabes, sigue constituyendo un grave obsta'culo para el adelanto de la mujer y para el desarrollo. 71. En muchas regiones persiste la discriminacio'n en el acceso de las nin~as a la educacio'n debido a actitudes arraigadas, a embarazos y matrimonios a edad temprana, a lo inadecuado que resulta el material dida'ctico y educacional y al sesgo de ge'nero que e'ste muestra, al acoso sexual y a la falta de instalaciones de ensen~anza apropiadas y accesibles en el sentido fi'sico y en otros sentidos. Las nin~as comienzan a realizar tareas dome'sticas pesadas a edad muy temprana. Se espera que las nin~as y las mujeres asuman a la vez responsabilidades respecto de su educacio'n y responsabilidades dome'sticas, lo que a menudo conduce a un rendimiento escolar insatisfactorio y a la desercio'n escolar temprana, con consecuencias duraderas en todos los aspectos de la vida de la mujer. 72. La creacio'n de un entorno educacional y social en el que se trate en pie de igualdad a las mujeres y los hombres y a las nin~as y los nin~os, en el que se los aliente a alcanzar su pleno potencial, respetando su libertad de pensamiento, conciencia, religio'n y creencias, y en el que los recursos educacionales promuevan ima'genes no estereotipadas de las mujeres y de los hombres contribuiri'a eficazmente a eliminar las causas de la discriminacio'n contra las mujeres y las desigualdades entre las mujeres y los hombres. 73. La mujer deberi'a poder seguir adquiriendo conocimientos y aptitudes pasada su juventud. Este concepto de aprendizaje permanente incluye los conocimientos y las aptitudes adquiridas en la educacio'n y la capacitacio'n formal, asi' como el aprendizaje informal, por ejemplo en las actividades voluntarias, el trabajo no remunerado y los conocimientos tradicionales. 74. En buena medida sigue habiendo un sesgo de ge'nero en los programas de estudio y el material dida'ctico y rara vez se atiende a las necesidades especiales de las nin~as y las mujeres. Esto refuerza las funciones tradicionales de la mujer y del hombre, y priva a e'stas u'ltimas de la oportunidad de participar en la sociedad plenamente y en condiciones de igualdad. La falta de sensibilidad de los educadores de todos los niveles respecto a las diferencias de ge'nero aumenta las desigualdades entre la mujer y el hombre al reforzar las tendencias discriminatorias y socavar la autoestima de las nin~as. La falta de educacio'n sexual y sobre la salud reproductiva tiene profundas repercusiones en la mujer y el hombre. 75. Hay, en particular, sesgo de ge'nero en los programas de estudio de las ciencias. Los libros de texto sobre ciencias no guardan relacio'n con la experiencia cotidiana de las mujeres y las nin~as ni dan el debido reconocimiento a las mujeres cienti'ficas. A menudo, no se imparten a las nin~as nociones y aptitudes te'cnicas ba'sicas en las matema'ticas y las ciencias, que les proporcionari'an conocimientos que podri'an aplicar para mejorar su vida cotidiana y aumentar sus oportunidades de empleo. Los estudios avanzados de ciencia y tecnologi'a preparan a la mujer para desempen~ar una funcio'n activa en el desarrollo tecnolo'gico e industrial de su pai's, por lo que es preciso adoptar un enfoque mu'ltiple respecto de la capacitacio'n profesional y te'cnica. La tecnologi'a esta' transformando ra'pidamente el mundo y tambie'n ha afectado a los pai'ses en desarrollo. Es indispensable que la mujer no so'lo se beneficie de la tecnologi'a, sino que tambie'n participe en el proceso desde la etapa de disen~o hasta las de aplicacio'n, supervisio'n y evaluacio'n. 76. El acceso y la retencio'n de las nin~as y mujeres en todos los niveles de la ensen~anza, incluido el nivel superior es uno de los factores de su continuo progreso en las actividades profesionales. No obstante, hay que reconocer que las nin~as siguen concentra'ndose en un nu'mero limitado de esferas de estudio. 77. Los medios de difusio'n son un importante medio de educacio'n. Los educadores y las instituciones gubernamentales y no gubernamentales pueden utilizar los medios de comunicacio'n como un instrumento de ensen~anza para el adelanto de la mujer y para el desarrollo. La educacio'n y los sistemas de informacio'n computadorizados se esta'n convirtiendo en elementos cada vez ma's importantes del aprendizaje y de la difusio'n de conocimientos. La televisio'n, en particular, influye en mayor medida en los jo'venes, por lo que ofrece la posibilidad de forjar valores, actitudes y percepciones en las mujeres y en la nin~as de formas tanto positivas como negativas. Por consiguiente, es fundamental que los educadores desarrollen el juicio cri'tico y la capacidad anali'tica de sus alumnos. 78. En muchos pai'ses, los recursos que se asignan a la educacio'n, especialmente a las nin~as y mujeres, son insuficientes y en algunos casos se han reducido au'n ma's, en particular en el contexto de poli'ticas y programas de ajuste. Dicha insuficiencia en la asignacio'n de recursos perjudica al desarrollo humano, en particular el desarrollo de la mujer. 79. Para hacer frente a la desigualdad de acceso a la ensen~anza y a las oportunidades educacionales insuficientes, los gobiernos y otros agentes sociales deberi'an promover una poli'tica activa y visible de integracio'n de una perspectiva de ge'nero en todas las poli'ticas y programas, a fin de que se analicen, antes de adoptar decisiones, sus posibles efectos en las mujeres y los hombres. Objetivo estrate'gico B.1. Asegurar la igualdad de acceso a la educacio'n Medidas que han de adoptarse 80. Medidas que han de adoptar los gobiernos: a) Promover el objetivo de la igualdad de acceso a la educacio'n tomando medidas para eliminar la discriminacio'n en la educacio'n en todos los niveles por motivos de ge'nero, raza, idioma, religio'n, origen nacional, edad o discapacidad, o cualquier otra forma de discriminacio'n y, segu'n proceda, considerar la posibilidad de establecer procedimientos para dar curso a las reclamaciones; b) Asegurar el acceso universal a la ensen~anza ba'sica y lograr que terminen la ensen~anza primaria por lo menos el 80% de los nin~os para el an~o 2000; superar las diferencias por motivos de ge'nero que existan en el acceso a la ensen~anza primaria y secundaria para el an~o 2005; y proporcionar ensen~anza primaria universal en todos los pai'ses antes del an~o 2015; c) Eliminar las disparidades por motivos de ge'nero en el acceso a todos los a'mbitos de la ensen~anza terciaria, velando por que la mujer tenga igual acceso que el hombre al desarrollo profesional, a la capacitacio'n y a las becas y adoptando medidas de promocio'n activa segu'n corresponda; d) Establecer un sistema docente en que se tengan en cuenta las cuestiones relacionadas con el ge'nero, a fin de promover la igualdad de oportunidades de educacio'n y capacitacio'n, asi' como la participacio'n igualitaria de la mujer en la administracio'n y la adopcio'n de poli'ticas y decisiones en materia de educacio'n; e) Ofrecer a las jo'venes, en colaboracio'n con los padres, las organizaciones no gubernamentales, incluidas las organizaciones de jo'venes, las comunidades y el sector privado, formacio'n acade'mica y te'cnica, planificacio'n de su carrera profesional, conocimientos directivos y sociales y experiencia laboral que las prepare para participar plenamente en la sociedad; f) Aumentar la matri'cula y las tasas de retencio'n escolar de las nin~as, asignando a esa actividad los recursos presupuestarios necesarios; obteniendo el apoyo de los padres y de la comunidad, asi' como realizando campan~as, estableciendo horarios escolares flexibles, otorgando incentivos y becas y adoptando otras medidas encaminadas a reducir los costos que entran~a para la familia la educacio'n de las nin~as y facilitar a los padres la posibilidad de elegir educacio'n para sus hijas; velando por que las instituciones educacionales respeten los derechos de las mujeres y las nin~as a la libertad de conciencia y de religio'n y derogando todo tipo de legislacio'n discriminatoria desde los puntos de vista religioso, racial o cultural; g) Promover un entorno docente en que se eliminen todas las barreras que impiden la asistencia a la escuela de las adolescentes embarazadas y las madres jo'venes, que incluya, segu'n corresponda, servicios accesibles y asequibles de guarderi'a y educacio'n de los padres a fin de alentar a quienes deben ocuparse del cuidado de sus hijos y hermanos en edad escolar a reanudar los estudios o a llevarlos a te'rmino; h) Aumentar la calidad de la educacio'n y la igualdad de oportunidades para las mujeres y los hombres en lo que se refiere al acceso, a fin de que las mujeres de todas las edades puedan adquirir los conocimientos, capacidades, aptitudes, destrezas y valores e'ticos necesarios para desarrollarse y participar plenamente, en condiciones de igualdad, en el proceso de desarrollo social, econo'mico y poli'tico; i) Proporcionar servicios de orientacio'n escolar y programas de preparacio'n de maestros no discriminatorios y que tengan en cuenta las diferencias basadas en el ge'nero a fin de alentar a las nin~as a seguir estudios acade'micos y te'cnicos y de ampliar sus futuras oportunidades de carrera; j) Promover la ratificacio'n del Pacto Internacional de Derechos Econo'micos, Sociales y Culturales 13/ en los pai'ses que au'n no lo hayan ratificado. Objetivo estrate'gico B.2. Eliminar el analfabetismo entre las mujeres Medidas que han de adoptarse 81. Medidas que han de adoptar los gobiernos, los o'rganos nacionales, regionales e internacionales, los donantes bilaterales y multilaterales y las organizaciones no gubernamentales: a) Reducir la tasa de analfabetismo femenino por lo menos a la mitad de la tasa de 1990, con especial hincapie' en la alfabetizacio'n de las mujeres rurales, migrantes, refugiadas y desplazadas internamente, asi' como en las mujeres con discapacidades; b) Proporcionar acceso universal a la ensen~anza primaria a las nin~as, y procurar lograr la igualdad de ge'nero en la tasa de finalizacio'n de dicha ensen~anza, para el an~o 2000; c) Eliminar las diferencias por motivos de ge'nero en las tasas de alfabetizacio'n elemental y funcional de mujeres y hombres, como recomienda la Declaracio'n de Jomtien sobre Educacio'n para Todos; d) Reducir las disparidades entre los pai'ses desarrollados y los pai'ses en desarrollo; e) Alentar la participacio'n de los adultos y las familias en la ensen~anza, a fin de promover la alfabetizacio'n total de todas las personas; f) Promover, conjuntamente con la alfabetizacio'n, la adquisicio'n de conocimientos pra'cticos, cienti'ficos y tecnolo'gicos, y procurar ampliar la definicio'n de alfabetizacio'n teniendo en cuenta los objetivos y los puntos de referencia vigentes. Objetivo estrate'gico B.3. Aumentar el acceso de las mujeres a la formacio'n profesional, la ciencia y la tecnologi'a y la educacio'n permanente Medidas que han de adoptarse 82. Medidas que han de adoptar los gobiernos, en cooperacio'n con los empleadores, los trabajadores y los sindicatos, las organizaciones internacionales y no gubernamentales, incluidas las organizaciones de mujeres y jo'venes, y las instituciones educativas: a) Elaborar y aplicar poli'ticas de ensen~anza, capacitacio'n y readiestramiento para las mujeres, en particular las jo'venes y las que retornen al mercado de trabajo, para impartirles conocimientos que permitan satisfacer las necesidades de un contexto socioecono'mico cambiante, a fin de mejorar sus oportunidades de empleo; b) Fomentar el reconocimiento de las oportunidades de ensen~anza extraescolar para las nin~as y las mujeres en el sistema educativo; c) Proporcionar a las mujeres y las nin~as informacio'n sobre la disponibilidad de formacio'n profesional, programas de capacitacio'n en ciencia y tecnologi'a y programas de educacio'n permanente y sobre las ventajas que pueden reportarles; d) Formular programas de ensen~anza y capacitacio'n para mujeres desempleadas a fin de proporcionarles nuevos conocimientos teo'ricos y pra'cticos que incrementen y ampli'en sus oportunidades de empleo, incluido el empleo por cuenta propia, y el desarrollo de su capacidad empresarial; e) Diversificar la formacio'n profesional y te'cnica y aumentar el acceso y la retencio'n de nin~as y mujeres en la ensen~anza y la formacio'n profesional en los campos de las ciencias, las matema'ticas, la ingenieri'a, la ciencia y la tecnologi'a ambientales, la tecnologi'a de la informacio'n y la alta tecnologi'a, asi' como la capacitacio'n en materia de gestio'n; f) Promover el papel central de la mujer en los programas de investigacio'n, extensio'n y ensen~anza en las esferas alimentaria y agraria; g) Fomentar la adaptacio'n de los planes de estudio y los materiales dida'cticos, fomentar un ambiente educativo favorable y adoptar medidas positivas, a fin de promover la capacitacio'n para toda la gama de posibilidades ocupacionales en carreras no tradicionales para las mujeres y los hombres, incluido el desarrollo de cursos multidisciplinarios para profesores de ciencias y matema'ticas, a fin de sensibilizarlos respecto a la importancia de la ciencia y la tecnologi'a en la vida de la mujer; h) Elaborar planes de estudio y materiales dida'cticos, y formular y adoptar medidas positivas para garantizar un mayor acceso y participacio'n de la mujer en los sectores te'cnicos y cienti'ficos, especialmente en aquellos en que no este'n representadas o este'n infrarrepresentadas; i) Elaborar poli'ticas y programas para fomentar la participacio'n de la mujer en todos los programas de aprendizaje; j) Aumentar la capacitacio'n te'cnica, en administracio'n, extensio'n agraria y comercializacio'n para la mujer en la agricultura, la pesca, la industria y el comercio, las artes y los oficios, a fin de ampliar las oportunidades de generacio'n de ingresos, la participacio'n de la mujer en la adopcio'n de decisiones econo'micas, en particular mediante las organizaciones femeninas en las comunidades, y su contribucio'n a la produccio'n, la comercializacio'n, las empresas, la ciencia y la tecnologi'a; k) Garantizar el acceso a la ensen~anza y la formacio'n de buena calidad en todos los niveles apropiados a las mujeres adultas sin educacio'n previa o con educacio'n escasa, a las mujeres con discapacidades y a las mujeres emigrantes, refugiadas y desplazadas, a fin de mejorar sus oportunidades de trabajo. Objetivo estrate'gico B.4. Establecer sistemas de educacio'n y y capacitacio'n no discriminatorios Medidas que han de adoptarse 83. Medidas que han de adoptar los gobiernos, las autoridades educativas y otras instituciones educativas y acade'micas: a) Formular recomendaciones y elaborar planes de estudio, libros de texto y material dida'ctico libres de estereotipos basados en el ge'nero para todos los niveles de ensen~anza, incluida la formacio'n de personal docente, en colaboracio'n con todos los interesados: editoriales, profesores, autoridades pu'blicas y asociaciones de padres; b) Elaborar programas de ensen~anza y material dida'ctico para docentes y educadores que aumenten la comprensio'n de la condicio'n, el papel y la contribucio'n de la mujer y el hombre en la familia, tal como se define en el pa'rrafo 29 supra, y en la sociedad; en este contexto, promover la igualdad, la cooperacio'n, el respeto mutuo y las responsabilidades compartidas entre nin~as y nin~os desde el nivel preescolar en adelante y elaborar, en particular, mo'dulos educativos para garantizar que los nin~os adquieran los conocimientos necesarios para hacerse cargo de sus propias necesidades dome'sticas y compartir las responsabilidades de sus hogares y de la atencio'n de las personas a su cargo; c) Elaborar programas de capacitacio'n y materiales dida'cticos para docentes y educadores que aumenten la comprensio'n de su propio papel en el proceso educativo, con miras a proporcionarles estrategias eficaces para una ensen~anza con orientacio'n de ge'nero; d) Adoptar medidas para garantizar que las maestras y profesoras tengan las mismas posibilidades y la misma categori'a que los maestros y profesores, teniendo en cuenta la importancia de contar con profesoras en todos los niveles y a fin de atraer y retener a las nin~as en las escuelas; e) Introducir y promover la capacitacio'n en materia de resolucio'n de conflictos por medios paci'ficos; f) Adoptar medidas positivas para aumentar la proporcio'n de mujeres que participan en la elaboracio'n de poli'ticas y la adopcio'n de decisiones en materia de educacio'n, particularmente de profesoras, en todos los niveles de la ensen~anza y en las disciplinas acade'micas que habitualmente esta'n dominadas por el hombre, como los campos cienti'fico y tecnolo'gico; g) Apoyar y realizar estudios e investigaciones sobre el ge'nero en todos los niveles de la ensen~anza, especialmente en el nivel de postgrado en las instituciones acade'micas, y aplicarlos a la elaboracio'n de programas, incluidos los de estudios universitarios, libros de texto y material dida'ctico y en la formacio'n de personal docente; h) Desarrollar la capacitacio'n y las oportunidades para el liderazgo para todas las mujeres, a fin de alentarlas a desempen~ar funciones directivas, lo mismo como estudiantes que como adultas en la sociedad civil; i) Elaborar programas apropiados de ensen~anza e informacio'n con el debido respeto al multilingu"ismo, particularmente en colaboracio'n con los medios de comunicacio'n, a fin de lograr que el pu'blico, y en particular los padres, sean conscientes de la importancia de una ensen~anza no discriminatoria de las nin~as y los nin~os, y del reparto por igual de las responsabilidades familiares entre las nin~as y los nin~os; j) Elaborar programas de educacio'n en materia de derechos humanos que incorporen la dimensio'n de ge'nero en todos los niveles de la ensen~anza, en particular fomentando la inclusio'n en los planes de estudio de las instituciones de ensen~anza superior, especialmente en los planes de estudios de postgrado en los campos juri'dico, social y de ciencias poli'ticas, del estudio de los derechos humanos de la mujer tal como figuran en las convenciones de las Naciones Unidas; k) Eliminar, en los programas de educacio'n acade'mica sobre las cuestiones relacionadas con la salud de la mujer, cuando proceda, las barreras legales y reglamentarias que se oponen a la ensen~anza de cuestiones sexuales y de salud reproductiva; l) Promover, con el apoyo de sus padres y en colaboracio'n con el personal y las instituciones docentes, la elaboracio'n de programas educativos para nin~as y nin~os y la creacio'n de servicios integrados, a fin de fomentar la comprensio'n de sus responsabilidades y ayudarles a asumir esas responsabilidades, teniendo en cuenta la importancia de esa educacio'n y esos servicios para el desarrollo personal y la autoestima, asi' como la necesidad urgente de evitar los embarazos no deseados, la propagacio'n de enfermedades transmitidas sexualmente, especialmente el VIH/SIDA, y feno'menos tales como la violencia y el abuso sexuales; m) Proporcionar instalaciones recreativas y deportivas accesibles y establecer y reforzar en las instituciones educativas y comunitarias programas para nin~as y mujeres de todas las edades que tengan en cuenta los aspectos relacionados con el ge'nero y apoyar el adelanto de la mujer en todas las esferas de la actividad deportiva a la actividad fi'sica, incluidos la ensen~anza, el entrenamiento y la administracio'n, asi' como su participacio'n en los planos nacional, regional e internacional; n) Reconocer y apoyar el derecho de las mujeres y nin~as indi'genas a la educacio'n, y promover un enfoque multicultural de la educacio'n que responda a las necesidades, aspiraciones y culturas de las mujeres indi'genas, inclusive mediante la elaboracio'n de programas educativos, planes de estudio y medios dida'cticos apropiados, en la medida posible en los idiomas de las poblaciones indi'genas y con la participacio'n de las mujeres indi'genas en esos procesos; o) Reconocer y respetar las actividades arti'sticas, espirituales y culturales de las mujeres indi'genas; p) Garantizar que la igualdad de ge'nero y las diversidades culturales, religiosas y de otro tipo se respeten en las instituciones educativas; q) Promover la ensen~anza, la capacitacio'n y los programas de informacio'n pertinentes para las mujeres de los medios rurales y agrarios mediante el uso de tecnologi'as accesibles y apropiadas y de los medios de comunicacio'n - por ejemplo, programas de radio, casetes y unidades mo'viles; r) Proporcionar ensen~anza extraescolar, especialmente a las mujeres de las zonas rurales, a fin de que desarrollen sus posibilidades con respecto a la salud, las microempresas, la agricultura y los derechos legales; s) Eliminar todas las barreras que impiden el acceso a la educacio'n acade'mica de las muchachas embarazadas y las madres jo'venes y apoyar el suministro de servicios de guarderi'a y otros servicios de apoyo, en los casos en que sean necesarios. Objetivo estrate'gico B.5. Asignar recursos suficientes para las reformas de la educacio'n y vigilar la aplicacio'n de esas reformas Medidas que han de adoptarse 84. Medidas que han de adoptar los gobiernos: a) Proporcionar al sector educativo los recursos financieros necesarios mediante la reasignacio'n dentro de ese sector, a fin de garantizar un aumento de recursos para la ensen~anza ba'sica, segu'n proceda; b) Establecer, en los niveles apropiados, un mecanismo de vigilancia de la aplicacio'n de las reformas educativas y de las medidas conexas en los ministerios pertinentes, y establecer programas de asistencia te'cnica, segu'n proceda, para examinar las cuestiones planteadas por las actividades de vigilancia. 85. Medidas que han de adoptar los gobiernos y, en los casos en que proceda, las instituciones privadas y pu'blicas, las fundaciones, los institutos de investigacio'n y las organizaciones no gubernamentales: a) En los casos en que sea necesario, movilizar fondos adicionales de las instituciones privadas y pu'blicas, las fundaciones, las instituciones de investigacio'n y las organizaciones no gubernamentales para que las mujeres y las nin~as, asi' como los nin~os y los hombres, en pie de igualdad, puedan terminar su educacio'n, haciendo especial hincapie' en las poblaciones desatendidas; b) Proporcionar financiacio'n para programas especiales, como los programas de matema'ticas, ciencias y tecnologi'a de computadoras, a fin de aumentar las oportunidades de todas las nin~as y mujeres. 86. Medidas que han de adoptar las instituciones multilaterales de desarrollo, incluidos el Banco Mundial, los bancos regionales de desarrollo, los donantes bilaterales y las fundaciones: a) Considerar la posibilidad de aumentar la financiacio'n para atender con cara'cter prioritario las necesidades de educacio'n y capacitacio'n de las nin~as y las mujeres en los programas de asistencia para el desarrollo; b) Considerar la posibilidad de colaborar con los gobiernos beneficiarios a fin de garantizar que se mantengan o aumenten los niveles de financiacio'n para la educacio'n de la mujer en los programas de ajuste estructural y recuperacio'n econo'mica, incluidos los programas de pre'stamos y de estabilizacio'n. 87. Medidas que han de adoptar, a nivel mundial, las organizaciones internacionales e intergubernamentales, en particular la Organizacio'n de las Naciones Unidas para la Educacio'n, la Ciencia y la Cultura: a) Contribuir a la evaluacio'n de los progresos logrados utilizando indicadores educacionales elaborados por o'rganos nacionales, regionales e internacionales, e instar a los gobiernos a que, al aplicar medidas para eliminar las diferencias entre las mujeres y los hombres y entre los nin~os y las nin~as en cuanto a las oportunidades de educacio'n y formacio'n y los niveles alcanzados en todos los campos, en particular en los programas de ensen~anza primaria y de alfabetizacio'n; b) Proporcionar asistencia te'cnica, cuando la soliciten, a los pai'ses en desarrollo a fin de reforzar su capacidad de vigilar los progresos realizados en la reduccio'n de las diferencias entre la mujer y el hombre en la ensen~anza, la formacio'n y la investigacio'n, y en los niveles de logros en todas las esferas, particularmente en la ensen~anza ba'sica y la eliminacio'n del analfabetismo; c) Realizar una campan~a internacional de promocio'n del derecho de las mujeres y las nin~as a la educacio'n; d) Asignar un porcentaje mi'nimo de asistencia a la ensen~anza ba'sica para las mujeres y las nin~as. Objetivo estrate'gico B.6. Promover la educacio'n y la capacitacio'n permanentes de las nin~as y las mujeres Medidas que han de adoptarse 88. Medidas que han de adoptar los gobiernos, las instituciones educativas y las comunidades: a) Garantizar la disponibilidad de una amplia gama de programas de ensen~anza y formacio'n que lleven a la adquisicio'n permanente por las mujeres y las nin~as de los conocimientos y las capacidades necesarios para vivir en sus comunidades y naciones, contribuir a ellas y beneficiarse de ellas; b) Proporcionar apoyo a los servicios de guarderi'a y de otra i'ndole que permitan a las madres continuar su educacio'n; c) Crear programas flexibles de ensen~anza, capacitacio'n y readiestramiento para un aprendizaje permanente que facilite la transicio'n entre las actividades de las mujeres en todas las etapas de su vida. C. La mujer y la salud* * La Santa Sede formulo' una reserva general sobre esta seccio'n. La reserva debe interpretarse con referencia a la declaracio'n hecha por el representante de la Santa Sede en la cuarta sesio'n de la Comisio'n Principal, celebrada el 14 de septiembre de 1995 (ve'ase el capi'tulo V del presente informe, pa'rrafo 11). 89.La mujer tiene derecho a disfrutar del ma's alto nivel posible de salud fi'sica y mental. El disfrute de ese derecho es esencial para su vida y su bienestar y para su capacidad de participar en todas las esferas de la vida pu'blica y privada. La salud no es so'lo la ausencia de enfermedades o dolencias, sino un estado de pleno bienestar fi'sico, mental y social. La salud de la mujer incluye su bienestar emocional, social y fi'sico; contribuyen a determinar su salud tanto factores biolo'gicos como el contexto social, poli'tico y econo'mico en que vive. Ahora bien, la mayori'a de las mujeres no goza de salud ni de bienestar. El principal obsta'culo que impide a la mujer alcanzar el ma's alto nivel posible de salud es la desigualdad entre la mujer y el hombre y entre mujeres en diferentes regiones geogra'ficas, clases sociales y grupos indi'genas y e'tnicos. Sin embargo, la salud y el bienestar eluden a la mayori'a de las mujeres. Uno de los principales obsta'culos al logro del ma'ximo grado posible de salud para las mujeres es la desigualdad, tanto entre hombres y mujeres como entre mujeres de distintas regiones geogra'ficas, clases sociales y grupos indi'genas y e'tnicos. En foros nacionales e internacionales, las mujeres han hecho hincapie' en que la igualdad, incluidas las obligaciones familiares compartidas, el desarrollo y la paz son condiciones necesarias para gozar de un nivel o'ptimo de salud durante todo el ciclo vital. 90. El acceso de la mujer a los recursos ba'sicos de salud, incluidos los servicios de atencio'n primaria de la salud, y su utilizacio'n de esos recursos es diferente y desigual en lo relativo a la prevencio'n y el tratamiento de las enfermedades infantiles, la malnutricio'n, la anemia, las enfermedades diarreicas, las enfermedades contagiosas, el paludismo y otras enfermedades tropicales y la tuberculosis, entre otras afecciones. Las oportunidades de la mujer tambie'n son diferentes y desiguales en lo relativo a la proteccio'n, la promocio'n y el mantenimiento de la salud. En muchos pai'ses en desarrollo, causa especial preocupacio'n la falta de servicios obste'tricos de emergencia. En las poli'ticas y programas de salud a menudo se perpetu'an los estereotipos de ge'nero y no se consideran las diferencias socioecono'micas y otras diferencias entre mujeres, ni se tiene plenamente en cuenta la falta de autonomi'a de la mujer respecto de su salud. La salud de la mujer tambie'n se ve sujeta a discriminaciones por motivos de ge'nero en el sistema de salud y por los servicios me'dicos insuficientes e inadecuados que se prestan a las mujeres. 91. En muchos pai'ses, especialmente en pai'ses en desarrollo y en particular los menos adelantados, una disminucio'n de los gastos de salud pu'blica y, en ciertos casos, el ajuste estructural, contribuyen al empeoramiento de los sistemas de salubridad pu'blica. Adema's, la privatizacio'n de los sistemas de atencio'n de la salud y sin garanti'as adecuadas de acceso universal a la atencio'n de la salud asequible reduce au'n ma's la disponibilidad de los servicios de atencio'n de la salud. Esa situacio'n no so'lo afecta directamente a la salud de nin~as y mujeres, sino que adema's impone obligaciones desproporcionadas a la mujer, que no recibe el apoyo social, psicolo'gico y econo'mico que necesita al no reconocerse a menudo sus mu'ltiples funciones, incluidas las funciones relacionadas con la familia y la comunidad. 92. Es preciso lograr que la mujer pueda ejercer el derecho a disfrutar el ma's alto nivel posible de salud durante todo su ciclo vital en pie de igualdad con el hombre. Las mujeres padecen muchas de las afecciones que padecen los hombres, pero de diferente manera. La incidencia de la pobreza y la dependencia econo'mica en la mujer, su experiencia de la violencia, las actitudes negativas hacia las mujeres y las nin~as, la discriminacio'n racial y otras formas de discriminacio'n, el control limitado que muchas mujeres ejercen sobre su vida sexual y reproductiva y su falta de influencia en la adopcio'n de decisiones son realidades sociales que tienen efectos perjudiciales sobre su salud. La falta de alimento para las nin~as y mujeres y la distribucio'n desigual de los alimentos en el hogar, el acceso insuficiente al agua potable, al saneamiento y al combustible, sobre todo en las zonas rurales y en las zonas urbanas pobres, y las condiciones de vivienda deficientes pesan en exceso sobre la mujer y su familia y repercuten negativamente en su salud. La buena salud es indispensable para vivir en forma productiva y satisfactoria y el derecho de todas las mujeres a controlar todos los aspectos de su salud y en particular su propia fecundidad es fundamental para su emancipacio'n. 93. En el acceso a los servicios de nutricio'n y de atencio'n de la salud, la discriminacio'n contra las nin~as, consecuencia frecuente de la preferencia por los hijos varones, pone en peligro su salud y bienestar presentes y futuros. Las condiciones que fuerzan a las nin~as al matrimonio, el embarazo y la reproduccio'n a edad temprana y las someten a pra'cticas perjudiciales, como la mutilacio'n genital, acarrean grandes riesgos para su salud. Las adolescentes necesitan tener acceso a servicios de salud y nutricio'n durante su crecimiento; sin embargo, a menudo carecen de ese acceso. El asesoramiento y el acceso a la informacio'n y a los servicios relativos a la salud sexual y reproductiva de los adolescentes siguen siendo insuficientes o inexistentes; no se suele tomar en consideracio'n el derecho de las muchachas a la intimidad, la confidencialidad, el respeto y el consentimiento fundamentado. Desde los puntos de vista biolo'gico y psicosocial, las adolescentes son ma's vulnerables que los varones al abuso sexual, la violencia y la prostitucio'n y a las consecuencias de las relaciones sexuales prematuras y sin proteccio'n. La tendencia a tener experiencias sexuales a temprana edad, sumada a la falta de informacio'n y servicios, aumenta el riesgo de embarazos no deseados y a edad prematura, asi' como de contraer el VIH y otras enfermedades de transmisio'n sexual y de abortar en condiciones peligrosas. La maternidad prematura sigue siendo un obsta'culo para el progreso educacional, econo'mico y social de la mujer en todo el mundo. En li'neas generales, el matrimonio y la maternidad prematuros pueden reducir dra'sticamente las oportunidades de educacio'n y empleo de las nin~as y, probablemente, perjudicar a largo plazo la calidad de su vida y de la vida de sus hijos. No se suele ensen~ar a los adolescentes a respetar la libre determinacio'n de la mujer y a compartir con ella la responsabilidad que conllevan las cuestiones relativas a la sexualidad y a la reproduccio'n. 94. La salud reproductiva es un estado general de bienestar fi'sico, mental y social, y no de mera ausencia de enfermedades o dolencias, en todos los aspectos relacionados con el sistema reproductivo y sus funciones y procesos. En consecuencia, la salud reproductiva entran~a la capacidad de disfrutar de una vida sexual satisfactoria y sin riesgos y de procrear, y la libertad para decidir hacerlo o no hacerlo, cua'ndo y con que' frecuencia. Esta u'ltima condicio'n lleva impli'cito el derecho del hombre y la mujer a obtener informacio'n y de planificacio'n de la familia de su eleccio'n, asi' como a otros me'todos para la regulacio'n de la fecundidad que no este'n legalmente prohibidos, y acceso a me'todos seguros, eficaces, asequibles y aceptables, el derecho a recibir servicios adecuados de atencio'n de la salud que permitan los embarazos y los partos sin riesgos y den a las parejas las ma'ximas posibilidades de tener hijos sanos. En consonancia con esta definicio'n de salud reproductiva, la atencio'n de la salud reproductiva se define como el conjunto de me'todos, te'cnicas y servicios que contribuyen a la salud y al bienestar reproductivos al evitar y resolver los problemas relacionados con la salud reproductiva. Incluye tambie'n la salud sexual, cuyo objetivo es el desarrollo de la vida y de las relaciones personales y no meramente el asesoramiento y la atencio'n en materia de reproduccio'n y de enfermedades de transmisio'n sexual. 95. Teniendo en cuanta la definicio'n que antecede, los derechos reproductivos abarcan ciertos derechos humanos que ya esta'n reconocidos en las leyes nacionales, en los documentos internacionales sobre derechos humanos y en otros documentos pertinentes de las Naciones Unidas aprobados por consenso. Esos derechos se basan en el reconocimiento del derecho ba'sico de todas las parejas e individuos a decidir libre y responsablemente el nu'mero de hijos, el espaciamiento de los nacimientos y el intervalo entre e'stos y a disponer de la informacio'n y de los medios para ello y el derecho a alcanzar el nivel ma's elevado de salud sexual y reproductiva. Tambie'n incluye su derecho a adoptar decisiones relativas a la reproduccio'n sin sufrir discriminacio'n, coacciones ni violencia, de conformidad con lo establecido en los documentos de derechos humanos. En ejercicio de este derecho, las parejas y los individuos deben tener en cuenta las necesidades de sus hijos nacidos y futuros y sus obligaciones con la comunidad. La promocio'n del ejercicio responsable de esos derechos de todos deben ser la base primordial de las poli'ticas y programas estatales y comunitarios en la esfera de la salud reproductiva, incluida la planificacio'n de la familia. Como parte de este compromiso, se debe prestar plena atencio'n, a la promocio'n de relaciones de respeto mutuo e igualdad entre hombres y mujeres, y particularmente a las necesidades de los adolescentes en materia de ensen~anza y de servicios con objeto de que puedan asumir su sexualidad de modo positivo y responsable. La salud reproductiva esta' fuera del alcance de muchas personas de todo el mundo a causa de factores como: los conocimientos insuficientes sobre la sexualidad humana y la informacio'n y los servicios insuficientes o de mala calidad en materia de salud reproductiva; la prevalencia de comportamientos sexuales de alto riesgo; las pra'cticas sociales discriminatorias; las actitudes negativas hacia las mujeres y las nin~as; y el limitado poder de decisio'n que tienen muchas mujeres respecto de su vida sexual y reproductiva. En la mayori'a de los pai'ses, los adolescentes son particularmente vulnerables a causa de su falta de informacio'n y de acceso a los servicios pertinentes. Las mujeres y los hombres de ma's edad tienen problemas especiales en materia de salud reproductiva, que no suelen encararse de manera adecuada. 96. Los derechos humanos de la mujer incluyen su derecho a tener control sobre las cuestiones relativas a su sexualidad, incluida su salud sexual y reproductiva, y decidir libremente respecto de esas cuestiones, sin verse sujeta a la coercio'n, la discriminacio'n y la violencia. Las relaciones igualitarias entre la mujer y el hombre respecto de las relaciones sexuales y la reproduccio'n, incluido el pleno respeto de la integridad de la persona, exigen el respeto y el consentimiento reci'procos y la voluntad de asumir conjuntamente la responsabilidad de las consecuencias del comportamiento sexual. 97. Adema's, la salud de la mujer esta' expuesta a riesgos particulares debidos a la inadecuacio'n y a la falta de servicios para atender las necesidades relativas a la salud sexual y reproductiva. En muchas partes del mundo en desarrollo, las complicaciones relacionadas con el embarazo y el parto se cuentan entre las principales causas de mortalidad y morbilidad de las mujeres en edad reproductiva. Existen en cierta medida problemas similares en algunos pai'ses con economi'a en transicio'n. El aborto en condiciones peligrosas pone en peligro la vida de un gran nu'mero de mujeres y representa un grave problema de salud pu'blica, puesto que son las mujeres ma's pobres y jo'venes las que corren ma's riesgos. La mayori'a de las muertes, problemas de salud y lesiones se pueden evitar, mejorando el acceso a servicios adecuados de atencio'n de la salud, incluidos los me'todos de planificacio'n de la familia eficaces y sin riesgos y la atencio'n obste'trica de emergencia, reconociendo el derecho de la mujer y del hombre a la informacio'n y al acceso a me'todos seguros, eficaces, asequibles y aceptables de planificacio'n de la familia, asi' como a otros me'todos li'citos que decidan adoptar para el control de la fecundidad, y al acceso a servicios adecuados de atencio'n de la salud que permitan que el embarazo y el parto transcurran en condiciones de seguridad y ofrezcan a las parejas las mayores posibilidades de tener un hijo sano. Habri'a que examinar estos problemas y los medios para combatirlos sobre la base del informe de la Conferencia Internacional sobre la Poblacio'n y el Desarrollo, con particular referencia a los pa'rrafos pertinentes del Programa de Accio'n de la Conferencia 14/. En la mayor parte de los pai'ses, la falta de atencio'n de los derechos reproductivos de la mujer limita gravemente sus oportunidades en la vida pu'blica y privada, incluidas las oportunidades de educacio'n y pleno ejercicio de sus derechos econo'micos y poli'ticos. La capacidad de la mujer para controlar su propia fecundidad constituye una base fundamental para el disfrute de otros derechos. La responsabilidad compartida por la mujer y el hombre de las cuestiones relativas al comportamiento sexual y reproductivo tambie'n es indispensable para mejorar la salud de la mujer. 98. El VIH/SIDA y otras enfermedades transmitidas por contacto sexual, cuyo contagio es a veces consecuencia de la violencia sexual, tienen efectos devastadores en la salud de la mujer, en particular de las adolescentes y jo'venes. Las mujeres no suelen tener el poder necesario para insistir en que se adopten pra'cticas sexuales libres de riesgo y tienen un acceso reducido a la informacio'n y a los servicios de prevencio'n y tratamiento. Las mujeres, que representan la mitad de los adultos que contraen el VIH/SIDA y otras enfermedades de transmisio'n sexual, han hecho hincapie' en que su vulnerabilidad social y las relaciones de poder desiguales entre la mujer y el hombre constituyen obsta'culos para el sexo libre de riesgos, en sus esfuerzos por reducir la propagacio'n de las enfermedades de transmisio'n sexual. Las consecuencias del VIH/SIDA no so'lo afectan a la salud de la mujer, sino tambie'n a su funcio'n de madre y encargada del cuidado de otros y a su contribucio'n al apoyo econo'mico de su familia. Es preciso examinar desde la perspectiva de ge'nero los efectos del VIH/SIDA y otras enfermedades de transmisio'n sexual en la sociedad, el desarrollo y la salud. 99. La violencia sexual y basada en el ge'nero, incluidos los malos tratos fi'sicos y psicolo'gicos, la trata de mujeres y nin~as, asi' como otras formas de malos tratos y la explotacio'n sexual exponen a las nin~as y a las mujeres a un alto riesgo de padecer traumas fi'sicos y mentales, asi' como enfermedades y embarazos no deseados. Esas situaciones suelen disuadir a las mujeres de utilizar los servicios de salud y otros servicios. 100. Los trastornos mentales relacionados con la marginalizacio'n, la impotencia y la pobreza, junto con el trabajo excesivo, el estre's y la frecuencia cada vez mayor de la violencia en el hogar, asi' como el uso indebido de sustancias, se cuentan entre otras cuestiones de salud que preocupan cada vez ma's a la mujer. En todo el mundo, las mujeres, especialmente las jo'venes, fuman cada vez ma's cigarrillos, con los graves efectos que ello acarrea para su salud y la de sus hijos. Tambie'n han cobrado importancia las cuestiones relacionadas con la salud ocupacional, pues un nu'mero cada vez mayor de mujeres realiza trabajos poco remunerados en el mercado laboral estructurado o no estructurado en condiciones tediosas e insalubres. El ca'ncer de mama, de cuello del u'tero y otros ca'nceres del sistema reproductivo, asi' como la infertilidad, afectan a un nu'mero cada vez mayor de mujeres; esas afecciones son evitables o curables con un diagno'stico precoz. 101. Con el aumento de la esperanza de vida y el nu'mero cada vez mayor de ancianas, la salud de las mujeres de edad avanzada exige una atencio'n particular. Las perspectivas a largo plazo de la salud de la mujer sufren transformaciones en la menopausia que, sumadas a afecciones cro'nicas y a otros factores, como la mala nutricio'n y la falta de actividad fi'sica, pueden aumentar el riesgo de enfermedades cardiovasculares y osteoporosis. Tambie'n merecen una atencio'n particular otras enfermedades asociadas al envejecimiento y las relaciones entre el envejecimiento y la discapacidad de la mujer. 102. Al igual que el hombre, la mujer, sobre todo en las zonas rurales y en las zonas urbanas pobres, esta' cada vez ma's expuesta a los riesgos que entran~an para la salud las cata'strofes ambientales y la degradacio'n del medio ambiente. Los diversos peligros, contaminantes y sustancias que se encuentran en el medio ambiente afectan a la mujer de forma diferente que al hombre, por lo que su exposicio'n a esos factores tiene consecuencias diferentes. 103. La calidad de la atencio'n de la salud de la mujer suele ser deficiente en diversos aspectos, segu'n las circunstancias locales. En muchos casos, no se trata a la mujer con respeto, no se le garantiza la privacidad y la confidencialidad ni se le ofrece informacio'n completa sobre las opciones y los servicios a su alcance. Adema's, en algunos pai'ses se suelen recetar ma's medicamentos de los necesarios o dosis ma's altas para tratar las afecciones propias de la mujer, lo cual lleva a intervenciones quiru'rgicas innecesarias y una medicacio'n inadecuada. 104. Las estadi'sticas sobre salud no se suelen reunir, desglosar y analizar de forma sistema'tica por edad, sexo y situacio'n socioecono'mica basa'ndose en criterios demogra'ficos establecidos utilizados para atender los intereses y resolver los problemas de subgrupos, haciendo especial hincapie' en los elementos vulnerables y marginados y otras variables pertinentes. En muchos pai'ses no existen datos recientes y fidedignos sobre la mortalidad y la morbilidad de la mujer, ni sobre las afecciones y enfermedades que afectan a la mujer en particular. Se sabe relativamente poco sobre las formas en que los factores sociales y econo'micos afectan a la salud de nin~as y mujeres de todas las edades, sobre la prestacio'n de servicios de salud a nin~as y mujeres y las modalidades de su utilizacio'n de esos servicios y sobre el valor de los programas de prevencio'n de enfermedades y de promocio'n de la salud de las mujeres. No se han hecho investigaciones suficientes sobre temas de importancia para la salud de la mujer, y a menudo se carece de fondos para esas investigaciones. Las investigaciones sobre las enfermedades coronarias, por ejemplo, y los estudios epidemiolo'gicos de muchos pai'ses suelen basarse u'nicamente en el ana'lisis de pacientes varones. Los ensayos cli'nicos con mujeres encaminados a establecer informacio'n ba'sica sobre las dosis, los efectos secundarios y la eficacia de medicamentos, incluidos los anticonceptivos, son notablemente raros y, cuando los hay, no se suelen ajustar a las normas e'ticas de investigacio'n y ensayo. Muchos protocolos de terapias de drogas y otros tratamientos me'dicos que se aplican a la mujer, asi' como muchas intervenciones que se le practican, se basan en investigaciones sobre pacientes varones que no se han sometido a un ana'lisis o ajuste posterior para dar cabida a las diferencias entre uno y otro sexo. 105. En la lucha contra las desigualdades en materia de salud, asi' como contra el acceso desigual a los servicios de atencio'n de la salud y su insuficiencia, los gobiernos y otros agentes deberi'an promover una poli'tica activa y visible de integracio'n de una perspectiva de ge'nero en todas las poli'ticas y programas, a fin de que se haga un ana'lisis de los efectos en uno y otro sexo de las decisiones antes de adoptarlas. Objetivo estrate'gico C.1. Fomentar el acceso de la mujer durante toda su vida a servicios de atencio'n de la salud y a informacio'n y servicios conexos adecuados, de bajo costo y de buena calidad Medidas que han de adoptarse 106. Medidas que han de adoptar los gobiernos, en colaboracio'n con las organizaciones no gubernamentales y organizaciones de empleadores y trabajadores y con el respaldo de instituciones internacionales: a) Respaldar y cumplir los compromisos contrai'dos en el Programa de Accio'n de la Conferencia Internacional sobre la Poblacio'n y el Desarrollo segu'n se establecio' en el informe de dicha Conferencia, y la Declaracio'n y Programa de Accio'n sobre Desarrollo Social adoptados en la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social 15/ celebrada en Copenhague, asi' como las obligaciones de los Estados partes con arreglo a la Convencio'n sobre la eliminacio'n de todas las formas de discriminacio'n contra la mujer y otros acuerdos internacionales pertinentes, de satisfacer las necesidades de las nin~as y las mujeres de todas las edades en materia de salud; b) Reafirmar el derecho al disfrute del ma's alto nivel posible de salud fi'sica y mental, proteger y promover el respeto de ese derecho de la mujer y de la nin~a, por ejemplo, incorpora'ndolo en las legislaciones nacionales; examinar las leyes en vigor, incluidas las relativas a la atencio'n de salud, y las poli'ticas conexas, cuando sea oportuno, para poner de manifiesto el intere's por la salud de la mujer y asegurarse de que responden a las nuevas funciones y responsabilidades de la mujer, dondequiera que vivan; c) Concebir y ejecutar, en colaboracio'n con mujeres y organizaciones locales, programas de salud con orientacio'n de ge'nero que prevean, por ejemplo, servicios de salud descentralizados, presten atencio'n a las necesidades de la mujer durante toda su vida y a sus mu'ltiples funciones y responsabilidades, su limitada disponibilidad de tiempo, las necesidades especiales de la mujer de los medios rurales y la mujer con discapacidades y las diversas necesidades de la mujer segu'n su edad y su condicio'n socioecono'mica y cultural, entre otras cosas; hacer participar a la mujer, especialmente la mujer indi'gena y la mujer de las comunidades locales, en la determinacio'n de las prioridades y la preparacio'n de programas de atencio'n de salud; y suprimir todos los obsta'culos que impiden el acceso de la mujer a los servicios de salud y ofrecer toda una serie de servicios de asistencia sanitaria; d) Posibilitar el acceso de la mujer a los sistemas de seguridad social en condiciones de igualdad con el hombre durante toda su vida; e) Proporcionar servicios de atencio'n primaria de salud ma's accesibles, econo'micos y de calidad que incluyan la atencio'n de la salud sexual y reproductiva, que comprende servicios de planificacio'n de la familia y la informacio'n al respecto, y concedan especial importancia a los servicios de maternidad y de obstetricia de urgencia como se acordo' en el Programa de Accio'n de la Conferencia Internacional sobre la Poblacio'n y el Desarrollo; f) Reformular los sistemas de informacio'n, los servicios y la capacitacio'n en materia de salud destinados a los trabajadores de la salud, de manera que respondan a las necesidades en materia de ge'nero y se hagan eco de las perspectivas de los usuarios con respecto a la capacidad de comunicacio'n y relacio'n personal y del derecho del usuario a la privacidad y confidencialidad. Estos servicios y los servicios de informacio'n y capacitacio'n deben basarse en un enfoque integral; g) Asegurarse de que todos los servicios y trabajadores relacionados con la atencio'n de salud respetan los derechos humanos y siguen normas e'ticas, profesionales y no sexistas a la hora de prestar servicios a la mujer, para lo cual se debe contar con el consentimiento responsable, voluntario y bien fundado de e'sta. Alentar la preparacio'n, aplicacio'n y divulgacio'n de co'digos de e'tica orientados por los co'digos internacionales de e'tica me'dica al igual que por los principios e'ticos que rigen a otros profesionales de la salud; h) Adoptar todas las medidas necesarias para acabar con las intervenciones me'dicas perjudiciales para la salud, innecesarias desde un punto de vista me'dico o coercitivas y con los tratamientos inadecuados o la administracio'n excesiva de medicamentos a la mujer, y hacer que todas las mujeres dispongan de informacio'n completa sobre las posibilidades que se les ofrecen, incluidos los beneficios y efectos secundarios posibles, por personal debidamente capacitado; i) Fortalecer y reorientar los servicios de salud, en particular la atencio'n primaria de salud, con el fin de dar acceso universal a servicios de salud de calidad para nin~as y mujeres y de reducir las enfermedades y la morbilidad derivada de la maternidad y alcanzar a nivel mundial el objetivo convenido de reducir la mortalidad derivada de la maternidad como mi'nimo en un 50% de los valores de 1990 para el an~o 2000 y en otro 50% para el an~o 2015; garantizar que cada sector del sistema de salud ofrezca los servicios necesarios; y tomar las medidas oportunas para que se ofrezcan servicios de salud reproductiva, a trave's del sistema de atencio'n primaria de salud, a todas las personas en edad de recibirla lo antes posible y no ma's tarde del an~o 2015; j) Reconocer y afrontar las consecuencias que tienen para la salud los abortos peligrosos, por ser una cuestio'n de gran importancia para la salud pu'blica, tal como se acordo' en el pa'rrafo 8.25 del Programa de Accio'n de la Conferencia Internacional sobre la Poblacio'n y el Desarrollo14; k) A la luz de lo dispuesto en el pa'rrafo 8.25 del Programa de Accio'n de la Conferencia Internacional sobre la Poblacio'n y el Desarrollo, donde se establece que: "En ningu'n caso se debe promover el aborto como me'todo de planificacio'n de la familia. Se insta a todos los gobiernos y a las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales pertinentes a incrementar su compromiso con la salud de la mujer, a ocuparse de los efectos que en la salud tienen los abortos realizados en condiciones no adecuadas 16/ como un importante problema de salud pu'blica y a reducir el recurso al aborto mediante la prestacio'n de ma's amplios y mejores servicios de planificacio'n de la familia. Las mujeres que tienen embarazos no deseados deben tener fa'cil acceso a informacio'n fidedigna y a asesoramiento comprensivo. Cualesquiera medidas o cambios relacionados con el aborto que se introduzcan en el sistema de salud se pueden determinar u'nicamente a nivel nacional o local de conformidad con el proceso legislativo nacional. En los casos en que el aborto no es contrario a la ley, los abortos deben realizarse en condiciones adecuadas. En todos los casos, las mujeres deberi'an tener acceso a servicios de calidad para tratar las complicaciones derivadas de abortos. Se deberi'an ofrecer con prontitud servicios de planificacio'n de la familia, educacio'n y asesoramiento postaborto que ayuden tambie'n a evitar la repeticio'n de los abortos", considerar la posibilidad de revisar las leyes que preve'n medidas punitivas contra las mujeres que han tenido abortos ilegales; l) Prestar especial atencio'n a las necesidades de las nin~as, en particular la promocio'n de actividades saludables, como las actividades fi'sicas; adoptar medidas concretas para reducir las diferencias por motivos de ge'nero en las tasas de morbilidad y mortalidad de las muchachas en situacio'n desfavorecida, y al mismo tiempo alcanzar las metas aprobadas a nivel internacional en materia de reduccio'n de la mortalidad de lactantes y de nin~os, y concretamente reducir para el an~o 2000 la tasa de mortalidad de lactantes y de nin~os menores de 5 an~os en una tercera parte de los valores de 1990, o de 50 a 70 por 1.000 nacidos vivos si esa cifra es menor; para el an~o 2015 se deberi'a alcanzar una tasa de mortalidad de lactantes de 35 por 1.000 nacidos vivos y una tasa de mortalidad de nin~os menores de 5 an~os de menos de 45 por 1.000; m) Conseguir que las nin~as dispongan en todo momento de la informacio'n y los servicios necesarios en materia de salud y nutricio'n a medida que van creciendo, con el fin de facilitar una transicio'n saludable de la nin~ez a la edad adulta; n) Preparar informacio'n, programas y servicios para ayudar a la mujer a comprender y asimilar los cambios relacionados con la edad, y abordar las necesidades en materia de salud de las mujeres de edad avanzada, prestando especial atencio'n a las que tengan problemas de tipo fi'sico o psicolo'gico; o) Conseguir que las muchachas y las mujeres de cualquier edad que tengan discapacidades reciban servicios de apoyo; p) Formular poli'ticas especiales, preparar programas y promulgar las leyes necesarias para reducir y eliminar los riesgos para la salud relacionados con el medio ambiente y con el trabajo de la mujer en el hogar, en el lugar de trabajo y en cualquier otra parte, prestando atencio'n a las mujeres embarazadas y lactantes; q) Integrar los servicios de salud mental en los sistemas de atencio'n primaria de la salud u otros sistemas pertinentes, elaborar programas de apoyo y capacitar a los trabajadores atencio'n primaria de la salud para que puedan reconocer y tratar a las nin~as y a las mujeres de todas las edades que hayan sido vi'ctimas de cualquier tipo de violencia, especialmente violencia en el hogar, abusos sexuales u otro tipo de abuso durante conflictos armados y de otra i'ndole; r) Promover la informacio'n pu'blica sobre las ventajas de la lactancia materna; estudiar las posibles maneras de aplicar plenamente el Co'digo Internacional de Comercializacio'n de Suceda'neos de la Leche Materna (OMS/UNICEF), y ofrecer a las madres apoyo legal, econo'mico, pra'ctico y emocional para que puedan amamantar a sus hijos; s) Establecer mecanismos que respalden y posibiliten la participacio'n de organizaciones no gubernamentales, en particular organizaciones de mujeres, grupos profesionales y otros o'rganos dedicados al mejoramiento de la salud de las nin~as y las mujeres en la elaboracio'n de poli'ticas, la formulacio'n de programas, segu'n sea oportuno, y su ejecucio'n en el sector de la salud y sectores conexos en todos los niveles; t) Prestar apoyo a las organizaciones no gubernamentales dedicadas a la salud de la mujer y ayudar a establecer redes con el objeto de mejorar la coordinacio'n y la colaboracio'n entre todos los sectores relacionados con la salud; u) Racionalizar las poli'ticas de adquisicio'n de medicamentos y asegurarse de que exista una oferta permanente de medicamentos de calidad, anticonceptivos y suministros y equipo de otro tipo, sobre la base de la lista de medicamentos esenciales de la OMS; y garantizar la seguridad de los fa'rmacos y dispositivos me'dicos mediante mecanismos nacionales de regulacio'n de la aprobacio'n de fa'rmacos; v) Facilitar el acceso a tratamientos adecuados y servicios de rehabilitacio'n para toxico'manas y sus familias; w) Propiciar y alcanzar la seguridad alimentaria a nivel nacional y en el hogar, segu'n sea oportuno, y poner en marcha programas destinados a mejorar el estado de nutricio'n de todas las nin~as y mujeres, cumpliendo los compromisos contrai'dos en el Plan de Accio'n sobre Nutricio'n de la Conferencia Internacional sobre Nutricio'n 17/, incluida la reduccio'n a nivel mundial de la malnutricio'n grave y moderada de los nin~os menores de 5 an~os en un 50% de los niveles de 1990 para el an~o 2000, concediendo especial atencio'n a las diferencias entre los sexos en materia de nutricio'n, y la reduccio'n de la anemia ferrope'nica de las nin~as y las mujeres en un tercio de los niveles de 1990 para el an~o 2000; x) Garantizar la disponibilidad y el acceso universal al agua apta para el consumo y el saneamiento e instalar sistemas eficaces de distribucio'n pu'blica lo antes posible; y) Garantizar el acceso pleno y en condiciones de igualdad a la infraestructura y los servicios de atencio'n de salud para las mujeres indi'genas. Objetivo estrate'gico C.2. Fortalecer los programas de prevencio'n que promueven la salud de la mujer Medidas que han de adoptarse 107. Medidas que han de adoptar los gobiernos, en cooperacio'n con las organizaciones no gubernamentales, los medios de informacio'n, el sector privado y las organizaciones internacionales pertinentes, entre ellas los o'rganos adecuados de las Naciones Unidas: a) Dar prioridad a los programas de educacio'n formal y no formal que apoyan a la mujer y le permiten desarrollar su autoestima, adquirir conocimientos, tomar decisiones y asumir responsabilidades sobre su propia salud, lograr el respeto mutuo en asuntos relativos a la sexualidad y fecundidad, e informar a los hombres sobre la importancia de la salud y el bienestar de las mujeres, prestando especial atencio'n a los programas, tanto para hombres como para mujeres, en que se hace hincapie' en la eliminacio'n de las actitudes y pra'cticas nocivas, entre ellas la mutilacio'n genital femenina, la preferencia por los hijos varones (que lleva al infanticidio femenino y a la seleccio'n prenatal del sexo), los matrimonios a edad temprana, en particular en la infancia, la violencia contra la mujer, la explotacio'n sexual, los malos tratos sexuales, que a veces llevan a la infeccio'n con el VIH/SIDA y otras enfermedades de transmisio'n sexual, el uso indebido de drogas, la discriminacio'n contra las nin~as y las mujeres en la distribucio'n de alimentos y otras actitudes y pra'cticas perjudiciales que afectan a la vida, la salud y el bienestar de las mujeres, y reconocer que algunas de estas pra'cticas pueden constituir violaciones de los derechos humanos y los principios me'dicos e'ticos; b) Aplicar poli'ticas sociales, de desarrollo humano, de educacio'n y de empleo encaminadas a eliminar la pobreza entre las mujeres a fin de reducir su susceptibilidad a las enfermedades y mejorar su salud; c) Alentar a los hombres a que participen en condiciones de igualdad en el cuidado de los hijos y el trabajo dome'stico y a que aporten la parte que les corresponde de apoyo financiero a sus familias, incluso cuando no vivan con ellas; d) Reforzar las leyes, reformar las instituciones y promover normas y pra'cticas que eliminen la discriminacio'n contra las mujeres y alentar tanto a las mujeres como a los hombres a asumir la responsabilidad de su comportamiento sexual con respecto a la procreacio'n; garantizar el pleno respeto a la integridad de la persona, tomar medidas para garantizar las condiciones necesarias para que las mujeres ejerzan sus derechos con respecto a la procreacio'n y eliminar las leyes y pra'cticas coercitivas; e) Preparar y difundir informacio'n accesible, mediante campan~as de salud pu'blica, los medios de comunicacio'n, buenos servicios de asesoramiento y el sistema educacional, con el objeto de garantizar que las mujeres y los hombres, en particular las jo'venes y los jo'venes, puedan adquirir conocimientos sobre su salud, especialmente informacio'n sobre la sexualidad y la reproduccio'n, teniendo en cuenta los derechos del nin~o de acceso a la informacio'n, privacidad, confidencialidad, respeto y consentimiento informado, asi' como los derechos, deberes y responsabilidades de los padres y de otras personas juri'dicamente responsables de los nin~os de facilitar, con arreglo a las capacidades que vaya adquiriendo el nin~o, orientacio'n apropiada en el ejercicio por el nin~o de los derechos reconocidos en la Convencio'n sobre los Derechos del Nin~o y de conformidad con la Convencio'n sobre la eliminacio'n de todas las formas de discriminacio'n contra la mujer. En todas las medidas que afecten a los nin~os, una de las consideraciones primordiales sera' el bienestar del propio nin~o; f) Crear y apoyar programas en el sistema educacional, en el lugar de trabajo, y en la comunidad para que las nin~as y las mujeres de todas las edades puedan participar en los deportes, las actividades fi'sicas y de recreo puestas a su disposicio'n sobre la misma base en que participan los hombres y los muchachos en las actividades puestas a la disposicio'n de ellos; g) Reconocer las necesidades especi'ficas de los adolescentes y aplicar programas adecuados concretos, por ejemplo de educacio'n e informacio'n sobre cuestiones de salud sexual y reproductiva y sobre enfermedades de transmisio'n sexual, entre ellas el VIH/SIDA, teniendo en cuenta los derechos del nin~o y los derechos, deberes y responsabilidades de los padres tal y como se afirma en el pa'rrafo 107 e); h) Establecer poli'ticas que reduzcan la carga desproporcionada y cada vez mayor que recae sobre las mujeres que desempen~an mu'ltiples funciones dentro de la familia y de la comunidad proporciona'ndoles apoyo suficiente y programas con cargo a los servicios de salud y sociales; i) Adoptar normas que garanticen que las condiciones de trabajo, entre ellas la remuneracio'n y el ascenso de las mujeres a todos los niveles del sistema de salud no sean discriminatorias y se ajusten a pautas justas y profesionales a fin de permitirles trabajar con eficacia; j) Garantizar que la informacio'n y capacitacio'n en materia de salud y nutricio'n formen parte integrante de todos los programas de alfabetizacio'n de adultos y de los programas escolares desde el nivel primario; k) Formular y aplicar campan~as de difusio'n y programas de informacio'n y educacio'n que informen a las mujeres y a las muchachas sobre los riesgos para la salud y los riesgos conexos que plantea el uso indebido de drogas y la adiccio'n, y preparar estrategias y programas que desalienten el uso indebido de drogas y la adiccio'n y promuevan la rehabilitacio'n y la recuperacio'n; l) Formular y aplicar programas amplios y coherentes para la prevencio'n, el diagno'stico y el tratamiento de la osteoporosis, afeccio'n que sufren sobre todo las mujeres; m) Establecer y/o fortalecer programas y servicios, incluidas campan~as en los medios de comunicacio'n, que se ocupen de la prevencio'n, la deteccio'n precoz y el tratamiento del ca'ncer de mama, el ca'ncer cervicouterino y otros ca'nceres del sistema reproductivo; n) Reducir los riesgos ambientales que plantean una amenaza cada vez mayor a la salud, especialmente en las regiones y las comunidades pobres; aplicar un planteamiento preventivo, de conformidad con lo acordado en la Declaracio'n de Ri'o sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo aprobada por la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo 18/ e incluir informacio'n sobre los riesgos para la salud de las mujeres relacionados con el medio ambiente en la supervisio'n de la aplicacio'n del Programa 21 19/; o) Crear conciencia entre las mujeres, los profesionales de salud, los encargados de determinar poli'ticas y el pu'blico en general sobre los riesgos para la salud, graves pero que pueden prevenirse, que plantea el consumo de tabaco y la necesidad de adoptar medidas normativas y de informacio'n para reducir el ha'bito de fumar como actividades importantes de promocio'n de la salud y prevencio'n de enfermedades; p) Garantizar que los programas de las facultades de medicina y otros programas de formacio'n sanitaria incluyan cursos sobre la salud de la mujer generales, obligatorios y que tengan en cuenta los aspectos relacionados con el ge'nero; q) Adoptar medidas especi'ficas preventivas para proteger a las mujeres, los jo'venes y los nin~os de todo maltrato, abuso sexual, explotacio'n, tra'fico y violencia, por ejemplo en la formulacio'n y la aplicacio'n de las leyes, y prestar proteccio'n juri'dica y me'dica y otro tipo de asistencia. Objetivo estrate'gico C.3. Tomar iniciativas en que se tenga en cuenta el ge'nero para hacer frente a las enfermedades de transmisio'n sexual, el VIH/SIDA y otras cuestiones de salud sexual y reproductiva Medidas que han de adoptarse 108. Medidas que han de adoptar los gobiernos, los organismos internacionales, incluidas las organizaciones pertinentes de las Naciones Unidas, los donantes bilaterales y multilaterales y las organizaciones no gubernamentales: a) Garantizar la participacio'n de las mujeres, en particular de las infectadas con el VIH/SIDA y otras enfermedades de transmisio'n sexual o afectadas por la pandemia del VIH/SIDA, en todas las decisiones relativas al desarrollo, la aplicacio'n, la supervisio'n y la evaluacio'n de las poli'ticas y los programas sobre el VIH/SIDA y otras enfermedades de transmisio'n sexual; b) Revisar y enmendar las leyes y combatir las pra'cticas, segu'n sea pertinente, que puedan contribuir a la susceptibilidad de las mujeres a la infeccio'n con el VIH y otras enfermedades de transmisio'n sexual, entre otras cosas promulgando leyes contra las pra'cticas socioculturales que contribuyen a ello y, aplicar leyes, poli'ticas y pra'cticas que protejan a las mujeres, las adolescentes y las nin~as de la discriminacio'n basada en el VIH/SIDA; c) Alentar a todos los sectores de la sociedad, incluido el sector pu'blico, asi' como a las organizaciones internacionales, a que formulen poli'ticas y pra'cticas compasivas y de apoyo, no discriminatorias, en relacio'n con el VIH/SIDA, que protejan los derechos de las personas infectadas; d) Reconocer el alcance de la pandemia VIH/SIDA en sus pai'ses, teniendo en cuenta en especial su repercusio'n en las mujeres, con miras a garantizar que las mujeres infectadas no sean estigmatizadas ni sufran discriminacio'n, incluso durante los viajes; e) Preparar programas y estrategias multisectoriales que tengan en cuenta el ge'nero para poner fin a la subordinacio'n social de las mujeres y las nin~as y garantizar su potenciacio'n e igualdad social y econo'mica; facilitar la promocio'n de programas para informar a los hombres y capacitarles para que asuman sus responsabilidades en la prevencio'n del VIH/SIDA y otras enfermedades de transmisio'n sexual; f) Facilitar el desarrollo de estrategias de la comunidad que protejan a las mujeres de todas las edades del VIH y otras enfermedades de transmisio'n sexual, proporcionen atencio'n y apoyo a las nin~as y a las mujeres afectadas y a sus familias y movilicen a todas las partes de la comunidad en respuesta a la pandemia del VIH/SIDA para que ejerzan presio'n sobre todas las autoridades responsables a fin de que respondan de manera puntual, efectiva, sostenible y que tenga en cuenta el ge'nero; g) Apoyar y fortalecer la capacidad nacional de crear y mejorar poli'ticas y programas sobre el VIH/SIDA y otras enfermedades de transmisio'n sexual que tengan en cuenta el ge'nero, incluido el suministro de recursos y facilidades a las mujeres que tienen a su cargo la responsabilidad principal del cuidado, o el apoyo econo'mico de personas infectadas por el VIH/SIDA o que esta'n afectadas por la pandemia, y a los sobrevivientes, en particular nin~os o ancianos; h) Impartir seminarios y educacio'n y formacio'n especializada a los padres, a los encargados de adoptar decisiones y a quienes crean opinio'n a todos los niveles de la comunidad, incluidas las autoridades religiosas y tradicionales, sobre la prevencio'n del VIH/SIDA y otras enfermedades de transmisio'n sexual y sus consecuencias en las mujeres y en los hombres de todas las edades; i) Impartir a todas las mujeres y los trabajadores de la salud toda la informacio'n y educacio'n pertinentes sobre las enfermedades de transmisio'n sexual, inclusive el VIH/SIDA, y sobre el embarazo, asi' como las consecuencias para el bebe', incluso la lactancia materna; j) Prestar asistencia a las mujeres y a sus organizaciones oficiales y no oficiales para que establezcan y ampli'en programas eficaces de educacio'n e informacio'n de sus iguales y participen en la elaboracio'n, aplicacio'n y supervisio'n de estos programas; k) Prestar plena atencio'n a la promocio'n de relaciones de ge'nero mutuamente respetuosas y justas y, en particular, a las necesidades de educacio'n y de servicios de los adolescentes para que puedan encarar su sexualidad de manera positiva y responsable; l) Preparar programas especi'ficos para varones de todas las edades, y para los varones adolescentes, reconociendo las funciones parentales a que se hace referencia en el pa'rrafo 107 e) supra, con objeto de proporcionar informacio'n completa y fidedigna sobre conducta sexual responsable y sin riesgo, que incluya me'todos voluntarios pertinentes y eficaces adoptados por los varones para la prevencio'n del VIH/SIDA y otras enfermedades de transmisio'n sexual, mediante, entre otros, la abstinencia y el uso de preservativos; m) Garantizar la prestacio'n, mediante el sistema de atencio'n primaria de la salud, del acceso universal de las parejas y las personas a servicios de prevencio'n de las enfermedades de transmisio'n sexual, entre ellas el VIH/SIDA, pertinentes y asequibles, y ampliar la prestacio'n de asesoramiento y de servicios de diagno'stico voluntario y confidencial y de tratamiento para las mujeres; garantizar el suministro y la distribucio'n a los servicios sanitarios de preservativos de calidad, asi' como de medicinas para el tratamiento de las enfermedades sexuales, en la medida de lo posible; n) Apoyar los programas que tengan en cuenta que el mayor riesgo que corren las mujeres de contraer el VIH se relaciona con un comportamiento de alto riesgo, que incluye el uso de sustancias intravenosas y la influencia de la droga, el comportamiento sexual no protegido e irresponsable, y tomar medidas preventivas pertinentes; o) Apoyar y acelerar las investigaciones orientadas hacia la accio'n sobre me'todos asequibles, controlados por las mujeres, para prevenir el VIH y otras enfermedades de transmisio'n sexual, sobre estrategias que permitan a las mujeres protegerse de las enfermedades de transmisio'n sexual, entre ellas el VIH/SIDA, y sobre me'todos de atencio'n, apoyo y tratamiento propios de las mujeres, garantizando su participacio'n en todos los aspectos de tales investigaciones; p) Apoyar e iniciar investigaciones que se ocupen de las necesidades de las mujeres y de las situaciones que las aparten, incluidas investigaciones sobre la infeccio'n por el VIH y otras enfermedades de transmisio'n sexual en las mujeres, sobre me'todos de proteccio'n controlados por las mujeres, por ejemplo microbicidas no espermicidas, y sobre actitudes y pra'cticas arriesgadas masculinas y femeninas. Objetivo estrate'gico C.4. Promover la investigacio'n y difundir informacio'n sobre a salud de la mujer Medidas que han de adoptarse 109. Medidas que han de adoptar los gobiernos, el sistema de las Naciones Unidas, los profesionales de salud, las instituciones de investigacio'n, las organizaciones no gubernamentales, los donantes, las industrias farmace'uticas y los medios de comunicacio'n, segu'n convenga: a) Impartir formacio'n a los investigadores e introducir sistemas que permitan el uso de los datos reunidos, analizados y desglosados, entre otras cosas, por sexo y edad y otros criterios demogra'ficos establecidos y variables socioecono'micas, en la determinacio'n de poli'ticas, segu'n convenga, la planificacio'n, supervisio'n y evaluacio'n; b) Promover investigaciones, tratamientos y tecnologi'as que tengan en cuenta el ge'nero y que se centren en las mujeres, y vincular los conocimientos tradicionales e indi'genas con la medicina moderna, poniendo la informacio'n a disposicio'n de las mujeres para permitirles tomar decisiones informadas y responsables; c) Aumentar el nu'mero de mujeres en puestos de direccio'n en las profesiones de la salud, incluso entre los investigadores y cienti'ficos, para alcanzar la igualdad lo antes posible; d) Aumentar el apoyo financiero y de otra i'ndole de todas las fuentes a las investigaciones preventivas, biome'dicas, del comportamiento, epidemiolo'gicas y de los servicios de la salud sobre cuestiones relativas a la salud de las mujeres y a las investigaciones sobre las causas sociales, econo'micas y poli'ticas de los problemas de salud de las mujeres y sus consecuencias, incluida la repercusio'n de las desigualdades de ge'nero y de edad, especialmente con respecto a las enfermedades cro'nicas y no transmisibles, en particular las enfermedades y afecciones cardiovasculares, los ca'nceres, las infecciones y lesiones del aparato reproductivo, el VIH/SIDA y otras enfermedades de transmisio'n sexual, la violencia dome'stica, la salud en el trabajo, las incapacidades, los problemas sanitarios relacionados con el medio ambiente, las enfermedades tropicales y los aspectos de salud que plantea el envejecimiento; e) Informar a las mujeres sobre los factores que aumentan los riesgos de desarrollar ca'nceres e infecciones del aparato reproductivo, para que puedan tomar decisiones bien informadas sobre su salud; f) Apoyar y financiar investigaciones sociales, econo'micas, poli'ticas y culturales sobre la manera en que las desigualdades basadas en el ge'nero afectan la salud de las mujeres, que incluyan cuestiones de etiologi'a, epidemiologi'a, prestacio'n y utilizacio'n de servicios y resultado final del tratamiento; g) Prestar apoyo a la investigacio'n de los sistemas y las operaciones de los servicios de salud para fortalecer el acceso y mejorar la calidad de la prestacio'n de servicios, garantizar un apoyo adecuado a las mujeres que prestan servicios de salud y examinar modalidades relativas a la prestacio'n de servicios de salud a las mujeres y de la utilizacio'n de tales servicios por las mujeres; h) Prestar apoyo financiero e institucional a la investigacio'n sobre me'todos y tecnologi'as seguros, eficaces, asequibles y aceptables para la salud reproductiva y sexual de las mujeres y los hombres, incluidos me'todos ma's seguros, eficaces, asequibles y aceptables para la regulacio'n de la fecundidad incluida la planificacio'n natural de la familia para ambos sexos, me'todos para la proteccio'n contra el VIH/SIDA y otras enfermedades de transmisio'n sexual y me'todos sencillos y baratos para el diagno'stico de tales enfermedades, entre otras cosas. Estas investigaciones deben guiarse en todas las etapas por los usuarios y han de llevarse a cabo desde la perspectiva de la distinta condicio'n entre varones y mujeres, en particular desde la perspectiva de ge'nero, y realizarse en estricta conformidad con normas de investigacio'n biome'dica, juri'dicas, e'ticas, me'dicas y cienti'ficas internacionalmente aceptadas; i) Dado que el aborto sin condiciones de seguridad16 plantea una grave amenaza a la salud y la vida de las mujeres, deben promoverse las investigaciones encaminadas a comprender y encarar con mayor eficacia las condiciones que determinan el aborto inducido y sus consecuencias, incluidos sus efectos futuros en la fecundidad, la salud reproductiva y mental y en la pra'ctica anticonceptiva, adema's de las investigaciones sobre el tratamiento de complicaciones planteadas por los abortos, y los cuidados con posterioridad al aborto; j) Reconocer y alentar la atencio'n tradicional de la salud de efectos beneficiosos, especialmente la practicada por mujeres indi'genas, con objeto de preservar e incorporar el valor de la atencio'n tradicional a la salud en la prestacio'n de servicios sanitarios, y apoyar las investigaciones encaminadas a alcanzar este objetivo; k) Elaborar mecanismos para evaluar y difundir los datos disponibles y los resultados de las investigaciones a los investigadores, los encargados de adoptar poli'ticas, los profesionales de la salud y los grupos de mujeres, entre otros; l) Seguir de cerca las investigaciones sobre el genoma humano y otras investigaciones gene'ticas conexas desde la perspectiva de la salud de la mujer y difundir informacio'n y los resultados de estudios realizados de conformidad con las normas e'ticas aceptadas. Objetivo estrate'gico C.5. Aumentar los recursos y supervisar el seguimiento de la salud de las mujeres Medidas que han de adoptarse 110. Medidas que han de adoptar los gobiernos a todos los niveles, en colaboracio'n con las organizaciones no gubernamentales, especialmente las organizaciones de mujeres y de jo'venes: a) Aumentar las asignaciones presupuestarias para la atencio'n primaria de la salud y los servicios sociales, con suficiente apoyo a nivel secundario y terciario, prestar especial atencio'n a la salud reproductiva y sexual de las muchachas y las mujeres; y dar prioridad a los programas de salud en las zonas rurales y en las zonas urbanas pobres; b) Elaborar planteamientos innovadores para la financiacio'n de los servicios de salud mediante la promocio'n de la participacio'n de la comunidad y la financiacio'n local; aumentar, cuando sea necesario, las consignaciones presupuestarias para los centros de salud de las comunidades y los programas y servicios basados en la comunidad que se ocupan de necesidades en materia de salud especi'ficas de las mujeres; c) Establecer servicios de salud que incorporen las cuestiones relacionadas con el ge'nero en la labor de promover sobre la base de la comunidad, la participacio'n y la autoayuda, asi' como programas de salud preventiva formulados especialmente; d) Establecer objetivos y plazos, cuando convenga, para mejorar la salud de las mujeres y para planificar, aplicar, supervisar y evaluar los programas, sobre la base de evaluaciones de la repercusio'n en materia de ge'nero utilizando datos cualitativos y cuantitativos desglosados por sexo, edad, otros criterios demogra'ficos establecidos, y variables socioecono'micas; e) Establecer, cuando convenga, mecanismos ministeriales e interministeriales para supervisar la aplicacio'n de las reformas de las poli'ticas y los programas de salud de las mujeres y establecer cuando proceda, s de coordinacio'n a alto nivel en los organismos nacionales de planificacio'n responsables de la supervisio'n para garantizar que en todos los organismos y los programas gubernamentales competentes se de' la debida importancia a las preocupaciones sobre la salud de la mujer. 111. Medidas que han de adoptar los gobiernos, las Naciones Unidas y sus organismos especializados, las instituciones financieras internacionales, los donantes bilaterales y el sector privado, segu'n convenga: a) Formular poli'ticas favorables a la inversio'n en la salud de la mujer y cuando convenga, aumentar los cre'ditos para estas inversiones; b) Proporcionar asistencia material, financiera y logi'stica adecuada a las organizaciones no gubernamentales de jo'venes para fortalecerlas y permitirles ocuparse de las preocupaciones relativas a los jo'venes en la esfera de la salud con inclusio'n de la salud sexual y reproductiva; c) Dar mayor prioridad a la salud de la mujer y establecer mecanismos para coordinar y aplicar los objetivos de la salud de la Plataforma de Accio'n y los acuerdos internacionales que sean pertinentes para garantizar el progreso. D. La violencia contra la mujer 112. La violencia contra la mujer impide el logro de los objetivos de igualdad, desarrollo y paz. La violencia contra la mujer viola y menoscaba o impide su disfrute de los derechos humanos y las libertades fundamentales. La inveterada incapacidad de proteger y promover esos derechos y libertades en los casos de violencia contra la mujer es un problema que incumbe a todos los Estados y exige que se adopten medidas al respecto. Desde la Conferencia de Nairobi se ha ampliado considerablemente el conocimiento de las causas, las consecuencias y el alcance de esa violencia, asi' como las medidas encaminadas a ponerle fin. En todas las sociedades, en mayor o menor medida, las mujeres y las nin~as esta'n sujetas a malos tratos de i'ndole fi'sica, sexual y psicolo'gica, sin distincio'n en cuanto a su nivel de ingresos, clase y cultura. La baja condicio'n social y econo'mica de la mujer puede ser tanto una causa como una consecuencia de la violencia de que es vi'ctima. 113. La expresio'n "violencia contra la mujer" se refiere a todo acto de violencia basado en el ge'nero que tiene como resultado posible o real un dan~o fi'sico, sexual o psicolo'gico, incluidas las amenazas, la coercio'n o la privacio'n arbitraria de la libertad, ya sea que ocurra en la vida pu'blica o en la privada. Por consiguiente, la violencia contra la mujer puede tener, entre otras, las siguientes formas: a) La violencia fi'sica, sexual y psicolo'gica en la familia, incluidos los golpes, el abuso sexual de las nin~as en el hogar, la violencia relacionada con la dote, la violacio'n por el marido, la mutilacio'n genital y otras pra'cticas tradicionales que atentan contra la mujer, la violencia ejercida por personas distintas del marido y la violencia relacionada con la explotacio'n; b) La violencia fi'sica, sexual y psicolo'gica al nivel de la comunidad en general, incluidas las violaciones, los abusos sexuales, el hostigamiento y la intimidacio'n sexuales en el trabajo, en instituciones educacionales y en otros a'mbitos, la trata de mujeres y la prostitucio'n forzada; c) La violencia fi'sica, sexual y psicolo'gica perpetrada o tolerada por el Estado, dondequiera que ocurra. 114. Entre otros actos de violencia contra la mujer cabe sen~alar las violaciones de los derechos humanos de la mujer en situaciones de conflicto armado, en particular los asesinatos, las violaciones sistema'ticas, la esclavitud sexual y los embarazos forzados. 115. Los actos de violencia contra la mujer tambie'n incluyen la esterilizacio'n forzada y el aborto forzado, la utilizacio'n coercitiva o forzada de anticonceptivos, el infanticidio de nin~as y la determinacio'n prenatal del sexo. 116. Algunos grupos de mujeres, como las que pertenecen a grupos minoritarios, las indi'genas, las refugiadas, las mujeres que emigran, incluidas las trabajadoras migratorias, las mujeres pobres que viven en comunidades rurales o distantes, las mujeres indigentes, las mujeres recluidas en instituciones o ca'rceles, las nin~as, las mujeres con discapacidades, las mujeres de edad, las mujeres desplazadas, las mujeres repatriadas, las mujeres pobres y las mujeres en situaciones de conflicto armado, ocupacio'n extranjera, guerras de agresio'n, guerras civiles y terrorismo, incluida la toma de rehenes, son tambie'n particularmente vulnerables a la violencia. 117. Los actos o las amenazas de violencia ya se trate de los actos que ocurren en el hogar o en la comunidad o de los actos perpetrados o tolerados por el Estado, infunden miedo e inseguridad en la vida de las mujeres e impiden lograr la igualdad, el desarrollo y la paz. El miedo a la violencia, incluido el hostigamiento, es un obsta'culo constante para la movilidad de la mujer, que limita su acceso a actividades y recursos ba'sicos. La violencia contra la mujer tiene costos sociales, sanitarios y econo'micos elevados para el individuo y la sociedad. La violencia contra la mujer es uno de los mecanismos sociales fundamentales mediante los que se coloca a la mujer en una posicio'n de subordinacio'n frente al hombre. En muchos casos, la violencia contra las mujeres y las nin~as ocurre en la familia o en el hogar, donde a menudo se tolera la violencia. El abandono, el abuso fi'sico y sexual y la violacio'n de las nin~as y las mujeres por miembros de la familia y otros habitantes de la casa, asi' como los casos de abusos cometidos por el marido u otros familiares, no suelen denunciarse, por lo que son difi'ciles de detectar. Aun cuando se denuncien, a menudo sucede que no se protege a las vi'ctimas ni se castiga a los agresores. 118. La violencia contra la mujer es una manifestacio'n de las relaciones de poder histo'ricamente desiguales entre mujeres y hombres, que han conducido a la dominacio'n de la mujer por el hombre, la discriminacio'n contra la mujer y a la interposicio'n de obsta'culos contra su pleno desarrollo. La violencia contra la mujer a lo largo de su ciclo vital dimana esencialmente de pautas culturales, en particular de los efectos perjudiciales de algunas pra'cticas tradicionales o consuetudinarias y de todos los actos de extremismo relacionados con la raza, el sexo, el idioma o la religio'n que perpetu'an la condicio'n inferior que se asigna a la mujer en la familia, el lugar de trabajo, la comunidad y la sociedad. La violencia contra la mujer se ve agravada por presiones sociales, como la vergu"enza de denunciar ciertos actos; la falta de acceso de la mujer a informacio'n, asistencia letrada o proteccio'n juri'dica; la falta de leyes que prohi'ban efectivamente la violencia contra la mujer; el hecho de que no se reformen las leyes vigentes; el hecho de que las autoridades pu'blicas no pongan el suficiente empen~o en difundir y hacer cumplir las leyes vigentes; y la falta de medios educacionales y de otro tipo para combatir las causas y consecuencias de la violencia. Las ima'genes de violencia contra la mujer que aparecen en los medios de difusio'n, en particular las representaciones de la violacio'n o la esclavitud sexual, asi' como la utilizacio'n de mujeres y nin~as como objetos sexuales, y la pornografi'a, son factores que contribuyen a que se perpetu'e esa violencia, que perjudica a la comunidad en general, y en particular a los nin~os y los jo'venes. 119. La adopcio'n de un enfoque integral y multidisciplinario que permita abordar la complicada tarea de crear familias, comunidades y Estados libres de la violencia contra la mujer es no so'lo una necesidad, sino una posibilidad real. La igualdad, la colaboracio'n entre mujeres y hombres y el respeto de la dignidad humana deben permear todos los estadios del proceso de socializacio'n. Los sistemas educacionales deberi'an promover el respeto propio, el respeto mutuo y la cooperacio'n entre mujeres y hombres. 120. La falta de suficientes estadi'sticas y datos desglosados por sexo sobre el alcance de la violencia dificulta la elaboracio'n de programas y la vigilancia de los cambios. La documentacio'n e investigacio'n insuficientes de la violencia dome'stica, el hostigamiento sexual y la violencia contra las mujeres y nin~as, en privado y en pu'blico, incluso el lugar de trabajo, obstaculizan los esfuerzos encaminados a preparar estrategias concretas de intervencio'n. La experiencia obtenida en varios pai'ses demuestra que es posible movilizar a mujeres y hombres a fin de superar la violencia en todas sus formas, y que pueden adoptarse medidas pu'blicas eficaces para hacer frente tanto a las causas como a las consecuencias de la violencia. Son aliados necesarios para el cambio los grupos de hombres que se movilizan contra la violencia basada en el ge'nero. 121. Las mujeres pueden ser vulnerables a los actos de violencia perpetrados por personas que ocupan puestos de autoridad tanto en situaciones de conflicto como en otras situaciones. La capacitacio'n de todos los funcionarios en derecho humanitario y derechos humanos y el castigo de quienes cometen actos de violencia contra la mujer contribuiri'an a impedir que esa violencia fuera cometida por funcionarios pu'blicos en quienes las mujeres deberi'an poder confiar, como los funcionarios de la polici'a y de las ca'rceles y las fuerzas de seguridad. 122. La eliminacio'n efectiva de la trata de mujeres y nin~as para el comercio sexual es un problema internacional urgente. Es preciso examinar y fortalecer la aplicacio'n del Convenio para la represio'n de la trata de personas y de la explotacio'n de la prostitucio'n ajena de 1949, asi' como otros instrumentos pertinentes 20/. El empleo de mujeres en redes internacionales de prostitucio'n y trata de personas se ha convertido en una de las principales actividades de la delincuencia organizada internacional. Se invita a la Relatora Especial de la Comisio'n de Derechos Humanos sobre la violencia contra la mujer, que ha considerado esas actividades como otra causa de la violacio'n de los derechos humanos y las libertades de mujeres y nin~as, a que, conforme a su mandato, aborde como cuestio'n urgente el tema de la trata internacional de personas para el comercio sexual, asi' como los temas de la prostitucio'n forzada, la violacio'n, el abuso sexual y el turismo sexual. Las mujeres y las nin~as que son vi'ctimas de ese comercio internacional corren mayores riesgos de encontrarse en situaciones violentas, asi' como de quedar embarazadas contra su voluntad y de contraer enfermedades de transmisio'n sexual, incluida la infeccio'n con el VIH/SIDA. 123. Cuando aborden cuestiones relacionadas con la violencia contra la mujer, los gobiernos y otras entidades debera'n propiciar la integracio'n activa y visible de una perspectiva de ge'nero en todas las poli'ticas y programas, a fin de que se puedan analizar las consecuencias para la mujer y el hombre antes de adoptar decisiones. Objetivo estrate'gico D.1. Adoptar medidas integradas para prevenir y eliminar la violencia contra la mujer Medidas que han de adoptarse 124. Medidas que han de adoptar los gobiernos: a) Condenar la violencia contra la mujer y abstenerse de invocar ninguna costumbre, tradicio'n o consideracio'n de cara'cter religioso para eludir las obligaciones con respecto a su eliminacio'n que figuran en la Declaracio'n sobre la Eliminacio'n de la Violencia contra la Mujer; b) No cometer actos de violencia contra la mujer y tomar las medidas necesarias para prevenir, investigar y, de conformidad con las leyes nacionales en vigor, castigar los actos de violencia contra la mujer, ya hayan sido cometidos por el Estado o por particulares; c) Introducir sanciones penales, civiles, laborales y administrativas en las legislaciones nacionales, o reforzar las vigentes, con el fin de castigar y reparar los dan~os causados a las mujeres y las nin~as vi'ctimas de cualquier tipo de violencia, ya sea en el hogar, el lugar de trabajo, la comunidad o la sociedad; d) Adoptar o aplicar las leyes pertinentes, y revisarlas y analizarlas perio'dicamente a fin de asegurar su eficacia para eliminar la violencia contra la mujer, haciendo hincapie' en la prevencio'n de la violencia y el enjuiciamiento de los responsables; adoptar medidas para garantizar la proteccio'n de las mujeres vi'ctimas de la violencia, el acceso a remedios justos y eficaces, inclusive la reparacio'n de los dan~os causados, la indemnizacio'n y la curacio'n de las vi'ctimas y la rehabilitacio'n de los agresores; e) Trabajar activamente para ratificar o aplicar todas las normas e instrumentos internacionales relacionados con la violencia contra la mujer, incluidos los contenidos en la Declaracio'n Universal de Derechos Humanos 21/, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Poli'ticos13, el Pacto Internacional de Derechos Econo'micos, Sociales y Culturales13 y la Convencio'n contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes 22/; f) Aplicar la Convencio'n sobre la eliminacio'n de todas las formas de discriminacio'n contra la mujer, teniendo en cuenta la recomendacio'n general 19, aprobada por el Comite' para la Eliminacio'n de la Discriminacio'n contra la Mujer en su 11~ peri'odo de sesiones 23/; g) Promover la integracio'n activa y visible de una perspectiva basada en el ge'nero en todas las poli'ticas y programas en materia de violencia contra la mujer; alentar vigorosamente, respaldar y aplicar las medidas y los programas destinados a desarrollar los conocimientos y propiciar la comprensio'n de las causas, las consecuencias y los mecanismos de la violencia contra la mujer entre los responsables de la aplicacio'n de esas poli'ticas, como los funcionarios encargados del cumplimiento de la ley, los miembros de la polici'a y los asistentes sociales, el personal me'dico y el personal judicial, asi' como entre las personas que se dedican a actividades relacionadas con las minori'as, los migrantes y los refugiados, y establecer estrategias para impedir que las mujeres vi'ctimas de la violencia vuelvan a sufrirla por la prescindencia del ge'nero en las leyes o en las pra'cticas de aplicacio'n de la ley o los procedimientos judiciales; h) Ofrecer a las mujeres vi'ctimas de la violencia acceso a los sistemas judiciales y, segu'n con lo previsto en las leyes nacionales, a soluciones justas y eficaces para reparar el dan~o de que han sido objeto, e informarles acerca de su derecho a obtener compensacio'n a trave's de esos mecanismos; i) Aprobar y aplicar leyes contra los responsables de pra'cticas y actos de violencia contra la mujer, como la mutilacio'n genital femenina, el feticidio femenino, la seleccio'n prenatal del sexo y la violencia relacionada con la dote, y respaldar con determinacio'n los esfuerzos de las organizaciones no gubernamentales y locales por eliminar esas pra'cticas; j) Formular y aplicar, a todos los niveles apropiados, planes de accio'n para erradicar la violencia contra la mujer; k) Adoptar todas las medidas necesarias, especialmente en el a'mbito de la ensen~anza, para modificar los modelos de conducta sociales y culturales de la mujer y el hombre, y eliminar los prejuicios y las pra'cticas consuetudinarias y de otro tipo basadas en la idea de la inferioridad o la superioridad de uno de los sexos y en funciones estereotipadas asignadas al hombre y la mujer; l) Crear mecanismos institucionales, o reforzar los existentes, a fin de que las mujeres y las nin~as puedan dar parte de los actos de violencia cometidos contra ellas e interponer denuncias al respecto en condiciones de seguridad y confidencialidad, y sin temor a castigos o represalias; m) Garantizar el acceso de las mujeres con discapacidad a la informacio'n y los servicios disponibles en el a'mbito de la violencia contra la mujer; n) Instaurar, mejorar o promover, segu'n resulte apropiado, asi' como financiar la formacio'n de personal judicial, letrado, me'dico, social, pedago'gico y de polici'a e inmigracio'n para evitar los abusos de poder que dan pie a la violencia contra la mujer, y sensibilizar a esas personas en cuanto a la naturaleza de los actos y las amenazas de violencia basados en la diferenciacio'n de ge'nero, para conseguir que las mujeres vi'ctimas reciban un trato justo; o) Promulgar nuevas leyes cuando sea necesario y reforzar las vigentes en que se prevean penas para los miembros de la polici'a o de las fuerzas de seguridad o cualquier otro agente del Estado que cometa actos de violencia contra la mujer en el desempen~o de sus funciones; revisar las leyes vigentes y adoptar medidas eficaces contra los responsables de esos actos de violencia; p) Asignar recursos suficientes en el presupuesto del Estado y movilizar recursos locales para actividades relacionadas con la eliminacio'n de la violencia contra la mujer, incluso recursos para la aplicacio'n de planes de accio'n a todos los niveles apropiados; q) Incluir, en los informes presentados de conformidad con los instrumentos pertinentes de derechos humanos de las Naciones Unidas, informacio'n sobre la violencia contra la mujer y sobre las medidas adoptadas para aplicar la Declaracio'n de las Naciones Unidas sobre la Eliminacio'n de la Violencia contra la Mujer; r) Cooperar con la Relatora Especial de la Comisio'n de Derechos Humanos sobre la violencia contra la mujer en el cumplimiento de su mandato y proporcionarle toda la informacio'n solicitada; colaborar tambie'n con otros responsables en la materia, como el Relator Especial de la Comisio'n de Derechos Humanos sobre la cuestio'n de la tortura y el Relator Especial de la Comisio'n de Derechos Humanos sobre ejecuciones extrajudiciales sumarias, y arbitrarias en todo lo que atan~e a la violencia contra la mujer; s) Recomendar a la Comisio'n de Derechos Humanos que renueve el mandato de la Relatora Especial sobre la violencia contra la mujer cuando llegue a su fin en 1997 y, de ser necesario, que lo actualice y lo refuerce. 125. Medidas que han de adoptar los gobiernos, incluidos los gobiernos locales, las organizaciones populares, las organizaciones no gubernamentales, las instituciones de ensen~anza, los sectores pu'blico y privado, en particular las empresas, y los medios de informacio'n, segu'n proceda: a) Establecer centros de acogida y servicios de apoyo dotados de los recursos necesarios para auxiliar a las nin~as y mujeres vi'ctimas de la violencia y prestarles servicios me'dicos, psicolo'gicos y de asesoramiento, asi' como asesoramiento letrado a ti'tulo gratuito o de bajo costo, cuando sea necesario, adema's de la asistencia que corresponda para ayudarles a encontrar medios de vida suficientes; b) Establecer servicios lingu"i'stica y culturalmente accesibles para las mujeres y nin~as inmigrantes, incluidas las trabajadoras migratorias, que sean vi'ctimas de la violencia en razo'n de su sexo; c) Reconocer la vulnerabilidad frente a la violencia y a otras formas de maltrato de las inmigrantes, incluidas las trabajadoras migratorias, cuya condicio'n juri'dica en el pai's de acogida depende de empleadores que pueden explotar su situacio'n; d) Apoyar las iniciativas de las organizaciones femeninas y de las organizaciones no gubernamentales de todo el mundo encaminadas a despertar la conciencia sobre el problema de la violencia contra la mujer y contribuir a su eliminacio'n; e) Organizar, apoyar y financiar campan~as de educacio'n y capacitacio'n de las comunidades encaminadas a despertar la conciencia de que la violencia contra la mujer constituye una violacio'n de sus derechos humanos y alentar en las comunidades locales el empleo de me'todos tradicionales e innovadores apropiados de resolucio'n de conflictos que tengan en cuenta el ge'nero; f) Reconocer, apoyar y promover el papel fundamental que desempen~an las instituciones intermedias, como los centros de atencio'n primaria de salud, los centros de planificacio'n de la familia, los servicios de salud que existen en las escuelas, los servicios de proteccio'n de madres y recie'n nacidos, los centros para familias de inmigrantes y otros similares en materia de informacio'n y educacio'n relativas a los malos tratos; g) Organizar y financiar campan~as de informacio'n y programas de educacio'n y capacitacio'n a fin de sensibilizar a las nin~as y los varones, a las mujeres y los hombres, acerca de los efectos personales y sociales negativos de la violencia en la familia, la comunidad y la sociedad; ensen~arles a comunicarse sin violencia; y fomentar la instruccio'n de las vi'ctimas y de las vi'ctimas potenciales de modo que puedan protegerse y proteger a otros de esas formas de violencia; h) Difundir informacio'n sobre la asistencia de que disponen las mujeres y las familias que son vi'ctimas de la violencia; i) Proporcionar, financiar y promover servicios de asesoramiento y rehabilitacio'n para los autores de actos de violencia y promover el estudio de las posibilidades de realizar nuevas actividades de asesoramiento y rehabilitacio'n para prevenir nuevos casos de violencia; j) Despertar la conciencia acerca de la responsabilidad de los medios de comunicacio'n de promover ima'genes no estereotipadas de mujeres y hombres y de eliminar los patrones de conducta generadores de violencia que en ellos se presentan, asi' como alentar a los responsables del contenido del material que se difunde a que establezcan directrices y co'digos de conducta profesionales; y despertar tambie'n la conciencia sobre la importante funcio'n de los medios de informacio'n en lo tocante a informar y educar a la poblacio'n acerca de las causas y los efectos de la violencia contra la mujer y a estimular el debate pu'blico sobre el tema. 126. Medidas que han de adoptar los gobiernos, los empleadores, los sindicatos, las organizaciones populares y juveniles y las organizaciones no gubernamentales, segu'n proceda: a) Desarrollar programas y procedimientos tendientes a eliminar el hostigamiento sexual y otras formas de violencia contra la mujer de todas las instituciones de ensen~anza, lugares de trabajo y dema's a'mbitos; b) Desarrollar programas y procedimientos encaminados a educar y a despertar la conciencia sobre los actos de violencia contra la mujer que constituyen delito y violan sus derechos humanos; c) Desarrollar programas de asesoramiento, rehabilitacio'n y apoyo para nin~as, adolescentes y jo'venes que hayan sido o sean objeto de relaciones abusivas, en particular las que viven en hogares o instituciones en que exista esa clase de relaciones; d) Adoptar medidas especiales para eliminar la violencia contra las mujeres, en particular las especialmente vulnerables, como las jo'venes, las refugiadas, las desplazadas interna y externamente, las que sufren discapacidad y las trabajadoras migratorias, entre ellas medidas encaminadas a hacer cumplir la legislacio'n vigente y a elaborar, segu'n proceda, nueva legislacio'n para las trabajadoras migratorias tanto en los pai'ses de origen como en los de acogida. 127. Medidas que ha de adoptar el Secretario General de las Naciones Unidas: Prestar a la Relatora Especial de la Comisio'n de Derechos Humanos sobre la violencia contra la mujer toda la asistencia necesaria, en particular el personal y los recursos indispensables para desempen~ar todas sus funciones, especialmente para llevar a cabo y supervisar misiones, ya sea en forma independiente o conjuntamente con otros relatores especiales y grupos de trabajo, y la ayuda necesaria para que pueda celebrar consultas perio'dicas con el Comite' para la Eliminacio'n de la Discriminacio'n contra la Mujer y con todos los o'rganos establecidos en virtud de tratados. 128. Medidas que han de adoptar los gobiernos, las organizaciones internacionales y las organizaciones no gubernamentales: Alentar la difusio'n y aplicacio'n de las directrices del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) sobre la proteccio'n de las refugiadas y la prevencio'n y atencio'n de los casos de violencia sexual contra los refugiados. Objetivo estrate'gico D.2. Estudiar las causas y las consecuencias de la violencia contra la mujer y la eficacia de las medidas de prevencio'n Medidas que han de adoptarse 129. Medidas que han de adoptar los gobiernos, las organizaciones regionales, las Naciones Unidas, otras organizaciones internacionales, los institutos de investigacio'n, las organizaciones femeninas y juveniles y las organizaciones no gubernamentales, segu'n corresponda: a) Promover la investigacio'n, recoger datos y elaborar estadi'sticas, especialmente en lo concerniente a la violencia en el hogar, relacionadas con la frecuencia de las distintas formas de violencia contra la mujer, y fomentar las investigaciones sobre las causas, la naturaleza, la gravedad y las consecuencias de esta violencia, asi' como sobre la eficacia de las medidas aplicadas para impedirla y reparar sus efectos; b) Difundir ampliamente los resultados de los estudios e investigaciones; c) Apoyar e iniciar investigaciones sobre las consecuencias de los actos de violencia, por ejemplo las violaciones, para las mujeres y las nin~as, y publicar la informacio'n y las estadi'sticas resultantes; d) Alentar a los medios de informacio'n a que examinen las consecuencias de los estereotipos basados en el ge'nero, incluidos los que se perpetu'an en los avisos comerciales que promueven la violencia y las desigualdades basadas en el ge'nero, asi' como tambie'n la manera en que se transmiten durante el ciclo vital, y a que adopten medidas para eliminar esas ima'genes negativas con miras a promover una sociedad sin violencia. Objetivo estrate'gico D.3. Eliminar la trata de mujeres y a prestar asistencia a las vi'ctimas de la violencia derivada de la prostitucio'n y la trata de mujeres Medidas que han de adoptarse ¡ Medidas que han de adoptar los gobiernos de los pai'ses de origen, tra'nsito y destino y las organizaciones regionales e internacionales, segu'n proceda: a) Examinar la posibilidad de ratificar y dar cumplimiento a los convenios internacionales relativos a la trata de personas y a la esclavitud; b) Adoptar medidas apropiadas para abordar las causas fundamentales, incluidos los factores externos, que promueven la trata de mujeres y nin~as para fines de prostitucio'n y otras formas de sexo comercializado, los matrimonios forzados y el trabajo forzado, con el objeto de eliminar la trata de mujeres, entre ellas las encaminadas a fortalecer la legislacio'n vigente, con miras a proteger mejor los derechos de las mujeres y las nin~as y a castigar a los autores por la vi'a penal y civil; c) Intensificar la cooperacio'n y las medidas concertadas de todas las autoridades e instituciones pertinentes con miras a desmantelar las redes nacionales, regionales e internacionales de traficantes; d) Asignar recursos a la formulacio'n de programas amplios encaminados a sanar y rehabilitar en la sociedad a las vi'ctimas de la trata de mujeres, entre ellos los de formacio'n profesional, asistencia letrada y atencio'n de salud confidencial, y adoptar medidas de cooperacio'n con las organizaciones no gubernamentales para la atencio'n social, me'dica y psicolo'gica de las vi'ctimas; e) Elaborar programas y poli'ticas de educacio'n y capacitacio'n y examinar la posibilidad de promulgar legislacio'n encaminada a impedir el turismo y el tra'fico sexuales, haciendo particular hincapie' en la proteccio'n de las jo'venes y los nin~os. E. La mujer y los conflictos armados 131. Un entorno que mantenga la paz mundial y promueva y proteja los derechos humanos, la democracia y el arreglo paci'fico de las controversias, de conformidad con los principios de la abstencio'n de la amenaza o el uso de la fuerza contra la integridad territorial o la independencia poli'tica y del respeto a la soberani'a, enunciados en la Carta de las Naciones Unidas, constituye un importante factor para el adelanto de la mujer. La paz esta' indisolublemente unida a la igualdad entre las mujeres y los hombres y al desarrollo. Los conflictos armados y de otra i'ndole, el terrorismo y la toma de rehenes subsisten en muchas partes del mundo; la agresio'n, la ocupacio'n extranjera, y los conflictos e'tnicos y de otra naturaleza son una realidad que afecta constantemente a las mujeres y a los hombres en pra'cticamente todas las regiones. Siguen producie'ndose en diferentes partes del mundo violaciones abiertas y sistema'ticas y situaciones que constituyen graves obsta'culos para el pleno disfrute de los derechos humanos. Tales violaciones y obsta'culos incluyen, adema's de la tortura y de los tratos o castigos crueles, inhumanos y degradantes, las ejecuciones sumarias y arbitrarias, las desapariciones, las detenciones arbitrarias, todas las formas de racismo y de discriminacio'n racial, la ocupacio'n y la dominacio'n extranjeras, la xenofobia, la pobreza, el hambre y otras denegaciones de los derechos econo'micos, sociales y culturales, la intolerancia religiosa, el terrorismo, la discriminacio'n contra las mujeres y la inobservancia de la ley. A veces se desconoce sistema'ticamente el derecho internacional humanitario, como tal, que prohi'be los ataques contra las poblaciones civiles, y frecuentemente se violan los derechos humanos en relacio'n con situaciones de conflicto armado que afectan a la poblacio'n civil, especialmente las mujeres, los nin~os, los ancianos y los discapacitados. Las violaciones de los derechos humanos de la mujer en situaciones de conflicto armado son violaciones de los principios fundamentales de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario. Las violaciones masivas de los derechos humanos, especialmente en forma de genocidio, la depuracio'n e'tnica como estrategia be'lica y sus consecuencias, la violacio'n, incluyendo la violacio'n sistema'tica de mujeres en situaciones de guerra, que dan lugar a e'xodos en masa de refugiados y de personas desplazadas, constituyen pra'cticas abominables que son condenadas ene'rgicamente y a las que hay que poner fin inmediatamente, al tiempo que hay que castigar a los perpetradores de tales cri'menes. Algunas de esas situaciones de conflicto armado tienen su origen en la conquista o la colonizacio'n de un pai's por otro y en la perpetuacio'n de esa situacio'n colonial mediante la represio'n estatal y militar. 132. En el Convenio de Ginebra relativo a la proteccio'n de las personas civiles en tiempo de guerra de 1949 y en sus Protocolos Adicionales de 1977 24/ se establece que las mujeres sera'n especialmente amparadas contra todo atentado a su honor y, en particular, contra los tratos humillantes y degradantes, contra la violacio'n, contra el forzamiento a la prostitucio'n y contra todo atentado a su pudor. En la Declaracio'n y el Programa de Accio'n de Viena aprobados en la Conferencia Mundial de Derechos Humanos se sen~ala adema's que "las violaciones de los derechos humanos de la mujer en situaciones de conflicto armado constituyen violaciones de los principios fundamentales de los derechos humanos y del derecho humanitario internacionales" 25/. Todas las violaciones de este tipo, incluyendo en particular el asesinato, la violacio'n, incluyendo la violacio'n sistema'tica, la esclavitud sexual y el embarazo forzado, exigen una respuesta particularmente eficaz. Continu'an ocurriendo en diferentes partes del mundo situaciones y violaciones evidentes y sistema'ticas que constituyen graves obsta'culos al pleno goce de los derechos humanos. Esas violaciones y obsta'culos comprenden, asi' como la tortura y los tratos crueles, inhumanos y degradantes o la detencio'n sumaria y arbitraria, todas las formas de racismo, discriminacio'n racial, xenofobia, denegaciones de los derechos econo'micos, sociales y culturales e intolerancia religiosa. 133. Las violaciones de los derechos humanos en situaciones de conflicto armado y de ocupacio'n militar son violaciones de los principios fundamentales de los derechos humanos y el derecho humanitario internacionales enunciados en los instrumentos internacionales de derechos humanos y en los Convenios de Ginebra de 1949 y sus Protocolos Adicionales. Siguen cometie'ndose violaciones abiertas de los derechos humanos y aplica'ndose poli'ticas de depuracio'n e'tnica en las zonas asoladas por la guerra y ocupadas. Esas pra'cticas han dado lugar, entre otras cosas, a corrientes masivas de refugiados y de otras personas desplazadas, que necesitan la proteccio'n internacional, asi' como de personas internamente desplazadas, la mayori'a de las cuales son mujeres, muchachas adolescentes y nin~os. Las vi'ctimas civiles, en su mayor parte mujeres y nin~os, con frecuencia son ma's numerosas que las bajas producidas entre los combatientes. Adema's, las mujeres con frecuencia atienden a los combatientes heridos y, como consecuencia del conflicto, encuentran inesperadamente que han pasado a ser el u'nico progenitor y la u'nica encargada del hogar y de los parientes ancianos. 134. En un mundo de constante inestabilidad y violencia, hay que aplicar con urgencia me'todos de cooperacio'n para lograr la paz y la seguridad. La igualdad de acceso a las estructuras de poder y la plena participacio'n de las mujeres en ellas y en todos los esfuerzos para la prevencio'n y solucio'n de conflictos son fundamentales para el mantenimiento y fomento de la paz y la seguridad. Aunque las mujeres han comenzado a desempen~ar una funcio'n importante en la solucio'n de conflictos, en el mantenimiento de la paz y en los mecanismos de defensa y de relaciones exteriores, siguen estando insuficientemente representadas en los niveles de adopcio'n de decisiones. Para que las mujeres desempen~en en pie de igualdad una funcio'n en la tarea de lograr y mantener la paz, deben alcanzar responsabilidades poli'ticas y econo'micas y estar representadas debidamente en todos los niveles del proceso de adopcio'n de decisiones. 135. Aunque hay comunidades enteras que sufren las consecuencias de los conflictos armados y del terrorismo, las mujeres y las nin~as se ven particularmente afectadas a causa de su condicio'n en la sociedad y de su sexo. Las partes en los conflictos a menudo violan a las mujeres con impunidad, utilizando a veces la violacio'n sistema'tica como ta'ctica de guerra y de terrorismo. Los efectos de la violencia contra la mujer y de la violacio'n de los derechos humanos de la mujer en tales situaciones son experimentados por mujeres de todas las edades, que sufren desplazamientos, pe'rdida del hogar y de los bienes, pe'rdida o desaparicio'n involuntaria de parientes cercanos, pobreza y separacio'n y desintegracio'n de la familia y que son vi'ctimas de actos de asesinato, terrorismo, torturas, desapariciones involuntarias, esclavitud sexual, violaciones, abusos sexuales y embarazos forzados en situaciones de conflicto armado, especialmente como resultado de poli'ticas de depuracio'n e'tnica y otras formas de violencia nuevas e incipientes. Ello se ve agravado por las trauma'ticas consecuencias de cara'cter social, econo'mico y psicolo'gico causadas por los conflictos armados y la ocupacio'n y dominacio'n extranjeras, consecuencias que se sufren durante toda la vida. 136. Las mujeres y los nin~os constituyen el 80% de los millones de refugiados y otras personas desplazadas del mundo, incluidos los desplazados internos. Se ven amenazados con la privacio'n de sus propiedades, bienes y servicios y de su derecho de regresar a su hogar de origen, asi' como con la violencia y la inseguridad. Habri'a que prestar especial atencio'n a la violencia sexual contra las mujeres y las nin~as desarraigadas, que se emplea como me'todo de persecucio'n en campan~as sistema'ticas de terror e intimidacio'n, y al hecho de que se obligue a los miembros de un determinado grupo e'tnico, cultural o religioso a huir abandonando sus hogares. Las mujeres tambie'n pueden verse obligadas a huir a causa de un miedo bien fundado de sufrir persecuciones por las razones enumeradas en la Convencio'n sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y el Protocolo de 1967, incluida la persecucio'n en forma de violencia sexual u otros tipos de persecucio'n basados en el ge'nero, y siguen siendo vulnerables a la violencia y la explotacio'n durante su huida, en los pai'ses de asilo y de reasentamiento, asi' como durante y despue's de la repatriacio'n. Con frecuencia, en algunos pai'ses de asilo las mujeres encuentran dificultades para que se las reconozca como refugiadas cuando invocan motivos basados en ese tipo de persecucio'n. 137. Las mujeres refugiadas, desplazadas y migrantes en la mayori'a de los casos muestran fortaleza, resistencia y habilidad y pueden contribuir en forma positiva en los pai'ses de reasentamiento o al regresar a su pai's de origen. Es necesario que participen debidamente en las decisiones que las afectan. 138. Muchas organizaciones no gubernamentales de mujeres han pedido que se reduzcan los gastos militares en todo el mundo, asi' como el comercio, el tra'fico y la proliferacio'n de armas a nivel internacional. Las personas ma's afectadas por los conflictos y los gastos militares excesivos son las que viven en la pobreza, que se ven privadas de servicios ba'sicos debido a la falta de inversio'n en dichos servicios. Las mujeres pobres, especialmente las mujeres de las zonas rurales, tambie'n sufren los efectos de la utilizacio'n de armas que puedan considerarse excesivamente nocivas o de efectos indiscriminados. Hay ma's de 100 millones de minas terrestres contra personal diseminadas en 64 pai'ses. Es preciso resolver las repercusiones negativas que tienen para el desarrollo los gastos militares excesivos, el comercio de armas y las inversiones para la produccio'n y adquisicio'n de armas. Al mismo tiempo, el mantenimiento de la seguridad y la paz nacionales es un importante factor para el crecimiento econo'mico y el desarrollo y para la potenciacio'n de la mujer. 139. Durante los conflictos armados y la destruccio'n de las comunidades, la funcio'n de las mujeres es decisiva. Ellas procuran conservar el orden social en medio de los conflictos armados y de otra i'ndole. Las mujeres aportan una contribucio'n importante, aunque con frecuencia no reconocida, como educadoras en pro de la paz tanto en sus familias como en sus sociedades. 140. Para conseguir una paz duradera es imprescindible impartir, desde temprana edad, una educacio'n que promueva una cultura de paz en que se defienda la justicia y la tolerancia para todas las naciones y los pueblos. Esa educacio'n debe incluir elementos de solucio'n de conflictos, mediacio'n, disminucio'n de prejuicios y respeto por la diversidad. 141. Al encarar los conflictos armados o de otra i'ndole, deberi'a fomentarse un criterio activo y visible de incorporar en todas las poli'ticas y programas una perspectiva de ge'nero, de manera que antes de adoptar una decisio'n se analicen los efectos sobre la mujer y el hombre respectivamente. Objetivo estrate'gico E.1. Incrementar la participacio'n de la mujer en la solucio'n de los conflictos a niveles de adopcio'n de decisiones y proteger a las mujeres que viven en situaciones de conflictos armados o de otra i'ndole o bajo ocupacio'n extranjera Medidas que han de adoptarse 142. Medidas que han de adoptar los gobiernos y las instituciones intergubernamentales internacionales y regionales: a) Promover la participacio'n de la mujer en condiciones de igualdad y la igualdad de oportunidades para la participacio'n de la mujer en todos los foros y actividades en pro de la paz a todos los niveles, en particular al nivel de adopcio'n de decisiones, incluso en la Secretari'a de las Naciones Unidas, teniendo debidamente en cuenta la distribucio'n geogra'fica equitativa de conformidad con el Arti'culo 101 de la Carta de las Naciones Unidas; b) Integrar una perspectiva de ge'nero en la solucio'n de los conflictos armados o de otra i'ndole y la ocupacio'n extranjera y procurar lograr un equilibrio de ge'nero al proponer o promover candidatos para ocupar puestos judiciales y de otra i'ndole en todos los organismos internacionales pertinentes como los Tribunales Internacionales de las Naciones Unidas para la antigua Yugoslavia y para Rwanda, la Corte Internacional de Justicia y otras instituciones relacionadas con el arreglo paci'fico de controversias; c) Hacer que estos o'rganos puedan tratar debidamente las cuestiones relacionadas con el ge'nero impartiendo la formacio'n apropiada a los fiscales, a los magistrados y a otros funcionarios que se ocupan de los casos relativos a violaciones, embarazos forzados en situaciones de conflicto armado, atentados al pudor y otras formas de violencia contra la mujer en los conflictos armados, incluyendo el terrorismo, e integrar una perspectiva de ge'nero en su labor. Objetivo estrate'gico E.2. Reducir los gastos militares excesivos y limitar la disponibilidad de armamentos Medidas que han de adoptarse 143. Medidas que han de adoptar los gobiernos: a) Aumentar y hacer ma's ra'pida, atendiendo a las consideraciones relativas a la seguridad nacional, la conversio'n de recursos militares e industrias conexas a objetivos de desarrollo y de paz; b) Explorar medios innovadores de generar nuevos recursos financieros pu'blicos y privados, entre otras cosas, mediante la reduccio'n adecuada de los gastos militares excesivos, inclusive los gastos militares y el comercio de armamentos en el plano mundial, y las inversiones para la produccio'n y adquisicio'n de armas, teniendo en cuenta las exigencias de la seguridad nacional, para permitir la posible asignacio'n de fondos adicionales al desarrollo social y econo'mico, en particular para el adelanto de la mujer; c) Adoptar medidas para investigar y castigar a los miembros de la polici'a, las fuerzas armadas, las fuerzas de seguridad y otras fuerzas que realicen actos de violencia contra las mujeres, violaciones del derecho internacional humanitario y violaciones de los derechos humanos de la mujer en situaciones de conflicto armado; d) Aunque es necesario reconocer las necesidades legi'timas de la defensa nacional, tambie'n hay que reconocer y abordar los peligros que para la sociedad representan los conflictos armados, los efectos negativos de los gastos militares excesivos, el comercio de armamentos, sobre todo de armamentos particularmente nocivos o de efectos indiscriminados, y las inversiones excesivas para la produccio'n y adquisicio'n de armas; de modo ana'logo, debe reconocerse la necesidad de luchar contra el tra'fico ili'cito de armas, la violencia, la delincuencia, la produccio'n, la utilizacio'n y el tra'fico ili'citos de drogas y el tra'fico de mujeres y nin~os; e) Reconociendo que el uso indiscriminado de minas terrestres antipersonal afecta especialmente a las mujeres y los nin~os: i) Comprometerse a tratar activamente de ratificar, si no lo han hecho todavi'a, la Convencio'n de las Naciones Unidas de 1981 sobre prohibiciones o restricciones del empleo de ciertas armas convencionales que puedan considerarse excesivamente nocivas o de efectos indiscriminados, especialmente el Protocolo sobre prohibiciones o restricciones del empleo de minas, armas trampa y otros artefactos (Protocolo II) 26/, con miras a que su ratificacio'n sea universal para el an~o 2000; ii) Comprometerse a considerar seriamente la posibilidad de fortalecer la Convencio'n a fin de promover una reduccio'n de las vi'ctimas y el sufrimiento intenso causado a la poblacio'n civil por el uso indiscriminado de minas terrestres; iii) Comprometerse a promover la asistencia para la remocio'n de minas, especialmente facilitando el intercambio de informacio'n, la transferencia de tecnologi'a y la promocio'n de la investigacio'n cienti'fica en relacio'n con los medios para la remocio'n de minas; iv) En el marco de las Naciones Unidas, comprometerse a apoyar los esfuerzos por coordinar un programa de asistencia para la remocio'n de minas que constituya una respuesta comu'n sin discriminacio'n innecesaria; v) Adoptar en la fecha ma's pro'xima posible, si no lo han hecho ya, una moratoria de la exportacio'n de minas terrestres antipersonal, incluso a entidades no gubernamentales, observando con satisfaccio'n que muchos Estados ya han declarado moratorias de la exportacio'n, transferencia o la venta de dichas minas; vi) Comprometerse a seguir alentando los esfuerzos internacionales encaminados a resolver los problemas causados por las minas terrestres antipersonal, con miras a su eliminacio'n total, reconociendo que los Estados podra'n avanzar con mayor eficacia hacia el logro de ese objetivo a medida que se desarrollen otras opciones viables y humanas; f) Reconociendo la destacada funcio'n que las mujeres han desempen~ado en el movimiento pro paz: i) Trabajar activamente hacia el desarme general y completo bajo un control internacional estricto y efectivo; ii) Apoyar las negociaciones sobre la conclusio'n, sin demora, de un tratado universal de prohibicio'n completa de los ensayos nucleares que sea multilateral y efectivamente verificable y que contribuya al desarme nuclear y a la prevencio'n de la proliferacio'n de las armas nucleares en todos sus aspectos; iii) En tanto entra en vigor un tratado de prohibicio'n completa de los ensayos nucleares, proceder con la ma'xima prudencia en lo que se refiere a tales ensayos. Objetivo estrate'gico E.3. Promover formas no violentas de solucio'n de conflictos y reducir la incidencia de las violaciones de los derechos humanos en las situaciones de conflicto Medidas que han de adoptarse 144. Medidas que han de adoptar los gobiernos: a) Examinar la posibilidad de ratificar los instrumentos internacionales que contengan disposiciones relativas a la proteccio'n de las mujeres y los nin~os en los conflictos armados, o de adherirse a esos instrumentos, inclusive el Convenio de Ginebra relativo a la proteccio'n debida a las personas civiles en tiempo de guerra de 1949, el Protocolo Adicional a los Convenios de Ginebra de 1949 relativo a la proteccio'n de las vi'ctimas de los conflictos armados internacionales (Protocolo I) y la proteccio'n de las vi'ctimas de los conflictos armados sin cara'cter internacional (Protocolo II)24; b) Respetar plenamente en los conflictos armados las normas del derecho internacional humanitario y adoptar todas las medidas necesarias para proteger a las mujeres y los nin~os, en particular contra la violacio'n, la prostitucio'n forzada y cualquier otra forma de agresio'n con cara'cter sexual; c) Reforzar la funcio'n de la mujer y garantizar una representacio'n paritaria de la mujer en todos los niveles de adopcio'n de decisiones en las instituciones nacionales e internacionales que puedan formular o incluir la formulacio'n de poli'ticas con respecto a cuestiones relativas al mantenimiento de la paz, la diplomacia preventiva y las actividades conexas y en todas las etapas de los procesos de mediacio'n y las negociaciones de paz; tomando nota de las recomendaciones concretas formuladas por el Secretario General en su plan de accio'n estrate'gico para el mejoramiento de la condicio'n de la mujer en la Secretari'a (1995-2000) (A/49/587, secc. IV). 145. Medidas que han de adoptar los gobiernos y las organizaciones internacionales y regionales: a) Reafirmar el derecho a la libre determinacio'n de todos los pueblos, en particular de los pueblos bajo dominacio'n colonial u otra forma de dominacio'n extranjera u ocupacio'n extranjera, y la importancia de la realizacio'n efectiva de ese derecho, segu'n se enuncia, entre otras cosas, en la Declaracio'n y Programa de Accio'n de Viena2, aprobados por la Conferencia Mundial sobre Derechos Humanos; b) Alentar la diplomacia, la negociacio'n y el arreglo paci'fico de las controversias, de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas, en particular los pa'rrafos 3 y 4 del Arti'culo 2; c) Instar a que se identifique y condene la pra'ctica sistema'tica de la violacio'n y otras formas de tratos inhumanos y degradantes utilizados contra las mujeres como instrumento deliberado de guerra y de depuracio'n e'tnica, y adoptar medidas para asegurar que se proporcione asistencia a las vi'ctimas de esos abusos para su rehabilitacio'n fi'sica y mental; d) Reafirmar que la violacio'n en el curso de un conflicto armado constituye un crimen de guerra y, en ciertas circunstancias, puede considerarse un crimen de lesa humanidad y un acto de genocidio segu'n se define en la Convencio'n para la Prevencio'n y la Sancio'n del Delito de Genocidio 27/; y adoptar todas las medidas necesarias para proteger a las mujeres y a los nin~os contra esos actos y fortalecer los mecanismos para investigar y castigar a todos los responsables y procesar a los perpetradores; e) Aplicar y reforzar las normas enunciadas en los instrumentos internacionales humanitarios y los instrumentos internacionales de derechos humanos para evitar todos los actos de violencia contra las mujeres en situaciones de conflicto armado y en conflictos de otra i'ndole; realizar investigaciones completas de todos los actos de violencia cometidos contra las mujeres durante las guerras, incluidas las violaciones, en particular las violaciones sistema'ticas, la prostitucio'n forzada y otras formas de agresiones deshonestas, y la esclavitud sexual; enjuiciar a todos los criminales responsables de los cri'menes de guerra contra las mujeres y proporcionar compensacio'n plena a las mujeres vi'ctimas; f) Instar a la comunidad internacional a que condene todas las formas y manifestaciones de terrorismo y adopte medidas contra e'l; g) Tener en cuenta los problemas relacionados con el ge'nero al elaborar programas de formacio'n para todo el personal sobre derecho internacional humanitario y derechos humanos y recomendar que se de' ese tipo de formacio'n a quienes participan en operaciones de asistencia humanitaria y de mantenimiento de la paz de las Naciones Unidas, en particular con objeto de prevenir la violencia contra la mujer; h) Desalentar la adopcio'n y abstenerse de toda medida unilateral contraria al derecho internacional y la Carta de las Naciones Unidas que impidan que se alcance plenamente el desarrollo econo'mico y social de las poblaciones de los pai'ses afectados, en particular las mujeres y los nin~os, que dan~e su bienestar y cree obsta'culos para el pleno disfrute de sus derechos humanos, incluyendo el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado, a la salud, la alimentacio'n, la atencio'n me'dica y los servicios sociales necesarios. La Cuarta Conferencia reafirma que los alimentos y las medicinas no deben utilizarse como instrumento de presio'n poli'tica; i) Adoptar medidas de conformidad con el derecho internacional con miras a aliviar las repercusiones negativas para las mujeres y los nin~os de las sanciones econo'micas. Objetivo estrate'gico E.4. Promover la contribucio'n de la mujer al logro de una cultura de paz Medidas que han de adoptarse 146. Medidas que han de adoptar los gobiernos, las instituciones intergubernamentales internacionales y regionales y las organizaciones no gubernamentales: a) Promover la solucio'n paci'fica de los conflictos y la paz, la reconciliacio'n y la tolerancia mediante la educacio'n, la capacitacio'n, la accio'n comunitaria y los programas de intercambio de jo'venes, en particular de mujeres; b) Alentar la realizacio'n de investigaciones sobre la paz en que participen mujeres para examinar las repercusiones sobre las mujeres y los nin~os de los conflictos armados y el cara'cter y la contribucio'n de la participacio'n de las mujeres en los movimientos de paz nacionales, regionales e internacionales; realizar investigaciones e individualizar mecanismos innovadores para limitar la violencia y solucionar los conflictos, a fin de difundirlos entre el pu'blico y para su utilizacio'n por mujeres y hombres; c) Realizar y difundir investigaciones sobre los efectos fi'sicos, psicolo'gicos, econo'micos y sociales sobre las mujeres, especialmente las jo'venes y las nin~as, de los conflictos armados, con miras a elaborar poli'ticas y programas para solucionar las consecuencias de esos conflictos; d) Examinar la posibilidad de crear programas educativos para nin~as y nin~os a fin de fomentar una cultura de paz centrada en la solucio'n de conflictos por medios no violentos y en la promocio'n de la tolerancia. Objetivo estrate'gico E.5. Proporcionar proteccio'n, asistencia y capacitacio'n a las mujeres refugiadas, a otras mujeres desplazadas que necesitan proteccio'n internacional y a las desplazadas internamente Medidas que han de adoptarse 147. Medidas que han de adoptar los gobiernos, las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales y otras instituciones encargadas de proporcionar proteccio'n, asistencia y capacitacio'n a las mujeres refugiadas, a otras mujeres desplazadas que necesitan proteccio'n internacional y a las mujeres desplazadas internamente, como la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados y el Programa Mundial de Alimentos, segu'n proceda: a) Adoptar medidas para asegurar que las mujeres participen plenamente en la planificacio'n, disen~o, aplicacio'n, supervisio'n y evaluacio'n de todos los proyectos y programas a corto y largo plazo que proporcionan asistencia a las mujeres refugiadas, a otras mujeres desplazadas que necesitan proteccio'n internacional y a las mujeres desplazadas internamente, e inclusive en la gestio'n de los campamentos de refugiados y de los recursos para los refugiados; asegurar que las mujeres y nin~as refugiadas y desplazadas tengan acceso directo a los servicios proporcionados; b) Ofrecer proteccio'n y asistencia adecuadas a las mujeres y nin~os internamente desplazados y encontrar soluciones para las causas fundamentales de su desplazamiento a fin de poder evitarlo y, cuando proceda, facilitar su regreso o reasentamiento; c) Adoptar medidas para proteger la seguridad y la integridad fi'sica de las refugiadas, otras mujeres desplazadas que necesitan proteccio'n internacional y las mujeres desplazadas internamente durante su desplazamiento y a su regreso a sus comunidades de origen, inclusive mediante programas de rehabilitacio'n; adoptar medidas eficaces para proteger de la violencia a las mujeres refugiadas o desplazadas; realizar una investigacio'n imparcial y exhaustiva de las violaciones de esa i'ndole y enjuiciar a los responsables; d) Adoptar todas las medidas necesarias, con el pleno respeto y la observancia estricta del principio de la no devolucio'n de refugiados, para garantizar el derecho de las mujeres refugiadas y desplazadas a regresar voluntariamente a sus lugares de origen en condiciones de seguridad y dignidad, asi' como su derecho a la proteccio'n despue's del regreso; e) Adoptar medidas, en el plano nacional y con la cooperacio'n internacional cuando proceda, de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas para encontrar soluciones duraderas a los problemas de las mujeres desplazadas internamente, inclusive haciendo efectivo su derecho a regresar voluntariamente en condiciones de seguridad a sus hogares de origen; f) Asegurar que la comunidad internacional y sus organizaciones internacionales proporcionen recursos financieros y de otra i'ndole para el socorro de emergencia y asistencia de otro tipo a largo plazo, teniendo en cuenta las necesidades, recursos y posibilidades concretas de las mujeres refugiadas, otras mujeres desplazadas que necesitan proteccio'n internacional y las mujeres desplazadas internamente; al proporcionar proteccio'n y asistencia debera'n adoptarse todas las medidas adecuadas para eliminar la discriminacio'n contra las mujeres y las jo'venes a fin de garantizar la igualdad de acceso apropiado y suficientes alimentos, agua y vivienda, educacio'n, servicios sociales y de atencio'n de la salud, inclusive de la salud reproductiva, y atencio'n y servicios de maternidad encaminados a luchar contra las enfermedades tropicales; g) Facilitar la disponibilidad de material docente, en el idioma apropiado - tambie'n en las situaciones de emergencia - a fin de reducir al mi'nimo la interrupcio'n de la ensen~anza entre los nin~os refugiados y desplazados; h) Aplicar normas internacionales para garantizar la igualdad de acceso y la igualdad de trato de mujeres y hombres en lo que respecta a los procedimientos de determinacio'n del estatuto de refugiado y concesio'n de asilo, incluido el pleno respeto y la observancia estricta del principio de no devolucio'n por medio, entre otras cosas, de la adaptacio'n de las normas nacionales de inmigracio'n a los instrumentos internacionales pertinentes, y considerar la posibilidad de reconocer como refugiadas a las mujeres cuya solicitud de reconocimiento de la condicio'n de refugiada se base en un miedo bien fundado de sufrir persecuciones por las razones enumeradas en la Convencio'n de 1951 28/ y el Protocolo de 1967 29/, sobre el Estatuto de los Refugiados incluida la persecucio'n en forma de violencia sexual u otros tipos de persecucio'n relacionados con el ge'nero y facilitar el acceso a funcionarios especialmente capacitados, especialmente funcionarias, para entrevistar a las mujeres cuando se trate de experiencias delicadas o dolorosas, como la agresio'n sexual; i) Apoyar y promover los esfuerzos de los Estados dirigidos a desarrollar criterios y directrices sobre las respuestas a la persecucio'n dirigida especi'ficamente a las mujeres, mediante el intercambio de informacio'n sobre las iniciativas de los Estados para formular tales criterios y directrices y la supervisio'n a fin de lograr su aplicacio'n justa y consecuente; j) Promover la autosuficiencia de las mujeres refugiadas, otras mujeres desplazadas que necesitan proteccio'n internacional y las mujeres internamente desplazadas y ofrecer programas para las mujeres, en particular las jo'venes, de formacio'n de liderazgo y adopcio'n de decisiones en las comunidades de refugiados y repatriados; k) Lograr que se protejan los derechos humanos de las refugiadas y las mujeres desplazadas y que e'stas conozcan esos derechos; garantizar el reconocimiento de la importancia vital de la reunificacio'n de las familias; l) Ofrecer, segu'n resulte apropiado, a las mujeres reconocidas como refugiadas programas de formacio'n profesional, incluyendo en esos programas la ensen~anza de idiomas, la capacitacio'n para el establecimiento de empresas en pequen~a escala, la planificacio'n de la familia y la asistencia a las vi'ctimas de todas las formas de violencia contra la mujer, incluso la rehabilitacio'n de las vi'ctimas de la tortura y de los traumas. Los gobiernos y otros donantes deberi'an contribuir adecuadamente a los programas de asistencia para las mujeres refugiadas, otras mujeres desplazadas que necesiten proteccio'n internacional y las mujeres desplazadas internamente, especialmente teniendo en cuenta los efectos que tiene sobre los pai'ses de asilo el aumento de las necesidades de la atencio'n a grandes cantidades de refugiados y la necesidad de aumentar la base de donantes y de que la carga pueda repartirse ma's ampliamente; m) Aumentar la conciencia del pu'blico sobre la contribucio'n que aportan las mujeres refugiadas a los pai'ses de reasentamiento; promover el entendimiento de sus derechos humanos y de sus necesidades y capacidades y fomentar el entendimiento y la aceptacio'n mutuos por medio de programas educacionales que promuevan la concordia entre las culturas y las razas; n) Proporcionar servicios ba'sicos y de apoyo a las mujeres desplazadas de sus lugares de origen a consecuencia del terrorismo, la violencia, el tra'fico de drogas en otras razones relacionadas con situaciones de violencia; o) Desarrollar la conciencia de los derechos humanos de las mujeres y proporcionar, cuando resulte apropiado, ensen~anza y capacitacio'n en materia de derechos humanos al personal militar y policial que actu'a en zonas de los conflictos armados y en zonas donde hay refugiados. 148. Medidas que han de adoptar los gobiernos: a) Difundir y aplicar las Directrices del ACNUR sobre la proteccio'n de las mujeres refugiadas y las directrices sobre la evaluacio'n y el cuidado de las vi'ctimas de traumas y violencia, o elaborar directrices ana'logas, en estrecha cooperacio'n con las mujeres refugiadas y en todos los sectores de los programas para refugiados; b) Proteger a las mujeres y a los nin~os que emigran como miembros de una familia del abuso o la denegacio'n de sus derechos humanos por parte de los patrocinadores y examinar la posibilidad de prorrogar su estancia en caso de que se disuelva la relacio'n familiar, dentro de los li'mites de la legislacio'n nacional. Objetivo estrate'gico E.6. Proporcionar asistencia a las mujeres de las colonias Medidas que han de adoptarse 149. Medidas que han de adoptar los gobiernos y las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales: a) Apoyar y promover la aplicacio'n del derecho de todos los pueblos a la libre determinacio'n enunciado en la Declaracio'n y el Programa de Accio'n de Viena, entre otros instrumentos, proporcionando programas especiales para dirigentes y programas de formacio'n en adopcio'n de decisiones; b) Aumentar la conciencia pu'blica, segu'n proceda, por conducto de los medios de comunicacio'n social, la educacio'n a todos los niveles y programas especiales destinados a lograr un mejor entendimiento de la situacio'n de la mujer en las colonias y en los territorios no auto'nomos. F. La mujer y la economi'a 150. El grado de acceso de la mujer y el hombre a las estructuras econo'micas de sus sociedades y sus respectivas oportunidades de ejercer poder en ellas son considerablemente diferentes. En la mayor parte del mundo es escasa o nula la presencia de mujeres en los niveles de adopcio'n de decisiones econo'micas, incluida la formulacio'n de poli'ticas financieras, monetarias, comerciales y de otra i'ndole, asi' como los sistemas fiscales y los regi'menes salariales. Dado que a menudo esas poli'ticas determinan la forma en que las mujeres y los hombres deciden, entre otras cosas, co'mo dividira'n su tiempo entre el trabajo remunerado y el no remunerado en el marco de esas poli'ticas, la evolucio'n real de esas estructuras y poli'ticas econo'micas incide directamente en el acceso de la mujer y el hombre a los recursos econo'micos, en su poder econo'mico y, por ende, en su situacio'n reci'proca en el plano individual y familiar, asi' como en la sociedad en su conjunto. 151. En muchas regiones, la participacio'n de la mujer en el trabajo remunerado en el u'ltimo decenio ha aumentado notablemente y se ha transformado tanto en el mercado laboral estructurado como en el no estructurado. Aunque siguen trabajando en los sectores agri'cola y pesquero, las mujeres han comenzado a participar cada vez ma's en las microempresas y empresas de pequen~a y mediana escala y, en algunas regiones, han adquirido ma's preponderancia en el sector no estructurado, cada vez de mayor envergadura. Debido, entre otras cosas, a una situacio'n econo'mica difi'cil y a la falta de poder de negociacio'n proveniente de la desigualdad basada en el ge'nero, muchas mujeres se han visto obligadas a aceptar salarios bajos y condiciones de trabajo deficientes, por lo que frecuentemente se las ha preferido a los hombres. En cambio, un nu'mero cada vez mayor de mujeres se ha incorporado en la fuerza de trabajo por su propia eleccio'n, al cobrar una mayor conciencia de sus derechos y al hacerlos valer. Tras incorporarse a la fuerza de trabajo, algunas han logrado promociones y mejores salarios y condiciones de trabajo. No obstante, las mujeres se han visto particularmente afectadas por la situacio'n econo'mica y por el proceso de reestructuracio'n, que han impuesto cambios en la naturaleza del empleo y, en algunos casos, provocado la eliminacio'n de puestos de trabajo, incluso para las profesionales y las trabajadoras especializadas. Adema's, muchas mujeres han ingresado en el sector no estructurado a falta de otras oportunidades. La participacio'n de la mujer y las conside- raciones de ge'nero todavi'a esta'n ausentes en gran medida, pero deberi'an integrarse, en el proceso de elaboracio'n de poli'ticas de las instituciones multilaterales que definen las condiciones y, en cooperacio'n con los gobiernos, establecen las metas de los programas de ajuste estructural y de los pre'stamos y las subven- ciones. 152. La discriminacio'n en los sistemas de educacio'n y capacitacio'n, asi' como en las pra'cticas de contratacio'n, remuneracio'n, ascenso y movilidad horizontal, las condiciones de trabajo inflexibles, la falta de acceso a los recursos productivos, la distribucio'n inadecuada de las tareas familiares, junto con la falta o insuficiencia de servicios tales como los de guarderi'a siguen restringiendo el empleo asi' como las oportunidades econo'micas, profesionales y de otra i'ndole y la movilidad de las mujeres, aumentan los problemas relacionados con su participacio'n en las actividades econo'micas. Adema's, hay obsta'culos psicolo'gicos que dificultan la participacio'n de la mujer en la formulacio'n de poli'ticas econo'micas y en algunas regiones, restringen el acceso de las mujeres y las nin~as a la educacio'n y la capacitacio'n para la gestio'n econo'mica. 153. La participacio'n de la mujer en la fuerza laboral sigue aumentando; en casi todas partes ha aumentado el trabajo de la mujer fuera del hogar, aunque no se ha aligerado en consecuencia su carga de trabajo no remunerado en el hogar y en la comunidad. Los ingresos que aporta la mujer son cada vez ma's necesarios en hogares de todo tipo. En algunas regiones han aumentado las actividades empresariales y otras actividades auto'nomas de la mujer, en particular en el sector no estructurado. En muchos pai'ses son mujeres la mayori'a de los trabajadores empleados en condiciones especiales, a saber, las personas que trabajan en forma temporal, eventual, las que tienen varios empleos a jornada parcial, los trabajadores por contrata y los que trabajan en su propio domicilio. 154. Las trabajadoras migratorias, entre ellas las trabajadoras dome'sticas, contribuyen con sus remesas a la economi'a del pai's de donde provienen y tambie'n contribuyen a la economi'a del pai's donde trabajan mediante su participacio'n en la fuerza de trabajo. Sin embargo, las mujeres que migran padecen en el pai's a donde van un alto nivel de desempleo en comparacio'n con los trabajadores migratorios y los hombres que migran. 155. A causa de la poca atencio'n que se ha prestado a los ana'lisis de ge'nero, a menudo se pasan por alto la contribucio'n y los intereses de la mujer en las estructuras econo'micas, tales como los mercados y las instituciones financieras, los mercados laborales, la economi'a como disciplina acade'mica, la infraestructura econo'mica y social, los sistemas fiscales y de seguridad social, asi' como en la familia y en el hogar. En consecuencia, es posible que muchas poli'ticas y programas sigan contribuyendo a la desigualdad entre la mujer y el hombre. En los casos en que se ha avanzado en la integracio'n de perspectivas de ge'nero, tambie'n ha aumentado la eficacia de los programas y las poli'ticas. 156. Aunque muchas mujeres han mejorado su situacio'n en las estructuras econo'micas, la mayor parte, sobre todo las que tropiezan con impedimentos adicionales, siguen sin poder alcanzar la autonomi'a econo'mica y medios de vida sostenibles para ellas y las personas a su cargo. Las mujeres suelen realizar actividades econo'micas de diversa i'ndole en forma combinada, desde el trabajo asalariado y las actividades agri'colas y pesqueras de subsistencia hasta las actividades del sector no estructurado. No obstante, las barreras juri'dicas y consuetudinarias que impiden la propiedad o el acceso a la tierra, los recursos naturales, el capital, el cre'dito, la tecnologi'a y otros medios de produccio'n, asi' como las diferencias salariales, contribuyen a obstaculizar el progreso econo'mico de la mujer. La mujer contribuye al desarrollo no so'lo mediante su trabajo remunerado sino tambie'n mediante una importante labor no remunerada. Por otra parte, la mujer participa en la produccio'n de bienes y servicios para el mercado y el consumo de los hogares, en la agricultura, la produccio'n de alimentos o las empresas familiares. Aunque ha sido incluida en el Sistema de Cuentas Nacionales de las Naciones Unidas y, por consiguiente, en las normas internacionales de las estadi'sticas del trabajo, esta labor no remunerada, en particular la relacionada con la agricultura, sigue siendo a menudo subvalorada y no se registra debidamente. Por otra parte, la mujer sigue realizando tambie'n la mayor parte de la labor dome'stica y de la labor comunitaria no remunerada, como el cuidado de los nin~os y de las personas de ma's edad, la preparacio'n de alimentos para la familia, la proteccio'n del medio ambiente y la prestacio'n de asistencia voluntaria a las personas y los grupos vulnerables y desfavorecidos. Esta labor no se suele medir en te'rminos cuantitativos y no se valora en las cuentas nacionales. La contribucio'n de la mujer al desarrollo se ve seriamente subestimada y, por consiguiente, su reconocimiento social es limitado. La plena visibilidad del tipo, el alcance y la distribucio'n de esta labor no remunerada contribuira' tambie'n a que se compartan mejor las responsabilidades. 157. Aunque se han creado algunas nuevas oportunidades de empleo para las mujeres como consecuencia de la internacionalizacio'n de la economi'a, tambie'n han surgido tendencias que han agravado las desigualdades entre las mujeres y los hombres. Al mismo tiempo, la internacionalizacio'n incluida la integracio'n econo'mica, puede crear presiones sobre la situacio'n del empleo de la mujer para adaptarse a las nuevas circunstancias y para buscar nuevas fuentes de empleo a medida que cambian las modalidades del comercio. Es preciso realizar nuevos ana'lisis de los efectos de la internacionalizacio'n en la situacio'n econo'mica de la mujer. 158. Esas tendencias se han caracterizado por los salarios bajos, poca o ninguna proteccio'n de las normas laborales, deficientes condiciones de trabajo particularmente con respecto a la seguridad y la salud ocupacional de la mujer, bajos niveles de especializacio'n profesional y la falta de seguridad social y seguridad en el empleo, tanto en el sector estructurado como en el no estructurado. El desempleo de la mujer es un problema grave que va en aumento en muchos pai'ses y sectores. Las trabajadoras jo'venes del sector no estructurado y el sector rural y las trabajadoras migrantes siguen siendo las categori'as menos protegidas por la legislacio'n laboral y las leyes de inmigracio'n. Las mujeres, particularmente las que son jefas del hogar con nin~os pequen~os, tienen escasas oportunidades de empleo debido, entre otras cosas, a que las condiciones de trabajo no son flexibles y a que los hombres y la sociedad no comparten lo suficiente las responsabilidades familiares. 159. En los pai'ses que esta'n sufriendo una transformacio'n poli'tica, econo'mica y social fundamental, los conocimientos de la mujer, si se utilizaran mejor, podri'an hacer una importante contribucio'n a la vida econo'mica de los pai'ses respectivos. Se deberi'a ampliar y apoyar au'n ma's esa contribucio'n, y aprovechar mejor las potencialidades de la mujer. 160. La falta de empleos en el sector privado y las reducciones de servicios pu'blicos y de los puestos correspondientes han afectado de manera desproporcionada a la mujer. En algunos pai'ses, las mujeres se hacen cargo de un mayor volumen de trabajo no remune- rado, como el cuidado de los nin~os, de los enfermos o de los ancianos, compensando asi' la pe'rdida de los ingresos familiares, sobre todo cuando no se dispone de servicios pu'blicos. En muchos casos, en las estrategias de creacio'n de empleo no se ha prestado suficiente atencio'n a ocupaciones y sectores en que han predominado las mujeres; tampoco se ha promovido como es debido el acceso de la mujer a ocupaciones y sectores en que tradicionalmente han predominado los hombres. 161. Muchas de las mujeres que tienen un trabajo remunerado tropiezan con obsta'culos que les impiden realizar su potencial. Si bien cada vez es ma's frecuente que haya algunas mujeres en los niveles administrativos inferiores, a menudo la discriminacio'n psicolo'gica impide que sigan ascendiendo. La experiencia del hostigamiento sexual es una afrenta a la dignidad de la trabajadora e impide a las mujeres efectuar una contribucio'n acorde con sus capacidades. La inexistencia de un entorno de trabajo propicio para la familia, incluida la falta de servicios de guarderi'a infantil apropiados y asequibles y los horarios de trabajo poco flexibles, impiden adema's a las mujeres realizar su pleno potencial. 162. En el sector privado, tanto en las empresas transnacionales como en las nacionales, las mujeres esta'n ausentes en gran medida de los niveles ejecutivos y de gestio'n, lo cual denota que las poli'ticas y pra'cticas de contratacio'n y ascenso son discriminatorias. El entorno laboral desfavorable, asi' como el nu'mero limitado de oportunidades de empleo disponibles, han llevado a muchas mujeres a buscar otras opciones. Cada vez hay ma's mujeres empleadas por cuenta propia y propietarias y administradoras de microempresas o de empresas pequen~as y medianas. La expansio'n del sector no estructurado en muchos pai'ses, y de la empresa auto'noma e independiente se debe en gran parte a las mujeres, cuyas iniciativas y pra'cticas tradicionales, de colaboracio'n y de autoayuda en los sectores productivo y mercantil representan un recurso econo'mico fundamental. Mediante el acceso al capital y su control, el cre'dito y otros recursos, la tecnologi'a y la capacitacio'n, las mujeres pueden aumentar la produccio'n, la comercializacio'n y los ingresos para el desarrollo sostenible. 163. Habida cuenta de que la continuacio'n de las desigualdades coexiste con progresos tangibles, es necesario replantear las poli'ticas de empleo a fin de incluir en ellas una perspectiva de ge'nero y sen~alar una gama ma's amplia de oportunidades, asi' como hacer frente a las posibles consecuencias negativas para la mujer de las actuales estructuras de trabajo y empleo. Para lograr la plena igualdad entre la mujer y el hombre en su contribucio'n a la economi'a, se requieren esfuerzos decididos para que se reconozca y aprecie por igual la influencia que el trabajo, la experiencia, los conocimientos y los valores tanto de la mujer como del hombre, tienen en la sociedad. 164. Al tratar la cuestio'n del potencial econo'mico y la independencia econo'mica de la mujer, los gobiernos y otros interesados deberi'an fomentar una poli'tica activa y evidente que consista en lograr que en todas las poli'ticas y programas de cara'cter general se incorpore una perspectiva de ge'nero de manera que antes de adoptar decisiones, se analicen los efectos que han de tener tanto para la mujer como para el hombre. Objetivo estrate'gico F.1. Promover la independencia y los derechos econo'micos de la mujer, incluidos el acceso al empleo, a condiciones de trabajo apropiadas y al control de los recursos econo'micos Medidas que han de adoptarse 165. Medidas que han de adoptar los gobiernos: a) Promulgar y hacer cumplir leyes que garanticen los derechos de la mujer y el hombre a una remuneracio'n igual por el mismo trabajo o por un trabajo de igual valor; b) Aprobar y aplicar leyes contra la discriminacio'n por motivos de sexo, en el mercado de trabajo, con especial consideracio'n a las trabajadoras de ma's edad, en la contratacio'n y el ascenso, en la concesio'n de prestaciones laborales y de seguridad social y en las condiciones de trabajo; c) Adoptar medidas apropiadas para tener en cuenta el papel y las funciones reproductivas de la mujer y eliminar las pra'cticas discriminatorias de los empleadores, tales como no contratar o despedir a mujeres debido al embarazo o la lactancia materna, o exigir pruebas de utilizacio'n de anticonceptivos, y adoptar medidas eficaces para garantizar que las mujeres embarazadas, las mujeres con licencia de maternidad o las mujeres que se reintegran al mercado laboral despue's de tener hijos no sufran discriminacio'n alguna; d) Elaborar mecanismos y tomar medidas positivas que permitan a la mujer participar plenamente y en condiciones de igualdad en la formulacio'n de poli'ticas y en la definicio'n de estructuras por medio de organizaciones como los ministerios de hacienda y comercio, las comisiones econo'micas nacionales, los institutos de investigacio'n econo'mica y otros organismos fundamentales, asi' como mediante su participacio'n en los o'rganos internacionales pertinentes; e) Emprender reformas legislativas y administrativas que otorguen a la mujer iguales derechos que los hombres a los recursos econo'micos, incluso a la propiedad y el control de la tierra y otros bienes, al cre'dito, a la herencia, a los recursos naturales y a la tecnologi'a nueva apropiada; f) Revisar los sistemas nacionales de impuestos sobre la renta y de impuestos sobre la herencia y los sistemas de seguridad social con objeto de eliminar cualquier posible discriminacio'n contra la mujer; g) Tratar de llegar a un conocimiento ma's completo en materia de trabajo y empleo, entre otras cosas, mediante actividades para medir y comprender mejor el tipo, el alcance y la distribucio'n del trabajo no remunerado, particularmente el trabajo de cuidar de los familiares a cargo y el trabajo no remunerado realizado para las empresas o explotaciones agri'colas familiares, y estimular el intercambio y la difusio'n de informacio'n sobre los estudios y la experiencia en esta materia, inclusive la formulacio'n de me'todos para determinar su valor en te'rminos cuantitativos que permitan eventualmente la posibilidad de reflejar dicho valor en cuentas que puedan producirse por separado, aunque de manera coherente con las cuentas nacionales ba'sicas; h) Revisar y reformar las leyes que regulen el funcionamiento de las instituciones financieras a fin de que e'stas presten servicios a las mujeres en las mismas condiciones que se aplican a los hombres; i) Facilitar, a los niveles apropiados, que los procesos presupuestarios sean ma's abiertos y transparentes; j) Revisar y aplicar poli'ticas nacionales que apoyen los mecanismos nacionales de ahorro, cre'dito y pre'stamo para la mujer; k) Lograr que las poli'ticas nacionales relacionadas con los acuerdos comerciales internacionales y regionales no tengan efectos perjudiciales para las actividades econo'micas nuevas y tradicionales de la mujer; l) Velar por que todas las empresas, incluidas las empresas transnacionales, cumplan las leyes y co'digos nacionales, las normas de seguridad social, los acuerdos, instrumentos y convenios internacionales vigentes, incluidos los relativos al medio ambiente, y otras leyes pertinentes; m) Modificar las poli'ticas de empleo a fin de facilitar la reestructuracio'n de los regi'menes laborales de manera que promuevan la posibilidad de compartir las responsabilidades familiares; n) Establecer mecanismos y otros foros que permitan a las empresarias y a las trabajadoras contribuir a la formulacio'n de las poli'ticas y programas que este'n elaborando los ministerios econo'micos y las instituciones financieras; o) Promulgar y hacer cumplir leyes que garanticen la igualdad de oportunidades, adoptar medidas positivas y asegurar su cumplimiento en los sectores pu'blico y privado por distintos medios; p) Utilizar en la formulacio'n de las poli'ticas macroecono'micas y microecono'micas y sociales el ana'lisis de ge'nero a fin de vigilar las repercusiones de ge'nero y modificar las poli'ticas en los casos en que esas repercusiones sean perjudiciales; q) Fomentar poli'ticas y medidas que tengan en cuenta el ge'nero a fin de crear las condiciones para que la mujer pueda participar en un pie de igualdad con el hombre en los campos te'cnico, administrativo y empresarial; r) Reformar las leyes o aplicar poli'ticas nacionales en apoyo del establecimiento de una legislacio'n laboral que garantice la proteccio'n de todas las trabajadoras, incluidas las pra'cticas de trabajo seguras, el derecho a organizarse y el acceso a la justicia. Objetivo estrate'gico F.2. Facilitar el acceso de la mujer, en condiciones de igualdad, a los recursos, el empleo, los mercados y el comercio Medidas que han de adoptarse 166. Medidas que han de adoptar los gobiernos: a) Fomentar y respaldar el trabajo por cuenta propia de la mujer y la creacio'n de pequen~as empresas y fortalecer el acceso de las mujeres al cre'dito y al capital en condiciones apropiadas e iguales a las que se conceden a los hombres mediante la promocio'n de instituciones dedicadas a fomentar la capacidad empresarial de la mujer, incluidos, segu'n proceda, planes de cre'dito mutuo y no tradicional, asi' como nuevos tipos de relaciones con instituciones financieras; b) Fortalecer la concesio'n de iniciativas por el Estado, en su cara'cter de empleador, para crear una poli'tica de oportunidades iguales para las mujeres y los hombres; c) Mejorar, a nivel nacional y local, el potencial de generacio'n de ingresos de las mujeres de las zonas rurales facilitando la igualdad de acceso y el control de los recursos productivos, la tierra, el cre'dito, el capital, los derechos de propiedad, los programas de desarrollo y las estructuras cooperativas; d) Fomentar y fortalecer las microempresas, las nuevas empresas pequen~as, las empresas cooperativas, la ampliacio'n de los mercados y otras oportunidades de empleo y, segu'n proceda, facilitar la transicio'n del sector no estructurado al sector estructurado, particularmente en las zonas rurales; e) Crear y modificar programas que reconozcan y fortalezcan el papel decisivo de la mujer en la seguridad alimentaria y proporcionar a las productoras remuneradas y no remuneradas, especialmente a las que se dedican a actividades de produccio'n de alimentos, como la agricultura, la pesca y la acuicultura asi' como a las empresas urbanas, igualdad de acceso a tecnologi'as apropiadas, transporte, servicios de extensio'n, comercializacio'n y facilidades de cre'dito a nivel local y comunitario; f) Crear mecanismos apropiados y fomentar instituciones intersectoriales que permitan a las cooperativas de mujeres aumentar al ma'ximo su acceso a los servicios necesarios; g) Incrementar la proporcio'n de mujeres entre el personal de los servicios de extensio'n y otros servicios gubernamentales que proporcionan asistencia te'cnica o administran programas econo'micos; h) Revisar, reformular si conviene y aplicar poli'ticas, incluso en el a'mbito de la legislacio'n relativa a las empresas, el comercio y los contratos, y de los reglamentos gubernamentales a fin de asegurar que no existan discriminaciones contra las empresas pequen~as y medianas de propiedad de mujeres en las zonas rurales y urbanas; i) Proporcionar ana'lisis, asesoramiento y coordinacio'n respecto de poli'ticas que integren las necesidades y los intereses de las mujeres empleadas, las trabajadoras por cuenta propia y las empresarias en las poli'ticas, los programas y los presupuestos sectoriales e interministeriales; j) Procurar lograr la igualdad de acceso de las mujeres a una capacitacio'n laboral eficaz, al readiestramiento, el asesoramiento y los servicios de colocacio'n que no se limiten a las esferas de empleo tradicionales; k) Eliminar los obsta'culos de poli'tica y reglamentacio'n con que tropiezan las mujeres en los programas sociales y de desarrollo que desalientan la iniciativa privada e individual; l) Salvaguardar y promover el respeto de los derechos fundamentales de los trabajadores, inclusive la prohibicio'n del trabajo forzoso y del trabajo infantil, la libertad de asociacio'n y el derecho a organizarse y a concertar contratos colectivos; establecer la igualdad de remuneracio'n para la mujer y el hombre por trabajo de igual valor y la no discriminacio'n en el empleo, respetando plenamente los convenios de la Organizacio'n Internacional del Trabajo en el caso de los Estados partes en esos convenios y teniendo en cuenta los principios en que se fundan esos convenios en el caso de los pai'ses que no son Estados partes en ellos, a fin de lograr un crecimiento econo'mico sostenido y un desarrollo sostenible de cara'cter genuino. 167. Medidas que han de adoptar los gobiernos, los bancos centrales y los bancos nacionales de desarrollo, asi' como las instituciones bancarias privadas, segu'n proceda: a) Aumentar la participacio'n de la mujer, incluidas las mujeres empresarias, en juntas consultivas y otros foros para que las empresarias de todos los sectores y sus organizaciones puedan contribuir a la formulacio'n y el examen de las poli'ticas y los programas que elaboren los ministerios de economi'a y las instituciones bancarias; b) Movilizar al sector bancario para que conceda ma's pre'stamos y la refinanciacio'n mediante incentivos y la formacio'n de intermediarios que se ocupen de las necesidades de las mujeres empresarias y productoras en las zonas rurales y urbanas, y para que incluya a las mujeres en sus o'rganos directivos y en la planificacio'n y la adopcio'n de decisiones; c) Estructurar servicios que queden al alcance de las mujeres de las zonas rurales y urbanas que participan en microempresas y empresas pequen~as y medianas, prestando especial atencio'n a las mujeres jo'venes, a las mujeres de bajos ingresos, a las que pertenezcan a minori'as e'tnicas y raciales, y a las mujeres indi'genas, que carezcan de acceso al capital y a los bienes; y ampliar el acceso de la mujer a los mercados financieros seleccionando y alentando reformas financieras en la supervisio'n y la reglamentacio'n que respalden los esfuerzos directos e indirectos de las instituciones financieras para atender mejor las necesidades de cre'dito y otras necesidades financieras de las microempresas y las empresas pequen~as y medianas de propiedad de mujeres; d) Asegurar que las prioridades de la mujer se incluyan en los programas de inversiones pu'blicas para la infraestructura econo'mica, como el agua y el saneamiento, la electrificacio'n y la conservacio'n de energi'a, el transporte y la construccio'n de caminos, fomentar una mayor participacio'n de las mujeres beneficiarias en las etapas de planificacio'n y ejecucio'n de proyectos para asegurar el acceso a los empleos y los contratos. 168. Medidas que han de adoptar los gobiernos y las organizaciones no gubernamentales: a) Prestar especial atencio'n a las necesidades de la mujer al difundir informacio'n sobre los mercados, el comercio y los recursos e impartir capacitacio'n adecuada en esas esferas; b) Alentar estrategias de desarrollo econo'mico de la comunidad que se basen en asociaciones entre los gobiernos, y alentar a los miembros del sector privado a que creen empleos y se ocupen de la situacio'n social de las personas, las familias y las comunidades. 169. Medidas que han de adoptar los proveedores de financiacio'n multilaterales, los bancos de desarrollo regionales y los organismos de financiacio'n bilaterales y privados, en los planos internacional, regional y subregional: a) Examinar, reformular, cuando proceda, y ejecutar poli'ticas, programas y proyectos para procurar que una mayor proporcio'n de recursos quede a disposicio'n de las mujeres en las zonas rurales y apartadas; b) Elaborar disposiciones flexibles de financiacio'n para financiar instituciones intermediarias que este'n orientadas a las actividades econo'micas de la mujer, y fomentar la autosuficiencia y el aumento de la capacidad y rentabilidad de las empresas econo'micas de propiedad de mujeres; c) Elaborar estrategias para consolidar y ampliar su asistencia al sector de las microempresas y las empresas pequen~as y medianas, a fin de ampliar las oportunidades de participacio'n plena de la mujer y para obrar de consuno a fin de coordinar y afianzar la eficacia de ese sector, aprovechando la experiencia y los recursos financieros de sus propias organizaciones, al igual que los de los organismos bilaterales, los gobiernos y las organizaciones no gubernamentales. 170. Medidas que han de adoptar las organizaciones internacionales, multilaterales y bilaterales de cooperacio'n para el desarrollo: Prestar apoyo, mediante el suministro de capital o de recursos, a las instituciones financieras que atienden a las mujeres empresarias y productoras de bajos ingresos que administran empresas pequen~as y microempresas en los sectores estructurado y no estructurado. 171. Medidas que han de adoptar los gobiernos o las instituciones financieras multilaterales: Examinar las reglas y los procedimientos de las instituciones financieras nacionales e internacionales del sector estructurado que constituyen un obsta'culo para repetir el prototipo del Banco Grameen, que proporciona servicios de cre'dito a las mujeres rurales. 172. Medidas que han de adoptar las organizaciones internacionales: Prestar apoyo adecuado a los programas y proyectos destinados a fomentar actividades empresariales sostenibles y productivas entre las mujeres, en especial las que se encuentran en situacio'n desventajosa. Objetivo estrate'gico F.3. Proporcionar servicios comerciales, capacitacio'n y acceso a los mercados, informacio'n y tecnologi'a, particularmente a las mujeres de bajos ingresos Medidas que han de adoptarse 173. Medidas que han de adoptar los gobiernos [en cooperacio'n con las organizaciones no gubernamentales y el sector privado]: a) Proporcionar infraestructura pu'blica para asegurar la igualdad de acceso a los mercados para los empresarios de ambos sexos; b) Elaborar programas que proporcionen capacitacio'n y readiestramiento a las mujeres, especialmente en nuevas tecnologi'as y servicios asequibles en gestio'n de empresas, desarrollo de productos, financiacio'n, control de la produccio'n y la calidad, comercializacio'n y aspectos juri'dicos de la actividad comercial; c) Proporcionar programas de divulgacio'n para informar a las mujeres de bajos ingresos y a las mujeres pobres, especialmente en las zonas rurales y apartadas, de las oportunidades de acceso a los mercados y las tecnologi'as, y prestar asistencia para aprovechar dichas oportunidades; d) Crear servicios de apoyo no discriminatorios para las empresas de propiedad de mujeres, incluidos fondos de inversio'n, y tener especialmente en cuenta a las mujeres, sobre todo las de bajos ingresos, en los programas de promocio'n del comercio; e) Difundir informacio'n sobre mujeres empresarias que hayan tenido e'xito en actividades econo'micas tradicionales y no tradicionales y sobre la preparacio'n necesaria para obtener ese e'xito y facilitar la creacio'n de redes y el intercambio de informacio'n; f) Adoptar medidas para asegurar la igualdad de acceso de la mujer a la capacitacio'n permanente en el lugar de trabajo, incluidas las mujeres desempleadas, las madres solteras, las mujeres que se reintegran al mercado laboral tras abandonar temporalmente el empleo por un peri'odo prolongado debido a responsabilidades familiares y otras causas, y las mujeres desplazadas por nuevas formas de produccio'n o por reducciones del personal, y aumentar los incentivos a las empresas para que incrementen el nu'mero de centros de formacio'n profesional y capacitacio'n que capaciten a la mujer en esferas no tradicionales; g) Prestar servicios de apoyo asequibles, como servicios de guarderi'a de buena calidad, flexibles y asequibles, que tengan en cuenta las necesidades de los trabajadores de ambos sexos. 174. Medidas que han de adoptar las organizaciones empresariales locales, nacionales, regionales e internacionales y las organizaciones no gubernamentales interesadas en las cuestiones relacionadas con la mujer: Abogar en todos los niveles por la promocio'n y el apoyo de los negocios y las empresas de propiedad de mujeres, incluidas las del sector no estructurado, y por la igualdad de acceso de la mujer a los recursos productivos. Objetivo estrate'gico F.4. Reforzar la capacidad econo'mica y las redes comerciales de la mujer Medidas que han de adoptarse 175. Medidas que han de adoptar los gobiernos: a) Adoptar poli'ticas que alienten a las organizaciones empresariales, organizaciones no gubernamentales, cooperativas, fondos rotatorios de pre'stamo, cooperativas de ahorro y cre'dito, organizaciones populares, grupos femeninos de autoayuda y otros proyectos a fin de que presten servicios a las empresarias en las zonas rurales y urbanas; b) Integrar una perspectiva de ge'nero en todas las poli'ticas de reestructuracio'n econo'mica y ajuste estructural y elaborar programas para las mujeres que se vean afectadas por la reestructuracio'n econo'mica, incluidos los programas de ajuste estructural, y para mujeres que trabajan en el sector no estructurado; c) Adoptar poli'ticas para crear un entorno que propicie el establecimiento de grupos de autoayuda para la mujer, asi' como organizaciones y cooperativas de trabajadoras por medio de formas no convencionales de apoyo, y reconociendo el derecho a la libertad de asociacio'n y el derecho a organizarse; d) Prestar apoyo a los programas que mejoren la autosuficiencia de grupos especiales de mujeres, como las mujeres jo'venes, las mujeres con discapacidad, las mujeres ancianas y las mujeres que pertenezcan a minori'as raciales y e'tnicas; e) Fomentar la igualdad entre el hombre y la mujer mediante la promocio'n de estudios de la mujer y la utilizacio'n de los resultados de los estudios e investigaciones sobre el ge'nero en todas las esferas, incluidas, las esferas econo'mica, cienti'fica y tecnolo'gica; f) Prestar apoyo a las actividades econo'micas de las mujeres indi'genas teniendo en cuenta sus conocimientos tradicionales, de manera de mejorar su situacio'n y desarrollo; g) Adoptar poli'ticas que ampli'en o mantengan la proteccio'n que prestan las leyes laborales y las disposiciones sobre bienestar social a las personas que realizan trabajo remunerado en el hogar; h) Reconocer y alentar la contribucio'n de las investigaciones efectuadas por las cienti'ficas y las tecno'logas; i) Asegurar que las poli'ticas y las reglamentaciones no discriminen contra las microempresas y las empresas pequen~as y medianas administradas por mujeres. 176. Medidas para los intermediarios financieros, los institutos nacionales de capacitacio'n, las cooperativas de ahorro y cre'dito, las organizaciones no gubernamentales, las asociaciones de mujeres, las organizaciones profesionales y el sector privado, segu'n proceda: a) Impartir capacitacio'n a los niveles nacional, regional e internacional en diversas materias te'cnicas, comerciales y financieras que permita a las mujeres, en especial a las jo'venes, participar en la formulacio'n de poli'ticas econo'micas en esos niveles; b) Proporcionar servicios comerciales, incluso informacio'n sobre el comercio y la distribucio'n, el desarrollo y la creacio'n de nuevos productos, transferencia de tecnologi'a y el control de calidad, a las empresas comerciales de propiedad de mujeres, incluso en los sectores de exportacio'n de la economi'a; c) Promover vi'nculos te'cnicos y comerciales y crear empresas mixtas entre empresarias en los planos nacional, regional e internacional para apoyar las iniciativas surgidas de la comunidad; d) Fortalecer la participacio'n de la mujer, incluso la mujer marginada, en cooperativas de produccio'n y comercializacio'n mediante la prestacio'n de apoyo en materia de comercializacio'n y financiacio'n, especialmente en zonas rurales y apartadas; e) Fomentar y fortalecer las microempresas de mujeres, las empresas pequen~as nuevas, las empresas cooperativas, los mercados ampliados y otras oportunidades de empleo y, cuando proceda, facilitar la transicio'n del sector no estructurado al estructurado, en las zonas rurales y urbanas; f) Invertir capital y crear carteras de inversio'n que financien empresas comerciales de propiedad de mujeres; g) Prestar la debida atencio'n a la prestacio'n de asistencia te'cnica, servicios de asesoramiento, capacitacio'n y readiestramiento a la mujer en relacio'n con el ingreso a la economi'a de mercado; h) Prestar apoyo a redes de cre'dito y empresas innovadoras, incluidos los sistemas de ahorro tradicionales; i) Establecer redes para empresarias, incluso oportunidades para que las mujeres ma's experimentadas aconsejen a las menos experimentadas; j) Alentar a las organizaciones comunitarias y a las autoridades pu'blicas a crear fondos de pre'stamo para empresarias, aprovechando modelos de pequen~as cooperativas que hayan tenido e'xito. 177. Medidas que ha de adoptar el sector privado, incluidas las empresas transnacionales y nacionales: a) Adoptar poli'ticas y establecer mecanismos para otorgar contratos sobre bases no discriminatorias; b) Contratar mujeres para ocupar puestos directivos, de adopcio'n de poli'ticas y de gestio'n y proporcionarles programas de capacitacio'n, todo ello en un pie de igualdad con los hombres; c) Cumplir las leyes nacionales en materia de trabajo, medio ambiente, proteccio'n de los consumidores, salud y seguridad, sobre todo las que afectan a la mujer. Objetivo estrate'gico F.5. Eliminar la segregacio'n en el trabajo y todas las formas de discriminacio'n en el empleo Medidas que han de adoptarse 178. Medidas que han de adoptar los gobiernos, los empleadores, los empleados, los sindicatos y las organizaciones de mujeres: a) Aplicar y hacer cumplir leyes y reglamentos y promover co'digos de conducta que aseguren la aplicacio'n en pie de igualdad de las Normas Internacionales del Trabajo, como el Convenio No. 100 relativo a la Igualdad de Remuneracio'n entre la Mano de Obra Masculina y la Mano de Obra Femenina por un Trabajo de Igual Valor; b) Promulgar y hacer cumplir las leyes e introducir medidas de aplicacio'n, incluso mecanismos de recurso y el acceso a la justicia en caso de incumplimiento, a fin de prohibir la discriminacio'n directa e indirecta por motivos de sexo, estado civil o situacio'n familiar en relacio'n con el acceso al empleo y las condiciones de empleo, con inclusio'n de la capacitacio'n, los ascensos, la salud y la seguridad, y en relacio'n con el despido y la seguridad social de los trabajadores, incluso la proteccio'n legal contra el hostigamiento sexual y racial; c) Promulgar y hacer cumplir leyes y elaborar poli'ticas aplicables en el lugar de trabajo contra la discriminacio'n por motivo de ge'nero en el mercado de trabajo, con especial consideracio'n a las trabajadoras de ma's edad, en la contratacio'n y los ascensos y en la concesio'n de las prestaciones de empleo y la seguridad social, asi' como en lo relativo a las condiciones de trabajo discriminatorias y el hostigamiento sexual; se deben establecer mecanismos para revisar y vigilar perio'dicamente esas leyes; d) Eliminar las pra'cticas discriminatorias utilizadas por los empleadores basadas en las funciones reproductivas de la mujer, incluida la denegacio'n de empleo y el despido de mujeres debido al embarazo o la lactancia; e) Elaborar y promover programas y servicios de empleo para las mujeres que ingresan por primera vez o se reincorporan al mercado de trabajo, especialmente las mujeres pobres de las zonas urbanas y rurales, las mujeres jo'venes y las mujeres que se hayan visto afectadas por programas de ajuste estructural; f) Aplicar y supervisar programas de empleo equitativo y de accio'n positiva en los sectores pu'blico y privado para superar la discriminacio'n siste'mica contra las mujeres en el mercado de trabajo, en particular contra las mujeres con discapacidad y las mujeres de otros grupos desfavorecidos, en las esferas de la contratacio'n, la retencio'n y los ascensos, y la formacio'n profesional de las mujeres en todos los sectores; g) Eliminar la segregacio'n en las ocupaciones, especialmente promoviendo una participacio'n igual de la mujer en trabajos de alta especializacio'n y en los puestos de direccio'n y mediante otras medidas, tales como el asesoramiento y la colocacio'n, que promuevan las perspectivas de carrera y la movilidad ascendente en el mercado de trabajo, y estimulando la diversificacio'n de las posibilidades ocupacionales de las mujeres y los hombres; alentar a las mujeres a realizar trabajos no tradicionales, especialmente en la esfera de la ciencia y la tecnologi'a, y alentar a los hombres a buscar empleo en el sector social; h) Reconocer que la negociacio'n colectiva constituye un derecho y es un mecanismo importante para eliminar las desigualdades en la remuneracio'n de las mujeres y mejorar las condiciones de trabajo; i) Promover la eleccio'n de mujeres como dirigentes sindicales y asegurar que se garantice a las dirigentes sindicales la proteccio'n en el empleo y la seguridad fi'sica en el desempen~o sus funciones; j) Asegurar el acceso a los programas especiales que se elaboren para permitir a las mujeres con discapacidad obtener y mantener un puesto de trabajo y asegurar su acceso a la ensen~anza y a la formacio'n a todos los niveles adecuados, de conformidad con las Normas Uniformes sobre la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad 30/; modificar las condiciones de trabajo, en la medida de lo posible, a fin de adecuarlas a las necesidades de las mujeres con discapacidad, a las que se debe ofrecer proteccio'n legal contra la pe'rdida infundada del puesto de trabajo debido a su discapacidad; k) Incrementar los esfuerzos por eliminar las diferencias entre la remuneracio'n de las mujeres y de los hombres, adoptar medidas para aplicar el principio de la remuneracio'n igual por el mismo trabajo o por un trabajo de igual valor mediante el mejoramiento de la legislacio'n, incluido el cumplimiento de la legislacio'n y las normas laborales internacionales, y promover los planes de evaluacio'n de las funciones con criterios imparciales en cuanto al ge'nero; l) Establecer o fortalecer los mecanismos de decisio'n judicial en materias relacionadas con la discriminacio'n en la remuneracio'n; m) Fijar plazos para eliminar todas las formas de trabajo infantil que sean contrarias a las normas internacionalmente aceptadas y asegurar el pleno cumplimiento de las leyes vigentes al respecto y, cuando proceda, promulgar la legislacio'n necesaria para aplicar la Convencio'n sobre los Derechos del Nin~o y las normas de la Organizacio'n Internacional del Trabajo a fin de proteger a los nin~os que trabajan, sobre todo los nin~os de la calle, mediante la provisio'n de servicios adecuados de salud y educacio'n y otros servicios sociales; n) Asegurar que en las estrategias para eliminar el trabajo infantil se aborden tambie'n, cuando proceda, las demandas excesivas que se hacen a algunas nin~as en lo relativo a las labores no remuneradas en su propio hogar y en otros hogares; o) Revisar, analizar y, segu'n proceda, reformular las escalas de sueldos y salarios en las profesiones en que predominan las mujeres, como la ensen~anza, la enfermeri'a y la atencio'n de los nin~os, con miras a mejorar su categori'a y aumentar la remuneracio'n conexa; p) Facilitar el empleo productivo de las trabajadoras migrantes documentadas (incluidas las mujeres reconocidas como refugiadas con arreglo a la Convencio'n sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951), mediante un mayor reconocimiento de la educacio'n y de los ti'tulos, diplomas y credenciales extranjeros y la adopcio'n de un criterio integral en lo que respecta a la formacio'n necesaria para incorporarse al mercado de trabajo, formacio'n que debe incluir la ensen~anza del idioma del pai's. Objetivo estrate'gico F.6. Fomentar la armonizacio'n de las responsabilidades de la mujeres y los hombres en lo que respecta al trabajo y la familia Medidas que han de adoptarse 179. Medidas que han de adoptar los gobiernos: a) Adoptar poli'ticas para asegurar la proteccio'n apropiada de las leyes laborales y los beneficios de la seguridad social a los empleos en jornada parcial y los empleos temporales, a los trabajadores estacionales y a los que trabajan en el hogar, para promover las perspectivas de carrera sobre la base de condiciones de trabajo que concilien las responsabilidades laborales con las familiares; b) Asegurar que las mujeres y los hombres puedan decidir libremente y en un pie de igualdad si trabajan en jornada completa o jornada parcial, y examinar la posibilidad de proporcionar una proteccio'n adecuada a los trabajadores ati'picos en lo relativo al acceso al empleo, las condiciones de trabajo y la seguridad social; c) Asegurar, mediante leyes, incentivos o esti'mulos que se den oportunidades adecuadas a las mujeres y los hombres para obtener licencias y prestaciones de maternidad o paternidad; promover que la distribucio'n de las responsabilidades del hombre y la mujer respecto de la familia en pie de igualdad, incluso mediante leyes, incentivos o esti'mulos apropiados, y promover adema's que se facilite la lactancia a las madres trabajadoras; d) Elaborar poli'ticas, entre otras cosas, en la esfera de la ensen~anza, para modificar las aptitudes que refuerzan la divisio'n del trabajo sobre la base del ge'nero, con objeto de promover el concepto de las responsabilidades familiares compartidas en lo que respecta al trabajo dome'stico, en particular en lo relativo a la atencio'n de los nin~os y los ancianos; e) Mejorar el desarrollo de tecnologi'as que faciliten el trabajo profesional, asi' como el trabajo dome'stico, y promover el acceso a esas tecnologi'as, estimular la autosuficiencia y las actividades generadoras de ingresos, transformar dentro del proceso productivo los papeles establecidos en funcio'n del ge'nero y dar a las mujeres la posibilidad de cambiar los trabajos mal remunerados por otros mejores; f) Examinar una serie de poli'ticas y programas, incluso las leyes sobre seguridad social y los regi'menes fiscales, de conformidad con las prioridades y las poli'ticas nacionales, para determinar co'mo promover la igualdad de ge'nero y la flexibilidad en el modo en que las personas dividen su tiempo entre la educacio'n y la formacio'n, el empleo remunerado, las responsabilidades familiares, las actividades voluntarias y otras formas de trabajo, descanso y esparcimiento socialmente u'tiles, y en el modo en que obtienen beneficios de esas actividades. 180. Medidas que han de adoptar, segu'n proceda, los gobiernos, el sector privado y las organizaciones no gubernamentales, los sindicatos y las Naciones Unidas: a) Adoptar, con la participacio'n de los o'rganos gubernamentales y las asociaciones de empleadores y empleados pertinentes, medidas adecuadas para que las mujeres y los hombres puedan obtener licencias temporales, tener la posibilidad de transferir sus prestaciones laborales y su jubilacio'n y hacer arreglos para modificar el horario de trabajo sin sacrificar sus perspectivas de perfeccionamiento profesional y de carrera; b) Elaborar y suministrar programas educacionales mediante campan~as innovadoras en los medios de informacio'n y programas de ensen~anza a nivel escolar y comunitario a fin de promover la igualdad de ge'nero y la exclusio'n de los estereotipos basados en el ge'nero de los papeles que desempen~an las mujeres y los hombres dentro de la familia; proporcionar servicios e instalaciones de apoyo, como guarderi'as en el lugar de trabajo y horarios de trabajo flexibles; c) Promulgar y aplicar leyes para luchar contra el acoso sexual y otras formas de hostigamiento en todos los lugares de trabajo. G. La mujer en el ejercicio del poder y la adopcio'n de decisiones 181. La Declaracio'n Universal de Derechos Humanos establece que toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su pai's. La habilitacio'n y autonomi'a de la mujer y el mejoramiento de su condicio'n social, econo'mica y poli'tica son fundamentales para el logro de un gobierno y una administracio'n transparentes y responsables y del desarrollo sostenible en todas las esferas de la vida. Las relaciones de poder que impiden que las mujeres puedan vivir plenamente funcionan a muchos niveles de la sociedad, desde el ma's personal al ma's pu'blico. La consecucio'n del objetivo de igualdad de participacio'n de la mujer y el hombre en la adopcio'n de decisiones proporcionara' un equilibrio que reflejara' de una manera ma's exacta la composicio'n de la sociedad y se necesita para reforzar la democracia y promover su correcto funcionamiento. La igualdad en la adopcio'n de decisiones poli'ticas ejerce un poder de intercesio'n sin el cual es muy poco probable que resulte viable la integracio'n real de la igualdad en la formulacio'n de poli'ticas gubernamentales. A ese respecto, la participacio'n equitativa de la mujer en la vida poli'tica desempen~a un papel crucial en el proceso general de adelanto de la mujer. La participacio'n igualitaria de la mujer en la adopcio'n de decisiones no so'lo es una exigencia ba'sica de justicia o democracia sino que puede considerarse una condicio'n necesaria para que se tengan en cuenta los intereses de la mujer. Sin la participacio'n activa de la mujer y la incorporacio'n del punto de vista de la mujer a todos los niveles del proceso de adopcio'n de decisiones no se podra'n conseguir los objetivos de igualdad, desarrollo y paz. 182. A pesar de que en la mayori'a de los pai'ses existe un movimiento generalizado de democratizacio'n, la mujer suele estar insuficientemente representada en casi todos los niveles de gobierno, sobre todo a nivel de los ministerios y otros o'rganos ejecutivos, y ha avanzado poco en el logro de poder poli'tico en los o'rganos legislativos o en lo que respecta al cumplimiento del objetivo aprobado por el Consejo Econo'mico y Social de que para 1995 haya un 30% de mujeres en puestos directivos. A nivel mundial, so'lo un 10% de los escan~os de los o'rganos legislativos y un porcentaje inferior de los cargos ministeriales esta'n ocupados por mujeres. De hecho, en algunos pai'ses, incluso en los que esta'n experimentando cambios poli'ticos, econo'micos y sociales fundamentales, ha disminuido significativamente el nu'mero de mujeres representadas en los o'rganos legislativos. Aunque las mujeres constituyen por lo menos la mitad del electorado de casi todos los pai'ses y han adquirido el derecho a votar y a desempen~ar cargos pu'blicos en casi todos los Estados Miembros de las Naciones Unidas, la proporcio'n de candidatas a cargos pu'blicos es realmente muy baja. Las modalidades tradicionales de muchos partidos poli'ticos y estructuras gubernamentales siguen siendo un obsta'culo para la participacio'n de la mujer en la vida pu'blica. Las actitudes y pra'cticas discriminatorias, las responsabilidades con respecto a la familia y la crianza de los hijos y el elevado costo que supone aspirar a cargos pu'blicos y mantenerse en ellos son factores que pueden disuadir a las mujeres de ocupar puestos poli'ticos. Las mujeres que ocupan puestos poli'ticos y de adopcio'n de decisiones en los gobiernos y los o'rganos legislativos contribuyen a redefinir las prioridades poli'ticas al incluir en los programas de los gobiernos nuevos temas que atienden y responden a las preocupaciones en materia de ge'nero, los valores y las experiencias de las mujeres y ofrecen nuevos puntos de vista sobre cuestiones poli'ticas generales. 183. La mujer ha demostrado una considerable capacidad de liderazgo en organizaciones comunitarias y no oficiales, asi' como en cargos pu'blicos. Sin embargo, los estereotipos sociales negativos en cuanto a las funciones de la mujer y el hombre, incluidos los estereotipos fomentados por los medios de difusio'n, refuerzan la tendencia a que las decisiones poli'ticas sigan siendo predominantemente una funcio'n de los hombres. Asimismo, la escasa representacio'n de la mujer en puestos directivos en el campo de las artes, la cultura, los deportes, los medios de comunicacio'n, la educacio'n, la religio'n y el derecho, ha impedido que la mujer pueda ejercer suficiente influencia en muchas instituciones clave. 184. Debido a su acceso limitado a las vi'as tradicionales de poder, como son los o'rganos de decisio'n de los partidos poli'ticos, las organizaciones patronales y los sindicatos, la mujer ha conseguido acceder al poder a trave's de estructuras alternativas, particularmente en el sector de las organizaciones no gubernamentales. A trave's de las organizaciones no gubernamentales y las organizaciones de base popular, las mujeres han podido dar expresio'n a sus intereses y preocupaciones e incluir las cuestiones relativas a la mujer en los programas nacionales, regionales e internacionales. 185. La desigualdad en el terreno pu'blico tiene muchas veces su rai'z en las actitudes y pra'cticas discriminatorias y en el desequilibrio en las relaciones de poder entre la mujer y el hombre que existen en el seno de la familia, como se define en el pa'rrafo 29 supra. La desigual divisio'n del trabajo y de las responsabilidades en los hogares, que tiene su origen en unas relaciones de poder tambie'n desiguales, limita las posibilidades que tiene la mujer de encontrar tiempo para adquirir los conocimientos necesarios para participar en la adopcio'n de decisiones en foros pu'blicos ma's amplios, y, por lo tanto, sus posibilidades de adquirirlos. Al repartirse ma's equitativamente esas responsabilidades entre la mujer y el hombre, no so'lo se proporciona una mejor calidad de vida a las mujeres y a sus hijas, sino que tambie'n se les dan ma's oportunidades de configurar y elaborar poli'ticas, pra'cticas y gastos pu'blicos, de forma que sus intereses puedan ser reconocidos y tenidos en cuenta. Las redes y modalidades no oficiales de adopcio'n de decisiones a nivel de las comunidades locales, que reflejan un espi'ritu predominantemente masculino, restringen la capacidad de la mujer de participar en pie de igualdad en la vida poli'tica, econo'mica y social. 186. El hecho de que haya una proporcio'n tan baja de mujeres entre los encargados de adoptar decisiones econo'micas y poli'ticas a los niveles local, nacional, regional e internacional obedece a la existencia de barreras tanto estructurales como ideolo'gicas que deben superarse mediante la adopcio'n de medidas positivas. Los gobiernos, las empresas transnacionales y nacionales, los medios de comunicacio'n de masas, los bancos, las instituciones acade'micas y cienti'ficas y las organizaciones regionales e internacionales, incluidas las del sistema de las Naciones Unidas, no aprovechan plenamente las aptitudes que tiene la mujer para la administracio'n de alto nivel, la formulacio'n de poli'ticas, la diplomacia y la negociacio'n. 187. La distribucio'n equitativa del poder y de la adopcio'n de decisiones en todos los niveles depende de que los gobiernos y otros agentes realicen ana'lisis estadi'sticos de ge'nero e incorporen una perspectiva de ge'nero al proceso de formulacio'n de poli'ticas y de ejecucio'n de programas. La igualdad en la adopcio'n de decisiones es esencial para potenciar el papel de la mujer. En algunos pai'ses, la adopcio'n de medidas positivas ha llevado a una representacio'n de un 33,3% o ma's en los gobiernos locales y nacionales. 188. Las instituciones de estadi'stica nacionales, regionales e internacionales no tienen todavi'a la capacidad necesaria para presentar las cuestiones relacionadas con la igualdad de trato de mujeres y hombres en las esferas econo'mica y social. No se utilizan todavi'a suficientemente las bases de datos y las metodologi'as existentes en la importante esfera de la adopcio'n de decisiones. 189. Al abordar la cuestio'n de la desigualdad entre la mujer y el hombre en el ejercicio del poder y en la adopcio'n de decisiones a todos los niveles, los gobiernos y otros agentes deberi'an promover una poli'tica activa y visible de incorporacio'n de una perspectiva de ge'nero en todas las poli'ticas y programas, de modo que antes de que se adopten las decisiones se analicen sus efectos para la mujer y el hombre, respectivamente. Objetivo estrate'gico G.1. Adoptar medidas para garantizar a la mujer igualdad de acceso y la plena participacio'n en las estructuras de poder y en la adopcio'n de decisiones Medidas que han de adoptarse 190. Medidas que han de adoptar los gobiernos: a) Comprometerse a establecer el objetivo del equilibrio entre mujeres y hombres en los o'rganos y comite's gubernamentales, asi' como en las entidades de la administracio'n pu'blica y en la judicatura, incluidas, entre otras cosas, la fijacio'n de objetivos concretos y medidas de aplicacio'n a fin de aumentar sustancialmente el nu'mero de mujeres con miras a lograr una representacio'n paritaria de las mujeres y los hombres, de ser necesario mediante la adopcio'n de medidas positivas en favor de la mujer, en todos los puestos gubernamentales y de la administracio'n pu'blica; b) Adoptar medidas, incluso, cuando proceda, en los sistemas electorales, que alienten a los partidos poli'ticos a integrar a las mujeres en los cargos pu'blicos electivos y no electivos en la misma proporcio'n y en las mismas categori'as que los hombres; c) Proteger y promover la igualdad de derechos de las mujeres y los hombres en materia de participacio'n en actividades poli'ticas y libertad de asociacio'n, incluida su afiliacio'n a partidos poli'ticos y sindicatos; d) Examinar el efecto diferencial de los sistemas electorales en la representacio'n poli'tica de las mujeres en los o'rganos electivos y examinar, cuando proceda, la posibilidad de ajustar o reformar esos sistemas; e) Vigilar y evaluar los progresos logrados en la representacio'n de las mujeres mediante la reunio'n, el ana'lisis y la difusio'n regular de datos cuantitativos y cualitativos sobre las mujeres y los hombres en todos los niveles de los diversos puestos de adopcio'n de decisiones en los sectores pu'blico y privado, y difundir anualmente datos sobre el nu'mero de mujeres y hombres empleados en diversos niveles en los gobiernos; garantizar que las mujeres y los hombres tengan igual acceso a toda la gama de nombramientos pu'blicos y establecer, dentro de estructuras gubernamentales, mecanismos que permitan vigilar los progresos realizados en esa esfera; f) Apoyar a las organizaciones no gubernamentales y los institutos de investigacio'n que realicen estudios sobre la participacio'n y la influencia de las mujeres en la adopcio'n de decisiones y en el a'mbito de adopcio'n de decisiones; g) Alentar una mayor participacio'n de la mujer indi'gena en la adopcio'n de decisiones a todos los niveles; h) Promover y garantizar, segu'n proceda, que las organizaciones que reciban financiacio'n pu'blica adopten poli'ticas y pra'cticas no discriminatorias a fin de aumentar el nu'mero y elevar la categori'a de las mujeres en sus organizaciones; i) Reconocer que las responsabilidades compartidas entre las mujeres y los hombres en el a'mbito laboral y en la familia fomentan una mayor participacio'n de la mujer en la vida pu'blica, y adoptar medidas apropiadas para lograr ese objetivo, incluidas medidas encaminadas a hacer compatibles la vida familiar y la profesional; j) Procurar lograr el equilibrio entre ambos sexos en las listas de candidatos nacionales designados para su eleccio'n o nombramiento para los o'rganos de las Naciones Unidas, los organismos especializados y otras organizaciones auto'nomas del sistema de las Naciones Unidas, en particular para puestos de categori'a superior. 191. Medidas que han de adoptar los partidos poli'ticos: a) Considerar la posibilidad de examinar la estructura y los procedimientos de los partidos a fin de eliminar todas las barreras que discriminen directa o indirectamente contra la participacio'n de la mujer; b) Considerar la posibilidad de establecer iniciativas que permitan a las mujeres participar plenamente en todas las estructuras internas de adopcio'n de decisiones y en los procesos de nombramiento por designacio'n o eleccio'n; c) Considerar la posibilidad de incorporar las cuestiones de ge'nero a su programa poli'tico tomando medidas para lograr que las mujeres puedan participar en la direccio'n de los partidos poli'ticos en pie de igualdad con los hombres. 192. Medidas que han de adoptar los gobiernos, los o'rganos nacionales, el sector privado, los partidos poli'ticos, los sindicatos, las organizaciones de empleadores, las instituciones de investigacio'n y acade'micas, los o'rganos subregionales y regionales y las organizaciones no gubernamentales e internacionales: a) Adoptar medidas positivas para conseguir que exista un nu'mero decisivo de mujeres dirigentes, ejecutivas y administradoras en puestos estrate'gicos de adopcio'n de decisiones; b) Crear o fortalecer, segu'n proceda, mecanismos para vigilar el acceso de la mujer a los niveles superiores de adopcio'n de decisiones; c) Revisar los criterios de contratacio'n y nombramiento para los o'rganos consultivos y de adopcio'n de decisiones y el ascenso a puestos superiores para garantizar que tales criterios son pertinentes y no discriminan contra la mujer; d) Alentar los esfuerzos de las organizaciones no gubernamentales, los sindicatos y el sector privado para conseguir la igualdad entre mujeres y hombres en sus distintas categori'as, incluida la participacio'n igual en sus o'rganos de adopcio'n de decisiones y en las negociaciones en todos los sectores y a todos los niveles; e) Desarrollar estrategias de comunicacio'n para fomentar el debate pu'blico sobre los nuevos papeles que las mujeres y los hombres en la sociedad y en la familia, segu'n se define e'sta en el pa'rrafo 29 supra; f) Reestructurar los programas de contratacio'n y desarrollo profesional para velar por que las mujeres, y especialmente las jo'venes, tengan igualdad de acceso a la capacitacio'n en asuntos de gestio'n, conocimientos empresariales, te'cnicos y de jefatura, comprendida la capacitacio'n en el empleo; g) Desarrollar programas de adelanto profesional para mujeres de todas las edades mediante la planificacio'n profesional, la preparacio'n para funciones determinadas, la orientacio'n profesional, el asesoramiento individual, la capacitacio'n y el readiestramiento; h) Alentar y apoyar la participacio'n de las organizaciones no gubernamentales de mujeres en las conferencias de las Naciones Unidas y en sus procesos preparatorios; i) Proponer como objetivo y apoyar el equilibrio entre las mujeres y los hombres en la composicio'n de las delegaciones ante las Naciones Unidas y ante otros foros internacionales. 193. Medidas que han de adoptar las Naciones Unidas: a) Aplicar las poli'ticas y medidas existentes y adoptar otras nuevas en materia de empleo y categori'as superiores a fin de lograr una igualdad general de mujeres y hombres, especialmente en el cuadro orga'nico y categori'as superiores, para el an~o 2000, teniendo debidamente en cuenta la importancia de contratar personal con arreglo a una distribucio'n geogra'fica lo ma's amplia posible, de conformidad con el pa'rrafo 3 del Arti'culo 101 de la Carta de las Naciones Unidas; b) Desarrollar mecanismos para presentar a mujeres como candidatas para el nombramiento a puestos superiores en las Naciones Unidas, los organismos especializados y otras organizaciones y o'rganos del sistema de las Naciones Unidas; c) Seguir reuniendo y difundiendo datos cuantitativos y cualitativos sobre la mujer y el hombre en la adopcio'n de decisiones y analizar las repercusiones diferenciales en la adopcio'n de decisiones y vigilar los progresos realizados hacia el logro del objetivo del Secretario General de que para el an~o 2000 este'n adjudicados a mujeres el 50% de los puestos administrativos y de adopcio'n de decisiones. 194. Medidas que han de adoptar las organizaciones de mujeres, las organizaciones no gubernamentales, los sindicatos, los interlocutores sociales, los productores, las organizaciones industriales y las organizaciones profesionales: a) Fomentar y reforzar la solidaridad entre las mujeres mediante la informacio'n, la educacio'n y las actividades de sensibilizacio'n; b) Defender a la mujer en todos los niveles para que pueda influir en las decisiones, procesos y sistemas poli'ticos, econo'micos y sociales y esforzarse por conseguir que los representantes elegidos actu'en responsablemente en lo que respecta a su compromiso respecto de la problema'tica del ge'nero; c) Establecer, conforme a las leyes sobre la proteccio'n de los datos, bases de datos sobre la mujer y sus calificaciones para utilizarlos en el nombramiento de mujeres a puestos superiores de adopcio'n de decisiones y de asesoramiento y para difundirlos entre los gobiernos, las organizaciones regionales e internacionales y la empresa privada, los partidos poli'ticos y otros o'rganos pertinentes. Objetivo estrate'gico G.2. Aumentar la capacidad de la mujer de participar en la adopcio'n de decisiones y en los niveles directivos Medidas que han de adoptarse 195. Medidas que han de adoptar los gobiernos, los o'rganos nacionales, el sector privado, los partidos poli'ticos, los sindicatos, las organizaciones de empleadores, los o'rganos subregionales y regionales, las organizaciones no gubernamentales e internacionales y las instituciones de ensen~anza: a) Proporcionar capacitacio'n para ocupar puestos directivos y fomentar la autoestima con el fin de prestar asistencia a las mujeres y a las nin~as, especialmente a las que tienen necesidades especiales, a las mujeres con discapacidades y a las mujeres que pertenecen a minori'as raciales y e'tnicas, para que refuercen su autoestima y para alentarlas a ocupar puestos de adopcio'n de decisiones; b) Aplicar criterios transparentes para los puestos de adopcio'n de decisiones y garantizar que los o'rganos selectivos tengan una composicio'n equilibrada entre mujeres y hombres; c) Crear un sistema de asesoramiento para las mujeres que carecen de experiencia y, en particular, ofrecer capacitacio'n, incluida la capacitacio'n para puestos directivos y para la adopcio'n de decisiones, para tomar la palabra en pu'blico y para la autoafirmacio'n, asi' como en lo que respecta a hacer campan~as poli'ticas; d) Proporcionar a mujeres y hombres una capacitacio'n que tenga en cuenta el ge'nero con el fin de fomentar relaciones de trabajo no discriminatorias y el respeto por la diversidad en el trabajo y en los estilos de administracio'n; e) Desarrollar mecanismos y proporcionar capacitacio'n para alentar a la mujer a participar en los procesos electorales, las actividades poli'ticas y otros sectores relacionados con las actividades de direccio'n. H. Mecanismos institucionales para el adelanto de la mujer 196. Se han creado en casi todos los Estados Miembros mecanismos nacionales para el adelanto de la mujer orientados, entre otras cosas, a disen~ar, fomentar, aplicar, ejecutar, vigilar, evaluar, estimular y movilizar el apoyo de poli'ticas que promuevan el adelanto de la mujer. Los mecanismos nacionales adoptan formas diversas y tienen una eficacia desigual, y en algunos casos se han reducido. Marginados a menudo en las estructuras nacionales de gobierno, estos mecanismos se ven, con frecuencia, perjudicados debido a mandatos poco claros, falta de personal, capacitacio'n, datos adecuados y recursos suficientes y un apoyo insuficiente de los dirigentes poli'ticos nacionales. 197. En los planos regional e internacional, los mecanismos y las instituciones destinados a promover el adelanto de la mujer como parte integrante del desarrollo poli'tico, econo'mico, social y cultural general y de las iniciativas en materia de desarrollo y de derechos humanos tropiezan con problemas similares derivados de la falta de compromiso en los niveles superiores. 198. En sucesivas conferencias internacionales se ha subrayado la necesidad de tener en cuenta los factores relacionados con el ge'nero en la planificacio'n de las poli'ticas y los programas. Sin embargo, en muchos casos esto no se ha realizado. 199. Se han fortalecido los o'rganos regionales dedicados al adelanto de la mujer, conjuntamente con los mecanismos internacionales, tales como la Comisio'n de la Condicio'n Juri'dica y Social de la Mujer y el Comite' para la Eliminacio'n de la Discriminacio'n contra la Mujer. Sin embargo, los limitados recursos disponibles siguen obstaculizando la plena aplicacio'n de sus mandatos. 200. En muchas organizaciones se han elaborado metodologi'as orientadas a realizar un ana'lisis de las poli'ticas y programas desde el punto de vista del ge'nero y a tener en cuenta las distintas repercusiones de las poli'ticas en uno y otro sexo; estas metodologi'as esta'n disponibles, pero, a menudo, no se aplican o no se utilizan en forma coherente. 201. Los mecanismos nacionales para el adelanto de la mujer son los organismos centrales de coordinacio'n de poli'ticas de los gobiernos. Su tarea principal es prestar apoyo en la incorporacio'n de la perspectiva de la igualdad de ge'neros en todas las esferas de poli'tica y en todos los niveles de gobierno. Para lograr un funcionamiento eficaz de los mecanismos nacionales es preciso que: a) Se los considere en las instancias ma's altas de gobierno que sea posible, y que este'n bajo la responsabilidad de un ministro del gabinete; b) Existan mecanismos o procesos institucionales que agilicen, segu'n proceda, la planificacio'n descentralizada, la aplicacio'n y la vigilancia con miras a lograr la participacio'n de las organizaciones no gubernamentales y organizaciones comunitarias, empezando por las de base; c) Se disponga de suficientes recursos presupuestarios y capacidad profesional; d) Haya oportunidades para ejercer influencia en la formulacio'n de todas las poli'ticas gubernamentales. 202. Al abordar la cuestio'n de los mecanismos para la promocio'n del adelanto de la mujer, los gobiernos y otros agentes deben fomentar la formulacio'n de poli'ticas activas y visibles para la incorporacio'n de una perspectiva de ge'nero en todas las poli'ticas y programas de modo que, antes de que se adopten las decisiones, se realice un ana'lisis de sus posibles efectos para uno y otro sexo. Objetivo estrate'gico H.1. Crear o fortalecer mecanismos nacionales y otros o'rganos gubernamentales Medidas que han de adoptarse 203. Medidas que han de adoptar los gobiernos: a) Velar por que la responsabilidad de las cuestiones relacionadas con el adelanto de la mujer recaiga en las esferas ma's altas de gobierno que sea posible; en muchos casos esta tarea podri'a estar a cargo de un ministro del gabinete; b) Crear, sobre la base de un so'lido compromiso poli'tico, un mecanismo nacional, cuando no exista, y fortalecer, segu'n proceda, los mecanismos nacionales existentes para el adelanto de la mujer en las instancias ma's altas de gobierno que sea posible; el mecanismo deberi'a tener mandatos y atribuciones claramente definidos; la disponibilidad de recursos suficientes y la capacidad y competencia para influir en cuestiones de poli'ticas y formular y examinar la legislacio'n seri'an elementos decisivos; entre otras cosas, deberi'a realizar un ana'lisis de poli'ticas y llevar a cabo funciones de fomento, comunicacio'n, coordinacio'n y vigilancia de la aplicacio'n; c) Proporcionar capacitacio'n en el disen~o y el ana'lisis de datos segu'n una perspectiva de ge'nero; d) Establecer procedimientos que permitan al mecanismo recopilar informacio'n sobre cuestiones de poli'tica, en todas las esferas del gobierno, en una fase temprana y utilizarla en el proceso de formulacio'n y examen de poli'ticas dentro del gobierno; e) Informar perio'dicamente a los o'rganos legislativos acerca del progreso alcanzado, segu'n proceda, en la aplicacio'n de las medidas encaminadas a incorporar la problema'tica del ge'nero, teniendo en cuenta la aplicacio'n de la Plataforma de Accio'n; f) Alentar y promover la participacio'n activa de la amplia y diversa gama de agentes institucionales en los sectores pu'blico, privado y voluntario, a fin de trabajar por la igualdad entre la mujer y el hombre. Objetivo estrate'gico H.2. Integrar perspectivas de ge'nero en las legislaciones, poli'ticas, programas y proyectos estatales Medidas que han de adoptarse 204. Medidas que han de adoptar los gobiernos: a) Velar por que, antes de adoptar decisiones en materia de poli'ticas, se realice un ana'lisis de sus repercusiones en las mujeres y los hombres; b) Revisar perio'dicamente las poli'ticas, los programas y los proyectos nacionales, asi' como su ejecucio'n, evaluando la repercusio'n de las poli'ticas de empleo e ingresos a fin de garantizar que las mujeres sean las beneficiarias directas del desarrollo y que toda su contribucio'n al desarrollo, tanto remunerada como no remunerada, se tenga en cuenta en la poli'tica y la planificacio'n econo'micas; c) Promover estrategias y objetivos nacionales relacionados con la igualdad entre mujeres y hombres a fin de eliminar los obsta'culos al ejercicio de los derechos de la mujer y erradicar todas las formas de discriminacio'n contra la mujer; d) Trabajar con los miembros de los o'rganos legislativos, segu'n proceda, a fin de promover la introduccio'n en todas las legislaciones y poli'ticas de una perspectiva de ge'nero; e) Encomendar a todos los ministerios el mandato de estudiar la poli'tica y los programas desde el punto de vista del ge'nero y teniendo en cuenta la Plataforma de Accio'n; confiar la responsabilidad del cumplimiento de ese mandato al nivel ma's alto posible; establecer o reforzar una estructura de coordinacio'n interministerial para cumplir ese mandato y vigilar los progresos hechos y mantener el enlace con los mecanismos pertinentes. 205. Medidas que han de adoptar los mecanismos nacionales: a) Facilitar la formulacio'n y aplicacio'n de poli'ticas gubernamentales sobre la igualdad entre mujeres y hombres, elaborar estrategias y metodologi'as adecuadas, y promover la coordinacio'n y la cooperacio'n dentro del gobierno central a fin de conseguir que una perspectiva de ge'nero se incorpore normalmente en todos los procesos de formulacio'n de poli'ticas; b) Promover y establecer relaciones de cooperacio'n con las dependencias pertinentes del gobierno, los centros de estudio e investigacio'n sobre la mujer, las instituciones acade'micas y educacionales, el sector privado, los medios de difusio'n, las organizaciones no gubernamentales, especialmente las organizaciones de mujeres, y todos los dema's agentes de la sociedad civil; c) Emprender actividades centradas en la reforma juri'dica con relacio'n a, entre otras cosas, la familia, las condiciones de empleo, la seguridad social, el impuesto sobre la renta, la igualdad de oportunidades en la educacio'n, las medidas positivas para promover el adelanto de la mujer, y la percepcio'n de actitudes y de una cultura favorables a la igualdad, y tambie'n promover una perspectiva de ge'nero en las reformas juri'dicas de las poli'ticas y los programas; d) Promover una mayor participacio'n de la mujer como agente activa y beneficiaria en el proceso de desarrollo; lo cual tendri'a como resultado mejorar la calidad de la vida para todos; e) Establecer vi'nculos directos con o'rganos nacionales, regionales e internacionales relacionados con el adelanto de la mujer; f) Dar capacitacio'n y asesoramiento a los organismos gubernamentales a fin de que tengan en cuenta en sus poli'ticas y programas una perspectiva de ge'nero. Objetivo estrate'gico H.3. Preparar y difundir datos e informacio'n destinados a la planificacio'n y la evaluacio'n desglosados por sexo Medidas que han de adoptarse 206. Medidas que han de adoptar los servicios nacionales, regionales e internacionales de estadi'stica, asi' como los o'rganos gubernamentales y los organismos de las Naciones Unidas pertinentes, en cooperacio'n con las organizaciones de investigacio'n y documentacio'n, en sus respectivas esferas de actuacio'n: a) Tratar de velar por que se recojan, compilen, analicen y presenten por sexo y edad estadi'sticas sobre la persona que reflejen los problemas y cuestiones relativos al hombre y la mujer en la sociedad; b) Recoger, compilar, analizar y presentar perio'dicamente datos desglosados por edad, sexo, indicadores socioecono'micos y otros pertinentes, incluido el nu'mero de familiares a cargo, para utilizarlos en la planificacio'n y aplicacio'n de poli'ticas y programas; c) Asegurar la participacio'n de las organizaciones y centros de estudio e investigacio'n sobre la mujer en la elaboracio'n y ensayo de indicadores y me'todos de investigacio'n adecuados para mejorar los ana'lisis de ge'nero, asi' como en la vigilancia y evaluacio'n de las medidas para alcanzar las metas de la Plataforma de Accio'n; d) Designar o nombrar personal para fortalecer los programas de reunio'n de estadi'sticas con una orientacio'n de ge'nero y asegurar su coordinacio'n, supervisio'n y vinculacio'n a todos los dema's campos estadi'sticos, y preparar resultados en que se integren las estadi'sticas correspondientes a los diversos a'mbitos de que se trata; e) Mejorar la obtencio'n de datos sobre toda la contribucio'n de la mujer y del hombre a la economi'a, incluyendo su participacio'n en el sector no estructurado; f) Desarrollar un conocimiento ma's integral de todas las formas de trabajo y empleo mediante: i) La mejora de la reunio'n de datos sobre el trabajo no remunerado que ya este' incluido en el Sistema de Cuentas Nacionales de las Naciones Unidas, por ejemplo, en la agricultura, especialmente la agricultura de subsistencia, y otros tipos de actividades de produccio'n que no son de mercado; ii) La mejora de los me'todos de medicio'n en que actualmente se subestima el desempleo y el empleo insuficiente de la mujer en el mercado de la mano de obra; iii) La elaboracio'n de me'todos, en los foros apropiados, para evaluar cuantitativamente el valor del trabajo no remunerado que no se incluye en las cuentas nacionales, por ejemplo, el cuidado de los familiares a cargo y la preparacio'n de alimentos, para su posible inclusio'n en cuentas especiales u otras cuentas oficiales que se preparara'n por separado de las cuentas nacionales ba'sicas pero en consonancia con e'stas, con miras a reconocer la contribucio'n econo'mica de la mujer y a que se haga evidente la desigualdad en la distribucio'n del trabajo remunerado y el no remunerado entre mujeres y hombres; g) Desarrollar una clasificacio'n internacional de actividades para las estadi'sticas sobre el uso del tiempo en que se aprecien las diferencias entre mujeres y hombres en lo relativo al trabajo remunerado y no remunerado, y reunir datos desglosados por sexo. En el plano nacional y teniendo en cuenta las limitaciones nacionales: i) Hacer estudios perio'dicos sobre el uso del tiempo para medir cuantitativamente el trabajo no remunerado, registrando especialmente las actividades que se realizan simulta'neamente con actividades remuneradas u otras actividades no remuneradas; ii) Medir cuantitativamente el trabajo no remunerado que no se incluye en las cuentas nacionales y tratar de mejorar los me'todos para que se analice su valor y se indique con exactitud en cuentas sate'lites u otras cuentas oficiales que se preparara'n separadamente de las cuentas nacionales ba'sicas pero en consonancia con e'stas; h) Perfeccionar los conceptos y me'todos de obtencio'n de datos sobre la medicio'n de la pobreza entre hombres y mujeres, incluido el acceso a los recursos; i) Fortalecer los sistemas de estadi'sticas vitales e incorporar el ana'lisis de ge'nero en las publicaciones e investigaciones; dar prioridad a las caracteri'sticas propias de cada sexo en la estructuracio'n de la investigacio'n y en la obtencio'n y el ana'lisis de datos a fin de mejorar la informacio'n sobre la morbilidad; y mejorar la obtencio'n de datos sobre el acceso a los servicios de salud, incluido el acceso a los servicios completos de salud sexual y reproductiva, maternidad y planificacio'n de la familia, dando prioridad especial a las madres adolescentes y al cuidado de los ancianos; j) Desarrollar mejores datos desagregados por sexo y edad sobre las vi'ctimas y los autores de todas las formas de violencia contra la mujer, como la violencia dome'stica, el hostigamiento sexual, la violacio'n, el incesto y el abuso sexual, y la trata de mujeres y nin~as, asi' como sobre la violencia por parte de agentes del Estado; k) Perfeccionar los conceptos y me'todos de obtencio'n de datos sobre la participacio'n de las mujeres y de los hombres con discapacidades, incluido su acceso a los recursos. 207. Medidas que han de adoptar los gobiernos: a) Asegurar la preparacio'n perio'dica de una publicacio'n de estadi'sticas sobre ge'nero en que se presenten e interpreten datos pertinentes sobre mujeres y hombres en forma que resulte u'til para una amplia gama de usuarios no te'cnicos; b) Velar por que en cada pai's los productores y usuarios de las estadi'sticas revisen perio'dicamente la utilidad del sistema oficial de estadi'sticas y el grado en que mide las cuestiones de ge'nero, y elaborar un plan de las mejoras necesarias, cuando proceda; c) Desarrollar y estimular el desarrollo de estudios cuantitativos y cualitativos por parte de las organizaciones de investigacio'n, los sindicatos, los empleadores, el sector privado y las organizaciones no gubernamentales, sobre la distribucio'n del poder y la influencia en la sociedad, en que se indique el nu'mero de mujeres y de hombres en cargos superiores, tanto en el sector pu'blico como en el privado; d) Utilizar, en la formulacio'n de poli'ticas y en la ejecucio'n de programas y proyectos, datos que reflejen mejor las cuestiones de ge'nero. 208. Medidas que han de adoptar las Naciones Unidas: a) Promover el desarrollo de me'todos para hallar formas ma's adecuadas de obtener, comparar y analizar datos referentes a los derechos humanos de las mujeres, incluida la violencia contra la mujer, para su uso por todos los o'rganos pertinentes de las Naciones Unidas; b) Promover el desarrollo ulterior de me'todos estadi'sticos para mejorar los datos relacionados con la mujer en el desarrollo econo'mico, social, cultural y poli'tico; c) Preparar cada cinco an~os nuevas ediciones de La Mujer en el Mundo y distribuirlas ampliamente; d) Ayudar a los pai'ses que lo soliciten a desarrollar poli'ticas y programas de ge'nero; e) Asegurar que los informes, datos y publicaciones pertinentes de la Divisio'n de Estadi'stica de la Secretari'a de las Naciones Unidas y del Instituto Internacional de Investigaciones y Capacitacio'n para la Promocio'n de la Mujer sobre los progresos alcanzados a nivel nacional e internacional se transmitan a la Comisio'n de la Condicio'n Juri'dica y Social de la Mujer perio'dicamente y de forma coordinada. 209. Medidas que han de adoptar los donantes bilaterales y las instituciones multilaterales de desarrollo: Alentar y apoyar el desarrollo de una capacidad nacional en los pai'ses en desarrollo y en los pai'ses con economi'as en transicio'n mediante el suministro de recursos y asistencia te'cnica, de modo que los pai'ses puedan medir plenamente el trabajo realizado por las mujeres y los hombres, incluidos el trabajo remunerado y el no remunerado, y, cuando proceda, usar cuentas sate'lites u otras cuentas oficiales para el trabajo no remunerado. I. Los derechos humanos de la mujer 210. Los derechos humanos y las libertades fundamentales son patrimonio inalienable de todos los seres humanos; su promocio'n y proteccio'n es la responsabilidad primordial de los gobiernos. 211. La Conferencia Mundial de Derechos Humanos reafirma el solemne compromiso de todos los Estados de cumplir su obligacio'n de promover el respeto universal, asi' como la observancia y proteccio'n de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales de todos de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas, otros instrumentos relativos a los derechos humanos y el derecho internacional. El cara'cter universal de esos derechos y libertades no admite cuestionamiento. 212. La promocio'n y proteccio'n de todos los derechos humanos y libertades fundamentales debe considerarse un objetivo prioritario de las Naciones Unidas, de conformidad con sus propo'sitos y principios, en particular para los fines de la cooperacio'n internacional. En el marco de estos propo'sitos y principios, la promocio'n y proteccio'n de todos los derechos humanos es un intere's legi'timo de la comunidad internacional. E'sta debe tratar los derechos humanos en forma global, justa y equitativa, en pie de igualdad y con el mismo intere's. La Plataforma de Accio'n reafirma la importancia de que se garantice la universalidad, objetividad e imparcialidad en el examen de las cuestiones de derechos humanos. 213. La Plataforma de Accio'n reafirma que todos los derechos humanos, es decir, los derechos civiles, culturales, econo'micos, poli'ticos y sociales, incluido el derecho al desarrollo, son universales, indivisibles e interdependientes y esta'n relacionados entre si', segu'n se expresa en la Declaracio'n y Programa de Accio'n de Viena aprobados por la Conferencia Mundial de Derechos Humanos. Dicha Conferencia reafirmo' que los derechos humanos de la mujer y de la nin~a son parte inalienable, integrante e indivisible de los derechos humanos universales. El disfrute pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales por la mujer y la nin~a constituye una prioridad para los gobiernos y las Naciones Unidas y es esencial para el adelanto de la mujer. 214. La igualdad de derechos de la mujer y el hombre se menciona expli'citamente en el Prea'mbulo de la Carta de las Naciones Unidas. En todos los principales instrumentos internacionales de derechos humanos se incluye el sexo entre los motivos por los cuales se prohi'be a los Estados toda discriminacio'n. 215. Los gobiernos no so'lo deben abstenerse de violar los derechos humanos de todas las mujeres, sino tambie'n trabajar activamente para promover y proteger esos derechos. El reconocimiento de la importancia de los derechos humanos de la mujer se refleja en el hecho de que las tres cuartas partes de los Estados Miembros de las Naciones Unidas se han adherido a la Convencio'n sobre la eliminacio'n de todas las formas de discriminacio'n contra la mujer. 216. En la Conferencia Mundial de Derechos Humanos se reafirmo' con toda claridad que los derechos humanos de la mujer, en todo su ciclo vital, son inalienables y constituyen parte integrante e indivisible de los derechos humanos universales. En la Conferencia Internacional sobre la Poblacio'n y el Desarrollo se reafirmaron los derechos reproductivos de la mujer y el derecho al desarrollo. Tanto la Declaracio'n de los Derechos del Nin~o 31/ como la Convencio'n sobre los Derechos del Nin~o11 garantizan los derechos del nin~o y sostienen el principio de la no discriminacio'n por motivo de sexo. 217. La brecha entre la existencia de derechos y la posibilidad de disfrutarlos efectivamente se deriva del hecho de que los gobiernos no esta'n verdaderamente empen~ados en promover y proteger esos derechos y no informan por igual a las mujeres y a los hombres acerca de ellos. La falta de mecanismos apropiados de presentacio'n de recursos a nivel nacional e internacional, y la insuficiencia de medios a ambos niveles agravan el problema. En la mayor parte de los pai'ses se han adoptado medidas para incorporar en el derecho nacional los derechos garantizados por la Convencio'n sobre la eliminacio'n de todas las formas de discriminacio'n contra la mujer. Varios pai'ses han establecido mecanismos encaminados a fortalecer la capacidad de la mujer para ejercer sus derechos. 218. Para proteger los derechos humanos de la mujer es necesario que, dentro de lo posible, se evite recurrir a las reservas y que se procure que ninguna de ellas sea incompatible con el objeto y el propo'sito de la Convencio'n o incompatible de cualquier otra forma con el derecho internacional de los tratados. Los derechos humanos de la mujer, tal como han sido definidos por los instrumentos internacionales de derechos humanos, so'lo sera'n letra muerta si no se reconocen plenamente y se protegen, aplican, realizan y hacen cumplir efectivamente, tanto en el derecho como en la pra'ctica nacional, en los co'digos de familia, civiles, penales, laborales y comerciales y en las reglamentaciones administrativas. 219. En los pai'ses que todavi'a no son partes en la Convencio'n sobre la eliminacio'n de todas las formas de discriminacio'n contra la mujer y en otros instrumentos internacionales de derechos humanos, o en los que han formulado reservas que sean incompatibles con el objeto o el propo'sito de la Convencio'n, o en los que todavi'a no se han revisado las leyes nacionales para aplicar las normas internacionales, la igualdad de jure de la mujer sigue sin conseguirse. El pleno disfrute de la igualdad de derechos por la mujer se ve obstaculizado por las discrepancias existentes entre las leyes de algunos pai'ses y el derecho internacional y los instrumentos internacionales de derechos humanos. La existencia de procedimientos administrativos excesivamente complejos, la falta de sensibilizacio'n de los o'rganos judiciales respecto de los derechos humanos de la mujer y la falta de una vigilancia adecuada de las violaciones de los derechos humanos de todas las mujeres, junto con una representacio'n insuficiente de la mujer en los sistemas de justicia, la escasez de informacio'n sobre los derechos existentes y la persistencia de determinadas actitudes y pra'cticas perpetu'an la desigualdad de facto de la mujer. Tambie'n perpetu'a esa desigualdad de facto el incumplimiento de, entre otras cosas, las leyes o los co'digos de la familia, civiles, penales, laborales y comerciales, o de los reglamentos y normas administrativos que tienen por objeto asegurar el pleno disfrute por la mujer de los derechos humanos y las libertades fundamentales. 220. Toda persona debe tener derecho a participar en el desarrollo cultural, econo'mico, poli'tico y social, a contribuir a ese desarrollo y a disfrutar de e'l. En muchos casos, las mujeres y las nin~as sufren discriminacio'n en la asignacio'n de recursos econo'micos y sociales, lo que constituye una violacio'n directa de sus derechos econo'micos, sociales y culturales. 221. Los derechos humanos de todas las mujeres y de las nin~as deben constituir una parte integrante de las actividades de las Naciones Unidas relativas a los derechos humanos. Es menester intensificar los esfuerzos por integrar la igualdad de derechos y los derechos humanos de todas las mujeres y las nin~as en las actividades de las Naciones Unidas a nivel de todo el sistema y abordar esas cuestiones regular y sistema'ticamente por intermedio de los o'rganos y mecanismos competentes. Para ello, entre otras cosas, es necesario mejorar la cooperacio'n y la coordinacio'n entre la Comisio'n de la Condicio'n Juri'dica y Social de la Mujer, el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y la Comisio'n de Derechos Humanos, incluidos sus relatores especiales y expertos independientes, los grupos de trabajo y la Subcomisio'n de Prevencio'n de Discriminaciones y Proteccio'n a las Minori'as, la Comisio'n sobre el Desarrollo Sostenible, la Comisio'n de Desarrollo Social, la Comisio'n de Prevencio'n del Delito y Justicia Penal, y el Comite' para la Eliminacio'n de la Discriminacio'n contra la Mujer y otros o'rganos de derechos humanos creados en virtud de tratados, y todas las entidades competentes del sistema de las Naciones Unidas, incluidos los organismos especializados. Tambie'n es necesario establecer lazos de cooperacio'n para fortalecer, racionalizar y simplificar el sistema de derechos humanos de las Naciones Unidas y para promover su efectividad y eficacia, teniendo en cuenta la necesidad de evitar duplicaciones innecesarias y superposiciones de mandatos y tareas. 222. Para lograr la meta de la realizacio'n universal de los derechos humanos de todos, los instrumentos internacionales de derechos humanos deben aplicarse de forma de tener en cuenta con ma's claridad el cara'cter sistema'tico y siste'mico de la discriminacio'n contra la mujer, indicado patentemente por los ana'lisis de ge'nero. 223. Teniendo presentes el Programa de Accio'n de la Conferencia Internacional sobre la Poblacio'n y el Desarrollo14 y la Declaracio'n de Viena y el Programa de Accio'n2 aprobados en la Conferencia Mundial de Derechos Humanos, la Cuarta Conferencia Mundial de la Mujer reafirma que los derechos a la procreacio'n se basan en decidir libre y responsablemente el nu'mero de hijos, el espaciamiento de los nacimientos y el momento en que desean tener hijos y a disponer de la informacio'n y de los medios necesarios para ello, asi' como en el reconocimiento del derecho a alcanzar el nivel ma's elevado de salud sexual y reproductiva. Tambie'n incluyen su derecho a adoptar decisiones en lo que se refiere a la reproduccio'n sin sufrir discriminacio'n, coacciones ni violencia, de conformidad con lo establecido en los documentos de derechos humanos. 224. La violencia contra la mujer constituye una violacio'n de sus derechos humanos y libertades fundamentales y un obsta'culo o un impedimento para el disfrute de esos derechos. Teniendo en cuenta la Declaracio'n sobre la eliminacio'n de la violencia contra la mujer, y la labor de los Relatores Especiales, la violencia basada en el ge'nero, como los golpes y otras formas de violencia en el hogar, el maltrato sexual, la esclavitud y explotacio'n sexuales, y la trata internacional de mujeres y nin~os, la prostitucio'n impuesta y el hostigamiento sexual, asi' como la violencia contra la mujer derivada de los prejuicios culturales, el racismo y la discriminacio'n racial, la xenofobia, la pornografi'a, la depuracio'n e'tnica, el conflicto armado, la ocupacio'n extranjera, el extremismo religioso y antirreligioso y el terrorismo, son incompatibles con la dignidad y el valor de la persona humana y deben eliminarse. Es menester prohibir y eliminar todo aspecto nocivo de ciertas pra'cticas tradicionales, habituales o modernas que violan los derechos de la mujer. Los gobiernos deben adoptar medidas urgentes para combatir y eliminar todas las formas de violencia contra la mujer en la vida privada y pu'blica, ya sean perpetradas o toleradas por el Estado o por personas privadas. 225. Muchas mujeres enfrentan otras barreras para el disfrute de sus derechos humanos debido a factores tales como su raza, idioma, origen e'tnico, cultura, religio'n, incapacidades o clase socioecono'mica o debido a que son indi'genas, migrantes, incluidas las trabajadoras migrantes, desplazadas o refugiadas. Tambie'n pueden encontrarse en situacio'n desventajosa y marginadas por falta de conocimientos generales y por el no reconocimiento de sus derechos humanos, asi' como por los obsta'culos que encuentran para tener acceso a la informacio'n y a los mecanismos de recurso en caso de que se violen sus derechos. 226. Los factores que causan la huida de las refugiadas, otras desplazadas que necesitan proteccio'n internacional y las desplazadas internamente pueden ser diferentes de los que afectan a los hombres. Esas mujeres siguen siendo vulnerables a los abusos de sus derechos humanos durante y despue's de su huida. 227. Si bien las mujeres esta'n utilizando cada vez ma's el sistema judicial para ejercer sus derechos, en muchos pai'ses la ignorancia de esos derechos constituye un obsta'culo para el pleno disfrute de sus derechos humanos y el logro de la igualdad. La experiencia adquirida en muchos pai'ses ha demostrado que es posible habilitar a la mujer y motivarla para hacer valer sus derechos, sea cual fuere su nivel de educacio'n o situacio'n socioecono'mica. Los programas encaminados a impartir conocimientos juri'dicos elementales y las estrategias basadas en los medios de informacio'n han sido eficaces para ayudar a la mujer a comprender la vinculacio'n entre sus derechos y otros aspectos de su vida y para demostrar que es posible emprender iniciativas eficaces en funcio'n de los costos para ayudarla a obtener esos derechos. El suministro de educacio'n sobre derechos humanos es esencial para promover una comprensio'n de los derechos humanos de la mujer, incluido el conocimiento de los mecanismos de recurso para reparar las violaciones de sus derechos. Es necesario que todas las personas, especialmente las mujeres en situacio'n vulnerable, tengan pleno conocimiento de sus derechos y acceso al recurso juri'dico contra las violaciones de esos derechos. 228. Es menester proteger a las mujeres que se dedican a la defensa de los derechos humanos. Los gobiernos tienen el deber de garantizar que las mujeres que trabajan paci'ficamente a ti'tulo personal o dentro de una organizacio'n a favor de la promocio'n y proteccio'n de los derechos humanos puedan disfrutar plenamente de todos los derechos establecidos en la Declaracio'n Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Poli'ticos y el Pacto Internacional de Derechos Econo'micos, Sociales y Culturales. Las organizaciones no gubernamentales, las organizaciones de mujeres y los grupos feministas han desempen~ado una funcio'n catali'tica en la promocio'n de los derechos humanos de la mujer mediante actividades populares, el establecimiento de redes y la defensa de los intereses de la mujer, y los gobiernos deben alentar y apoyar a dichas organizaciones y facilitar su acceso a la informacio'n con objeto de que lleven a cabo esas actividades. 229. Al ocuparse del disfrute de los derechos humanos, los gobiernos y otros interesados deben promover una poli'tica activa y visible encaminada a incorporar una perspectiva de ge'nero en todas las poli'ticas y los programas de manera que, antes de que se adopten decisiones, se analicen los efectos que han de tener para las mujeres y los hombres. Objetivo estrate'gico I.1. Promover y proteger los derechos humanos de la mujer, mediante la plena aplicacio'n de todos los instrumentos de derechos humanos, especialmente la Convencio'n sobre la eliminacio'n de todas las formas de discriminacio'n contra la mujer Medidas que han de adoptarse 230. Medidas que han de adoptar los gobiernos: a) Trabajar activamente para ratificar los tratados internacionales y regionales de derechos humanos, adherirse a ellos y aplicarlos; b) Ratificar la Convencio'n sobre la eliminacio'n de todas las formas de discriminacio'n contra la mujer y adherirse a ella y garantizar su aplicacio'n, de manera que sea posible lograr la ratificacio'n universal de la Convencio'n para el an~o 2000; c) Limitar el alcance de cualesquiera reservas que se formulen a la Convencio'n sobre la eliminacio'n de todas las formas de discriminacio'n contra la mujer, formular las reservas en la forma ma's precisa y restringida posible, asegurar que ninguna reserva sea incompatible con el objeto y el propo'sito de la Convencio'n o en otra forma contraria al derecho de los tratados internacionales y examinar perio'dicamente esas reservas con miras a retirarlas; y retirar las reservas que sean contrarias al objeto y al propo'sito de la Convencio'n sobre la eliminacio'n de todas las formas de discriminacio'n contra la mujer o en otra forma incompatibles con el derecho de los tratados internacionales; d) Considerar la posibilidad de establecer planes de accio'n nacionales en los que se determinen medidas para mejorar la promocio'n y proteccio'n de los derechos humanos, incluidos los derechos humanos de la mujer, tal como se recomendo' en la Conferencia Mundial de Derechos Humanos; e) Crear o fortalecer instituciones nacionales independientes para la proteccio'n y promocio'n de esos derechos, incluidos los derechos humanos de la mujer, como se recomendo' en la Conferencia Mundial de Derechos Humanos; f) Elaborar un programa amplio de educacio'n sobre derechos humanos con objeto de aumentar la conciencia de la mujer acerca de sus derechos humanos y aumentar la conciencia de otras personas acerca de los derechos humanos de la mujer; g) Si son Estados partes, aplicar la Convencio'n mediante un examen de todas las leyes, poli'ticas, pra'cticas y procedimientos nacionales, con objeto de asegurar que cumplan las obligaciones establecidas en la Convencio'n; todos los Estados debera'n emprender una revisio'n de todas las leyes, poli'ticas, pra'cticas y procedimientos nacionales a fin de garantizar que se cumplan las obligaciones internacionales en materia de derechos humanos al respecto; h) Incluir los aspectos relacionados con el ge'nero en la presentacio'n de informes con arreglo a todas las dema's convenciones e instrumentos de derechos humanos, incluidos los convenios de la OIT, con objeto de que se analicen y examinen los derechos humanos de la mujer; i) Presentar informes oportunos al Comite' para la Eliminacio'n de la Discriminacio'n contra la Mujer acerca de la aplicacio'n de la Convencio'n, ajusta'ndose cabalmente a las directrices establecidas por el Comite' y haciendo intervenir, cuando corresponda, a las organizaciones no gubernamentales o teniendo en cuenta sus contribuciones en la preparacio'n de los informes; j) Facilitar al Comite' para la Eliminacio'n de la Discriminacio'n contra la Mujer el pleno cumplimiento de su mandato concediendo suficiente tiempo para la celebracio'n de reuniones mediante la amplia ratificacio'n de la revisio'n aprobada el 22 de mayo de 1995 por los Estados partes en la Convencio'n sobre la eliminacio'n de todas las formas de discriminacio'n contra la mujer respecto del pa'rrafo 1 del arti'culo 20 32/, y promoviendo me'todos de trabajo eficaces; k) Apoyar el proceso iniciado por la Comisio'n de la Condicio'n Juri'dica y Social de la Mujer con miras a redactar un proyecto de protocolo facultativo de la Convencio'n sobre la eliminacio'n de todas la formas de discriminacio'n contra la mujer, que pudiera entrar en vigor lo antes posible, sobre un procedimiento relacionado con el derecho de peticio'n, teniendo en cuenta el informe del Secretario General sobre el protocolo facultativo, incluidas las opiniones relativas a su viabilidad; l) Adoptar medidas urgentes para lograr la ratificacio'n universal de la Convencio'n sobre los Derechos del Nin~o o la adhesio'n a ella antes de fines de 1995 y la plena aplicacio'n de la Convencio'n con objeto de garantizar la igualdad de derechos de nin~as y nin~os; y exhortar a aquellos que todavi'a no se han adherido a la Convencio'n a que lo hagan a fin de lograr la aplicacio'n universal de la Convencio'n sobre los Derechos del Nin~o para el an~o 2000; m) Abordar los agudos problemas de los nin~os, entre otras cosas mediante el apoyo a las actividades que se realicen dentro del sistema de las Naciones Unidas con objeto de adoptar medidas internacionales eficaces para la prevencio'n y la erradicacio'n del infanticidio femenino, el trabajo infantil perjudicial, la venta de nin~os y sus o'rganos, la prostitucio'n infantil, la pornografi'a infantil y otras formas de abuso sexual y considerar la posibilidad de contribuir a la redaccio'n de un posible proyecto de protocolo facultativo a la Convencio'n sobre los Derechos del Nin~o; n) Fortalecer la aplicacio'n de todos los instrumentos pertinentes de derechos humanos con objeto de combatir y eliminar, incluso mediante la cooperacio'n internacional, la trata organizada de mujeres y nin~os, incluso la trata con fines de explotacio'n sexual, pornografi'a, prostitucio'n y turismo sexual, y suministrar servicios sociales a las vi'ctimas; esto debe comprender disposiciones sobre cooperacio'n internacional para enjuiciar y castigar a los culpables de explotacio'n organizada de mujeres y nin~os; o) Teniendo en cuenta la necesidad de asegurar el pleno respeto de los derechos humanos de las mujeres indi'genas, considerar la posibilidad de redactar una declaracio'n sobre los derechos de las personas indi'genas para que sea aprobada por la Asamblea General dentro del Decenio Internacional de las Poblaciones Indi'genas del Mundo y alentar la participacio'n de las mujeres indi'genas en el grupo de trabajo que elabore el proyecto de declaracio'n, de conformidad con las disposiciones relativas a la participacio'n de organizaciones de personas indi'genas. 231Ñ Medidas que han de adoptar los organismos y o'rganos e instituciones pertinentes de las Naciones Unidas, todos los o'rganos de derechos humanos del sistema de las Naciones Unidas, asi' como el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, a la vez que promueven una mayor eficacia y eficiencia mediante el mejoramiento de la coordinacio'n de los diversos o'rganos, mecanismos y procedimientos y tienen en cuenta la necesidad de evitar duplicaciones innecesarias de sus mandatos y tareas: a) Prestar atencio'n cabal, igual y sostenida a los derechos humanos de la mujer en el ejercicio de sus mandatos para promover el respeto universal de todos los derechos humanos, a saber, los derechos civiles, culturales, econo'micos, poli'ticos y sociales, incluido el derecho al desarrollo, y la proteccio'n de esos derechos; b) Asegurar la aplicacio'n de las recomendaciones de la Conferencia Mundial de Derechos Humanos en el sentido de que se integren e incorporen plenamente los derechos humanos de la mujer; c) Elaborar un programa amplio de poli'tica para la incorporacio'n de los derechos humanos de la mujer en todo el sistema de las Naciones Unidas, incluso en las actividades relativas a los servicios de asesoramiento, asistencia te'cnica, metodologi'a de presentacio'n de informes, evaluacio'n de los efectos en materia de ge'nero, coordinacio'n, informacio'n pu'blica y educacio'n en derechos humanos, y desempen~ar un papel activo en la ejecucio'n de ese programa; d) Garantizar la integracio'n y la plena participacio'n de la mujer como agente y beneficiaria en el proceso de desarrollo, y reiterar los objetivos establecidos para la accio'n mundial en favor de la mujer en lo que respecta al desarrollo sostenible y equitativo, segu'n se establecio' en la Declaracio'n de Ri'o sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo18; e) Incluir en sus actividades informacio'n sobre las violaciones de los derechos humanos relacionadas con el ge'nero e integrar las conclusiones en todos sus programas y actividades; f) Procurar que haya colaboracio'n y coordinacio'n en la labor de todos los o'rganos y mecanismos de derechos humanos con objeto de asegurar que se respeten los derechos humanos de la mujer; g) Fortalecer la cooperacio'n y coordinacio'n entre la Comisio'n de la Condicio'n Juri'dica y Social de la Mujer, la Comisio'n de Derechos Humanos, la Comisio'n de Desarrollo Social, la Comisio'n de Desarrollo Sostenible, la Comisio'n de Prevencio'n del Delito y Justicia Penal, los o'rganos de fiscalizacio'n creados en virtud de tratados de derechos humanos de las Naciones Unidas, incluidos el Comite' para la Eliminacio'n de la Discriminacio'n contra la Mujer, el Fondo de Desarrollo de las Naciones Unidas para la Mujer, el Instituto Internacional de Investigaciones y Capacitacio'n para la Promocio'n de la Mujer, el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia y otras organizaciones del sistema de las Naciones Unidas, dentro de sus respectivos mandatos, en la promocio'n de los derechos humanos de la mujer, y mejorar la cooperacio'n entre la Divisio'n para el Adelanto de la Mujer y el Centro de Derechos Humanos; h) Establecer una cooperacio'n eficaz entre el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Refugiados y otros o'rganos pertinentes, dentro de sus respectivos mandatos, teniendo en cuenta la estrecha vinculacio'n existente entre las violaciones masivas de derechos humanos, especialmente en forma de genocidio, la depuracio'n e'tnica, violacio'n sistema'tica de mujeres en situaciones de guerra y las corrientes de refugiados y otros desplazamientos y el hecho de que las mujeres refugiadas, desplazadas y repatriadas pueden ser objeto de formas especiales de abuso de los derechos humanos; i) Fomentar la incorporacio'n de una perspectiva de ge'nero en los programas de accio'n nacionales y las instituciones nacionales de derechos humanos, en el contexto de los programas de servicios de asesoramiento en derechos humanos; j) Impartir capacitacio'n sobre los derechos humanos de la mujer a todo el personal y los funcionarios de las Naciones Unidas, especialmente a los que se ocupan de actividades de derechos humanos y de socorro humanitario, y promover su comprensio'n de los derechos humanos de la mujer, de manera que reconozcan las violaciones de esos derechos y se ocupen de dichas violaciones y que puedan tener plenamente en cuenta los aspectos de su trabajo que se relacionan con el ge'nero; k) Al examinar la aplicacio'n del Plan de Accio'n para el Decenio de las Naciones Unidas para la Educacio'n en la Esfera de los Derechos Humanos (1995-2004), se debera'n tener en cuenta los resultados de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer. Objetivo estrate'gico I.2. Garantizar la igualdad y la no discriminacio'n ante la ley y en la pra'ctica Medidas que han de adoptarse 232. Medidas que han de adoptar los gobiernos: a) Dar prioridad a la promocio'n y proteccio'n del disfrute pleno y amplio, por mujeres y hombres en condiciones de igualdad, de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales sin distincio'n de ningu'n tipo en cuanto a raza, color, sexo, idioma, religio'n, opiniones poli'ticas o de otra i'ndole, ori'genes nacionales o sociales, bienes, nacimiento u otra condicio'n; b) Proporcionar garanti'as constitucionales o promulgar leyes apropiadas para prohibir la discriminacio'n por razones de sexo de todas las mujeres y las nin~as de todas las edades y garantizar a las mujeres, sea cual fuere su edad, la igualdad de derechos y el pleno disfrute de esos derechos; c) Incorporar el principio de la igualdad de mujeres y hombres en su legislacio'n y garantizar, mediante leyes y otros medios apropiados, la realizacio'n pra'ctica de ese principio; d) Revisar las leyes nacionales incluidas las normas consuetudinarias y las pra'cticas juri'dicas en las esferas del derecho de familia, el derecho civil, penal, laboral y comercial con objeto de asegurar la aplicacio'n de los principios y procedimientos de todos los instrumentos internacionales de derechos humanos pertinentes mediante la legislacio'n nacional, revocar cualesquiera leyes restantes que discriminen por motivos de sexo y eliminar el sesgo de ge'nero en la administracio'n de justicia; e) Fortalecer y fomentar la elaboracio'n de programas de proteccio'n de los derechos humanos de la mujer en las instituciones nacionales de derechos humanos que ejecutan programas, tales como las comisiones de derechos humanos o la institucio'n del ombudsman, acorda'ndoles la condicio'n y los recursos apropiados asi' como acceso al gobierno para prestar asistencia a los particulares, en especial a las mujeres, y procurar que esas instituciones presten la debida atencio'n a los programas relacionados con la violacio'n de los derechos humanos de la mujer; f) Adoptar medidas para garantizar que se respeten y protejan plenamente los derechos humanos de la mujer, incluidos los derechos mencionados de los pa'rrafos 94 a 96 supra; g) Adoptar medidas urgentes para combatir y eliminar la violencia contra la mujer, que constituye una violacio'n de los derechos humanos, derivada de pra'cticas nocivas relacionadas con la tradicio'n o la costumbre, los prejuicios culturales y el extremismo; h) Prohibir la mutilacio'n genital femenina dondequiera que ocurra y apoyar vigorosamente las actividades de las organizaciones no gubernamentales y comunitarias y las instituciones religiosas encaminadas a eliminar tales pra'cticas; i) Impartir ensen~anza y capacitacio'n sobre derechos humanos en que se tengan en cuenta los aspectos relacionados con el ge'nero a los funcionarios pu'blicos, incluidos, entre otros, el personal policial y militar, los funcionarios penitenciarios, el personal me'dico y de salud y los asistentes sociales, incluidas las personas que se ocupan de las cuestiones relacionadas con la migracio'n y los refugiados, y los maestros a todos los niveles del sistema de ensen~anza, y facilitar tambie'n ese tipo de ensen~anza y capacitacio'n a los funcionarios judiciales y a los miembros del parlamento con objeto de que puedan cumplir mejor sus responsabilidades pu'blicas; j) Promover el derecho de las mujeres, en un pie de igualdad, a ser miembro de sindicatos y otras organizaciones profesionales y sociales; k) Establecer mecanismos eficaces para investigar las violaciones de los derechos humanos de la mujer perpetradas por cualquier funcionario pu'blico y adoptar las medidas juri'dicas y punitivas necesarias con arreglo a las leyes nacionales; l) Revisar y enmendar las leyes y los procedimientos penales, segu'n sea necesario, para eliminar toda discriminacio'n contra la mujer con objeto de procurar que la legislacio'n y los procedimientos penales garanticen una proteccio'n efectiva contra los delitos dirigidos contra la mujer o que la afecten en forma desproporcionada, asi' como el enjuiciamiento por esos delitos, sea cual fuere la relacio'n entre el perpetrador y la vi'ctima, y procurar que las mujeres acusadas, vi'ctimas o testigos no se conviertan otra vez en vi'ctimas ni sufran discriminacio'n alguna en la investigacio'n de los delitos y el juicio correspondiente; m) Garantizar que las mujeres tengan el mismo derecho que los hombres a ser jueces, abogados, funcionarios de otro tipo en los tribunales, asi' como funcionarios policiales y funcionarios penitenciarios, entre otras cosas; n) Fortalecer los mecanismos administrativos existentes o establecer otros posibles mecanismos administrativos de fa'cil acceso, gratuitos, o a precios asequibles, asi' como programas de asistencia juri'dica para ayudar a las mujeres en situacio'n desventajosa a pedir reparacio'n por las violaciones de sus derechos; o) Asegurar que todas las mujeres y las organizaciones no gubernamentales y sus miembros que trabajen en la esfera de la proteccio'n y promocio'n de todos los derechos humanos, a saber, civiles, culturales, econo'micos, poli'ticos y sociales, incluido el derecho al desarrollo, disfruten plenamente de todos los derechos humanos y libertades de conformidad con la Declaracio'n Universal de Derechos Humanos y todos los dema's instrumentos de derechos humanos, y de la proteccio'n de las leyes nacionales; p) Fortalecer y alentar la aplicacio'n de las recomendaciones que figuran en las Normas Uniformes sobre la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad30, prestando especial atencio'n a garantizar la no discriminacio'n y el disfrute de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales, en un pie de igualdad, por las mujeres y las nin~as con discapacidad, incluido su acceso a la informacio'n y los servicios en la esfera de la violencia contra la mujer, asi' como su participacio'n activa y su contribucio'n econo'mica en todos los aspectos de la sociedad; q) Alentar la elaboracio'n de programas de derechos humanos en que se tengan en cuenta los aspectos relacionados con el ge'nero. Objetivo estrate'gico I.3. Fomentar la adquisicio'n de conocimientos juri'dicos elementales Medidas que han de adoptarse 233. Medidas que han de adoptar los gobiernos y las organizaciones no gubernamentales, las Naciones Unidas y otras organizaciones internacionales, segu'n corresponda: a) Traducir, siempre que sea posible, a los idiomas locales e indi'genas y en otras formas apropiadas para las personas con discapacidad y las personas poco alfabetizadas y dar publicidad a las leyes y la informacio'n relativas a la igualdad de condicio'n y a los derechos humanos de todas las mujeres, incluidos la Declaracio'n Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Poli'ticos, el Pacto Internacional de Derechos Econo'micos, Sociales y Culturales, la Convencio'n sobre la eliminacio'n de todas las formas de discriminacio'n contra la mujer, la Convencio'n Internacional sobre la Eliminacio'n de todas las Formas de Discriminacio'n Racial 33/, la Convencio'n sobre los Derechos del Nin~o, la Convencio'n contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, la Declaracio'n sobre el Derecho al Desarrollo 34/ y la Declaracio'n sobre la Eliminacio'n de la Violencia contra la Mujer, asi' como los resultados de las conferencias y cumbres de las Naciones Unidas que sean pertinentes y en los informes nacionales presentados al Comite' sobre la Eliminacio'n de la Discriminacio'n contra la Mujer y divulgarlos; b) Dar publicidad a esa informacio'n y divulgarla en formas fa'ciles de comprender y en otras formas posibles que sean apropiadas para las personas con discapacidad, y para las personas poco alfabetizadas; c) Divulgar informacio'n sobre la legislacio'n nacional y sus efectos sobre la mujer, incluidas directrices fa'cilmente asequibles sobre co'mo utilizar el sistema judicial para ejercer los propios derechos; d) Incluir informacio'n sobre los instrumentos y las normas internacionales y regionales en las actividades de informacio'n pu'blica y de ensen~anza de los derechos humanos y en los programas de educacio'n y capacitacio'n para adultos, particularmente para grupos tales como los militares, la polici'a y otro personal encargado de hacer cumplir la ley, los funcionarios del poder judicial y los miembros de las profesiones juri'dica y de salud para asegurar la proteccio'n eficaz de los derechos humanos; e) Facilitar ampliamente y dar publicidad a la informacio'n sobre la existencia de mecanismos nacionales, regionales e internacionales para pedir reparacio'n cuando se violen los derechos humanos de la mujer; f) Alentar a los grupos locales y regionales de mujeres, a las organizaciones no gubernamentales pertinentes, a los educadores y a los medios de informacio'n, coordinar sus actividades y cooperar con ellos para ejecutar programas de ensen~anza de los derechos humanos a fin de que la mujer tenga conciencia de sus derechos humanos; g) Promover la educacio'n sobre los derechos humanos y juri'dicos de la mujer en los planes de estudio escolares a todos los niveles y emprender campan~as pu'blicas, inclusive en los idiomas ma's ampliamente utilizados en el pai's, acerca de la igualdad de mujeres y hombres en la vida pu'blica y privada, incluidos sus derechos dentro de la familia y los instrumentos de derechos humanos pertinentes con arreglo al derecho nacional e internacional; h) Promover en todos los pai'ses la ensen~anza en materia de derechos humanos y de derecho internacional humanitario para los miembros de las fuerzas armadas y de las fuerzas nacionales de seguridad, incluidos los asignados a las operaciones de mantenimiento de la paz de las Naciones Unidas, en forma sistema'tica y permanente, recorda'ndoles que deben respetar los derechos de la mujer en todo momento tanto dentro del servicio como fuera de e'l, y sensibiliza'ndolos a ese respecto, prestando especial atencio'n a las normas sobre la proteccio'n de las mujeres y los nin~os y a la proteccio'n de los derechos humanos en situaciones de conflicto armado; i) Adoptar medidas apropiadas para garantizar que las mujeres refugiadas y desplazadas, las mujeres migrantes y las trabajadoras migrantes se sensibilicen en lo que respecta a sus derechos humanos y a los mecanismos de recurso de que disponen. J. La mujer y los medios de difusio'n 234. En el u'ltimo decenio, los avances en la tecnologi'a de la informacio'n han facilitado el desarrollo de una red mundial de comunicaciones que trasciende las fronteras nacionales y que influye en las poli'ticas estatales, las actitudes privadas y el comportamiento, en especial de los nin~os y adultos jo'venes. Existe en todas partes la posibilidad de que los medios de comunicacio'n contribuyan en mucha mayor medida al adelanto de la mujer. 235. Aunque ha aumentado el nu'mero de mujeres que hacen carrera en el sector de las comunicaciones, pocas son las que han llegado a ocupar puestos directivos o que forman parte de juntas directivas y o'rganos que influyen en la poli'tica de los medios de difusio'n. Se nota la desatencio'n a la cuestio'n del ge'nero en los medios de informacio'n por la persistencia de los estereotipos basados en el ge'nero que divulgan las organizaciones de difusio'n pu'blicas y privadas locales, nacionales e internacionales. 236. Hay que suprimir la proyeccio'n constante de ima'genes negativas y degradantes de la mujer en los medios de comunicacio'n, sean electro'nicos, impresos, visuales o sonoros. Los medios impresos y electro'nicos de la mayori'a de los pai'ses no ofrecen una imagen equilibrada de los diversos estilos de vida de las mujeres y de su aportacio'n a la sociedad en un mundo en evolucio'n. Adema's, los productos violentos y degradantes o pornogra'ficos de los medios de difusio'n tambie'n perjudican a la mujer y su participacio'n en la sociedad. Los programas que insisten en presentar a la mujer en sus papeles tradicionales pueden ser igualmente restrictivos. La tendencia mundial al consumismo ha creado un clima en el que los anuncios y mensajes comerciales a menudo presentan a la mujer como consumidora y se dirigen a las muchachas y a las mujeres de todas las edades en forma inapropiada. 237. Deberi'a potenciarse el papel de la mujer mejorando sus conocimientos teo'ricos y pra'cticos y su acceso a la tecnologi'a de la informacio'n, lo que aumentara' su capacidad de luchar contra las ima'genes negativas que de ella se ofrecen a escala internacional y de oponerse a los abusos de poder de una industria cada vez ma's importante. Hay que instaurar mecanismos de autorregulacio'n en los medios de difusio'n y fortalecerlos, asi' como idear me'todos para erradicar los programas en los que haya sesgo de ge'nero. La mayori'a de las mujeres, sobre todo en los pai'ses en desarrollo, carecen de acceso efectivo a las infopistas electro'nicas, que esta'n en vi'as de expansio'n y, por lo tanto, no pueden crear redes que les ofrezcan nuevas fuentes de informacio'n. Asi' pues, es necesario que las mujeres intervengan en la adopcio'n de las decisiones que afectan al desarrollo de las nuevas tecnologi'as, a fin de participar plenamente en su expansio'n y en el control de su influencia. 238. Al abordar el problema de la movilizacio'n de los medios de difusio'n, los gobiernos y otros sectores deberi'an fomentar una poli'tica activa y visible de incorporacio'n de una perspectiva de ge'nero en sus poli'ticas y programas. Objetivo estrate'gico J.1. Aumentar el acceso de la mujer y su participacio'n en la expresio'n de sus ideas y la adopcio'n de decisiones en los medios de difusio'n y por conducto de ellos, asi' como en las nuevas tecnologi'as de comunicacio'n Medidas que han de adoptarse 239. Medidas que han de adoptar los gobiernos: a) Fomentar la educacio'n, la capacitacio'n y el empleo de la mujer a fin de promover y asegurar su igual acceso a todas las esferas y niveles de los medios de difusio'n; b) Fomentar la investigacio'n de todos los aspectos de la imagen de la mujer en los medios de difusio'n para determinar las esferas que requieren atencio'n y accio'n y examinar las actuales poli'ticas de difusio'n con miras a integrar una perspectiva de ge'nero; c) Promover la participacio'n plena y equitativa de la mujer en los medios de difusio'n, incluida la participacio'n en la gestio'n, la produccio'n de programas, la educacio'n, la capacitacio'n y la investigacio'n; d) Procurar que se distribuyan equitativamente los nombramientos de mujeres y hombres en todos los o'rganos consultivos, de gestio'n, de reglamentacio'n o de supervisio'n, incluidos los relacionados con los medios de difusio'n privados y estatales o pu'blicos; e) Alentar a esos o'rganos, en la medida en que ello no atente contra la libertad de expresio'n, a que aumenten el nu'mero de programas destinados a la mujer y realizados por mujeres, para velar por que las necesidades y los problemas de la mujer se traten en forma apropiada; f) Estimular y reconocer las redes de comunicacio'n de mujeres, entre ellas las redes electro'nicas y otras nuevas tecnologi'as aplicadas a la comunicacio'n, como medio para la difusio'n de informacio'n y el intercambio de ideas, incluso en el plano internacional, y brindar apoyo a los grupos de mujeres que participan en todos los a'mbitos de los medios de difusio'n y de los sistemas de comunicacio'n a ese efecto; g) Alentar la utilizacio'n creativa de programas en los medios de difusio'n nacionales, y proporcionar medios o incentivos a ese efecto, con miras a divulgar informacio'n sobre las diversas formas culturales de la poblacio'n auto'ctona, y el desarrollo de los aspectos sociales y educacionales conexos en el marco del derecho nacional; h) Garantizar la libertad de los medios de difusio'n y su proteccio'n subsiguiente dentro del marco del derecho nacional y alentar, de manera compatible con la libertad de expresio'n, la participacio'n positiva de los medios de difusio'n en las cuestiones sociales y de desarrollo. 240. Medidas que han de adoptar los sistemas de difusio'n nacionales e internacionales: Elaborar, en la medida en que ello no atente contra la libertad de expresio'n, mecanismos reglamentarios, incluidos los voluntarios, que permitan a los sistemas de comunicaciones internacionales y a los medios de difusio'n presentar una imagen equilibrada y diferenciada de la mujer y que fomenten una mayor participacio'n de la mujer y el hombre en las esferas de la produccio'n y la adopcio'n de decisiones. 241. Medidas que han de adoptar los gobiernos, segu'n proceda, o los mecanismos nacionales para el adelanto de la mujer: a) Fomentar la organizacio'n de programas de educacio'n y capacitacio'n de la mujer a fin de que se prepare informacio'n destinada a los medios de difusio'n, incluida la financiacio'n de actividades experimentales y la utilizacio'n de nuevas tecnologi'as aplicadas a la comunicacio'n, a la ciberne'tica y a la comunicacio'n espacial y por sate'lite, ya sea en la esfera pu'blica o privada; b) Alentar la utilizacio'n de los sistemas de comunicacio'n, incluidas las nuevas tecnologi'as, como medio de fortalecer la participacio'n de la mujer en los procesos democra'ticos; c) Facilitar la compilacio'n de una lista de especialistas en los medios de difusio'n en cuestiones relacionadas con la mujer; d) Alentar la participacio'n de la mujer en la elaboracio'n de directrices profesionales y co'digos de conducta u otros mecanismos apropiados de autorregulacio'n para fomentar una imagen equilibrada y no estereotipada de la mujer en los medios de difusio'n. 242. Medidas que han de adoptar las organizaciones no gubernamentales y las asociaciones profesionales de difusio'n: a) Estimular la creacio'n de grupos de control que puedan vigilar a los medios de difusio'n y celebrar consultas con ellos a fin de velar por que las necesidades y los problemas de la mujer se reflejen en forma apropiada; b) Capacitar a la mujer para que pueda utilizar mejor la tecnologi'a de la informacio'n aplicada a la comunicacio'n y a los medios de difusio'n, incluso en el plano internacional; c) Crear redes entre las organizaciones no gubernamentales, las organizaciones femeninas y las organizaciones de difusio'n profesionales y elaborar programas de informacio'n para esas organizaciones, a fin de que se reconozcan las necesidades concretas de la mujer en los medios de difusio'n, y facilitar una mayor participacio'n de la mujer en la comunicacio'n, en particular en el plano internacional, en apoyo del dia'logo Sur-Sur y Norte-Norte entre esas organizaciones con miras, entre otras cosas, a promover los derechos humanos de la mujer y la igualdad entre la mujer y el hombre; d) Alentar al sector de los medios de difusio'n y a las instituciones de ensen~anza y de capacitacio'n en materia de medios de difusio'n a que elaboren, en los idiomas apropiados, formas de difusio'n destinadas a los grupos tradicionales auto'ctonos y a otros grupos e'tnicos, tales como la narracio'n, el teatro, la poesi'a y el canto, que reflejen sus culturas y a que utilicen esas formas de comunicacio'n para difundir informacio'n sobre cuestiones sociales y de desarrollo. Objetivo estrate'gico J.2. Fomentar una imagen equilibrada y no estereotipada de la mujer en los medios de difusio'n Medidas que han de adoptarse 243. Medidas que han de adoptar los gobiernos y las organizaciones internacionales, en la medida en que no atenten contra la libertad de expresio'n: a) Fomentar la investigacio'n y la aplicacio'n de una estrategia de informacio'n, educacio'n y comunicacio'n orientada a estimular la presentacio'n de una imagen equilibrada de las mujeres y las jo'venes y de las mu'ltiples funciones que ellas desempen~an; b) Alentar a los medios de difusio'n y a los organismos de publicidad a que elaboren programas especiales para fomentar el intere's en la Plataforma de Accio'n; c) Fomentar una capacitacio'n que tenga en cuenta los aspectos relacionados con el ge'nero para los profesionales de los medios de difusio'n, incluidos los propietarios y los administradores, a fin de alentar la creacio'n y la utilizacio'n de ima'genes no estereotipadas, equilibradas y diferenciadas de la mujer en los medios de difusio'n; d) Alentar a los medios de difusio'n a que se abstengan de presentar a la mujer como un ser inferior y de explotarla como objeto sexual y bien de consumo, en lugar de presentarla como un ser humano creativo, agente principal, contribuyente y beneficiaria del proceso de desarrollo; e) Fomentar la idea de que los estereotipos sexistas que se presentan en los medios de difusio'n son discriminatorios para la mujer, degradantes y ofensivos; f) Adoptar medidas efectivas, que incluyan normas legislativas pertinentes, contra la pornografi'a y la proyeccio'n de programas en los que se muestren escenas de violencia contra mujeres y nin~os en los medios de difusio'n. 244. Medidas que han de adoptar los medios de informacio'n de masas y las organizaciones de publicidad: a) Elaborar, en la medida en que ello no atente contra la libertad de expresio'n, directrices profesionales y co'digos de conducta y otras formas de autorregulacio'n para fomentar la presentacio'n de ima'genes no estereotipadas de la mujer; b) Establecer, en la medida en que ello no atente contra la libertad de expresio'n, directrices profesionales y co'digos de conducta respecto de los materiales de contenido violento, degradante o pornogra'fico sobre la mujer en los medios de informacio'n, incluso en la publicidad; c) Introducir una perspectiva de ge'nero en todas las cuestiones de intere's para las comunidades, los consumidores y la sociedad civil; d) Aumentar la participacio'n de la mujer en la adopcio'n de decisiones en los medios de informacio'n en todos los niveles. 245. Medidas que han de adoptar los medios de informacio'n, las organizaciones no gubernamentales y el sector privado, en colaboracio'n, cuando corresponda, con los mecanismos nacionales encargados de la promocio'n de la mujer: a) Fomentar la participacio'n en pie de igualdad en las responsabilidades familiares, mediante campan~as en los medios de difusio'n que hagan hincapie' en la igualdad de ge'nero y en la exclusio'n de los estereotipos basados en el ge'nero de los papeles que desempen~an las mujeres y los hombres dentro de la familia, y que difundan informacio'n tendiente a eliminar el abuso dome'stico de co'nyuges y nin~os y todas las formas de violencia contra la mujer, incluso la violencia en el hogar; b) Producir y/o difundir materiales en los medios de difusio'n sobre las mujeres dirigentes, entre otras cosas, como li'deres que asumen sus posiciones de liderazgo con experiencias muy diversas que incluyen, sin limitarse a ellas, sus experiencias respecto del logro de un equilibrio entre sus responsabilidades en el trabajo y en la familia, como madres, profesionales, administradoras y empresarias, para servir de modelos, particularmente para las jo'venes; c) Fomentar campan~as de amplio alcance que utilicen los programas de educacio'n pu'blica y privada para difundir informacio'n y fomentar la conciencia acerca de los derechos humanos de la mujer; d) Apoyar el desarrollo de nuevos medios optativos y la utilizacio'n de todas las formas de comunicacio'n, y proporcionar financiacio'n, segu'n proceda, para difundir la informacio'n dirigida a la mujer y sobre la mujer y sus intereses; e) Elaborar criterios y capacitar a expertos para que apliquen el ana'lisis de ge'nero a los programas de los medios de difusio'n. K. La mujer y el medio ambiente 246. El ser humano es el elemento central del desarrollo sostenible. Tiene derecho a una vida saludable y productiva en armoni'a con la naturaleza. La funcio'n de la mujer en la creacio'n de modalidades de consumo y produccio'n sostenibles y ecolo'gicamente racionales y de me'todos para la ordenacio'n de los recursos naturales es sumamente importante, como se reconocio' en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo y en la Conferencia Internacional sobre la Poblacio'n y el Desarrollo, y se dejo' plasmado en todo el Programa 21. En el u'ltimo decenio ha aumentado considerablemente la preocupacio'n por el agotamiento de los recursos, la degradacio'n de los sistemas naturales y los peligros de las sustancias contaminantes. Esas condiciones de degradacio'n causan la destruccio'n de ecosistemas fra'giles y el desplazamiento de comunidades, en particular el de las mujeres que forman parte de ellas, de las actividades productivas y representan una amenaza cada vez mayor para un medio ambiente seguro y saludable. La pobreza y la degradacio'n del medio ambiente esta'n estrechamente vinculadas entre si'. Aunque la pobreza crea ciertos tipos de tensiones ambientales, la principal causa del continuo deterioro del medio ambiente mundial son las modalidades insostenibles de consumo y produccio'n, especialmente en los pai'ses industrializados, que son motivo de gran preocupacio'n, ya que agravan la pobreza y los desequilibrios. El aumento del nivel de los mares como consecuencia del calentamiento de la Tierra constituye una amenaza grave e inmediata para las personas que viven en pai'ses insulares y zonas costeras. La utilizacio'n de sustancias que provocan una disminucio'n del ozono, como los productos con clorofluorocarburos y halogenados y los bromuros de metilo (con los cuales se fabrican pla'sticos y espumas) perjudican considerablemente la atmo'sfera, ya que permiten que lleguen a la superficie de la Tierra niveles excesivos de rayos ultravioleta dan~inos. Ello afecta gravemente a la salud de las personas porque provoca tasas ma's altas de ca'ncer de la piel, dan~os a la vista y debilita las defensas del organismo. Tambie'n tiene graves consecuencias para el medio ambiente, especialmente los cultivos y la vida marina. 247. Todos los Estados y todas las personas debera'n cooperar en la tarea fundamental de erradicar la pobreza, como requisito indispensable para alcanzar el desarrollo sostenible, a fin de reducir las desigualdades de los niveles de vida y atender mejor las necesidades de la mayori'a de la poblacio'n mundial. Los huracanes, los tifones y otros desastres naturales y, adema's, la destruccio'n de los recursos, la violencia, los desplazamientos y otros efectos derivados de la guerra, los conflictos armados y de otra i'ndole, el uso y el ensayo de armas nucleares y la ocupacio'n extranjera pueden tambie'n contribuir a la degradacio'n del medio ambiente. El deterioro de los recursos naturales desplaza a las comunidades y especialmente a las mujeres que forman parte de ellas, de las actividades generadoras de ingresos, a la vez que aumenta considerablemente la cantidad de trabajo no remunerado que es necesario realizar. Tanto en las zonas urbanas como en las rurales, la degradacio'n del medio ambiente repercute negativamente en la salud, el bienestar y la calidad de vida de la poblacio'n en general, y sobre todo de las nin~as y mujeres de todas las edades. Es fundamental conceder una atencio'n y un reconocimiento particulares a la funcio'n y situacio'n especial de las mujeres que viven en las zonas rurales y las que trabajan en el sector agri'cola, en el que el acceso a la capacitacio'n, la tierra, los recursos naturales y productivos, los cre'ditos, los programas de desarrollo y las estructuras de cooperativas pueden ayudarlas a participar en mayor medida en el desarrollo sostenible. Los riesgos ambientales en el hogar y en el lugar de trabajo pueden tener consecuencias desproporcionadas para la salud de la mujer, debido a que su vulnerabilidad a los efectos to'xicos de diversos productos qui'micos es variable. Esos riesgos son particularmente elevados en las zonas urbanas y en las zonas de ingresos bajos donde existe una alta concentracio'n de instalaciones industriales contaminantes. 248. Mediante la gestio'n y el uso de los recursos naturales, la mujer sostiene a su familia y a la comunidad. Como consumidora, cuidadora de su familia y educadora, su funcio'n es fundamental para la promocio'n del desarrollo sostenible, como lo es su preocupacio'n por la calidad y el cara'cter sostenible de la vida para las generaciones actuales y futuras. Los gobiernos han manifestado su intencio'n de crear un nuevo paradigma de desarrollo en el que se integre la preservacio'n del medio ambiente con la justicia y la igualdad de ge'nero dentro de una misma generacio'n y entre distintas generaciones, como se afirma en el capi'tulo 24 del Programa 2119. 249. La mujer sigue en gran medida sin participar en el proceso de formulacio'n de poli'ticas y adopcio'n de decisiones en materia de ordenacio'n, conservacio'n, proteccio'n y rehabilitacio'n del medio ambiente y los recursos naturales; su experiencia y aptitudes en la defensa y la vigilancia de la ordenacio'n adecuada de los recursos naturales siguen muy a menudo marginadas de los o'rganos normativos y de adopcio'n de decisiones, asi' como de los puestos directivos en las instituciones de ensen~anza y los organismos relacionados con el medio ambiente. Son pocas las mujeres que reciben capacitacio'n profesional en la ordenacio'n de los recursos naturales y tienen capacidad normativa, por ejemplo como expertas en planificacio'n de la ordenacio'n territorial, agronomi'a, silvicultura, ciencias marinas y derecho ambiental. Incluso cuando reciben capacitacio'n profesional en la ordenacio'n de los recursos naturales, no suelen tener una representacio'n suficiente en las instituciones oficiales con capacidad normativa a nivel nacional, regional e internacional. Por lo general, la mujer no participa en pie de igualdad en la gestio'n de las instituciones financieras y las empresas cuyas decisiones son las que ma's afectan a la calidad del medio ambiente. Adema's, existen deficiencias institucionales en la coordinacio'n entre las organizaciones no gubernamentales de mujeres y las instituciones nacionales que se ocupan de cuestiones ambientales, pese al ra'pido aumento y la importancia de las organizaciones no gubernamentales de mujeres que se dedican a esas cuestiones a todos los niveles. 250. La mujer ha desempen~ado a menudo funciones de liderazgo o tomado la iniciativa para promover una e'tica del medio ambiente, disminuir el uso de recursos y reutilizar y reciclar recursos para reducir al ma'ximo los desechos y el consumo excesivo. La mujer puede influir en forma considerable en las decisiones en materia de consumo sostenible. Adema's, su contribucio'n a la ordenacio'n del medio ambiente, por ejemplo, a trave's de campan~as para los jo'venes y las comunidades destinadas a proteger el medio ambiente, suele tener lugar a nivel local, donde es ma's necesaria y decisiva una accio'n descentralizada sobre cuestiones de medio ambiente. La mujer, y en particular la mujer indi'gena, tiene conocimientos especiales de los vi'nculos ecolo'gicos y de la ordenacio'n de los ecosistemas fra'giles. En muchas comunidades, la mujer es la principal fuerza de trabajo para la produccio'n de subsistencia, por ejemplo, la recoleccio'n de mariscos; asi' pues, su funcio'n es fundamental para el abastecimiento de alimentos y la nutricio'n, la mejora de las actividades de subsistencia y del sector no estructurado y la proteccio'n del medio ambiente. En algunas regiones, la mujer suele ser el miembro ma's estable de la comunidad, ya que el hombre a menudo trabaja en lugares lejanos y deja a la mujer para que proteja el medio ambiente y vele por una distribucio'n adecuada de los recursos dentro del hogar y la comunidad. 251. Las medidas estrate'gicas necesarias para una buena ordenacio'n del medio ambiente exigen un me'todo global, multidisciplinario e intersectorial. La participacio'n y el liderazgo de la mujer son fundamentales en todos los aspectos de dicho me'todo. En las recientes conferencias mundiales de las Naciones Unidas sobre el desarrollo, asi' como las conferencias regionales preparatorias de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, se ha reconocido que las poli'ticas en materia de desarrollo sostenible en que no se cuente con la participacio'n del hombre y la mujer no lograra'n sus resultados a largo plazo. Han solicitado la participacio'n eficaz de la mujer en la generacio'n de conocimientos y educacio'n ambiental, la adopcio'n de decisiones y la gestio'n en todos los niveles. Las experiencias y contribuciones de la mujer a un medio ambiente ecolo'gicamente racional deben ocupar un lugar prioritario en el programa para el siglo XXI. Mientras la contribucio'n de la mujer a la ordenacio'n del medio ambiente no reciba reconocimiento y apoyo, el desarrollo sostenible seguira' siendo un objetivo difi'cil de alcanzar. 252. Los gobiernos y otros agentes, en el contexto de la falta del reconocimiento y el apoyo debidos a la contribucio'n de la mujer en la conservacio'n y ordenacio'n de los recursos naturales y la proteccio'n del medio ambiente, debera'n propiciar la integracio'n activa y visible de una perspectiva de ge'nero en todas las poli'ticas y programas, incluido un ana'lisis de las consecuencias para la mujer y el hombre antes de adoptar decisiones. Objetivo estrate'gico K.1. Lograr la participacio'n activa de la mujer en la adopcio'n de decisiones relativas al medio ambiente en todos los niveles Medidas que han de adoptarse 253. Medidas que han de adoptar los gobiernos, en todos los niveles, con inclusio'n de las autoridades municipales segu'n proceda: a) Asegurar oportunidades a las mujeres, inclusive las pertenecientes a poblaciones indi'genas, para que participen en la adopcio'n de decisiones relativas al medio ambiente en todos los niveles, incluso como administradoras, elaboradoras de proyectos y planificadoras y como ejecutoras y evaluadoras de los proyectos relativos al medio ambiente; b) Facilitar y fomentar el acceso de la mujer a la informacio'n y la educacio'n, inclusive en las esferas de la ciencia, la tecnologi'a y la economi'a, promoviendo de ese modo sus conocimientos, aptitudes y oportunidades de participacio'n en las decisiones relativas al medio ambiente; c) Estimular, con sujecio'n a las leyes nacionales y de conformidad con el Convenio sobre la Diversidad Biolo'gica 35/, la proteccio'n y utilizacio'n efectiva de los conocimientos, innovaciones y pra'cticas de las mujeres de las comunidades indi'genas y locales, incluidas las pra'cticas relativas a las medicinas tradicionales, la diversidad biolo'gica y las tecnologi'as indi'genas, y tratar de asegurar que sean respetados, mantenidos, promovidos y preservados de modo ecolo'gicamente sostenible, y promover su aplicacio'n ma's amplia con la aprobacio'n y participacio'n de quienes disponen de esos conocimientos; adema's, salvaguardar los derechos existentes de propiedad intelectual de esas mujeres que se protegen en el derecho nacional e internacional; tratar activamente, cuando sea necesario, de encontrar medios adicionales para proteger y utilizar efectivamente esos conocimientos, innovaciones y pra'cticas, con sujecio'n a las leyes nacionales y de conformidad con el Convenio sobre la Diversidad Biolo'gica y el derecho internacional pertinente y alentar la divisio'n justa y equitativa de los beneficios obtenidos de la utilizacio'n de esos conocimientos, innovaciones y pra'cticas; d) Adoptar medidas adecuadas para reducir los riesgos para la mujer resultantes de peligros ambientales identificados, tanto en el hogar como en el trabajo y en otros ambientes, inclusive la aplicacio'n adecuada de tecnologi'as poco contaminantes, teniendo en cuenta el enfoque preventivo convenido en la Declaracio'n de Ri'o sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo18; e) Adoptar medidas para integrar una perspectiva de ge'nero en el disen~o y la utilizacio'n, entre otras cosas, de mecanismos de gestio'n de recursos, te'cnicas de produccio'n y desarrollo de las infraestructuras en las zonas rurales y urbanas, que sean ecolo'gicamente racionales y sostenibles; f) Adoptar medidas que reconozcan el papel social de las mujeres como productoras y consumidoras a fin de que puedan adoptar medidas ambientales eficaces, junto con los hombres, en sus hogares, comunidades y lugares de trabajo; g) Promover la participacio'n de las comunidades locales, particularmente de las mujeres, en la individualizacio'n de las necesidades en materia de servicios pu'blicos, planificacio'n del espacio y disen~o y creacio'n de infraestructuras urbanas. 254. Medidas que han de adoptar los gobiernos y las organizaciones internacionales y las instituciones del sector privado, segu'n proceda: a) Tener en cuenta el efecto que ha de tener la consideracio'n del ge'nero en la labor de la Comisio'n sobre el Desarrollo Sostenible y otros o'rganos pertinentes de las Naciones Unidas y en las actividades de las instituciones financieras internacionales; b) Promover la participacio'n de la mujer e incluir una perspectiva de ge'nero en la elaboracio'n, la aprobacio'n y la ejecucio'n de proyectos financiados con cargo al Fondo para el Medio Ambiente Mundial y otras organizaciones pertinentes de las Naciones Unidas; c) Alentar el disen~o de proyectos en los sectores de intere's para el Fondo para el Medio Ambiente Mundial que beneficien a las mujeres, y el disen~o de proyectos administrados por mujeres; d) Establecer estrategias y mecanismos, en particular en los niveles ma's ba'sicos, para aumentar la proporcio'n de mujeres que participan como dirigentes, planificadoras, administradoras, cienti'ficas y asesoras te'cnicas en el disen~o, desarrollo y ejecucio'n de poli'ticas y programas para la ordenacio'n de recursos naturales y la proteccio'n y conservacio'n del medio ambiente y que se benefician de esas actividades; e) Alentar a las instituciones sociales, econo'micas, poli'ticas y cienti'ficas a que se ocupen del deterioro del medio ambiente y de las repercusiones que ello tiene sobre las mujeres. 255. Medidas que han de adoptar las organizaciones no gubernamentales y el sector privado: a) Asumir la defensa de las cuestiones relativas a la ordenacio'n del medio ambiente y el aprovechamiento de los recursos naturales que preocupan a las mujeres y proporcionar informacio'n a fin de contribuir a la movilizacio'n de recursos para la proteccio'n y conservacio'n del medio ambiente; b) Facilitar el acceso de las agricultoras, pescadoras y pastoras a conocimientos, aptitudes, servicios de comercializacio'n y tecnologi'as ecolo'gicamente racionales a fin de apoyar y fortalecer sus papeles decisivos y su experiencia en el aprovechamiento de los recursos y la conservacio'n de la diversidad biolo'gica. Objetivo estrate'gico K.2. Integrar las preocupaciones y perspectivas de ge'nero en las poli'ticas y programas en favor de desarrollo sostenible Medidas que han de adoptarse 256. Medidas que han de adoptar los gobiernos: a) Integrar a las mujeres, incluidas las mujeres indi'genas, sus perspectivas y conocimientos, en condiciones de igualdad con los hombres, en la adopcio'n de decisiones en materia de ordenacio'n sostenible de los recursos y en la formulacio'n de poli'ticas y programas de desarrollo sostenible, particularmente los destinados a atender y prevenir la degradacio'n ambiental de la tierra; b) Evaluar las poli'ticas y programas desde el punto de vista de su repercusio'n sobre el medio ambiente y de la igualdad de acceso y de utilizacio'n por la mujer de los recursos naturales; c) Asegurar que se realicen investigaciones adecuadas para evaluar de que' modo y en que' medida las mujeres son particularmente susceptibles o esta'n particularmente expuestas al deterioro del medio ambiente y a los peligros derivados de e'ste, inclusive, cuando proceda, la realizacio'n de investigaciones y la reunio'n de datos sobre grupos concretos de mujeres, sobre todo mujeres de bajos ingresos, mujeres indi'genas y mujeres pertenecientes a minori'as; d) Integrar los conocimientos y las pra'cticas tradicionales de las mujeres rurales en relacio'n con el uso y la ordenacio'n sostenibles de los recursos cuando se elaboren programas de ordenacio'n del medio ambiente y de divulgacio'n; e) Integrar los resultados de investigaciones que reflejen la problema'tica del ge'nero en las poli'ticas con el fin de crear asentamientos humanos sostenibles; f) Promover el conocimiento de la funcio'n de las mujeres y fomentar las investigaciones sobre esta funcio'n, en particular de las mujeres rurales e indi'genas, en la recoleccio'n y produccio'n de alimentos, la conservacio'n del suelo, el riego y la ordenacio'n de cuencas hidrogra'ficas, el saneamiento, la ordenacio'n de las zonas costeras y el aprovechamiento de los recursos marinos, el control integrado de las plagas, la planificacio'n del uso de la tierra, la conservacio'n de los bosques y la silvicultura comunitaria, la pesca, la prevencio'n de los desastres naturales y las fuentes de energi'a nuevas y renovables, prestando especial atencio'n a los conocimientos y a las experiencias de las mujeres indi'genas; g) Elaborar una estrategia de cambio para eliminar todos los obsta'culos que impiden la participacio'n plena y equitativa de las mujeres en el desarrollo sostenible y su acceso a los recursos y el control de e'stos en un pie de igualdad; h) Fomentar la educacio'n de las nin~as y las mujeres de todas las edades en las esferas de la ciencia, la tecnologi'a, la economi'a y otras disciplinas relacionadas con el medio ambiente natural, de manera que puedan hacer elecciones bien fundadas y proporcionar informacio'n bien fundamentada en la determinacio'n de las prioridades econo'micas, cienti'ficas y ambientales locales para la ordenacio'n y el uso apropiado de los recursos y ecosistemas naturales y locales; i) Elaborar programas para lograr la participacio'n de mujeres profesionales y cienti'ficas, asi' como de trabajadoras te'cnicas, administrativas y de oficina, en la ordenacio'n del medio ambiente, elaborar programas de capacitacio'n de nin~as y mujeres en esas esferas, aumentar las oportunidades de contratacio'n y promocio'n de las mujeres en esas esferas y poner en pra'ctica medidas especiales encaminadas a promover los conocimientos especializados y la participacio'n de la mujer en dichas actividades; j) Individualizar y fomentar tecnologi'as ecolo'gicamente racionales disen~adas, elaboradas y perfeccionadas con la participacio'n de la mujer que sean adecuadas tanto para las mujeres como para los hombres; k) Apoyar el desarrollo de un acceso equitativo de las mujeres a la infraestructura de vivienda, el agua apta para el consumo y las tecnologi'as energe'ticas seguras, tales como la energi'a eo'lica y solar, la biomasa y otras fuentes renovables, por medio de la evaluacio'n de las necesidades de participacio'n, la planificacio'n de la energi'a y la formulacio'n de poli'ticas energe'ticas a escala local y nacional; l) Lograr que para el an~o 2000 todos tengan acceso a agua limpia y que se disen~en y apliquen planes de proteccio'n y conservacio'n ambiental para rehabilitar los sistemas de abastecimiento de agua contaminados y reconstruir las cuencas hidrogra'ficas dan~adas. 257. Medidas que han de adoptar las organizaciones internacionales, las organizaciones no gubernamentales y las instituciones del sector privado: a) Lograr la participacio'n de la mujer en las industrias de la comunicacio'n a fin de aumentar los conocimientos sobre los temas ambientales, en particular sobre las repercusiones de los productos, las tecnologi'as y los procesos industriales sobre el medio ambiente y la salud; b) Alentar a los consumidores a que hagan uso de su poder adquisitivo para fomentar la fabricacio'n de productos ecolo'gicamente correctos y alentar las inversiones en actividades y tecnologi'as ecolo'gicamente racionales y productivas en la agricultura, la pesca, el comercio y la industria; c) Apoyar las iniciativas de las mujeres consumidoras mediante la promocio'n de la comercializacio'n de alimentos orga'nicos y servicios de reciclado, la informacio'n sobre productos y el etiquetado de productos, incluido el etiquetado de los contenedores de productos qui'micos to'xicos y de plaguicidas, en te'rminos y con si'mbolos comprensibles para los consumidores, independientemente de su edad y grado de alfabetizacio'n. Objetivo estrate'gico K.3. Fortalecer o establecer mecanismos a nivel regional, nacional e internacional para evaluar los efectos de las poli'ticas de desarrollo y medio ambiente en la mujer Medidas que han de adoptarse 258. Medidas que han de adoptar los gobiernos, las organizaciones regionales e internacionales y las organizaciones no gubernamentales, segu'n resulte apropiado: a) Ofrecer asistencia te'cnica a las mujeres, en particular en los pai'ses en desarrollo, en los sectores de la agricultura, las pesqueri'as, la pequen~a empresa, el comercio y la industria, a fin de lograr el fomento continuo del desarrollo de los recursos humanos y la elaboracio'n de tecnologi'as ecolo'gicamente racionales, asi' como de las empresas de mujeres; b) Elaborar bases de datos y sistemas de informacio'n y supervisio'n y llevar a cabo investigaciones, metodologi'as y ana'lisis de poli'ticas participatorios y dina'micos en que se tengan en cuenta el ge'nero, con la colaboracio'n de las instituciones acade'micas y de las investigadoras locales, sobre las cuestiones siguientes: i) Los conocimientos y la experiencia de la mujer en la ordenacio'n y conservacio'n de los recursos naturales para su inclusio'n en las bases de datos y los sistemas de informacio'n en la esfera del desarrollo sostenible; ii) Las consecuencias para la mujer de la degradacio'n del medio ambiente y de los recursos naturales derivada, entre otras cosas, de unas pautas de produccio'n y consumo no sostenibles, la sequi'a, la mala calidad del agua, el calentamiento de la atmo'sfera, la desertificacio'n, la elevacio'n del nivel del mar, los desechos peligrosos, los desastres naturales, los productos qui'micos to'xicos y los residuos de plaguicidas, los residuos radiactivos, los conflictos armados; iii) Ana'lisis de los vi'nculos estructurales entre ge'nero, medio ambiente y desarrollo, en determinados sectores tales como la agricultura, la industria, la pesca, la silvicultura, la salud ambiental, la diversidad biolo'gica, el clima, los recursos hi'dricos y el saneamiento; iv) Medidas encaminadas a elaborar e incluir ana'lisis ambientales, econo'micos, culturales, sociales y que incluyan una orientacio'n de ge'nero como paso fundamental para la preparacio'n y la vigilancia de programas y poli'ticas; v) Programas encaminados a crear centros rurales y urbanos de capacitacio'n, investigacio'n y recursos que permitan difundir tecnologi'as ecolo'gicamente racionales destinadas a las mujeres; c) Velar por que se cumplan plenamente las obligaciones internacionales pertinentes, incluso cuando proceda, las disposiciones del Convenio de Basilea y otros convenios relativos al movimiento transfronterizo de desechos peligrosos (que incluyan desechos to'xicos) y el Co'digo de Pra'ctica del Organismo Internacional de Energi'a Ato'mica relativo al movimiento de los desechos radiactivos; promulgar y hacer cumplir reglamentaciones para la gestio'n ecolo'gicamente racional del almacenamiento y los movimientos; considerar la posibilidad de tomar medidas para prohibir los movimientos que no se hagan en condiciones de seguridad y con las debidas garanti'as; y velar por el estricto control y gestio'n de los desechos peligros y los desechos radiactivos de conformidad con las obligaciones internacionales y regionales pertinentes, y eliminar la exportacio'n de esos desechos a pai'ses que, en forma aislada o en virtud de acuerdos internacionales, prohi'ban su importacio'n; d) Fomentar la coordinacio'n dentro y entre las instituciones para aplicar la presente Plataforma de Accio'n y el capi'tulo 24 del Programa 21, entre otras cosas, pidiendo a la Comisio'n sobre el Desarrollo Sostenible que, por conducto del Consejo Econo'mico y Social, solicite informacio'n a la Comisio'n de la Condicio'n Juri'dica y Social de la Mujer al examinar la aplicacio'n del Programa 21 en lo que respecta a las mujeres y el medio ambiente. L. La nin~a 259. En la Convencio'n sobre los Derechos del Nin~o se reconoce que "Los Estados partes respetara'n los derechos enunciados en la presente Convencio'n y asegurara'n su aplicacio'n a cada nin~o sujeto a su jurisdiccio'n, sin distincio'n alguna, independientemente de la raza, el color, el sexo, el idioma, la religio'n, la opinio'n poli'tica o de otra i'ndole, el origen nacional, e'tnico o social, la posicio'n econo'mica, los impedimentos fi'sicos, el nacimiento o cualquier otra condicio'n del nin~o, de sus padres o de sus representantes legales" (pa'rrafo 1 del arti'culo 2)11. No obstante, los indicadores de que se dispone demuestran que en muchos pai'ses se discrimina contra la nin~a desde las primeras fases de la vida, durante toda su nin~ez y hasta la edad adulta. En algunas partes del mundo, el nu'mero de hombres excede del de mujeres en un 5%. Los motivos de esta disparidad son, entre otros, las actitudes y pra'cticas perjudiciales, como la mutilacio'n genital de las mujeres, la preferencia por los hijos varones, que se traduce a su vez en el infanticidio de las nin~as y en la seleccio'n del sexo antes del nacimiento, el matrimonio precoz, incluyendo el matrimonio de las nin~as, la violencia contra la mujer, la explotacio'n sexual, el abuso sexual, la discriminacio'n contra la nin~a en las raciones alimentarias y otras pra'cticas que afectan a la salud y al bienestar. Como resultado de todo ello, menos nin~as que nin~os llegan a la edad adulta. 260. Las nin~as suelen ser consideradas inferiores y se les ensen~a a ponerse siempre en u'ltimo lugar, con lo que se les quita el sentido de su propia dignidad. La discriminacio'n y el descuido de que son objeto en la infancia pueden ser el comienzo de una espiral descendente que durara' toda la vida, en la que la mujer se vera' sometida a privaciones y excluida de la vida social en general. Deben adoptarse iniciativas para preparar a la nin~a a participar, activa y eficazmente y en pie de igualdad con el nin~o, en todos los niveles de la direccio'n en las esferas social, econo'mica, poli'tica y cultural. 261. Los medios educativos viciados por prejuicios basados en el ge'nero, como los programas de estudios, materiales y pra'cticas, las actitudes de los profesores y las relaciones dentro del aula, refuerzan las desigualdades de ge'nero ya existentes. 262. Puede ser que la nin~a y la adolescente reciba, de sus padres, profesores o compan~eros y de los medios de comunicacio'n, una multiplicidad de mensajes conflictivos y contradictorios en cuanto al papel que le toca desempen~ar. Es preciso que mujeres y hombres colaboren con los nin~os y los jo'venes para desarraigar los estereotipos persistentes basados en el ge'nero, teniendo en cuenta los derechos del nin~o y los derechos, deberes y obligaciones de los padres, como se indica en el pa'rrafo 267 infra. 263. Aunque el nu'mero de nin~os instruidos ha aumentado en los u'ltimos 20 an~os en algunos pai'ses, los nin~os se han beneficiado proporcionalmente mucho ma's que las nin~as. En 1990, habi'a 130 millones de nin~os sin acceso a la escuela primaria; de ellos, 81 millones eran nin~as. Esto puede atribuirse a factores tales como las actitudes dictadas por la costumbre, el trabajo infantil, el matrimonio precoz, la falta de dinero y de servicios escolares adecuados, los embarazos de adolescentes y las desigualdades basadas en el ge'nero existentes tanto en la sociedad en general como en la familia, que se definen en el pa'rrafo 29 supra. En algunos pai'ses, la escasez de maestras puede coartar la matriculacio'n de las nin~as. En muchos casos, a las nin~as se las pone a realizar labores dome'sticas pesadas a una edad muy temprana, y se espera que atiendan al mismo tiempo a sus quehaceres dome'sticos y educativos, lo que tiene a menudo como resultado un bajo rendimiento en los estudios y el abandono precoz de la escuela. 264. El porcentaje de nin~as en la ensen~anza secundaria sigue siendo significativamente bajo en muchos pai'ses. No suele alentarse a las nin~as a seguir estudios cienti'ficos o tecnolo'gicos ni se les da oportunidad de hacerlo, con lo que se las priva de los conocimientos que necesitan para su vida cotidiana y para hallar oportunidades de empleo. 265. Se estimula menos a la nin~a que al nin~o a participar en las funciones sociales, econo'micas y poli'ticas de la sociedad y a aprender acerca de esas funciones, con el resultado de que no se le deparan las mismas oportunidades de acceder a los procesos de adopcio'n de decisiones que al nin~o. 266. La discriminacio'n que se practica contra la nin~a en el acceso a la nutricio'n y a los servicios de salud fi'sica y mental pone en peligro su salud presente y futura. Se estima que en los pai'ses en desarrollo 450 millones de mujeres adultas han tenido un desarrollo detenido a causa de la malnutricio'n proteicocalo'rica en la infancia. 267. La Conferencia Internacional sobre la Poblacio'n y el Desarrollo reconocio', en el pa'rrafo 7.3 del Programa de Accio'n14, que "se debe prestar plena atencio'n a la promocio'n de relaciones de respeto mutuo e igualdad entre mujeres y hombres, y particularmente a las necesidades de los adolescentes en materia de ensen~anza y de servicios, con objeto de que puedan asumir su sexualidad de modo positivo y responsable", teniendo en cuenta el derecho del nin~o a la informacio'n, a la intimidad, la confidencialidad, el respeto y el consentimiento con conocimiento de causa, asi' como las responsabilidades, derechos y obligaciones de los padres y tutores en lo que respecta a proporcionar al nin~o, con arreglo a la evolucio'n de sus capacidades, un asesoramiento y orientacio'n apropiados para el ejercicio de los derechos reconocidos en la Convencio'n sobre los Derechos del Nin~o y de conformidad con la Convencio'n sobre la eliminacio'n de todas las formas de discriminacio'n contra la mujer. En todas las acciones referentes a los nin~os, la consideracio'n primordial sera' el intere's superior del nin~o. Debe prestarse apoyo a la educacio'n sexual integral de los jo'venes, con el respaldo y la gui'a de los padres, en la que se subraye la responsabilidad de los varones con respecto de su propia sexualidad y fecundidad y en la que se les ayude a asumir esas responsabilidades. 268. Cada an~o, ma's de 15 millones de nin~as de entre 15 y 19 an~os de edad traen hijos al mundo. La maternidad a edades muy tempranas entran~a complicaciones durante el embarazo y el parto y constituye un riesgo para la salud de la madre muy superior a la media. Los niveles de morbilidad y mortalidad entre los hijos de madres jo'venes son ma's elevados. La maternidad precoz sigue constituyendo un impedimento para la mejora de la condicio'n educativa, econo'mica y social de la mujer en todas las partes del mundo. En general, el matrimonio y la maternidad precoces pueden reducir gravemente las oportunidades educativas y de empleo y pueden afectar a largo plazo negativamente la calidad de vida de la mujer y de sus hijos. 269. La violencia sexual y las enfermedades de transmisio'n sexual, incluido el VIH/SIDA, tienen un efecto devastador en la salud del nin~o, y la nin~a es ma's vulnerable que el varo'n a las consecuencias de las relaciones sexuales sin proteccio'n y prematuras. A menudo se ejercen presiones sobre la nin~a para que se entregue a actividades sexuales. Debido a factores tales como su juventud, las presiones sociales, la falta de leyes que la protejan o el hecho de que e'stas no se hagan cumplir, la nin~a es ma's vulnerable a todo tipo de violencia, especialmente la sexual, inclusive la violacio'n, el abuso sexual, la explotacio'n sexual, la trata, posiblemente la venta de sus o'rganos y tejidos, y los trabajos forzados. 270. La nin~a con discapacidad se enfrenta con otras barreras y es preciso que se le garantice la no discriminacio'n y el disfrute, en condiciones de igualdad, de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales, de conformidad con las Normas Uniformes sobre la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad30. 271. Algunos nin~os son especialmente vulnerables, en particular los abandonados, los que carecen de hogar y los desplazados, los nin~os de la calle, los que viven en zonas de conflicto y aquellos contra los que se discrimina por pertenecer a una etnia o raza minoritaria. 272. Deben eliminarse en consecuencia todos los obsta'culos a fin de permitir que las nin~as, sin excepcio'n, desarrollen su pleno potencial y todas sus capacidades mediante la igualdad de acceso a la educacio'n y a la formacio'n, a la nutricio'n, a los servicios de salud fi'sica y mental y a la informacio'n conexa. 273. Al ocuparse de las cuestiones relativas a la infancia y la juventud, los gobiernos deben promover una poli'tica activa y manifiesta en el sentido de incorporar una perspectiva de ge'nero en todas las poli'ticas y programas de forma que antes de adoptar cualquier decisio'n se analice de que' forma afectara' a la nin~a y al nin~o, respectivamente. Objetivo estrate'gico L.1. Eliminacio'n de todas las formas de discriminacio'n contra la nin~a Medidas que han de adoptarse 274. Medidas que han de adoptar los gobiernos: a) En el caso de los Estados que au'n no han firmado o ratificado la Convencio'n de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Nin~o, adoptar medidas urgentes para firmar y ratificar la Convencio'n, teniendo presente que en la Conferencia Mundial de Derechos Humanos se insto' ene'rgicamente a que se firmara antes de fines de 1995, y en el caso de los Estados que han firmado y ratificado la Convencio'n, garantizar su pleno cumplimiento adoptando todas las medidas legislativas, administrativas y de otra i'ndole que sean necesarias y fomentando un entorno que posibilite y aliente el pleno respeto de los derechos del nin~o; b) De conformidad con el arti'culo 7 de la Convencio'n sobre los Derechos del Nin~o11, adoptar medidas para garantizar la inscripcio'n del nin~o inmediatamente despue's de su nacimiento y su derecho desde ese momento a tener un nombre, a adquirir una nacionalidad y, en la medida de lo posible, a conocer a sus padres y a ser cuidado por ellos; c) Adoptar disposiciones para velar por que el nin~o cuente con el adecuado apoyo econo'mico de sus padres mediante, entre otras medidas, la garanti'a del cumplimiento de las leyes relativas a la manutencio'n del nin~o; d) Eliminar las injusticias y los obsta'culos en relacio'n con los derechos sucesorios a que se enfrentan las nin~as de modo que todos los nin~os puedan disfrutar sus derechos sin discriminacio'n mediante, por ejemplo, la promulgacio'n y aplicacio'n de leyes que garanticen la igualdad de derechos sucesorios y asegure la igualdad de derecho a la herencia con independencia del sexo; e) Promulgar y hacer que se cumplan estrictamente las leyes destinadas a velar por que so'lo se contraiga matrimonio con el libre y pleno consentimiento de los contrayentes; adema's, promulgar y hacer que se cumplan estrictamente las leyes relativas a la edad mi'nima para expresar consentimiento y contraer matrimonio y elevar la edad mi'nima para contraer matrimonio cuando sea necesario; f) Desarrollar y aplicar poli'ticas, planes de accio'n y programas amplios para la supervivencia, proteccio'n, desarrollo y adelanto de la nin~a a fin de promover y proteger su pleno disfrute de sus derechos humanos y para velar por la igualdad de oportunidades de la nin~a; dichos planes deben formar parte integrante del proceso global de desarrollo; g) Velar por que se desglosen por sexo y edad todos los datos relativos al nin~o en cuanto a salud, educacio'n y otros sectores, a fin de incluir una perspectiva de ge'nero en la planificacio'n, la aplicacio'n y la vigilancia de esos programas. 275. Medidas que han de adoptar los gobiernos y las organizaciones internacionales y no gubernamentales: a) Desglosar la informacio'n y los datos sobre la infancia por sexo y edad, emprender investigaciones sobre la situacio'n de la nin~a e integrar, segu'n proceda, los resultados en la formulacio'n de poli'ticas, programas y decisiones para el adelanto de la nin~a; b) Generar apoyo social a la observancia de las leyes sobre la edad mi'nima para contraer matrimonio, especialmente proporcionando a las nin~as oportunidades educativas. Objetivo estrate'gico L.2. Eliminar las actitudes y las pra'cticas culturales que perjudican a la nin~a Medidas que han de adoptarse 276. Medidas que han de adoptar los gobiernos: a) Alentar y apoyar, segu'n proceda, a las organizaciones no gubernamentales y a las organizaciones de base comunitaria en su labor de fomento de la evolucio'n de las actitudes y pra'cticas negativas para la nin~a; b) Poner en marcha programas de educacio'n y elaborar material dida'ctico y libros de texto que sensibilicen e informen a los adultos sobre los efectos perjudiciales para la nin~a que entran~an determinadas pra'cticas tradicionales o impuestas por la costumbre; c) Elaborar y aprobar programas de estudios, material dida'ctico y libros de texto que mejoren el concepto de si' misma de la nin~a, su vida y sus oportunidades de trabajo, especialmente en a'reas en que la mujer ha estado tradicionalmente menos representada, como las matema'ticas, la ciencia y la tecnologi'a; d) Adoptar medidas de forma que la tradicio'n y la religio'n y sus expresiones no constituyan motivo de discriminacio'n contra las nin~as. 277. Medidas que han de adoptar los gobiernos, las organizaciones internacionales y segu'n proceda, las organizaciones no gubernamentales: a) Promover un entorno educativo en el que se eliminen las barreras que impiden la asistencia a las escuelas de las nin~as casadas o embarazadas y las madres jo'venes, inclusive, segu'n proceda, mediante servicios de guarderi'a asequibles y accesibles, asi' como mediante la educacio'n de los padres, para alentar a las que tengan que ocuparse de sus hijos y sus hermanos cuando au'n esta'n en edad escolar a reemprender o continuar sus estudios hasta completar la ensen~anza; b) Alentar a las instituciones de educacio'n y a los medios de informacio'n a que adopten y proyecten una imagen de la nin~a y el nin~o equilibrada y libre de estereotipos y a que se esfuercen en eliminar la pornografi'a infantil y las representaciones degradantes o violentas de la nin~a; c) Eliminar todas las formas de discriminacio'n contra la nin~a y las causas ba'sicas de la preferencia por los hijos varones, que resultan en pra'cticas dan~inas e inmorales como la seleccio'n prenatal del sexo y el infanticidio femenino; esto se ve a menudo agravado por la utilizacio'n cada vez ma's frecuente de te'cnicas que permiten determinar el sexo del feto, desembocando todo ello en el aborto de fetos del sexo femenino; d) Desarrollar poli'ticas y programas en los que se de' prioridad a los programas oficiales y no oficiales que ayuden a la nin~a y le permitan adquirir conocimientos, desarrollar el sentido de su propia dignidad y asumir la responsabilidad de su propia vida; y prestar especial atencio'n a los programas destinados a educar a mujeres y hombres, especialmente los padres, sobre la importancia de la salud fi'sica y mental y del bienestar de la nin~a, incluidos la eliminacio'n de la discriminacio'n contra la nin~a en la racio'n alimentaria, el matrimonio precoz, la violencia ejercida contra ella, su mutilacio'n genital, la prostitucio'n infantil, el abuso sexual, la violacio'n y el incesto. Objetivo estrate'gico L.3. Promover y proteger los derechos de la nin~a e intensificar la conciencia de sus necesidades y su potencial Medidas que han de adoptarse 278. Medidas que han de adoptar los gobiernos y las organizaciones internacionales y no gubernamentales: a) Concientizar a los gobernantes, planificadores, administradores y encargados de aplicar las poli'ticas en todos los planos, asi' como a las familias y comunidades, de la situacio'n desfavorable en que se encuentran las nin~as; b) Hacer que las nin~as, sobre todo las que pasan por circunstancias difi'ciles, cobren conciencia de sus propias posibilidades e instruirlas acerca de los derechos que les corresponden conforme a todos los instrumentos internacionales de derechos humanos, incluida la Convencio'n sobre los Derechos del Nin~o, de la legislacio'n promulgada en su favor y de las diversas medidas que han adoptado tanto las organizaciones gubernamentales como las no gubernamentales a fin de mejorar su condicio'n; c) Educar a las mujeres, los hombres, las nin~as y los nin~os para que se esfuercen por mejorar la situacio'n de las nin~as y exhortarlos a trabajar en pro del respeto mutuo y de la colaboracio'n en pie de igualdad entre los jo'venes de ambos sexos; d) Favorecer la igualdad en la prestacio'n de los servicios y el suministro de aparatos apropiados a las nin~as con discapacidades y proporcionar a sus familias los servicios de apoyo pertinentes, cuando proceda. Objetivo estrate'gico L.4. Eliminar la discriminacio'n contra las nin~as en la educacio'n y en la formacio'n profesional Medidas que han de adoptarse 279. Medidas que han de adoptar los gobiernos: a) Velar por que la totalidad de las nin~as y los nin~os tenga acceso universal y en condiciones de igualdad a la ensen~anza primaria y pueda completarla, y suprimir las diferencias existentes actualmente entre nin~as y nin~os, conforme a lo estipulado en el arti'culo 28 de la Convencio'n de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Nin~o11; garantizar asimismo el acceso en condiciones de igualdad de oportunidades a la educacio'n secundaria para el an~o 2005 y a la educacio'n superior, incluida la formacio'n profesional y te'cnica, para todas las nin~as y nin~os, incluidos los discapacitados y los especialmente dotados; b) Adoptar medidas para incluir los programas de alfabetizacio'n funcional y de aritme'tica elemental, en particular destinados a las nin~as que no asisten a la escuela, en los programas de desarrollo; c) Fomentar la instruccio'n en materia de derechos humanos en los programas de ensen~anza e incluir en la educacio'n la idea de que los derechos humanos de la mujer y la nin~a son parte inalienable e indivisible de los derechos humanos universales; d) Aumentar la tasa de matri'cula escolar y las tasas de retencio'n de las nin~as proporcionando los recursos presupuestarios apropiados y movilizando el apoyo de la comunidad y de los padres mediante campan~as y horarios escolares flexibles, incentivos, becas, programas de acceso para muchachas no escolarizadas y otras medidas; e) Elaborar programas y materiales de capacitacio'n para maestros y educadores que les permitan cobrar conciencia de su propia funcio'n en el proceso educativo y aplicar estrategias efectivas de ensen~anza en que se tengan en cuenta los aspectos relacionados con el ge'nero; f) Adoptar medidas para que las maestras y profesoras universitarias tengan las mismas posibilidades y la misma categori'a que sus colegas del sexo masculino. 280. Medidas que han de adoptar los gobiernos y las organizaciones internacionales y no gubernamentales: a) Proporcionar educacio'n y capacitacio'n a las nin~as para que tengan mayores oportunidades de encontrar empleo y de acceder a los puestos de adopcio'n de decisiones; b) Proporcionar educacio'n a las muchachas para que conozcan mejor, desde el punto de vista teo'rico y pra'ctico, el funcionamiento de los sistemas econo'micos, financieros y poli'ticos; c) Garantizar a las nin~as con discapacidades el acceso a la educacio'n y la capacitacio'n apropiadas, a fin de que puedan participar plenamente en la sociedad; d) Fomentar la participacio'n plena e igual de las muchachas en actividades no acade'micas como los deportes, el teatro y los actos culturales. Objetivo estrate'gico L.5. Eliminar la discriminacio'n contra las nin~as en el a'mbito de la salud y la nutricio'n Medidas que han de adoptarse 281. Medidas que han de adoptar los gobiernos y las organizaciones internacionales y no gubernamentales: a) Difundir informacio'n pu'blica sobre la erradicacio'n de las pra'cticas discriminatorias contra las nin~as en materia de distribucio'n de alimentos, nutricio'n y acceso a los servicios de salud; b) Concientizar a las nin~as, los padres, los maestros y la sociedad sobre la buena salud y la nutricio'n en general y sobre los peligros para la salud y los problemas de otra i'ndole que entran~an los embarazos precoces; c) Fortalecer y reformar la educacio'n sanitaria y los servicios de salud, sobre todo los programas de atencio'n primaria de la salud incluidas la salud sexual y reproductiva, crear buenos programas de salud que satisfagan las necesidades fi'sicas y mentales de las muchachas y para atender las necesidades de las madres jo'venes, las mujeres embarazadas y las madres lactantes; d) Establecer programas de educacio'n entre compan~eros y de divulgacio'n destinados a intensificar la labor individual y colectiva con miras a disminuir la vulnerabilidad de las muchachas al VIH/SIDA y a otras enfermedades de transmisio'n sexual; conforme a lo acordado en el Programa de Accio'n de la Conferencia Internacional sobre la Poblacio'n y el Desarrollo, y a lo establecido en el informe de la presente Conferencia, reconociendo las funciones de los padres mencionadas en el pa'rrafo 267 de la presente Plataforma de Accio'n; e) Velar por que las muchachas, sobre todo las adolescentes, reciban educacio'n e informacio'n en materia de fisiologi'a reproductiva, salud reproductiva y salud sexual, conforme a lo acordado en el Programa de Accio'n de la Conferencia Internacional sobre la Poblacio'n y el Desarrollo, y a lo establecido en el informe de esa Conferencia, asi' como en materia de pra'cticas responsables de planificacio'n de la familia, vida de familia, salud reproductiva, enfermedades de transmisio'n sexual, transmisio'n y prevencio'n del VIH/SIDA, reconociendo las funciones de los padres mencionadas en el pa'rrafo 267. f) Incorporar la formacio'n sanitaria y nutricional para las nin~as a los programas de alfabetizacio'n y los planes de estudio acade'mico desde la ensen~anza primaria; g) Hacer hincapie' en la responsabilidad que incumbe a los adolescentes por lo que respecta a la salud y las actividades sexuales y reproductivas mediante la prestacio'n de los servicios y el asesoramiento apropiados, como se indica en el pa'rrafo 267; h) Elaborar programas de informacio'n y capacitacio'n que se ocupen de las necesidades de salud especiales de las nin~as, destinados a las personas encargadas de planificar y ejecutar las poli'ticas de salud; i) Adoptar todas las medidas oportunas para abolir las pra'cticas tradicionales que perjudican la salud de los nin~os, conforme a lo estipulado en el arti'culo 24 de la Convencio'n sobre los Derechos del Nin~o11. Objetivo estrate'gico L.6. Eliminar la explotacio'n econo'mica del trabajo infantil y proteger a las nin~as que trabajan Medidas que han de adoptarse 282. Medidas que han de adoptar los gobiernos: a) De conformidad con lo dispuesto en el arti'culo 32 de la Convencio'n sobre los Derechos del Nin~o11, proteger a los nin~os contra la explotacio'n econo'mica y contra el desempen~o de cualquier trabajo que pueda ser peligroso o entorpecer su educacio'n, o que sea nocivo para su salud o para su desarrollo fi'sico, mental, espiritual, moral o social; b) Fijar en la legislacio'n nacional una edad mi'nima de admisio'n en el empleo para los nin~os, incluidas las nin~as, de conformidad con las normas laborales internacionales existentes y la Convencio'n sobre los Derechos del Nin~o, en todos los sectores de actividad; c) Proteger a las nin~as que trabajan mediante las medidas siguientes: i) Fijar una edad o edades mi'nimas de admisio'n en el empleo; ii) Vigilar estrictamente las condiciones de trabajo (respeto de la jornada laboral, la prohibicio'n de que trabajen las nin~as a quienes se lo impide la legislacio'n nacional, la inspeccio'n de las condiciones de higiene y salud en el trabajo); iii) Otorgar proteccio'n de la seguridad social; iv) Establecer una capacitacio'n y una educacio'n permanentes; d) Reforzar, en caso necesario, la legislacio'n que reglamenta el trabajo infantil y fijar multas u otras sanciones apropiadas para garantizar el cumplimiento efectivo de la legislacio'n; e) Inspirarse en las normas de trabajo internacionales vigentes, incluidas, en su caso, las normas de la OIT sobre la proteccio'n de los nin~os trabajadores, al elaborar la legislacio'n y las poli'ticas laborales nacionales. Objetivo estrate'gico L.7. Erradicar la violencia contra las nin~as Medidas que han de adoptarse 283. Medidas que han de adoptar los gobiernos, segu'n proceda, y las organizaciones internacionales y no gubernamentales: a) Adoptar medidas eficaces para promulgar y aplicar la legislacio'n a fin de garantizar la seguridad de las muchachas frente a toda forma de violencia en el trabajo, incluidos los programas de capacitacio'n y los programas de apoyo; y adoptar medidas para erradicar el acoso sexual de las muchachas en las instituciones de educacio'n y de otra i'ndole; b) Adoptar las medidas legislativas, administrativas, sociales y educativas oportunas para defender a las nin~as, tanto en la familia como en la sociedad, contra toda forma de violencia fi'sica o mental, lesiones o abusos, abandono o trato negligente, malos tratos o explotacio'n, incluido el abuso sexual; c) Impartir capacitacio'n en materia de ge'nero a las personas que trabajan en programas de tratamiento, rehabilitacio'n y de asistencia de otra i'ndole destinados a las muchachas vi'ctimas de la violencia y promover programas de informacio'n, apoyo y capacitacio'n para e'stas; d) Promulgar y aplicar leyes que protejan a las muchachas contra toda forma de violencia, como la eleccio'n prenatal del sexo y el infanticidio femenino, la mutilacio'n genital, el incesto, los abusos sexuales, la explotacio'n sexual, la prostitucio'n y la pornografi'a infantiles, y establecer programas seguros y confidenciales y servicios de apoyo me'dico, social y psicolo'gico apropiados para cada edad destinados a las nin~as que son vi'ctimas de la violencia. Objetivo estrate'gico L.8. Fomentar la conciencia de las nin~as y su participacio'n en la vida social, econo'mica y poli'tica Medidas que han de adoptarse 284. Medidas que han de adoptar los gobiernos y las organizaciones internacionales y no gubernamentales: a) Facilitar a las muchachas el acceso a la educacio'n y la informacio'n sobre cuestiones sociales, culturales, econo'micas y poli'ticas, y a los medios de comunicacio'n que se ocupan de estas cuestiones, y permitirles expresar sus opiniones; b) Respaldar a las organizaciones no gubernamentales, y sobre todo a las destinadas a la juventud, en su labor de promocio'n de la igualdad y la participacio'n de las muchachas en la sociedad. Objetivo estrate'gico L.9. Fortalecer la funcio'n de la familia* en cuanto a mejorar la condicio'n de las nin~as Medidas que han de adoptarse 285. Medidas que han de adoptar los gobiernos, en colaboracio'n con las organizaciones no gubernamentales: a) Elaborar poli'ticas y programas para ayudar a la familia, como se define en el pa'rrafo 29 supra, en sus funciones de apoyo, educacio'n y crianza, haciendo especial hincapie' en la erradicacio'n de la discriminacio'n contra las nin~as en el seno familiar; b) Crear un entorno que fortalezca la familia, tal como se define en el pa'rrafo 29 supra, con miras a adoptar medidas de apoyo y prevencio'n que protejan y respeten a las nin~as y promuevan su potencial; c) Educar y estimular a los padres y los encargados para que traten de igual modo a las nin~as y a los nin~os y para que procuren que tanto las nin~as como los nin~os compartan las responsabilidades familiares, tal como se definen en el pa'rrafo 29 supra. * Segu'n se define en el pa'rrafo 29 supra. CAPI'TULO V Disposiciones institucionales 286. En la Plataforma de Accio'n se establece un conjunto de medidas que han de dar lugar a cambios fundamentales. Es indispensable que se adopten medidas inmediatas y responsables a fin de lograr los objetivos para el an~o 2000. Su aplicacio'n debe estar a cargo fundamentalmente de los gobiernos, pero depende tambie'n de una gran variedad de instituciones del sector pu'blico, privado y no gubernamental a nivel comunitario, nacional, subregional y regional e internacional. 287. Durante el Decenio de las Naciones Unidas para la Mujer (1976-1985), se crearon en los planos nacional, regional e internacional numerosas instituciones dedicadas especi'ficamente al adelanto de la mujer. En el plano internacional, se establecieron el Instituto Internacional de Investigaciones y Capacitacio'n para la Promocio'n de la Mujer (INSTRAW), el Fondo de Desarrollo de las Naciones Unidas para la Mujer (UNIFEM) y el Comite' encargado de vigilar la aplicacio'n de la Convencio'n sobre la eliminacio'n de todas las formas de discriminacio'n contra la mujer. Esas entidades, junto con la Comisio'n de la Condicio'n Juri'dica y Social de la Mujer y su secretari'a, la Divisio'n para el Adelanto de la Mujer, pasaron a ser las principales instituciones de las Naciones Unidas dedicadas especi'ficamente al adelanto de la mujer a nivel mundial. En el plano nacional, varios pai'ses crearon o fortalecieron mecanismos nacionales de planificacio'n, defensa, y control de los progresos alcanzados en el adelanto de la mujer. 288. La aplicacio'n de la Plataforma de Accio'n por las instituciones nacionales, subregionales y regionales e internacionales, tanto pu'blicas como privadas, se facilitari'a si hubiera transparencia, una mayor vinculacio'n entre las redes y organizaciones y una corriente de informacio'n constante entre todos los interesados. Tambie'n es preciso contar con objetivos claros y mecanismos de rendicio'n de cuentas. Debe haber vi'nculos con otras instituciones en los planos nacional, subregional y regional e internacional y con las redes y organizaciones dedicadas al adelanto de la mujer. 289. Las organizaciones no gubernamentales y las organizaciones de la comunidad tienen una funcio'n especi'fica que desempen~ar en la creacio'n de un clima social, econo'mico, poli'tico e intelectual basado en la igualdad entre la mujer y el hombre. Las mujeres deben participar activamente en la aplicacio'n y vigilancia de la Plataforma de Accio'n. 290. La aplicacio'n eficaz de la Plataforma tambie'n exigira' la modificacio'n de la estructura interna de las instituciones y organizaciones, incluidos los valores, actitudes, normas y procedimientos que se contrapongan al adelanto de la mujer. Se debe eliminar el acoso sexual. 291. Las instituciones nacionales, subregionales y regionales e internacionales deben contar con mandatos amplios y claros y con la autoridad, los recursos y los mecanismos de rendicio'n de cuentas que se requieran para cumplir las funciones establecidas en la Plataforma de Accio'n. Sus me'todos de funcionamiento deben garantizar una aplicacio'n eficiente y eficaz de la Plataforma. Debe existir un compromiso claro respecto de las normas y los esta'ndares internacionales de igualdad entre la mujer y el hombre como base para toda la accio'n. 292. Para garantizar la aplicacio'n eficaz de la Plataforma de Accio'n y promover el adelanto de la mujer en los planos nacional, subregional y regional e internacional, los gobiernos, el sistema de las Naciones Unidas y otras organizaciones pertinentes deben apoyar una poli'tica activa y visible de incorporacio'n de una perspectiva de ge'nero, entre otras cosas, en la vigilancia y evaluacio'n de todos los programas y poli'ticas. A. Actividades en el plano nacional 293. Los gobiernos son los principales responsables de la aplicacio'n de la Plataforma de Accio'n. Es indispensable contar con un compromiso al ma's alto nivel poli'tico para su aplicacio'n, y los gobiernos deben adoptar un papel rector en la coordinacio'n, la supervisio'n y la evaluacio'n de los progresos que se alcancen en el adelanto de la mujer. La Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer es una conferencia de compromiso y accio'n nacional e internacional. Ello requiere el compromiso de los gobiernos y de la comunidad internacional. La Plataforma de Accio'n forma parte de un proceso permanente y tiene efecto catali'tico, ya que contribuira' a los programas y a lograr resultados pra'cticos que beneficien a las nin~as y a las mujeres de todas las edades. Se exhorta a los Estados y a la comunidad internacional a que acepten este desafi'o estableciendo compromisos de accio'n. Como parte de este proceso, muchos Estados han establecido ya compromisos de accio'n que se recogen, entre otras cosas, en sus declaraciones nacionales. 294. Los mecanismos y las instituciones nacionales para el adelanto de la mujer deben participar en la formulacio'n de poli'ticas oficiales y fomentar la aplicacio'n de la Plataforma de Accio'n por medio de diversos o'rganos e instituciones, incluido el sector privado, y, cuando sea necesario, deben impulsar la elaboracio'n de nuevos programas para el an~o 2000 en esferas que no correspondan a las instituciones existentes. 295. Debe alentarse el apoyo y la participacio'n de una variedad amplia y diversa de instituciones, tales como o'rganos legislativos, instituciones acade'micas y de investigacio'n, asociaciones de profesionales, sindicatos, cooperativas, grupos comunitarios locales, organizaciones no gubernamentales, incluidas organizaciones de mujeres y grupos feministas, medios de difusio'n, grupos religiosos, organizaciones de jo'venes y grupos culturales, asi' como organizaciones financieras y organizaciones sin fines de lucro. 296. La aplicacio'n de la Plataforma de Accio'n exige la adopcio'n de medidas encaminadas a establecer o fortalecer los mecanismos nacionales para el adelanto de la mujer al nivel poli'tico ma's elevado, procedimientos apropiados y personal para la coordinacio'n en los ministerios y entre ministerios y otras instituciones con el mandato y la capacidad de ampliar la participacio'n de la mujer e incorporar el ana'lisis de ge'nero en los programas y poli'ticas. La primera etapa del proceso para todas las instituciones debe consistir en el examen de sus objetivos, programas y procedimientos operacionales en funcio'n de las medidas que se piden en la Plataforma. Una actividad importante debe ser promover la conciencia y el apoyo del pu'blico respecto de los objetivos de la Plataforma de Accio'n, entre otras cosas, por conducto de los medios de comunicacio'n y la educacio'n pu'blica. 297. En consulta con las instituciones y organizaciones no gubernamentales pertinentes, los gobiernos deben comenzar a formular estrategias de aplicacio'n de la Plataforma cuanto antes y de preferencia para fines de 1995 y deben preparar sus estrategias y planes de accio'n de ser posible para fines de 1996. En el proceso de planificacio'n deben participar personas del ma's alto nivel de autoridad gubernamental y representantes apropiados de la sociedad civil. Las estrategias de aplicacio'n deben ser amplias y contar con calendarios para los objetivos y datos de referencia sobre la vigilancia e incluir propuestas relativas a la asignacio'n y reasignacio'n de recursos relacionados con la aplicacio'n. Cuando sea necesario, se obtendra' el apoyo de la comunidad internacional, inclusive en materia de financiacio'n. 298. Se debe alentar a las organizaciones no gubernamentales a que contribuyan a la formulacio'n y aplicacio'n de las estrategias o los planes de accio'n nacionales. Tambie'n se les debe animar a formular sus propios programas con el objeto de complementar las actividades del gobierno. Se debe alentar a las organizaciones de mujeres y a los grupos feministas a que, en colaboracio'n con otras organizaciones no gubernamentales, organicen redes, segu'n convenga, y a que promuevan y apoyen la aplicacio'n de la Plataforma de Accio'n por los gobiernos y los o'rganos regionales e internacionales. 299. Los gobiernos deben comprometerse a establecer un equilibrio entre el hombre y la mujer, entre otras cosas, mediante la creacio'n de mecanismos especiales en todas las comisiones designadas por los gobiernos, las juntas y otros o'rganos oficiales pertinentes, segu'n proceda, asi' como en todos los o'rganos, instituciones y organizaciones internacionales, especialmente mediante la presentacio'n y promocio'n de candidatas. 300. Las organizaciones regionales e internacionales, en particular las instituciones de desarrollo y sobre todo el INSTRAW, el UNIFEM y los donantes bilaterales, deben brindar asistencia financiera y asesoramiento a los mecanismos nacionales a fin de incrementar su capacidad de reunir informacio'n, establecer redes y desempen~ar su mandato, y adema's fortalecer los mecanismos internacionales para promover el adelanto de la mujer, mediante sus mandatos respectivos, en cooperacio'n con los gobiernos. B. Actividades en el plano subregional y regional 301. Las comisiones regionales de las Naciones Unidas y otras estructuras subregionales y regionales deben alentar a las instituciones nacionales pertinentes a que vigilen y apliquen la Plataforma de Accio'n de conformidad con sus mandatos, y prestarles la asistencia necesaria. Ello debe hacerse en coordinacio'n con la aplicacio'n de las plataformas o los planes de accio'n regionales respectivos y en estrecha colaboracio'n con la Comisio'n de la Condicio'n Juri'dica y Social de la Mujer, habida cuenta de la necesidad de coordinar las actividades complementarias de las conferencias de las Naciones Unidas en las esferas econo'mica, social, de derechos humanos y esferas conexas. 302. A fin de facilitar el proceso regional de aplicacio'n, vigilancia y evaluacio'n, el Consejo Econo'mico y Social debe considerar la posibilidad de adaptar la capacidad institucional de las comisiones regionales de las Naciones Unidas, dentro del marco de sus mandatos, y especialmente de sus dependencias y centros de coordinacio'n encargados del adelanto de la mujer, para que se ocupen de cuestiones relacionadas con el ge'nero a la luz de la Plataforma de Accio'n y de las plataformas y planes de accio'n regionales. Conviene que, cuando resulte apropiado, se examine, entre otras cosas, el aumento de la capacidad en este sentido. 303. En el marco de sus mandatos actuales, las comisiones regionales deben integrar en sus actividades generales las cuestiones relativas a la mujer y la perspectiva de ge'nero y tambie'n deben examinar la conveniencia de establecer mecanismos y procesos para garantizar la aplicacio'n y vigilancia de la Plataforma de Accio'n y de las plataformas y planes de accio'n regionales. De acuerdo con sus mandatos, las comisiones regionales deben colaborar en las cuestiones relacionadas con el ge'nero, con otras organizaciones intergubernamentales, organizaciones no gubernamentales, instituciones financieras y de investigacio'n regionales y con el sector privado. 304. Las oficinas regionales de los organismos especializados del sistema de las Naciones Unidas deben, cuando resulte apropiado, formular y dar a conocer un plan de accio'n para aplicar la Plataforma de Accio'n que incluya la determinacio'n de calendarios y recursos. En la asistencia te'cnica y las actividades operacionales en el plano regional deben establecerse objetivos claramente definidos para la promocio'n de la mujer. Con tal fin, se requiere una coordinacio'n permanente entre o'rganos y organismos de las Naciones Unidas. 305. Se debe prestar apoyo a las organizaciones no gubernamentales de cada regio'n en sus esfuerzos por crear redes para coordinar las actividades de promocio'n y de divulgacio'n de informacio'n sobre la Plataforma de Accio'n mundial y las plataformas o los planes de accio'n regionales correspondientes. C. Actividades en el plano internacional 1. Naciones Unidas 306. Es preciso que la Plataforma de Accio'n se aplique con la colaboracio'n de todos los o'rganos y organizaciones del sistema de las Naciones Unidas durante el peri'odo 1995-2000, de forma especi'fica y como parte integrante de una programacio'n ma's general. En el peri'odo 1995-2000 se debe mejorar el marco internacional de cooperacio'n en cuestiones de ge'nero a fin de garantizar la aplicacio'n integrada y amplia de la Plataforma de Accio'n, la adopcio'n de medidas complementarias y las actividades de evaluacio'n, habida cuenta de los resultados obtenidos en las reuniones de alto nivel y las conferencias mundiales de las Naciones Unidas. El hecho de que los gobiernos se hayan comprometido en todas las reuniones en la cumbre y conferencias a promover la plenitud de derechos de la mujer en diferentes esferas exige la coordinacio'n de las estrategias complementarias de la Plataforma de Accio'n. El Programa de Desarrollo y el Programa de Paz deben tener en cuenta la Plataforma de Accio'n de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer. 307. Se debe fortalecer la capacidad institucional del sistema de las Naciones Unidas a fin de que pueda desempen~ar y coordinar su responsabilidad de aplicar la Plataforma de Accio'n; tambie'n conviene aumentar su experiencia y mejorar sus me'todos de trabajo respecto de la promocio'n del adelanto de la mujer. 308. El sistema de las Naciones Unidas debe asignar al nivel ma's alto posible la responsabilidad de garantizar que en todos los programas y poli'ticas se aplique la Plataforma de Accio'n y se integre una perspectiva de ge'nero. 309. A fin de mejorar la eficiencia y la eficacia del sistema de las Naciones Unidas en lo relativo a apoyar la igualdad y la promocio'n de la mujer en el plano nacional y a aumentar su capacidad de alcanzar los objetivos de la Plataforma de Accio'n, es preciso renovar, reformar y revitalizar las distintas partes de ese sistema. Esto incluiri'a el examen y el fortalecimiento de las estrategias y los me'todos de trabajo de los diversos mecanismos de las Naciones Unidas para la promocio'n de la mujer con miras a racionalizar y, segu'n convenga, reforzar sus funciones de asesoramiento, esti'mulo y vigilancia en relacio'n con los o'rganos y organismos principales. Se necesitan para ello dependencias especiales que se encarguen de las cuestiones relacionadas con la mujer y el ge'nero, pero es preciso tambie'n elaborar nuevas estrategias a fin de impedir que se produzca una marginacio'n involuntaria en lugar de una inclusio'n efectiva del componente de ge'nero en todas las operaciones. 310. Al aplicar las recomendaciones de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, todas las entidades del sistema de las Naciones Unidas interesadas en el adelanto de la mujer deben contar con los recursos y el apoyo necesarios para realizar actividades complementarias. En la formulacio'n de poli'ticas, la planificacio'n, la programacio'n y la presupuestacio'n generales deben integrarse debidamente a las actividades de los centros de coordinacio'n de cuestiones relacionadas con el ge'nero en las organizaciones. 311. Las Naciones Unidas y otras organizaciones internacionales deben tomar medidas, de conformidad con la Plataforma de Accio'n, para eliminar los obsta'culos que se oponen al adelanto de la mujer en sus organizaciones. Asamblea General 312. En su calidad de o'rgano intergubernamental superior de las Naciones Unidas, la Asamblea General es el principal o'rgano encargado de la formulacio'n de poli'ticas y la evaluacio'n de cuestiones relativas a las medidas complementarias de la Conferencia y, por consiguiente, debe integrar las cuestiones de ge'nero en todos sus trabajos. La Asamblea debe medir los progresos alcanzados en la aplicacio'n de la Plataforma de Accio'n, teniendo en cuenta que las cuestiones relativas a la mujer guardan relacio'n con aspectos tanto sociales como poli'ticos y econo'micos. En su quincuage'simo peri'odo de sesiones, que ha de celebrarse en 1995, la Asamblea tendra' a la vista el informe de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer. Con arreglo a su resolucio'n 49/161, tambie'n examinara' el informe del Secretario General sobre las actividades complementarias de la Conferencia, teniendo presentes las recomendaciones de la Conferencia. La Asamblea debe incluir las actividades complementarias de la Conferencia como parte de su labor constante de promocio'n de la mujer. Examinara' la aplicacio'n de la Plataforma de Accio'n en 1996, 1998 y 2000. Consejo Econo'mico y Social 313. En el contexto de la funcio'n que le asigna la Carta de las Naciones Unidas y de conformidad con las resoluciones de la Asamblea General 45/264, 46/235 y 48/162, el Consejo Econo'mico y Social se encargara' de la coordinacio'n en todo el sistema de la aplicacio'n de la Plataforma de Accio'n y formulara' recomendaciones al respecto. Debe invitarse al Consejo a examinar la aplicacio'n de la Plataforma de Accio'n, prestando la debida atencio'n a los informes de la Comisio'n de la Condicio'n Juri'dica y Social de la Mujer. En su calidad de o'rgano de coordinacio'n, se debe invitar al Consejo a examinar el mandato de la Comisio'n de la Condicio'n Juri'dica y Social de la Mujer, habida cuenta de la necesidad de contar con una coordinacio'n eficaz con las dema's comisiones interesadas y las actividades complementarias de la Conferencia. El Consejo debe incorporar los asuntos relativos al ge'nero en su examen de todas las cuestiones normativas, teniendo en cuenta las recomendaciones preparadas por la Comisio'n. Debe considerar la posibilidad de dedicar por lo menos una serie de sesiones de alto nivel antes del an~o 2000 a la promocio'n de la mujer y a la aplicacio'n de la Plataforma de Accio'n con una participacio'n activa, entre otros, de los organismos especializados, incluidos el Banco Mundial y el Fondo Monetario Internacional. 314. El Consejo debe examinar la posibilidad de dedicar antes del an~o 2000 por lo menos una serie de sesiones de coordinacio'n a promover el adelanto de la mujer, basa'ndose en el plan revisado de mediano plazo a nivel de todo el sistema para el adelanto de la mujer. 315. El Consejo debe dedicar antes del an~o 2000 por lo menos una serie de sesiones sobre actividades operacionales a coordinar las actividades de desarrollo relacionadas con el ge'nero basa'ndose en el plan revisado de mediano plazo a nivel de todo el sistema para el adelanto de la mujer con miras a adoptar directrices y procedimientos para la aplicacio'n de la Plataforma de Accio'n por los fondos y los programas del sistema de las Naciones Unidas. 316. El Comite' Administrativo de Coordinacio'n (CAC) debe examinar la forma en que las entidades participantes puedan coordinar mejor sus actividades, entre otras cosas, mediante los procedimientos existentes a nivel interinstitucional para garantizar la coordinacio'n en todo el sistema con miras a la aplicacio'n de los objetivos de la Plataforma de Accio'n y la adopcio'n de medidas complementarias. Comisio'n de la Condicio'n Juri'dica y Social de la Mujer 317. Se invita a la Asamblea General y al Consejo Econo'mico y Social, de conformidad con sus respectivos mandatos, a examinar el mandato de la Comisio'n de la Condicio'n Juri'dica y Social de la Mujer, teniendo en cuenta la Plataforma de Accio'n y la necesidad de coordinacio'n con otras comisiones interesadas y las actividades complementarias de la Conferencia, y de que se aplique un criterio a nivel de todo el sistema para su puesta en pra'ctica. 318. En su calidad de comisio'n orga'nica que presta asistencia al Consejo Econo'mico y Social, la Comisio'n de la Condicio'n Juri'dica y Social de la Mujer debe desempen~ar una funcio'n central en la vigilancia de la aplicacio'n de la Plataforma de Accio'n y debe asesorar al Consejo al respecto. Es preciso que la Comisio'n disponga de un mandato claro y de los recursos financieros y humanos suficientes, mediante la redistribucio'n de recursos en el presupuesto ordinario de las Naciones Unidas que le permitan desempen~ar ese mandato. 319. La Comisio'n de la Condicio'n Juri'dica y Social de la Mujer debe prestar asistencia al Consejo Econo'mico y Social al coordinar con las organizaciones pertinentes del sistema de las Naciones Unidas la presentacio'n de informes sobre la aplicacio'n de la Plataforma de Accio'n. La Comisio'n debe aprovechar las aportaciones de otras organizaciones del sistema de las Naciones Unidas y de otras fuentes, segu'n proceda. 320. Al formular su programa de trabajo para el peri'odo 1996- 2000, la Comisio'n de la Condicio'n Juri'dica y Social de la Mujer debe examinar las esferas de especial preocupacio'n de la Plataforma de Accio'n y analizar la posibilidad de integrar en su programa las actividades complementarias de la Conferencia Mundial sobre la Mujer. En este contexto, la Comisio'n de la Condicio'n Juri'dica y Social de la Mujer podri'a examinar la manera de seguir promoviendo su funcio'n catali'tica en la incorporacio'n de los criterios sobre ge'nero en las actividades principales de las Naciones Unidas. Otras comisiones orga'nicas 321. En el marco de sus mandatos, otras comisiones orga'nicas del Consejo Econo'mico y Social tambie'n deben tomar en consideracio'n la Plataforma de Accio'n y garantizar la integracio'n en sus actividades respectivas de los aspectos de ge'nero. Comite' para la Eliminacio'n de la Discriminacio'n contra la Mujer y otros o'rganos creados en virtud de tratados 322. Al cumplir sus responsabilidades con arreglo a la Convencio'n sobre la eliminacio'n de todas las formas de discriminacio'n contra la mujer, el Comite' para la Eliminacio'n de la Discriminacio'n contra la Mujer debe, en el marco de su mandato, tomar en consideracio'n la Plataforma de Accio'n cuando examine los informes presentados por los Estados partes. 323. Se invita a los Estados partes en la Convencio'n sobre la eliminacio'n de todas las formas de discriminacio'n contra la mujer a que, cuando presenten informes con arreglo al arti'culo 18 de la Convencio'n, incluyan informacio'n sobre las medidas adoptadas para aplicar la Plataforma de Accio'n a fin de facilitar la tarea del Comite' para la Eliminacio'n de la Discriminacio'n contra la Mujer de velar por que la mujer ejerza efectivamente los derechos garantizados por la Convencio'n. 324. Se debe reforzar la capacidad del Comite' para la Eliminacio'n de la Discriminacio'n contra la Mujer de vigilar la aplicacio'n de la Convencio'n proporciona'ndole los recursos humanos y financieros con cargo al presupuesto ordinario de las Naciones Unidas, inclusive la asistencia de asesores juri'dicos y, con arreglo a la resolucio'n 49/164 de la Asamblea General y la decisio'n adoptada por la reunio'n de los Estados partes en la Convencio'n, celebrada en mayo de 1995, suficiente tiempo de reuniones para el Comite'. El Comite' debe aumentar su coordinacio'n con otros o'rganos de derechos humanos creados en virtud de tratados, teniendo presentes las recomendaciones de la Declaracio'n y Programa de Accio'n de Viena. 325. En el marco de su mandato, otros o'rganos creados en virtud de tratados tambie'n deben tomar en consideracio'n la aplicacio'n de la Plataforma de Accio'n y garantizar la integracio'n de la igualdad de situacio'n y los derechos humanos de la mujer en sus actividades. Secretari'a de las Naciones Unidas Oficina del Secretario General 326. Se pide al Secretario General que se encargue de la coordinacio'n de las poli'ticas en las Naciones Unidas respecto de la aplicacio'n de la Plataforma de Accio'n y la incorporacio'n de una perspectiva de ge'nero en todas las actividades del sistema de las Naciones Unidas en el marco del mandato de los o'rganos interesados. El Secretario General debe examinar medidas concretas para garantizar la coordinacio'n eficaz de la aplicacio'n de tales objetivos. A esos efectos, se invita al Secretario General a crear un puesto de categori'a superior en la Oficina del Secretario General, sobre la base de los recursos humanos y financieros actuales, para que le asesore sobre cuestiones relativas al ge'nero y le ayude a velar por la aplicacio'n de la Plataforma de Accio'n a nivel de todo el sistema, en estrecha cooperacio'n con la Divisio'n para el Adelanto de la Mujer. Divisio'n para el Adelanto de la Mujer 327. La principal funcio'n de la Divisio'n para el Adelanto de la Mujer del Departamento de Coordinacio'n de Poli'ticas y de Desarrollo Sostenible es prestar servicios sustantivos a la Comisio'n de la Condicio'n Juri'dica y Social de la Mujer y otros o'rganos intergubernamentales en lo tocante al adelanto de la mujer, asi' como al Comite' para la Eliminacio'n de la Discriminacio'n contra la Mujer. Se ha designado al Comite' como centro de coordinacio'n de la aplicacio'n de las Estrategias de Nairobi orientadas hacia el futuro para el adelanto de la mujer. A la luz del examen del mandato de la Comisio'n de la Condicio'n Juri'dica y Social de la Mujer mencionado en el pa'rrafo 313 supra, tambie'n sera' preciso evaluar las funciones de la Divisio'n para el Adelanto de la Mujer. Se pide al Secretario General que asegure el funcionamiento eficaz de la Divisio'n, entre otras cosas, proporciona'ndole suficientes recursos financieros y humanos con cargo al presupuesto ordinario de las Naciones Unidas. ₫6 La Divisio'n debe examinar los obsta'culos que se oponen al adelanto de la mujer mediante el ana'lisis de las repercusiones de ge'nero al preparar los estudios de poli'ticas para la Comisio'n de la Condicio'n Juri'dica y Social de la Mujer y mediante el apoyo de otros o'rganos subsidiarios. Despue's de la celebracio'n de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer debe desempen~ar una funcio'n coordinadora al preparar la revisio'n del plan de mediano plazo a nivel de todo el sistema para el adelanto de la mujer para el peri'odo 1996-2001 y debe seguir actuando como secretari'a de la coordinacio'n interinstitucional para el adelanto de la mujer. Conviene que la Divisio'n siga manteniendo una corriente de informacio'n con las comisiones nacionales, las instituciones nacionales para la promocio'n de la mujer y las organizaciones no gubernamentales en lo tocante a la aplicacio'n de la Plataforma de Accio'n. Otras dependencias de la Secretari'a de las Naciones Unidas 329. Las diversas dependencias de la Secretari'a de las Naciones Unidas deben examinar sus programas para determinar la mejor forma de contribuir a la aplicacio'n coordinada de la Plataforma de Accio'n. Las propuestas para la aplicacio'n de la Plataforma deben reflejarse en la revisio'n del plan de mediano plazo a nivel de todo el sistema para el adelanto de la mujer para el peri'odo 1996-2001, asi' como en el proyecto de plan de mediano plazo de las Naciones Unidas para el peri'odo 1998-2002. El contenido de las actividades dependera' de los mandatos de las oficinas de que se trate. 330. Se deben establecer o reforzar los vi'nculos en la Secretari'a a fin de garantizar que en todas sus actividades figure como elemento central la perspectiva de ge'nero. 331. La Oficina de Recursos Humanos, en colaboracio'n con los administradores de programas de todo el mundo y de conformidad con el plan de accio'n estrate'gico para el mejoramiento de la situacio'n de la mujer en la Secretari'a (1995-2000), debe continuar concediendo prioridad a la contratacio'n y el ascenso de mujeres en puestos sujetos a distribucio'n geogra'fica, sobre todo en las categori'as superiores encargadas de la formulacio'n de poli'ticas y la adopcio'n de decisiones, a fin de alcanzar los objetivos establecidos en las resoluciones 45/125 y 45/239 C de la Asamblea General y reafirmados en las resoluciones 46/100, 47/93, 48/106 y 49/167. El servicio de capacitacio'n debe disen~ar y desarrollar programas perio'dicos de capacitacio'n con orientacio'n de ge'nero o incluir en todas sus actividades formacio'n en esa esfera. 332. El Departamento de Informacio'n Pu'blica debe procurar integrar una perspectiva de ge'nero en sus actividades generales de informacio'n y, con cargo a los recursos existentes, reforzar y mejorar sus programas sobre la mujer y la nin~a. Con tal fin, el Departamento debe formular una estrategia de comunicaciones para los diversos medios de difusio'n a fin de apoyar la aplicacio'n de la Plataforma de Accio'n, teniendo plenamente en cuenta las nuevas tecnologi'as. Los productos perio'dicos del Departamento tambie'n deben promover los objetivos de la Plataforma, sobre todo en los pai'ses en desarrollo. 333. La Divisio'n de Estadi'stica del Departamento de Informacio'n Econo'mica y Social y Ana'lisis de Poli'ticas debe desempen~ar la funcio'n importante de coordinar la labor internacional en materia de estadi'sticas descrita anteriormente en el objetivo estrate'gico H.3 del capi'tulo IV. Instituto Internacional de Investigaciones y Capacitacio'n para la Promocio'n de la Mujer 334. El INSTRAW tiene el mandato de promover las investigaciones y la capacitacio'n sobre la situacio'n de la mujer y el desarrollo. A la luz de la Plataforma de Accio'n, el INSTRAW debe examinar su programa de trabajo y elaborar un programa para llevar a la pra'ctica los aspectos de la Plataforma de Accio'n que corresponden a su mandato. Debe determinar los tipos de investigacio'n y de metodologi'as de investigacio'n a los que habra' de atribuirse prioridad, fortalecer las capacidades nacionales para realizar estudios sobre la mujer e investigaciones en materia de ge'nero, incluida la situacio'n de la nin~a, y establecer redes de instituciones de investigacio'n que puedan movilizarse para esos fines. Tambie'n debe determinar los tipos de ensen~anza y capacitacio'n que el Instituto puede realmente apoyar y promover. Fondo de Desarrollo de las Naciones Unidas para la Mujer 335. El UNIFEM tiene el mandato de aumentar las opciones y oportunidades para el desarrollo econo'mico y social de la mujer en los pai'ses en desarrollo proporcionando asistencia te'cnica y financiera para incorporar la cuestio'n del adelanto de la mujer en el desarrollo a todos los niveles. Por consiguiente, el UNIFEM debe examinar y reforzar su programa de trabajo a la luz de la Plataforma de Accio'n y de las recomendaciones de recientes reuniones de alto nivel y conferencias, en las que se destaca la necesidad de habilitar a la mujer en las esferas social y econo'mica. Con tal fin, se debe reforzar al UNIFEM a fin de permitirle iniciar medidas y actividades concretas para la aplicacio'n de la Plataforma de Accio'n. Debe incrementarse la funcio'n de promocio'n del UNIFEM fomentando la toma de conciencia internacional de la potenciacio'n del papel de la mujer y el dia'logo poli'tico multilateral sobre el tema, y es preciso que se pongan a disposicio'n del UNIFEM recursos suficientes. Organismos especializados y otras organizaciones del sistema de las Naciones Unidas 336. Para reforzar su apoyo a la accio'n en el plano nacional y aumentar su contribucio'n a las actividades complementarias coordinadas que realicen las Naciones Unidas, cada organizacio'n debe estipular las medidas concretas que tenga previstas, inclusive los objetivos y las metas para efectuar un ajuste de las prioridades y reorientar los recursos a fin de atender las prioridades mundiales enunciadas en la Plataforma de Accio'n. Debe existir un deslinde claro de responsabilidad y rendicio'n de cuentas. Las propuestas quedara'n reflejadas a su vez en el plan de mediano plazo a nivel de todo el sistema para el adelanto de la mujer para el peri'odo 1996-2001. 337. Cada organizacio'n debe comprometerse al nivel ma's alto posible y, en el cumplimiento de sus objetivos, debe adoptar medidas para aumentar y apoyar el papel y la responsabilidad de sus centros de coordinacio'n sobre cuestiones relativas a la mujer. 338. Adema's, los organismos especializados cuyos mandatos incluyan la prestacio'n de asistencia te'cnica a los pai'ses en desarrollo, en particular a los pai'ses de A'frica y a los pai'ses menos adelantados, deben colaborar en mayor medida para garantizar la promocio'n continua del adelanto de la mujer. 339. El sistema de las Naciones Unidas debe examinar la asistencia te'cnica que convenga y proporcionar esa asistencia y otras formas de asistencia a los pai'ses con economi'a en transicio'n a fin de facilitar la solucio'n de sus problemas especi'ficos relacionados con el adelanto de la mujer. 340. Cada organizacio'n debe conceder mayor prioridad a la contratacio'n y el ascenso de las funcionarias del cuadro orga'nico con miras a alcanzar un mayor equilibrio entre los sexos, sobre todo al nivel de adopcio'n de decisiones. En la contratacio'n del personal y la determinacio'n de las condiciones de servicio, la consideracio'n principal debe ser la necesidad de garantizar los niveles ma's altos de eficiencia, competencia e integridad. Se debe tener en cuenta la importancia de contratar personal en base a una distribucio'n geogra'fica lo ma's amplia posible. Las organizaciones deben informar perio'dicamente a sus o'rganos rectores sobre los progresos alcanzados con tal fin. 341. Conviene mejorar la coordinacio'n de las actividades operacionales de las Naciones Unidas para el desarrollo en el plano nacional por conducto del sistema de coordinadores residentes de conformidad con las resoluciones pertinentes de la Asamblea General, en particular la resolucio'n 47/199, teniendo plenamente en cuenta la Plataforma de Accio'n. 2. Otras instituciones y organizaciones internacionales 342. Al aplicar la Plataforma de Accio'n, se alienta a las instituciones financieras internacionales a examinar y revisar sus poli'ticas, procedimientos y dotacio'n de personal para asegurar que las inversiones y los programas beneficien a la mujer y contribuyan asi' al desarrollo sostenible. Se las alienta tambie'n a aumentar el nu'mero de mujeres en puestos de categori'a superior, aumentar la capacitacio'n del personal en el ana'lisis de ge'nero y establecer poli'ticas y directrices para lograr que se examinen plenamente las consecuencias diferentes que tienen para la mujer y el hombre los programas de pre'stamos y otras actividades. A este respecto, las instituciones de Bretton Woods, las Naciones Unidas, asi' como sus fondos y programas y los organismos especializados, deberi'an establecer dia'logos sustantivos regulares, incluso el dia'logo a nivel de terreno, para lograr una coordinacio'n ma's eficaz y efectiva de su asistencia a fin de aumentar la eficacia de sus programas en beneficio de las mujeres y sus familias. 343. La Asamblea General debe examinar la posibilidad de invitar a la Organizacio'n Mundial del Comercio a estudiar en que' forma puede contribuir a la aplicacio'n de la Plataforma de Accio'n, inclusive mediante la cooperacio'n con el sistema de las Naciones Unidas. 344. Las organizaciones no gubernamentales internacionales tienen un importante papel que desempen~ar en la aplicacio'n de la Plataforma de Accio'n. Es preciso que se estudie la posibilidad de establecer un mecanismo de colaboracio'n con las organizaciones no gubernamentales para promover la aplicacio'n de la Plataforma a diversos niveles. CAPI'TULO VI Disposiciones financieras 345. Los recursos financieros y humanos han sido generalmente insuficientes para el adelanto de la mujer, y ello ha contribuido a la lentitud del progreso alcanzado hasta la fecha en la aplicacio'n de las Estrategias de Nairobi orientadas hacia el futuro para el adelanto de la mujer. Para aplicar plena y eficazmente la Plataforma de Accio'n, incluidos los compromisos pertinentes contrai'dos en cumbres y conferencias anteriores de las Naciones Unidas, se requerira' la voluntad poli'tica de aportar los recursos humanos y financieros que se necesitan para la promocio'n de la mujer. Para esto sera' a su vez necesario que en las decisiones presupuestarias sobre poli'ticas y programas se integre una perspectiva de ge'nero, al mismo tiempo que una financiacio'n adecuada de los programas encaminados a lograr la igualdad entre la mujer y el hombre. Para aplicar la Plataforma de Accio'n, sera' preciso movilizar fondos de todas las fuentes y de todos los sectores. Tal vez resulte necesario reformular las poli'ticas y reasignar recursos dentro de los programas y entre ellos, aunque es probable que haya modificaciones de poli'tica que no tengan necesariamente consecuencias financieras. Tambie'n podra' ser necesario movilizar recursos adicionales, tanto pu'blicos como privados, incluso recursos provenientes de fuentes innovadoras de financiacio'n. A. En el plano nacional 346. La principal responsabilidad de la aplicacio'n de los objetivos estrate'gicos de la Plataforma de Accio'n corresponde a los gobiernos. Para lograr esos objetivos, los gobiernos deberi'an tomar medidas para revisar sistema'ticamente la manera en que las mujeres se benefician de los gastos del sector pu'blico; ajustar los presupuestos para lograr la igualdad de acceso a los gastos del sector pu'blico, tanto para aumentar la capacidad productiva como para satisfacer las necesidades sociales; y lograr los compromisos en materia de ge'nero contrai'dos en otras cumbres y conferencias de las Naciones Unidas. Para elaborar buenas estrategias nacionales de aplicacio'n de la Plataforma de Accio'n, los gobiernos deberi'an asignar suficientes recursos, incluidos los necesarios para llevar a cabo ana'lisis de las repercusiones de ge'nero. Los gobiernos tambie'n deberi'an alentar a las organizaciones no gubernamentales, al sector privado y a otras instituciones a que movilicen recursos adicionales. 347. Deberi'an asignarse recursos suficientes a los mecanismos nacionales para el adelanto de la mujer, asi' como a todas las instituciones apropiadas que puedan contribuir a la aplicacio'n y supervisio'n de la Plataforma de Accio'n. 348. Donde au'n no se hayan establecido mecanismos nacionales para el adelanto de la mujer, o donde todavi'a no este'n establecidos de manera permanente, los gobiernos deberi'an hacer todo lo posible por destinar recursos suficientes y constantes a esos fines. 349. Para facilitar la aplicacio'n de la Plataforma de Accio'n, los gobiernos deberi'an reducir, segu'n resulte apropiado, los gastos militares excesivos y las inversiones para la produccio'n y adquisicio'n de armas de manera compatible con las necesidades de seguridad nacional. 350. Deberi'a alentarse a las organizaciones no gubernamentales, al sector privado y a otros integrantes de la sociedad civil a que estudiaran la posibilidad de asignar los recursos necesarios para la aplicacio'n de la Plataforma de Accio'n. Los gobiernos deberi'an crear un entorno favorable para la movilizacio'n de recursos por las organizaciones no gubernamentales, en particular las organizaciones y redes de la mujer, grupos feministas, el sector privado y otros integrantes de la sociedad civil a fin de permitirles hacer contribuciones para ese fin. Deberi'a fortalecerse y aumentarse la capacidad de las organizaciones no gubernamentales en ese aspecto. B. En el plano regional 351. Se deberi'a solicitar a los bancos de desarrollo regionales, las asociaciones de negocios y otras instituciones regionales que contribuyan a la aplicacio'n de la Plataforma de Accio'n en sus actividades de concesio'n de cre'ditos y de otro tipo y que ayuden a movilizar recursos para ese fin. Tambie'n se los deberi'a alentar a que tomen en cuenta la Plataforma de Accio'n en sus poli'ticas y modalidades de financiacio'n. 352. Las organizaciones subregionales y regionales y las comisiones regionales de las Naciones Unidas deberi'an prestar asistencia, en caso necesario y en el marco de sus actuales mandatos, en la movilizacio'n de fondos para la aplicacio'n de la Plataforma de Accio'n. C. En el plano internacional 353. Se deberi'an asignar recursos financieros suficientes en el plano internacional para la aplicacio'n de la Plataforma de Accio'n en los pai'ses en desarrollo, en particular en A'frica y en los pai'ses menos adelantados. Para fortalecer la capacidad nacional de los pai'ses en desarrollo de aplicar la Plataforma de Accio'n sera' necesario esforzarse por alcanzar el objetivo convenido para la asistencia oficial para el desarrollo del 0,7% del producto nacional bruto de los pai'ses desarrollados a la brevedad posible, asi' como aumentar el porcentaje de financiacio'n correspondiente a las actividades destinadas a aplicar la Plataforma de Accio'n. Adema's, los pai'ses que brindan cooperacio'n para el desarrollo deberi'an realizar un ana'lisis cri'tico de sus programas de asistencia con miras a mejorar la calidad y la eficacia de la ayuda mediante la integracio'n de un criterio de ge'nero. 354. Se deberi'a invitar a las instituciones financieras internacionales, con inclusio'n del Banco Mundial, el Fondo Monetario Internacional, el Fondo Internacional de Desarrollo Agri'cola y los bancos regionales de desarrollo, a que examinaran sus subsidios y sus pre'stamos y a que asignaran pre'stamos y donaciones a los programas que tienen por objeto la aplicacio'n de la Plataforma de Accio'n, especialmente en A'frica y en los pai'ses menos adelantados. 355. El sistema de las Naciones Unidas deberi'a proporcionar cooperacio'n te'cnica y otras formas de asistencia a los pai'ses en desarrollo, en particular en A'frica, y a los pai'ses menos adelantados para la aplicacio'n de la Plataforma de Accio'n. 356. La aplicacio'n de la Plataforma de Accio'n en los pai'ses con economi'as en transicio'n requerira' la prestacio'n constante de cooperacio'n y asistencia internacionales. Las organizaciones y o'rganos del sistema de las Naciones Unidas, incluidos los organismos te'cnicos y sectoriales, deberi'an facilitar las actividades de elaboracio'n y aplicacio'n de poli'ticas y programas para el adelanto de la mujer en esos pai'ses. A este efecto, se deberi'a invitar al Fondo Monetario Internacional y al Banco Mundial a que apoyaran esas actividades. 357. Deberi'an llevarse a la pra'ctica las conclusiones de la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social en lo que respecta a la gestio'n y reduccio'n de la deuda, con miras a facilitar la realizacio'n de los objetivos de la Plataforma de Accio'n. 358. Para facilitar la aplicacio'n de la Plataforma de Accio'n, los pai'ses desarrollados y los pai'ses en desarrollo interesados deberi'an contraer el compromiso mutuo de asignar, en promedio, el 20% de la asistencia oficial para el desarrollo y el 20% del presupuesto nacional a programas sociales ba'sicos y, en tal sentido, deberi'an tener en cuenta una perspectiva de ge'nero. 359. Los fondos y programas de desarrollo del sistema de las Naciones Unidas deberi'an emprender de inmediato un ana'lisis de la medida en que sus programas y proyectos esta'n orientados a la aplicacio'n de la Plataforma de Accio'n y, en los pro'ximos ciclos de programacio'n, asegurar la idoneidad de los recursos destinados a la eliminacio'n de las disparidades entre mujeres y hombres en sus actividades de asistencia te'cnica y financiacio'n. 360. En reconocimiento de las funciones de los fondos, programas y organismos especializados de las Naciones Unidas, en particular las funciones especiales del UNIFEM y el INSTRAW en la potenciacio'n del papel de la mujer y, por tanto, en la aplicacio'n de la Plataforma de Accio'n, dentro de sus respectivos mandatos, entre otras cosas, mediante sus actividades de investigacio'n, capacitacio'n e informacio'n para el adelanto de la mujer, asi' como la prestacio'n de asistencia te'cnica y financiera para incluir una perspectiva basada en el ge'nero en las actividades de desarrollo, los recursos proporcionados por la comunidad internacional deben ser suficientes y deberi'an mantenerse en un nivel adecuado. 361. A fin de mejorar la eficiencia y la eficacia del sistema de las Naciones Unidas en sus esfuerzos por promover el adelanto de la mujer y de aumentar su capacidad para alcanzar los objetivos de la Plataforma de Accio'n, es necesario renovar, reformar y reactivar los diversos componentes del sistema de las Naciones Unidas, en particular la Divisio'n para el Adelanto de la Mujer de la Secretari'a de las Naciones Unidas, asi' como otras dependencias y o'rganos subsidiarios que tienen el mandato concreto de promover el adelanto de la mujer. En este sentido, se exhorta a los organismos rectores pertinentes del sistema de las Naciones Unidas a que presten especial atencio'n a la aplicacio'n eficaz de la Plataforma de Accio'n y revisen sus poli'ticas, programas, presupuestos y actividades con miras a lograr la utilizacio'n ma's efectiva y eficaz posible de los fondos dedicados a ese fin. Tambie'n sera' necesario asignar recursos adicionales con cargo al presupuesto ordinario de las Naciones Unidas para aplicar la Plataforma de Accio'n. Notas 1/ Informe de la Conferencia Mundial para el Examen y la Evaluacio'n de los Logros del Decenio de las Naciones Unidas para la Mujer: Igualdad, Desarrollo y Paz, Nairobi, 15 a 26 de julio de 1985 (publicacio'n de las Naciones Unidas, nu'mero de venta: S.85.IV.10), cap. I, secc. A. 2/ Informe de la Conferencia Mundial de Derechos Humanos, Viena, 14 a 25 de junio de 1993 (A/CONF.157/24 (Part I)), cap. III. 3/ Resolucio'n 34/180 de la Asamblea General, anexo. 4/ Resolucio'n 45/164 de la Asamblea General. 5/ Resolucio'n 44/82 de la Asamblea General. 6/ Resolucio'n 48/126 de la Asamblea General. 7/ A/47/308-E/1992/97, anexo. 8/ Resolucio'n 48/104 de la Asamblea General. 9/ Declaracio'n y Programa de Accio'n de Viena, Informe de la Conferencia Mundial de Derechos Humanos, cap. III, pa'rr. 5. 10/ Ve'ase Instrumentos juri'dicos en que se incorporan los resultados de la Ronda Uruguay de negociaciones comerciales multilaterales (Ginebra, secretari'a del GATT, 1994). 11/ Resolucio'n 44/25 de la Asamblea General, anexo. 12/ Informe Final de la Conferencia Mundial sobre Educacio'n para Todos: Satisfaccio'n de las Necesidades Ba'sicas de Aprendizaje, Jomtien, Tailandia, 5 a 9 de marzo de 1990, Comisio'n Interinstitucional (PNUD, UNESCO, UNICEF, Banco Mundial) de la Conferencia Mundial sobre Educacio'n para Todos, Nueva York, 1990, ape'ndice 1. 13/ Resolucio'n 2200 A (XXI) de la Asamblea General, anexo. 14/ Informe de la Conferencia Internacional sobre la Poblacio'n y el Desarrollo, El Cairo, 5 a 13 de septiembre de 1994 (publicacio'n de las Naciones Unidas, nu'mero de venta: S.95.XIII.18), cap. I, resolucio'n 1, anexo. 15/ Informe de la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social, Copenhague, 6 a 12 de marzo de 1995 (A/CONF.166/9), cap. I, resolucio'n 1, anexos I y II. 16/ Se entiende por aborto peligroso el procedimiento realizado por personas que no poseen las calificaciones necesarias, o en un medio en que no existen los requisitos me'dicos mi'nimos, o ambas cosas, con objeto de poner te'rmino a un embarazo no deseado (definicio'n basada en la publicacio'n de la Organizacio'n Mundial de la Salud The Prevention and Management of Unsafe Abortion, informe de un grupo de trabajo te'cnico, Ginebra, abril de 1992 (WHO/MSM/92.5)). 17/ Informe Final de la Conferencia Internacional sobre Nutricio'n, Roma, 5 a 11 de diciembre de 1992 (Roma, Organizacio'n de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentacio'n, 1993), parte II. 18/ Informe de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, Ri'o de Janeiro, 3 a 14 de junio de 1992 vol. I, Resoluciones aprobadas por la Conferencia (publicacio'n de las Naciones Unidas, nu'mero de venta: S.93.I.8 y correcciones), resolucio'n 1, anexo I. 19/ Ibi'd., resolucio'n 1, anexo II. 20/ Resolucio'n 317 (IV) de la Asamblea General, anexo. 21/ Resolucio'n 217 A (III) de la Asamblea General. 22/ Resolucio'n 39/46 de la Asamblea General, anexo. 23/ Documentos Oficiales de la Asamblea General, cuadrage'simo se'ptimo peri'odo de sesiones, Suplemento No. 38 (A/47/38), cap. I. 24/ Naciones Unidas, Recueil des Traite's, vol. 75, No. 973, pa'g. 287. 25/ Informe de la Conferencia Mundial de Derechos Humanos ..., cap. III, secc. II, pa'rr. 38. 26/ Ve'ase Anuario de las Naciones Unidas sobre Desarme, vol. 5: 1980 (publicacio'n de las Naciones Unidas, nu'mero de venta: S.81.IX.4), ape'ndice VII. 27/ Resolucio'n 260 A (III) de la Asamblea General, anexo. 28/ Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 189, No. 2545. 29/ Ibi'd., vol. 606, No. 8791. 30/ Resolucio'n 48/96 de la Asamblea General, anexo. 31/ Resolucio'n 1386 (XIV) de la Asamblea General, anexo. 32/ Ve'ase CEDAW/SP/1995/2. 33/ Resolucio'n 2106 A (XX) de la Asamblea General, anexo. 34/ Resolucio'n 41/128 de la Asamblea General, anexo. 35/ Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, Convenio sobre la Diversidad Biolo'gica (Centro de Actividad del Programa de Derecho e Instituciones Ambientales), junio de 1992. Resolucio'n 2 Expresio'n de reconocimiento al pueblo y al Gobierno de la Repu'blica Popular de China* La Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, Habie'ndose reunido en Beijing del 4 al 15 de septiembre de 1995 por invitacio'n del Gobierno de la Repu'blica Popular de China, 1. Expresa su profundo reconocimiento a la Excma. Sra. Chen Muhua, Vicepresidenta del Comite' Permanente del Congreso Nacional Popular de la Repu'blica Popular de China por su destacada contribucio'n, como Presidenta de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, al e'xito de la Conferencia; 2. Expresa su profunda gratitud al Gobierno de la Repu'blica Popular de China por haber hecho posible que la Conferencia se celebrara en Beijing y por los excelentes servicios, instalaciones y personal que puso generosamente a su disposicio'n; 3. Pide al Gobierno de la Repu'blica Popular de China que haga llegar a la ciudad de Beijing y al pueblo de la Repu'blica Popular de China la gratitud de la Conferencia por la hospitalidad y la ca'lida bienvenida extendida a sus participantes. * Aprobada en la 16~ sesio'n plenaria, que se celebro' el 15 de septiembre de 1995; ve'anse los pormenores en el capi'tulo VIII. Resolucio'n 3 Credenciales de los representantes ante la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer* La Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, Habiendo examinado el informe de la Comisio'n de Verificacio'n de Poderes 1/ y la recomendacio'n que alli' figura, Aprueba el informe de la Comisio'n de Verificacio'n de Poderes. * Aprobada en la 12~ sesio'n plenaria, que se celebro' el 12 de septiembre de 1995; ve'anse los pormenores en el capi'tulo VI. 1/ A/CONF.177/14. Capi'tulo II ASISTENCIA Y ORGANIZACIO'N DE LOS TRABAJOS A. Fecha y lugar de celebracio'n de la Conferencia 1. La Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer se celebro' en Beijing del 4 al 15 de septiembre de 1995, de conformidad con las resoluciones 45/129 y 46/98 de la Asamblea General. Durante ese peri'odo, la Conferencia celebro' 16 sesiones plenarias. B. Consultas previas a la Conferencia 2. Los di'as 2 y 3 de septiembre de 1995 se celebraron consultas previas a la Conferencia, que estuvieron abiertas a todos los Estados invitados a participar en ella para examinar diversas cuestiones de organizacio'n y de procedimiento. Estas y otras consultas oficiosas se realizaron bajo la presidencia del Excmo. Sr. Li Zhaoxing, Viceministro de Relaciones Exteriores de la Repu'blica Popular de China. Se presento' a la Conferencia el informe de las consultas (A/CONF.177/L.4) y las recomendaciones que figuran en e'l fueron aceptadas como base para la organizacio'n de los trabajos de la Conferencia. C. Asistencia 3. Estuvieron representados en la Conferencia los siguientes Estados y organizaciones regionales de integracio'n econo'mica: Afganista'n Albania Alemania Andorra Angola Antigua y Barbuda Argelia Argentina Armenia Australia Austria Azerbaiya'n Bahamas Bahrein Bangladesh Barbados Belaru's Be'lgica Belice Benin Bhuta'n Bolivia Bosnia y Herzegovina Botswana Brasil Brunei Darussalam Bulgaria Burkina Faso Burundi Cabo Verde Camboya Cameru'n Canada' Chad Chile China Chipre Colombia Comoras Comunidad Europea Congo Costa Rica Co^te d'Ivoire Croacia Cuba Dinamarca Djibouti Dominica Ecuador Egipto El Salvador Emiratos A'rabes Unidos Eritrea Eslovaquia Eslovenia Espan~a Estados Unidos de Ame'rica Estonia Etiopi'a ex Repu'blica Yugoslava de Macedonia Federacio'n de Rusia Fiji Filipinas Finlandia Francia Gabo'n Gambia Georgia Ghana Grecia Guatemala Guinea Guinea-Bissau Guinea Ecuatorial Guyana Haiti' Honduras Hungri'a India Indonesia Ira'n (Repu'blica Isla'mica del) Iraq Irlanda Islandia Islas Cook Islas Marshall Islas Salomo'n Israel Italia Jamahiriya A'rabe Libia Jamaica Japo'n Jordania Kazaksta'n Kenya Kirguista'n Kiribati Kuwait Lesotho Letonia Li'bano Liberia Liechtenstein Lituania Luxemburgo Madagascar Malasia Malawi Maldivas Mali' Malta Marruecos Mauricio Mauritania Me'xico Micronesia (Estados Federados de) Mo'naco Mongolia Mozambique Myanmar Namibia Nauru Nepal Nicaragua Ni'ger Nigeria Niue Noruega Nueva Zelandia Oma'n Pai'ses Bajos Pakista'n Palau Panama' Papua Nueva Guinea Paraguay Peru' Polonia Portugal Qatar Reino Unido de Gran Bretan~a e Irlanda del Norte Repu'blica A'rabe Siria Repu'blica Centroafricana Repu'blica Checa Repu'blica de Corea Repu'blica Democra'tica Popular Lao Repu'blica de Moldova Repu'blica Dominicana Repu'blica Popular Democra'tica de Corea Repu'blica Unida de Tanzani'a Rumania Rwanda Saint Kitts y Nevis Samoa San Marino Santa Luci'a Santa Sede Santo Tome' y Pri'ncipe San Vicente y las Granadinas Senegal Seychelles Sierra Leona Singapur Sri Lanka Suda'frica Suda'n Suecia Suiza Suriname Swazilandia Tailandia Tayikista'n Togo Tonga Trinidad y Tabago Tu'nez Turkmenista'n Turqui'a Tuvalu Ucrania Uganda Uruguay Uzbekista'n Vanuatu Venezuela Viet Nam Yemen Zaire Zambia Zimbabwe 4. Asistio' a la Conferencia el observador de Palestina. 5. Los siguientes miembros asociados de las comisiones regionales estuvieron representados por observadores: Samoa Americana Mancomunidad de las Islas Marianas Septentrionales Guam Macao Antillas Neerlandesas Puerto Rico 6. Estuvieron representadas las secretari'as de las siguientes comisiones regionales: Comisio'n Econo'mica para A'frica Comisio'n Econo'mica para Europa Comisio'n Econo'mica para Ame'rica Latina y el Caribe Comisio'n Econo'mica y Social para Asia y el Paci'fico Comisio'n Econo'mica y Social para Asia Occidental 7. Estuvieron representados los siguientes o'rganos y programas de las Naciones Unidas: Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo Fondo de Desarrollo de las Naciones Unidas para la Mujer Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente Fondo de Poblacio'n de las Naciones Unidas Universidad de las Naciones Unidas Programa Mundial de Alimentos Organismo de Obras Pu'blicas y Socorro de las Naciones Unidas para los Refugiados de Palestina en el Cercano Oriente Centro de las Naciones Unidas para los Asentamientos Humanos (Ha'bitat) Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados Instituto Internacional de Investigaciones y Capacitacio'n para la Promocio'n de la Mujer Instituto de Investigacio'n de las Naciones Unidas para el Desarrollo Social Centro de Comercio Internacional Dependencia Comu'n de Inspeccio'n Comite' para la Eliminacio'n de la Discriminacio'n contra la Mujer 8. Estuvieron representados los siguientes organismos especializados y organizaciones conexas: Organizacio'n Internacional del Trabajo Organizacio'n de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentacio'n Organizacio'n de las Naciones Unidas para la Educacio'n, la Ciencia y la Cultura Organizacio'n Mundial de la Salud Banco Mundial Fondo Monetario Internacional Organizacio'n Meteorolo'gica Mundial Organizacio'n Mari'tima Internacional Organizacio'n Mundial de la Propiedad Intelectual Fondo Internacional de Desarrollo Agri'cola Organizacio'n de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial Organismo Internacional de Energi'a Ato'mica 9. Estuvieron representadas las siguientes organizaciones intergubernamentales: Banco Africano de Desarrollo Banco Asia'tico de Desarrollo Banco Interamericano de Desarrollo Centro Africano de Formacio'n e Investigacio'n Administrativas para el Desarrollo Comisio'n de las Comunidades Europeas Comisio'n del Paci'fico Meridional Comisio'n Preparatoria de la Organizacio'n para la Prohibicio'n de las Armas Qui'micas Comite' Internacional de la Cruz Roja Comunidad de Estados Independientes Comunidad del Caribe Consejo de Europa Consejo No'rdico Consejo No'rdico de Ministros Federacio'n Internacional de Sociedades de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja Foro del Paci'fico Meridional Instituto de Gestio'n para A'frica Oriental y Meridional Liga de los Estados A'rabes Organismo de Cooperacio'n Cultural y Te'cnica Organizacio'n de Cooperacio'n y Desarrollo Econo'micos Organizacio'n de la Conferencia Isla'mica Organizacio'n de la Unidad Africana Organizacio'n de los Estados Americanos Organizacio'n Internacional para las Migraciones Parlamento Latinoamericano Secretari'a del Commonwealth Sistema Econo'mico Latinoamericano 10. Un gran nu'mero de organizaciones no gubernamentales fueron acreditadas en la Conferencia por la Comisio'n de la Condicio'n Juri'dica y Social de la Mujer, en su decisio'n 39/2, y el Consejo Econo'mico y Social, en su decisio'n 1995/229. D. Apertura de la Conferencia y eleccio'n de la Presidenta 11. El Representante Especial del Secretario General de las Naciones Unidas declaro' abierta la Conferencia y dio lectura al discurso del Secretario General. 12. En su primera sesio'n plenaria, celebrada el 4 de septiembre, la Conferencia eligio' Presidenta por aclamacio'n a la Excma. Sra. Chen Muhua, Vicepresidenta del Comite' Permanente del Congreso Popular Nacional de la Repu'blica Popular de China. 13. La Secretaria General de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, Sra. Gertrude Mongella, hizo uso de la palabra. 14. Formularon declaraciones inaugurales la Excma. Sra. Mohtarma Benazir Bhutto, Primera Ministra del Pakista'n; la Excma. Sra. Vigdis Finnbogadottir, Presidenta de Islandia; la Excma. Sra. Begum Khaleda Zia, Primera Ministra de Bangladesh; la Excma. Sra. Doctora Speciosa Wandira Kazibwe, Vicepresidenta y Ministra del Ge'nero y de Desarrollo Comunitario de Uganda; y la Excma. Sra. Nguyen Thi Binh, Vicepresidenta de Viet Nam. E. Mensajes de Jefes de Estado o de Gobierno 15. Se recibieron mensajes del Excmo. Sr. Heydor Aliyev, Presidente de Azerbaiya'n; el Excmo. Sr. Meles Zenawi, Primer Ministro de Etiopi'a; el Excmo. Sr. Capita'n de Aviacio'n J. J. Rawlings, Presidente de Ghana; el Excmo. Sr. Fidel V. Ramos, Presidente de Filipinas; el Excmo. Sr. Boris Yeltsin, Presidente de la Federacio'n de Rusia; el Excmo. Sr. Abdon Diouf, Primer Ministro del Senegal; y la Excma. Sra. Profesora Tansu Ciller, Primera Ministra de Turqui'a, en los que formulaban votos por el e'xito de la Conferencia. F. Aprobacio'n del reglamento 16. En su primera sesio'n plenaria, celebrada el 4 de septiembre, la Conferencia aprobo' el reglamento provisional (A/CONF.177/2) que habi'a sido aprobado por la Comisio'n de la Condicio'n Juri'dica y Social de la Mujer, en su calidad de o'rgano preparatorio de la Conferencia, en su 39~ peri'odo de sesiones, y por la Asamblea General en su decisio'n 49/482, de 21 de abril de 1995. G. Aprobacio'n del programa 17. En su primera sesio'n plenaria, celebrada el 4 de septiembre, la Conferencia aprobo' el programa provisional (A/CONF.177/1) recomendado por la Comisio'n de la Condicio'n Juri'dica y Social de la Mujer, en su calidad de o'rgano preparatorio de la Conferencia, en el anexo I de su resolucio'n 39/1. El programa aprobado era el siguiente: 1. Apertura de la Conferencia. 2. Eleccio'n de la Presidenta. 3. Aprobacio'n del reglamento. 4. Aprobacio'n del programa y otras cuestiones de organizacio'n. 5. Eleccio'n de los miembros de la Mesa distintos de la Presidenta. 6. Organizacio'n de los trabajos, inclusive el establecimiento de la Comisio'n Principal. 7. Credenciales de los representantes en la Conferencia: a) Nombramiento de los miembros de la Comisio'n de Verificacio'n de Poderes; b) Informe de la Comisio'n de Verificacio'n de Poderes. 8. Debate general: a) Segundo examen y evaluacio'n de la aplicacio'n de las Estrategias de Nairobi orientadas hacia el futuro para el adelanto de la mujer hasta el an~o 2000; b) Principales conclusiones y recomendaciones de las conferencias preparatorias regionales; c) Prioridades y compromisos nacionales. 9. Plataforma de Accio'n. 10. Aprobacio'n de la Declaracio'n y de la Plataforma de Accio'n de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer. 11. Aprobacio'n del informe de la Conferencia. H. Eleccio'n de los miembros de la Mesa distintos de la Presidenta 18. En su primera sesio'n plenaria, celebrada el 4 de septiembre, la Conferencia hizo suyas las recomendaciones relativas a la composicio'n de la Mesa y la distribucio'n de los cargos que figuraba en el pa'rrafo 4 del documento A/CONF.177/3. 19. En la misma sesio'n, la Conferencia eligio' Vicepresidentes de los siguientes grupos regionales: Estados de A'frica (siete vicepresidentes): Botswana, el Congo, Kenya, Marruecos, Nigeria, el Senegal y el Suda'n; Estados de Asia (seis vicepresidentes): Bangladesh, el Japo'n, Jordania, Malasia, el Pakista'n y la Repu'blica A'rabe Siria; Estados de Europa oriental (tres vicepresidentes): Azerbaiya'n, la ex Repu'blica Yugoslava de Macedonia y Rumania; Estados de Ame'rica Latina y el Caribe (cinco vicepresidentas): Bahamas, el Brasil, Colombia, Cuba, y Panama'; Estados de Europa occidental y otros Estados (seis vicepresidentes): Australia, Espan~a, Grecia, Nueva Zelandia, Portugal y Suecia. 20. En la misma sesio'n, la Conferencia eligio' Vicepresidente ex officio del pai's anfitrio'n al Excmo. Sr. Li Zhaoxing, Viceministro de Relaciones Exteriores de la Repu'blica Popular de China. 21. En la misma sesio'n, la Conferencia eligio' a la Sra. Netumbo Nandi-Ndaiwah (Namibia) Relatora General de la Conferencia. 22. En la misma sesio'n, la Conferencia eligio' a la Sra. Patricia B. Licuanan (Filipinas) Presidenta de la Comisio'n Principal. I. Organizacio'n de los trabajos, inclusive el establecimiento de la Comisio'n Principal de la Conferencia 23. En su primera sesio'n plenaria, celebrada el 4 de septiembre, la Conferencia, de conformidad con las recomendaciones formuladas en las consultas previas a la Conferencia, que figuran en los pa'rrafos 15 a 18 del documento A/CONF.177/L.4, aprobo' la organizacio'n de sus trabajos. J. Nombramiento de los miembros de la Comisio'n de Verificacio'n de Poderes 24. En su primera sesio'n plenaria, celebrada el 4 de septiembre, de conformidad con el arti'culo 4 del reglamento de la Conferencia y las recomendaciones formuladas en las consultas previas a la Conferencia que figuraban en el pa'rrafo 19 del documento A/CONF.177/L.4, la Conferencia establecio' una Comisio'n de Verificacio'n de Poderes integrada por China, los Estados Unidos de Ame'rica, la Federacio'n de Rusia, Fiji, Honduras, Namibia, Portugal, Suriname y el Togo, en el entendimiento de que, si alguno de esos Estados no participaba en la Conferencia, lo reemplazari'a otro Estado del mismo grupo regional. Capi'tulo III DEBATE GENERAL 1. La Conferencia celebro' un debate general sobre: a) el segundo examen y evaluacio'n de la aplicacio'n de las Estrategias de Nairobi orientadas hacia el futuro para el adelanto de la mujer hasta el an~o 2000; b) las principales conclusiones y recomendaciones de las conferencias preparatorias regionales; y c) las prioridades y los compromisos nacionales (tema 8), en las sesiones plenarias segunda a 15~, del 5 al 15 de septiembre de 1995. Se dirigieron a la Conferencia representantes de Estados; observadores; organismos especializados; o'rganos, programas y oficinas de las Naciones Unidas; organizaciones intergubernamentales; organizaciones no gubernamentales, y observadores de los miembros asociados de las comisiones regionales. Todos los oradores manifestaron su satisfaccio'n por los esfuerzos hechos por el Gobierno anfitrio'n y la secretari'a para preparar la Conferencia. 2. En la segunda sesio'n plenaria, celebrada el 5 de septiembre, la Conferencia escucho' las declaraciones de las Primeras Damas de Panama' y del Brasil y de los representantes de Filipinas, Espan~a, Turqui'a, Indonesia, el Japo'n, Italia, Nueva Zelandia, Be'lgica, Me'xico y Sri Lanka. 3. En la tercera sesio'n plenaria, celebrada el 5 de septiembre, la Conferencia escucho' las declaraciones de las Primeras Damas de la Repu'blica de Corea, el Ecuador, Ghana y Benin; de su Alteza Real la Princesa Basma Bint Talal de Jordania, y de los representantes de Ucrania, Namibia, China, Islandia, la India, Tailandia, la Repu'blica Unida de Tanzani'a, el Senegal, Chile, Portugal, el Reino Unido de Gran Bretan~a e Irlanda del Norte, Antigua y Barbuda, Tu'nez, la Santa Sede y Nepal. 4. En la misma sesio'n hicieron declaraciones los Directores Generales de la Organizacio'n Mundial de la Salud y de la Organizacio'n de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentacio'n. Formularon adema's declaraciones el Adjunto de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Refugiados, los Directores Ejecutivos del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia y del Fondo de Poblacio'n de las Naciones Unidas y el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos. Su Majestad la Reina Fabiola de Be'lgica y el representante del Comite' Directivo Internacional para el Adelanto de la Mujer Campesina hicieron asimismo sendas declaraciones. Tambie'n formularon declaraciones los representantes de las siguientes organizaciones no gubernamentales: Foro de las organizaciones no gubernamentales en Beijing, National Organization of Arab/American Women y Committee for Asian Women. 5. En la cuarta sesio'n plenaria, celebrada el 6 de septiembre, hicieron declaraciones la Primera Dama de Egipto, Su Alteza Real el Pri'ncipe Sobandla Dlamini de Swazilandia y los representantes de Irlanda, la Repu'blica Popular Democra'tica de Corea, Alemania, Zimbabwe, Malta, Marruecos, el Gabo'n, el Peru' y Argelia. 6. En la misma sesio'n hizo una declaracio'n el Administrador del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo. Tambie'n formulo' una declaracio'n el representante de la Comisio'n de las Comunidades Europeas. 7. En la quinta sesio'n plenaria, celebrada el 6 de septiembre, la Conferencia escucho' declaraciones de las Primeras Damas de El Salvador, Suriname, Djibouti y Guinea Ecuatorial; de Su Alteza Real la Princesa Norodom Marie Ranariddh de Camboya y de los representantes de los Estados Unidos de Ame'rica, Australia, Dinamarca, Suda'frica, Guinea, Lituania, el Canada', Zambia, Fiji, Finlandia, Malasia, Luxemburgo, Suecia, Polonia, Mongolia, Guyana, Singapur, el Pakista'n, Mozambique y el Togo. 8. En la misma sesio'n formulo' una declaracio'n el Subdirector General de la Organizacio'n Internacional del Trabajo. Hicieron declaraciones el Director Ejecutivo del Programa Mundial de Alimentos, un Inspector de la Dependencia Comu'n de Inspeccio'n, el Director Ejecutivo del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente y el Secretario Ejecutivo de la Comisio'n Econo'mica y Social para Asia y el Paci'fico. Los representantes de la Organizacio'n Internacional para las Migraciones y la secretari'a del Commonwealth, organizaciones intergubernamentales, hicieron declaraciones. Tambie'n formularon declaraciones representantes de las siguientes organizaciones no gubernamentales: Confederacio'n Internacional de Organizaciones Sindicales Libres, Family Life Counselling y All India Women's Conference. 9. En la sexta sesio'n plenaria, celebrada el 7 de septiembre, la Conferencia escucho' una declaracio'n de la Primera Dama del Li'bano y de los representantes de Austria, Hungri'a, la Argentina, Eslovaquia, Letonia, los Emiratos A'rabes Unidos, Noruega, Francia y Santa Luci'a. 10. En la misma sesio'n, hizo una declaracio'n el Director General de la Organizacio'n de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial. Tambie'n formulo' una declaracio'n la Presidenta del Comite' para la eliminacio'n de todas las formas de discriminacio'n contra la mujer. 11. En la se'ptima sesio'n plenaria, celebrada el 7 de septiembre, la Conferencia escucho' declaraciones de Su Majestad la Reina Halaevalu Mata'aho de Tonga y de los representantes de Grecia, Nicaragua, Co^te d'Ivoire, Chipre, Suiza, Bulgaria, Venezuela, el Cameru'n, Trinidad y Tabago, Rwanda, el Paraguay, la Repu'blica Centroafricana, Vanuatu, la Repu'blica Checa, el Ni'ger, Bahrein y Georgia. El observador de Macao hizo una declaracio'n. El observador de Palestina tambie'n formulo' una declaracio'n. 12. En la misma sesio'n, hicieron declaraciones el Rector de la Universidad de las Naciones Unidas, el Secretario Ejecutivo de la Comisio'n Econo'mica para Europa y el Subsecretario General del Centro de las Naciones Unidas para los Asentamientos Humanos y Secretario General de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre los Asentamientos Humanos (Ha'bitat II). Tambie'n formularon declaraciones los representantes de la Liga de los Estados A'rabes, el Consejo de Europa y la Agencia de Cooperacio'n Cultural y Te'cnica. Hicieron adema's declaraciones los representantes de las siguientes organizaciones no gubernamentales: Alianza Cooperativa Internacional, International Coalition on Women and Credit, Accio'n Familiar, Federacio'n Democra'tica Internacional de Mujeres, Federacio'n Internacional del Derecho a la Vida, Network for Women in Development: Europe y Congreso Isla'mico Mundial. 13. En la octava sesio'n, celebrada el 8 de septiembre, hicieron declaraciones la Primera Dama de Burundi y los representantes de Kenya, Liechtenstein, Cuba, Estonia, Croacia, Jamaica, las Bahamas, Belice, Rumania y Viet Nam. 14. En la misma sesio'n, formulo' una declaracio'n el Director General de la Organizacio'n de las Naciones Unidas para la Educacio'n, la Ciencia y la Cultura. Tambie'n hizo una declaracio'n el Director de la Divisio'n de Cooperacio'n Econo'mica entre Pai'ses en Desarrollo y de los Programas Especiales de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo. 15. En la novena sesio'n plenaria, celebrada el 8 de septiembre, la Conferencia escucho' sendas declaraciones de las Primeras Damas de Nigeria y Bolivia, de Su Alteza Real la Princesa Sonam Chodron Wangchuck de Bhuta'n y de los representantes de Honduras, Angola, Oma'n, Mauritania, la Federacio'n de Rusia, los Pai'ses Bajos, Israel, Dominica, el Afganista'n, Kirguista'n, la Jamahiriya A'rabe Libia y Guinea-Bissau. Formulo' una declaracio'n el observador de las Antillas Neerlandesas. 16. En la misma sesio'n hizo una declaracio'n el representante de la Organizacio'n Meteorolo'gica Mundial. Tambie'n formularon declaraciones el Director Ejecutivo del Centro de Comercio Internacional; el Coordinador Ejecutivo de los Voluntarios de las Naciones Unidas; el Secretario General Adjunto de Servicios de Gestio'n y de Apoyo al Desarrollo, de la Secretari'a de las Naciones Unidas; el Secretario Ejecutivo de la Comisio'n Econo'mica para A'frica; y el Director del Fondo de Desarrollo de las Naciones Unidas para la Mujer. Hicieron declaraciones los representantes de las siguientes organizaciones intergubernamentales: Organizacio'n de la Conferencia Isla'mica y Banco Asia'tico de Desarrollo. Adema's, formularon declaraciones los representantes de las siguientes organizaciones no gubernamentales: Federacio'n Internacional de Planificacio'n de la Familia, Unio'n Interparlamentaria, Liga Musulmana Mundial, National Council of Negro Women, Disabled Peoples International y Centro Europeo de Cooperacio'n Internacional. 17. En la 10~ sesio'n plenaria, celebrada el 11 de septiembre, la Conferencia oyo' declaraciones de las representantes de Colombia, Maldivas, Liberia, Barbados, la Repu'blica de Moldova, Mauricio, Papua Nueva Guinea, Burkina Faso y el Uruguay. 18. En la misma sesio'n formularon declaraciones la representante del Fondo Monetario Internacional y la representante de la Organizacio'n Mundial de la Salud, en nombre del Programa conjunto y copatrocinado de las Naciones Unidas sobre el virus de inmunodeficiencia humana/si'ndrome de inmunodeficiencia adquirida. La Directora interina del Instituto Internacional de Investigaciones y Capacitacio'n para la Promocio'n de la Mujer hizo una declaracio'n. Tambie'n formulo' una declaracio'n la representante del Banco Interamericano de Desarrollo, organizacio'n intergubernamental. 19. En la 11~ sesio'n plenaria, celebrada el 11 de septiembre, formularon declaraciones las representantes de Bosnia y Herzegovina, Malawi, el Congo, la Repu'blica Isla'mica del Ira'n, Belaru's, Tuvalu, el Suda'n, Guatemala, el Iraq, la Repu'blica Democra'tica Popular Lao, la ex Repu'blica Yugoslava de Macedonia, San Vicente y las Granadinas, Armenia, San Marino, Myanmar, las Comoras, Saint Kitts y Nevis, Qatar y Cabo Verde. 20. En la misma reunio'n formulo' una declaracio'n la representante del Organismo Internacional de Energi'a Ato'mica. Hicieron declaraciones representantes de las siguientes organizaciones intergubernamentales: la Organizacio'n de los Estados Americanos, el Comite' Internacional de la Cruz Roja, la Federacio'n Internacional de Sociedades de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, la Organizacio'n de la Unidad Africana, el Banco Africano de Desarrollo y el Consejo No'rdico. La representante de la Comisio'n Mundial sobre la Salud de la Mujer formulo' una declaracio'n. Tambie'n formularon declaraciones representantes de las siguientes organizaciones no gubernamentales: la Federacio'n Internacional de Productores Agri'colas, la Comisio'n de Gestio'n de los Asuntos Pu'blicos Mundiales, la Liga Internacional de Mujeres pro Paz y Libertad, Grassroots Organizations Operating Together in Sisterhood y Women Fisheries Network. 21. En la 12~ sesio'n plenaria, celebrada el 12 de septiembre, la Conferencia oyo' declaraciones de las Primeras Damas de Gambia y de Kazaksta'n y de las representantes de Santo Tome' y Pri'ncipe, Bangladesh, Turkmenista'n, Haiti', Eritrea, Sierra Leona, Samoa, Lesotho y Madagascar y de la observadora de Guam. 22. En la misma reunio'n formulo' una declaracio'n la representante de la Asociacio'n del Asia Meridional para la Cooperacio'n Regional. 23. En la 13~ sesio'n plenaria, celebrada el 12 de septiembre, hicieron declaraciones las representantes de Botswana, la Repu'blica A'rabe Siria, la Repu'blica Dominicana, Mali', Azerbaiya'n, las Islas Marshall, el Zaire, los Estados Federados de Micronesia, el Yemen, Etiopi'a, el Chad, Costa Rica, Brunei Darussalam, Eslovenia, Uzbekista'n, Albania, Nauru, las Islas Salomo'n, Tayiskista'n, las Islas Cook, Kiribati y Kuwait. 24. En la misma reunio'n, la representante de la Organizacio'n Mari'tima Internacional hizo una declaracio'n. Tambie'n formulo' una declaracio'n la representante de la Organizacio'n de Obras Pu'blicas y Socorro de las Naciones Unidas para los Refugiados de Palestina en el Cercano Oriente. La Presidenta del Comite' ministe'riel de coordination "femmes et developpement" hizo una declaracio'n. Tambie'n hizo una declaracio'n la representante del Parlamento Latinoamericano, organizacio'n intergubernamental. Formularon declaraciones representantes de las siguientes organizaciones no gubernamentales: Agence de recherches d'information et formation pour les femmes, Women's Environment and Development Organization, Somali Women's Trust, Association pour le progre`s et la de'fense des droits des femmes maliennes y Foro de Educadoras Africanas. 25. En la 14~ sesio'n plenaria, celebrada el 13 de septiembre, la Conferencia oyo' una declaracio'n de la representante de Palau. 26. En la misma sesio'n, la representante de la Oficina de Gestio'n de Recursos Humanos de la Secretari'a de las Naciones Unidas formulo' una declaracio'n. Tambie'n hicieron declaraciones representantes de las siguientes organizaciones no gubernamentales: Development Alternatives with Women for a New Era, Interaction: American Council for Voluntary International Actions, Flora Trista'n, el Comite' de Coordinacio'n de Organizaciones Judi'as, el Grupo Africano de Femnet, Housewives in Dialogue, Global Network Women and Politics, International Gay and Lesbian Human Rights Commission, Older Women's Network Australia, Asociacio'n Mundial de las Gui'as Scout, Network of African Rural Women's Associations, Federacio'n Polaca para la Mujer y la Planificacio'n de la Familia, Grupo Juri'dico Internacional de Derechos Humanos, Centre for Women's Global Leadership, Fe'de'ration Europe'enne des femmes actives au foyer, Anglican Communion, Organizacio'n A'rabe de Derechos Humanos, Education International, Federacio'n Mundial de Asociaciones pro Naciones Unidas, Federacio'n Sindical Mundial, Choisir y Federacio'n Internacional de Mujeres Universitarias. 27. En la 15~ sesio'n plenaria, celebrada el 15 de septiembre, el Presidente del Peru' formulo' una declaracio'n. 28. En la misma sesio'n, la Conferencia oyo' una declaracio'n del Presidente del Banco Mundial. Asimismo, formulo' una declaracio'n el representante de la Coalicio'n de Organizaciones no Gubernamentales de Jo'venes acreditada ante la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer. Capi'tulo IV INFORME DE LA COMISIO'N PRINCIPAL A. Organizacio'n de los trabajos 1. En su primera sesio'n plenaria, celebrada el 4 de septiembre de 1995, la Conferencia aprobo' la organizacio'n de los trabajos, segu'n lo establecido en el documento A/CONF.177/3, y decidio' asignar el tema 9 del programa (Plataforma de Accio'n) a la Comisio'n Principal, la que habi'a de presentar sus recomendaciones a la Conferencia. 2. La Comisio'n Principal celebro' seis sesiones, del 5 al 14 de septiembre de 1995. Tambie'n celebro' varias reuniones oficiosas. 3. La Comisio'n Principal tuvo ante si' los siguientes documentos: a) Nota de la Secretari'a sobre las propuestas que habra'n de examinarse durante la preparacio'n de un proyecto de declaracio'n y del proyecto de Plataforma de Accio'n (A/CONF.177/L.1); b) Nota de la Secretari'a por la que se transmite el informe del grupo de contacto oficioso sobre cuestiones relativas al ge'nero (A/CONF.177/L.2); c) Nota del Secretario General en la que figuran las enmiendas al texto del proyecto de Plataforma de Accio'n convenidas en las consultas oficiosas celebradas por la Presidenta de la Comisio'n de la Condicio'n Juri'dica y Social de la Mujer del 31 de julio al 4 de agosto de 1995 (A/CONF.177/L.3). 4. La Sra. Patricia B. Licuanan (Filipinas) fue elegida por aclamacio'n Presidenta de la Comisio'n Principal en la primera sesio'n plenaria de la Conferencia, celebrada el 4 de septiembre. 5. La Comisio'n Principal, en su primera sesio'n, celebrada el 5 de septiembre, eligio' por aclamacio'n los siguientes miembros de la Mesa: Vicepresidentas: Zelmira Regazolli (Argentina) Irene Freudenschuss-Reichl (Austria) Natalia Drozd (Belaru's) Relatora: Selma Ashipala (Namibia) 6. Tambie'n en la primera sesio'n, la Comisio'n Principal establecio' dos grupos de trabajo y nombro' Presidenta del Grupo de Trabajo I a la Sra. Amma Yeboaa (Ghana) y del Grupo de Trabajo II a la Sra. Irene Freudenschuss-Reichl (Austria). 7. En la segunda sesio'n, celebrada el 11 de septiembre, formularon declaraciones los representantes de Mauricio, Espan~a, Francia, Benin, Mauritania, Tu'nez, el Paraguay, Letonia, la Repu'blica Isla'mica del Ira'n, la Santa Sede, el Iraq, Guatemala, el Canada' y Chile. La Presidenta de la Comisio'n y la Secretaria de la Conferencia tambie'n formularon declaraciones. 8. En la tercera sesio'n, celebrada el 12 de septiembre, formularon declaraciones los representantes de Egipto, el Peru', la Repu'blica A'rabe Siria, Bahrein, Malta, el Paraguay, Kuwait, Colombia, Costa Rica, el Ecuador y Mauritania. B. Examen del proyecto de Plataforma de Accio'n 9. En las sesiones tercera y sexta, celebradas los di'as 12 y 14 de septiembre, la Comisio'n Principal examino' las enmiendas y correcciones al proyecto de Plataforma de Accio'n (A/CONF.177/L.1 y A/CONF.177/L.3) convenidas por los Grupos de Trabajo I y II y en el transcurso de consultas oficiosas. Objetivos estrate'gicos y medidas: la mujer y los conflictos armados* 10. En la tercera sesio'n, celebrada el 12 de septiembre, la Comisio'n Principal aprobo' un texto enmendado de la seccio'n E (La mujer y los conflictos armados) del capi'tulo IV (Objetivos estrate'gicos y medidas), del proyecto de Plataforma de Accio'n. Formularon declaraciones los representantes de la Argentina, Noruega, Benin, el Canada', Nigeria, Filipinas (en nombre de los Estados Miembros de las Naciones Unidas que pertenecen al Grupo de los 77), Espan~a, Guatemala, el Cameru'n, Indonesia, la Santa Sede, Jamaica, Bolivia, el Ecuador, el Suda'n, la Jamahiriya A'rabe Libia, los Estados Unidos de Ame'rica, Malta, Argelia, Australia, el Peru', la Repu'blica A'rabe Siria, Namibia, Chile, Kuwait, Belice, Guinea Ecuatorial y Liberia. La Vicepresidenta de la Comisio'n, Sra. Freudenschuss-Reichl, tambie'n formulo' una declaracio'n. 11. En la quinta sesio'n, celebrada el 14 de septiembre, la Comisio'n Principal aprobo' correcciones a la seccio'n E del capi'tulo IV, y recomendo' a la Conferencia que aprobara el texto enmendado y corregido (A/CONF.177/L.5/Add.9 y Corr.1). Formularon declaraciones los representantes de Malta, Chipre, la Santa Sede, Espan~a (en nombre de la Comunidad Europea), Fiji, la India, la Repu'blica A'rabe Siria y Cuba. La Vicepresidenta de la Comisio'n, Sra. Freudenschuss-Reichl, tambie'n formulo' una declaracio'n. Objetivos estrate'gicos y medidas: la mujer en el ejercicio del poder y la adopcio'n de decisiones* 12. En la tercera sesio'n, celebrada el 12 de septiembre, la Comisio'n Principal aprobo' un texto enmendado de la seccio'n G del capi'tulo IV (La mujer en el ejercicio del poder y la adopcio'n de decisiones) del proyecto de Plataforma de Accio'n. Formularon declaraciones los representantes de Benin, Argelia, Nigeria, Espan~a (en nombre de la Comunidad Europea), el Peru', Mauritania y la Argentina. La Vicepresidenta de la Comisio'n, Sra. Freudenschuss-Reichl, tambie'n formulo' una declaracio'n. 13. En la quinta sesio'n, celebrada el 14 de septiembre, la Comisio'n Principal aprobo' las correcciones a la seccio'n G del capi'tulo IV y recomendo' a la Conferencia que aprobara el texto enmendado y corregido (ve'ase A/CONF.177/L.5/ Add.11 y Corr.1). El representante del Japo'n formulo' una declaracio'n. Objetivos estrate'gicos y medidas: La mujer y la pobreza* 14. En la tercera sesio'n, celebrada el 12 de septiembre, la Comisio'n Principal aprobo' un texto enmendado de la seccio'n A del capi'tulo IV (La mujer y la pobreza) del proyecto de Plataforma de Accio'n. Formularon declaraciones los representantes de la Argentina, el Pakista'n, Benin, los Estados Unidos de Ame'rica, Argelia y Filipinas. La Vicepresidenta de la Comisio'n, Sra. Freudenschuss-Reichl, tambie'n formulo' una declaracio'n. 15. En las sesiones cuarta y quinta celebradas el 14 de septiembre, la Comisio'n Principal aprobo' las correcciones a la seccio'n A del capi'tulo IV. 16. En la sexta sesio'n, celebrada el 14 de septiembre, la Comisio'n Principal aprobo' revisiones orales a la seccio'n A del capi'tulo IV y recomendo' a la Conferencia que aprobara el texto, enmendado, corregido y oralmente revisado (ve'ase A/CONF.177/L.5/Add.5 y Corr.1 y A/CONF.177/L.5/Add.21). Objetivos estrate'gicos y medidas: la mujer y los medios de difusio'n* 17. En la tercera sesio'n, celebrada el 12 de septiembre, la Comisio'n Principal aprobo' un texto enmendado de la seccio'n J del capi'tulo IV (La mujer y los medios de difusio'n) del proyecto de Plataforma de Accio'n. Formularon declaraciones los representantes del Paraguay, la Argentina, el Peru', Mauricio y los Estados Unidos de Ame'rica. La Presidenta del Grupo de Trabajo I, Sra. Yeboaa, tambie'n formulo' una declaracio'n. 18. En la quinta sesio'n, celebrada el 14 de septiembre, la Comisio'n Principal aprobo' correcciones a la seccio'n J del capitulo IV y recomendo' a la Conferencia que aprobara el texto, enmendado y corregido (ve'ase A/CONF.177/L.5/Add.14 y Corr.1). Disposiciones institucionales 19. En la tercera sesio'n, celebrada el 12 de septiembre, la Comisio'n Principal aprobo' un texto enmendado del capi'tulo V (Disposiciones institucionales) del proyecto de Plataforma de Accio'n. Formularon declaraciones los representantes de Espan~a (en nombre de la Comunidad Europea), Kuwait y los Estados Unidos de Ame'rica. 20. En la quinta sesio'n, celebrada el 14 de septiembre, la Comisio'n Principal aprobo' correcciones al capi'tulo V. Formularon declaraciones los representantes de los Estados Unidos de Ame'rica y Espan~a. 21. En la sexta sesio'n, celebrada el 14 de septiembre, la Comisio'n Principal aprobo' revisiones orales al capi'tulo V y recomendo' a la Conferencia que aprobara el texto enmendado, corregido y oralmente revisado (ve'ase A/CONF.177/L.5/Add.17 y Corr.1 y A/CONF.177/L.5/Add.21). Formularon declaraciones los representantes de la Santa Sede, la Repu'blica Isla'mica del Ira'n, Filipinas (en nombre de los Estados Miembros de las Naciones Unidas que pertenecen al Grupo de los 77 y de China), Espan~a (en nombre de la Comunidad Europea), Egipto, Kuwait, el Canada', Namibia, Nigeria, Malta, Bahrein, Noruega, el Yemen, Suiza, Oma'n, Australia, Suriname, Botswana, Cuba, Suda'frica, Benin, Belice, Estonia, Marruecos, Bolivia, Israel, Jordania, la Repu'blica A'rabe Siria, Jamaica, la Jamahiriya A'rabe Libia, Mauritania, Chile, el Senegal y el Suda'n. La Secretaria General de la Conferencia y la Presidenta de la Comisio'n tambie'n formularon declaraciones. Disposiciones financieras 22. En la tercera sesio'n, celebrada el 12 de septiembre, la Comisio'n Principal examino' un texto enmendado y corregido del capi'tulo VI (Disposiciones financieras) del proyecto de Plataforma de Accio'n. Formularon declaraciones los representantes de los Estados Unidos de Ame'rica, Espan~a (en nombre de la Comunidad Europea), Nigeria y Tu'nez. 23. En la cuarta sesio'n, celebrada el 14 de septiembre, la Comisio'n Principal aprobo' el texto del capi'tulo VI, enmendado y corregido, y recomendo' a la Conferencia que lo aprobara (ve'ase A/CONF.177/L.5/Add.18). Declaracio'n de objetivos 24. En la cuarta sesio'n, celebrada el 14 de septiembre, la Comisio'n Principal examino' un texto enmendado del capi'tulo I (Declaracio'n de objetivos) del proyecto de Plataforma de Accio'n. Formularon declaraciones los representantes de Filipinas (en nombre de los Estados Miembros de las Naciones Unidas que pertenecen al Grupo de los 77), Letonia (en nombre de los Estados de Europa oriental), China, Colombia, Benin, Espan~a (en nombre de la Comunidad Europea), los Estados Unidos de Ame'rica, Argelia, Cuba, el Ecuador, Bolivia y la India. La Presidenta de la Comisio'n tambie'n formulo' una declaracio'n. 25. En la sexta sesio'n, celebrada el 14 de septiembre, la Comisio'n Principal, tras aceptar una revisio'n oral al capi'tulo I, aprobo' y recomendo' a la Conferencia que aprobara el texto enmendado y oralmente revisado (ve'ase A/CONF.177/L.5/Add.1). Formularon declaraciones los representantes de Filipinas (en nombre de los Estados Miembros de las Naciones Unidas que pertenecen al Grupo de los 77 y de China), el Suda'n, los Estados Unidos de Ame'rica, Noruega, Espan~a (en nombre de la Comunidad Europea) y el Japo'n. Contexto mundial 26. En la cuarta sesio'n, celebrada el 14 de septiembre, la Comisio'n Principal aprobo' un texto enmendado y correcciones al capi'tulo II (Contexto mundial) del proyecto de Plataforma de Accio'n. Formularon declaraciones los representantes de Guatemala, la Santa Sede, Bulgaria, la Federacio'n de Rusia, la India, el Pakista'n, los Estados Unidos de Ame'rica, el Canada', el Suda'n, Malta, Espan~a (en nombre de la Comunidad Europea), Malasia, Mauritania e Israel. La Presidenta del Grupo de Trabajo I, Sra. Yeboaa, tambie'n formulo' una declaracio'n. 27. En la sexta sesio'n, celebrada el 14 de septiembre, la Comisio'n Principal aprobo' revisiones orales al capi'tulo II y recomendo' a la Conferencia que aprobara el texto enmendado, corregido y oralmente revisado (ve'ase A/CONF.177/ L.5/Add.2 y Corr.1). Esferas de especial preocupacio'n** 28. En la cuarta sesio'n, celebrada el 14 de septiembre, la Comisio'n Principal aprobo' un texto enmendado del capi'tulo III (Esferas de especial preocupacio'n) del proyecto de Plataforma de Accio'n. Formularon declaraciones los representantes del Pakista'n, los Estados Unidos de Ame'rica, Bulgaria y la Federacio'n de Rusia. 29. En la sexta sesio'n, celebrada el 14 de septiembre, la Comisio'n Principal aprobo' las revisiones orales al capi'tulo III y recomendo' a la Conferencia que aprobara el texto enmendado y oralmente revisado (ve'ase A/CONF.177/L.5/Add.3 y A/CONF.177/L.5/Add.21). Formularon declaraciones los representantes de la Santa Sede, la Repu'blica Isla'mica del Ira'n, Filipinas (en nombre de los Estados Miembros de las Naciones Unidas que pertenecen al Grupo de los 77 y de China), Espan~a (en nombre de la Comunidad Europea), Egipto, Kuwait, el Canada', Namibia, Nigeria, Malta, Bahrein, Noruega, el Yemen, Suiza, Oma'n, Australia, Suriname, Botswana, Cuba, Suda'frica, Benin, Belice, Estonia, Marruecos, Bolivia, Israel, Jordania, la Repu'blica A'rabe Siria, Jamaica, la Jamahiriya A'rabe Libia, Mauritania, Chile, el Senegal y el Suda'n. La Secretaria General de la Conferencia y la Presidenta de la Comisio'n tambie'n formularon declaraciones. Objetivos estrate'gicos y medidas: educacio'n y capacitacio'n de la mujer* 30. En la cuarta sesio'n, celebrada el 14 de septiembre, la Comisio'n Principal aprobo' un texto enmendado y correcciones a la seccio'n B del capi'tulo IV (Educacio'n y capacitacio'n de la mujer) del proyecto de Plataforma de Accio'n. Formularon declaraciones los representantes del Suda'n, Benin, China, la Federacio'n de Rusia, Espan~a (en nombre de la Comunidad Europea), el Yemen y la Repu'blica A'rabe Siria. La Vicepresidenta de la Comisio'n, Sra. Freudenschuss-Reichl, tambie'n formulo' una declaracio'n. 31. En la quinta sesio'n, celebrada el 14 de septiembre, la Comisio'n Principal aprobo' otras correcciones a la seccio'n B del capi'tulo IV y recomendo' a la Conferencia que aprobara el texto, enmendado y corregido (ve'ase A/CONF.177/L.5/Add.6 y Corr.1). Formularon declaraciones los representantes de Espan~a, la Jamahiriya A'rabe Libia, Benin y los Estados Unidos de Ame'rica. La Vicepresidenta de la Comisio'n Sra. Freudenschuss-Reichl, tambie'n formulo' una declaracio'n. Objetivos estrate'gicos y medidas: la mujer y la salud* 32. En la cuarta sesio'n, celebrada el 14 de septiembre, la Comisio'n Principal aprobo' el texto enmendado de la seccio'n C del capi'tulo IV (La mujer y la salud) del proyecto de Plataforma de Accio'n. Formularon declaraciones los representantes de Barbados, Nicaragua, la Repu'blica Dominicana, Malta, Mauritania, la Jamahiriya A'rabe Libia, el Suda'n, Honduras, la Santa Sede, Marruecos, el Yemen, el Iraq, los Emiratos A'rabes Unidos, Nigeria, Kuwait, Benin, la Repu'blica A'rabe Siria, Jordania, la Repu'blica Isla'mica del Ira'n, Tu'nez, Oma'n, Bahrein, el Japo'n, el Senegal, Bangladesh, Indonesia y Belice. La Secretaria General de la Conferencia y la Vicepresidenta de la Comisio'n, Sra. Freudenschuss-Reichl, tambie'n formularon declaraciones. 33. En la sexta sesio'n, celebrada el 14 de septiembre, la Comisio'n Principal aprobo' correcciones a la seccio'n C del capi'tulo IV y recomendo' a la Conferencia que aprobara el texto, enmendado y corregido, (ve'ase A/CONF.177/L.5/Add.7 y A/CONF.177/L.5/Add.21). Objetivos estrate'gicos y medidas: la violencia contra la mujer* 34. En la cuarta sesio'n, celebrada el 14 de septiembre, la Comisio'n Principal aprobo' un texto enmendado de la seccio'n D del capi'tulo IV (La violencia contra la mujer) del proyecto de Plataforma de Accio'n. Formularon declaraciones los representantes de Jamaica, Haiti' y la Federacio'n de Rusia. 35. En la quinta sesio'n, celebrada el 14 de septiembre, la Comisio'n Principal aprobo' las correcciones a la seccio'n D del capi'tulo IV y recomendo' a la Conferencia que aprobara el texto, enmendado y corregido (ve'ase A/CONF.177/L.5/Add.8 y Corr.1). Formularon declaraciones los representantes de Espan~a (en nombre de la Comunidad Europea), la Federacio'n de Rusia, Filipinas (en nombre de los Estados Miembros de las Naciones Unidas que pertenecen al Grupo de los 77 y de China), la Argentina y Azerbaiya'n. La Vicepresidenta de la Comisio'n, Sra. Freudenschuss-Reichl, tambie'n formulo' una declaracio'n. Objetivos estrate'gicos y medidas: los derechos humanos de la mujer* 36. En la cuarta sesio'n, celebrada el 14 de septiembre, la Comisio'n Principal aprobo' un texto enmendado de la seccio'n I del capi'tulo IV (Los derechos humanos de la mujer) del proyecto de Plataforma de Accio'n. Formularon declaraciones el representante de Espan~a y la Vicepresidenta de la Comisio'n, Sra. Freudenschuss-Reichl. 37. En la quinta sesio'n, celebrada el 14 de septiembre, la Comisio'n Principal aprobo' correcciones a la seccio'n I del capi'tulo IV. 38. En la sexta sesio'n, celebrada el 14 de septiembre, la Comisio'n Principal aprobo' las revisiones orales a la seccio'n I del capi'tulo IV y recomendo' a la Conferencia que aprobara el texto enmendado, corregido y oralmente revisado (ve'anse A/CONF.177/L.5/Add.13 y Corr.1 y A/CONF.177/L.5/Add.21). Formularon declaraciones los representantes del Suda'n y del Canada'. Objetivos estrate'gicos y medidas: la mujer y la economi'a* 39. En la cuarta sesio'n celebrada el 14 de septiembre, la Comisio'n Principal aprobo' un texto enmendado de la seccio'n F del capi'tulo IV (La mujer y la economi'a) del proyecto de Plataforma de Accio'n. Formularon declaraciones los representante del Yemen, Espan~a, los Estados Unidos de Ame'rica, Benin y Vanuatu. La Vicepresidenta de la Comisio'n, Sra. Freudenschuss- Reichl, tambie'n formulo' una declaracio'n. 40. En la sexta sesio'n, celebrada el 14 de septiembre, la Comisio'n Principal aprobo' revisiones orales a la seccio'n F del capi'tulo IV y recomendo' a la Conferencia que aprobara el texto enmendado y oralmente revisado (ve'anse A/CONF.177/L.5/Add.10 y A/CONF.177/L.5/Add.21). Objetivos estrate'gicos y medidas: la mujer y el medio ambiente* 41. En la cuarta sesio'n, celebrada el 14 de septiembre, la Comisio'n Principal aprobo' un texto enmendado de la seccio'n K del capi'tulo IV (La mujer y el medio ambiente) del proyecto de Plataforma de Accio'n. Formularon declaraciones los representantes de Belice, la Repu'blica A'rabe Siria, los Estados Unidos de Ame'rica, los Emiratos A'rabes Unidos y Oma'n. 42. En la quinta sesio'n, celebrada el 14 de septiembre, la Comisio'n Principal aprobo' correcciones a la seccio'n K del capi'tulo IV, y recomendo' a la Conferencia que aprobara el texto enmendado y corregido (ve'ase A/CONF.177/L.5/Add.15 y Corr.1). Formularon declaraciones los representantes de la India, Australia, Espan~a (en nombre de la Comunidad Europea), Filipinas (en nombre de los Estados Miembros de las Naciones Unidas que pertenecen al del Grupo de los 77 y de China), los Estados Unidos de Ame'rica y la Federacio'n de Rusia. 43. En la sexta sesio'n, celebrada el 14 de septiembre, el representante de los Estados Unidos de Ame'rica y la Vicepresidenta de la Comisio'n, Sra. Freudenschuss-Reichl, tambie'n formularon declaraciones. Objetivo estrate'gicos y medidas: la nin~a* 44. En la cuarta sesio'n, celebrada el 14 de septiembre, la Comisio'n Principal aprobo' el texto enmendado de la seccio'n L del capi'tulo IV (La nin~a) del proyecto de Plataforma de Accio'n y recomendo' a la Conferencia que lo aprobara (ve'ase A/CONF.117/L.5/Add.16). Formularon declaraciones los representantes de los Estados Unidos de Ame'rica, Espan~a (en nombre de la Comunidad Europea), el Suda'n, la Santa Sede, la Jamahiriya A'rabe Libia, los Emiratos A'rabes Unidos, Mauritania, la Repu'blica A'rabe Siria, Oma'n, el Iraq, Kuwait, Zimbabwe, Argelia, Egipto, Tu'nez, Bangladesh, Marruecos y el Yemen. La Presidenta del Grupo de Trabajo I, Sra. Yeboaa, tambie'n formulo' una declaracio'n. Objetivos estrate'gicos y medidas: mecanismos institucionales para el adelanto de la mujer* 45. En la cuarta sesio'n, celebrada el 14 de septiembre, la Comisio'n Principal aprobo' el texto enmendado de la seccio'n H del capi'tulo IV (Mecanismos institucionales para el adelanto de la mujer) del proyecto de Plataforma de Accio'n. Formularon declaraciones los representantes de Espan~a (en nombre de la Comunidad Europea), los Estados Unidos de Ame'rica y Nepal. La Vicepresidenta de la Comisio'n, Sra. Freudenschuss-Reichl, tambie'n formulo' una declaracio'n. 46. En la quinta sesio'n, celebrada el 14 de septiembre, la Comisio'n Principal aprobo' las correcciones a la seccio'n H del capi'tulo IV. 47. En la sexta sesio'n, celebrada el 14 de septiembre, la Comisio'n Principal aprobo' las revisiones orales a la seccio'n H del capi'tulo IV y recomendo' a la Conferencia que aprobara el texto enmendado, corregido y oralmente revisado (ve'anse A/CONF.177/L.5/Add.12 y Corr.1 y A/CONF.177/L.5/Add.21). Formularon declaraciones los representantes de la Santa Sede, Filipinas (en nombre de los Estados Miembros de las Naciones Unidas que pertenecen al Grupo de los 77 y de China) y Espan~a (en nombre de la Comunidad Europea). Esferas de especial preocupacio'n enumeradas en el capi'tulo III y ti'tulos de las secciones y objetivos estrate'gicos enumerados en el capi'tulo IV 48. En la quinta sesio'n, celebrada el 14 de septiembre, la Comisio'n Principal aprobo' las enmiendas y correcciones a las esferas de especial preocupacio'n enumeradas en el capi'tulo III del proyecto de Plataforma de Accio'n y a los ti'tulos de las secciones y objetivos estrate'gicos que figuran en el capi'tulo IV y recomendo' a la Conferencia que los aprobara en su forma corregida y enmendada (ve'ase A/CONF.177/L.5/Add.19). Formularon declaraciones los representantes de los Estados Unidos de Ame'rica, Jamaica, Espan~a, Filipinas, la Santa Sede, la Federacio'n de Rusia, la Repu'blica A'rabe Siria y Malta. Objetivos estrate'gicos y medidas: introduccio'n 49. En la sexta sesio'n, celebrada el 14 de septiembre, la Comisio'n Principal aprobo' un texto enmendado y oralmente revisado de los pa'rrafos introductorios del capi'tulo IV (Objetivos estrate'gicos y medidas) del proyecto de Plataforma de Accio'n y recomendo' a la Conferencia que lo aprobara (ve'ase A/CONF.177/L.5/Add.4). Formularon declaraciones los representantes del Canada', Benin, Egipto, la Repu'blica Isla'mica del Ira'n, Espan~a, el Ecuador, la Jamahiriya A'rabe Libia, Nueva Zelandia, Israel, Suiza, la Repu'blica A'rabe Siria, Jordania, Uganda, Belice, Suda'frica, Kuwait, el Senegal, Eslovenia, Ghana, Australia, Bangladesh, Cuba, Co^te d'Ivoire, Argelia, Suda'n, los Estados Unidos de Ame'rica, Nigeria, Guatemala, Barbados, Chile, Letonia, los Emiratos A'rabes Unidos, Jamaica, el Brasil, Colombia, el Yemen, Bolivia, Noruega, Venezuela y las Islas Cook. * En la quinta sesio'n, celebrada el 14 de septiembre, la Comisio'n Principal aprobo' las enmiendas y correcciones a los ti'tulos de las secciones y de los objetivos estrate'gicos que figuran en el capi'tulo IV del proyecto de Plataforma de Accio'n (ve'ase el pa'rrafo 48 infra). ** En la quinta sesio'n, celebrada el 14 de septiembre, la Comisio'n Principal aprobo' enmiendas y correcciones a las esferas de especial preocupacio'n enumeradas en el capi'tulo III del proyecto de plataforma de accio'n (ve'ase el pa'rrafo 48 infra). C. Examen del proyecto de declaracio'n 50. En la sexta sesio'n, celebrada el 14 de septiembre, la Comisio'n Principal aprobo' el texto del proyecto de declaracio'n en su forma oralmente revisada sobre la base de consultas oficiosas y recomendo' a la Conferencia que lo aprobara (ve'ase A/CONF.177/L.5/Add.20). Formularon declaraciones los representantes del Yemen, Filipinas (en nombre de los Estados Miembros de las Naciones Unidas que pertenecen al Grupo de los 77), el Paraguay, Tu'nez, Colombia y China. * * * 51. Tras la aprobacio'n del proyecto de declaracio'n y del proyecto de Plataforma de Accio'n por la Comisio'n Principal, formularon declaraciones los representantes del Paraguay, el Uruguay, los Estados Unidos de Ame'rica, Marruecos, Jordania, Lituania (tambie'n en nombre de Estonia y Letonia), Mauritania, Eslovenia, el Suda'n, el Iraq, la Repu'blica A'rabe Siria, Oma'n, Tu'nez, el Yemen, Ghana, la India, Benin, Filipinas (en nombre de los Estados Miembros de las Naciones Unidas pertenecientes al Grupo de los 77 y China) y Espan~a (en nombre de la Comunidad Europea). La Presidenta de la Comisio'n formulo' una declaracio'n final. Capi'tulo V APROBACIO'N DE LA DECLARACIO'N DE BEIJING Y DE LA PLATAFORMA DE ACCIO'N 1. En la 16~ sesio'n plenaria, celebrada el 15 de septiembre de 1995, la Conferencia examino' el tema 10 del programa (Aprobacio'n de la Declaracio'n y de la Plataforma de Accio'n de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer). La Presidenta de la Comisio'n Principal de la Conferencia, Patricia B. Licuanan (Filipinas) formulo' una declaracio'n. 2. En la misma sesio'n, el representante de Filipinas, en nombre de los Estados Miembros de las Naciones Unidas que son miembros del Grupo de los 77, presento' un proyecto de resolucio'n (A/CONF.177/L.9) en el cual la Conferencia aprueba la Declaracio'n y la Plataforma de Accio'n de Beijing y recomienda a la Asamblea General en su quincuage'simo peri'odo de sesiones que las haga suyas. A continuacio'n la Conferencia aprobo' el proyecto de resolucio'n (ve'ase el texto en la resolucio'n 1, capi'tulo I). 3. Una vez aprobado el proyecto de resolucio'n, formularon declaraciones de cara'cter general y sobre la interpretacio'n o formularon reservas sobre la Declaracio'n y la Plataforma de Accio'n de Beijing los representantes de los siguientes Estados: Peru', Kuwait, Egipto, Filipinas, Santa Sede, Malasia, Ira'n (Repu'blica Isla'mica del), Jamahiriya A'rabe Libia, Ecuador, Indonesia, Mauritania, Oma'n, Malta, Argentina, Brunei Darussalam, Francia, Yemen, Suda'n, Repu'blica Dominicana, Costa Rica, Emiratos A'rabes Unidos, Venezuela, Bahrein, Li'bano, Tu'nez, Mali', Benin, Guatemala, India, Argelia, Iraq, Vanuatu, Etiopi'a, Marruecos, Djibouti, Qatar, Nicaragua, Togo, Liberia, Repu'blica A'rabe Siria, Pakista'n, Nigeria, Comoras, Bolivia, Colombia, Bangladesh, Honduras, Jordania, Ghana, Repu'blica Centroafricana, Camboya, Maldivas, Suda'frica, Repu'blica Unida de Tanzani'a, Brasil, Panama', El Salvador, Madagascar, Chad, Cameru'n, Ni'ger, Gabo'n, Estados Unidos de Ame'rica y Canada'. El observador de Palestina formulo' tambie'n una declaracio'n. Reservas y declaraciones en cuanto a la interpretacio'n de la Declaracio'n y la Plataforma de Accio'n de Beijing 4. Los representantes de algunos pai'ses formularon declaraciones y pidieron a la Secretari'a que las hiciera constar en acta. Dichas declaraciones se reproducen a continuacio'n. 5. La representante de la Argentina presento' la siguiente declaracio'n escrita: El concepto de familia a que se refieren los documentos de la Conferencia se entiende como la unio'n de mujer y varo'n, donde nacen, se nutren y educan los hijos. Ninguna definicio'n ni recomendacio'n de estos documentos debilita la responsabilidad primaria de los padres en la educacio'n de sus hijos, incluyendo la educacio'n sobre temas sexuales, que debe ser respetada por los Estados segu'n lo dispone la Convencio'n sobre los Derechos del Nin~o. Ninguna referencia de estos documentos al derecho al control sobre cuestiones relativas a la sexualidad, incluida la salud sexual y reproductiva, puede ser interpretada como limitativa del derecho a la vida ni abrogatoria de la condena del aborto como me'todo de control de la fertilidad o instrumento de poli'ticas de poblacio'n. (Conforme al arti'culo 75, inciso 23 de la Constitucio'n de la Nacio'n Argentina, arti'culo 16 de la Convencio'n sobre la eliminacio'n de todas las formas de discriminacio'n contra la mujer y pa'rrafo 41 del Programa de Accio'n de Viena aprobado por la Conferencia Mundial de Derechos Humanos.) Ninguna propuesta de los documentos podra' interpretarse para justificar programas de esterilizacio'n femenina o masculina como variable de ajuste para erradicar la pobreza. La delegacio'n argentina participo' del consenso para adoptar el pa'rrafo 106 k) de la Plataforma de Accio'n que recomienda a los gobiernos considerar la posibilidad de revisar el derecho que impone sanciones a la madre que comete un aborto. Esta posicio'n fue asumida teniendo en cuenta la tradicio'n juri'dica argentina, la jurisprudencia de nuestros tribunales y las circunstancias atenuantes que generalmente se han considerado, sin que ello signifique una propuesta para despenalizar el aborto ni eximir de su responsabilidad criminal a quienes puedan ser coautores o parti'cipes de este delito. Las referencias al Programa de Accio'n de la Conferencia Internacional sobre la Poblacio'n y el Desarrollo contenidas en los documentos de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer deben entenderse en el contexto de las reservas que el Gobierno de la Repu'blica Argentina formulo' y que constan en el correspondiente informe (A/CONF.171/13 y Add.1). La delegacio'n argentina mantiene en todo lo que es pertinente a los documentos de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, las reservas formuladas con respecto al Plan de Accio'n Regional para la Integracio'n de la Mujer en el Desarrollo Econo'mico y Social de Ame'rica Latina y el Caribe, adoptadas en Santiago de Chile en junio de 1995. 6. La representante de Costa Rica presento' la siguiente declaracio'n escrita: Costa Rica es un Estado de derecho so'lido, respetuoso de la ley, con una decidida vocacio'n de respeto a los derechos humanos y promotor de la tolerancia, que forma parte del consenso mundial que ha reconocido que existen desigualdades que obligan a las mujeres a vivir situaciones desventajosas y que e'stas deben ser corregidas. Consecuentemente, Costa Rica ha adoptado, firmado y ratificado todos los instrumentos que promueven la igualdad de derechos y oportunidades entre mujeres y hombres, y ha ido adecuando su legislacio'n nacional a estos instrumentos, especialmente en relacio'n con la Convencio'n sobre la eliminacio'n de todas las formas de discriminacio'n contra la mujer. No obstante, somos conscientes de que en nuestro pai's existen nuevos retos y que queda mucho por resolver en materia de promocio'n de las mujeres, asi' como que el adelanto de las mujeres es crucial para el logro del desarrollo humano sostenible. Conscientes de que el conjunto de medidas contenidas en la Plataforma de Accio'n de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer es congruente con las poli'ticas de promocio'n de las mujeres que se impulsan en nuestro pai's, deseamos manifestar ante la comunidad internacional nuestra adhesio'n a la Plataforma, adhesio'n que es respetuosa de la diversidad sociocultural de las naciones, y que en el plano nacional supondra' su armonizacio'n con el marco juri'dico vigente, en estricto apego a nuestras mejores tradiciones, creencias y valores. Desde este punto de vista, Costa Rica desea hacer constar que entiende que cuando se habla en la Plataforma de los derechos humanos de las mujeres relativos a la sexualidad, e'stos se refieren, al igual que los de los hombres, a la capacidad que tienen la mujer y el hombre de lograr y mantener la salud sexual y reproductiva, en un marco de relaciones de igualdad y respeto mutuo. En relacio'n con el objetivo estrate'gico de la Plataforma, que plantea la reduccio'n de los gastos militares, asi' como limitar la disponibilidad de armamentos, sustentado en el inciso 12 del pa'rrafo 70 del capi'tulo IV sobre integracio'n social del Programa de Accio'n de la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social, Costa Rica reitera su vocacio'n por la paz y la declaracio'n hecha en dicha Cumbre acerca de la necesidad de que los conflictos y las diferencias entre naciones y pueblos y entre grupos sociales, "deben resolverse mediante la negociacio'n, el dia'logo y la bu'squeda del consenso, y que los recursos que se gastan en armas podri'an ser mucho mejor invertidos en el desarrollo social de los pueblos". Finalmente, queremos ratificar y reiterar ante la comunidad internacional que es tarea prioritaria de las mujeres y los hombres la bu'squeda de la eliminacio'n de toda forma de discriminacio'n, de acuerdo al principio del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales. 7. La representante de la Repu'blica Dominicana presento' la siguiente declaracio'n escrita: En base a las reglas de procedimiento de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, la Repu'blica Dominicana apoya el acuerdo general alcanzado en la Plataforma de Accio'n y ratifica su compromiso de cumplir dicho acuerdo. La Repu'blica Dominicana, signataria de la Convencio'n Americana sobre Derechos Humanos y de acuerdo con la Constitucio'n y las leyes de la Repu'blica, confirma que toda persona tiene derecho a la vida y que e'sta comienza desde el momento de la concepcio'n. En consecuencia, acepta el contenido de los te'rminos "salud reproductiva", "salud sexual", "maternidad sin riesgos", "derechos reproductivos", "derechos sexuales" y "regulacio'n de la fertilidad" en la Plataforma de Accio'n haciendo reserva expresa del contenido de dichos te'rminos, y de cualesquiera otros, cuando en los mismos se incluya como componente el aborto o la interrupcio'n del embarazo. Ratificamos la posicio'n asumida por el pai's en la Conferencia sobre la Poblacio'n y el Desarrollo y estas reservas aplicara'n a todos los acuerdos regionales e internacionales que se refieran a estos conceptos. En conformidad a las reglas antes mencionadas solicitamos que esta declaracio'n de reserva se incorpore en su totalidad al informe final de esta Conferencia. 8. La representante de Egipto presento' la siguiente declaracio'n escrita: La participacio'n de Egipto en la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer refleja su conviccio'n de la importancia de las cuestiones que afectan a la mujer y la promocio'n de su bienestar. Se trata de la continuacio'n de la participacio'n de Egipto en las tres conferencias anteriores sobre la mujer, adema's de su actuacio'n como anfitrio'n en una de las conferencias internacionales ma's importantes, la Conferencia Internacional sobre la Poblacio'n y el Desarrollo. La delegacio'n de Egipto deseari'a hacer constar el hecho de que su entendimiento de los textos que figuran en la Plataforma de Accio'n de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer que atan~en a las relaciones sexuales y reproductivas se basa en el entendimiento de que estas relaciones se dan en el marco del vi'nculo matrimonial y que se entiende que la familia es la unidad ba'sica de la sociedad. El cumplimiento por Egipto de las recomendaciones que figuran en la Plataforma de Accio'n estara' condicionado al respeto pleno de los derechos de soberani'a nacional y de los diversos valores morales y religiosos, al respeto de nuestra Constitucio'n y a los preceptos de la ley, con la gui'a divina de nuestra ley religiosa verdadera y tolerante. La delegacio'n de Egipto tambie'n desea hacer constar que su interpretacio'n y entendimiento de los pa'rrafos que se refieren a los derechos de herencia de la Plataforma de Accio'n, especialmente el inciso d) del pa'rrafo 274, se hara' en el contexto del pleno respeto de las leyes sobre la herencia de la ley chera'mica y de conformidad con las disposiciones de la ley y la Constitucio'n. La delegacio'n de Egipto pide que se incluya i'ntegramente esta declaracio'n en el informe oficial de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer. 9. Los representantes de Estonia, Letonia y Lituania presentaron la siguiente declaracio'n escrita: Estonia, Letonia y Lituania desean formular una reserva con respecto al pa'rrafo 5 de la Plataforma de Accio'n. Creemos que es fundamental que en la declaracio'n de objetivos se refleje un firme compromiso de la comunidad internacional con todas las mujeres del mundo y que el mensaje sea de a'mbito total. El pa'rrafo 5 en su forma actual es de cara'cter excluyente y contrario al principio de universalidad, que debe aplicarse a todos los Estados Miembros de las Naciones Unidas. Los cambios en ese pa'rrafo suponen tambie'n una infraccio'n del reglamento, habida cuenta que se han introducido nuevas formas de expresio'n en un texto que no figuraba entre corchetes y que ya habi'a sido acordado en el documento A/CONF.177/L.1 en la reunio'n preparatoria de la Conferencia celebrada en marzo de 1995. Las preocupaciones y necesidades de los pai'ses de economi'as en transicio'n han quedado marginadas en el pa'rrafo 5, con lo que se debilita la Plataforma de Accio'n. Por este motivo, nuestras delegaciones deploran sentirse en la obligacio'n de hacer constar en acta la presente reserva. 10. La representante de Guatemala presento' la siguiente declaracio'n escrita: Con el objeto de que se incorpore al informe final de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, mi delegacio'n desea manifestar que, por razones de intere's para mi pai's, Guatemala presenta la siguiente declaracio'n de reservas: a) Que Guatemala tiene el derecho soberano de aplicar las recomendaciones contenidas en la Plataforma de Accio'n de conformidad con lo estipulado en nuestra Constitucio'n Poli'tica, leyes nacionales y tratados y convenciones internacionales de los cuales Guatemala es parte, por lo que ninguna de las disposiciones y recomendaciones de esta Conferencia y de la Plataforma de Accio'n puede o debe interpretarse de forma que contradiga dichos instrumentos legales. Asimismo, la aplicacio'n de dichas recomendaciones se hara' de acuerdo con las prioridades de desarrollo de nuestro pai's y respetando plenamente los diversos valores religiosos, e'ticos y culturales, asi' como la conviccio'n filoso'fica de nuestro pueblo multie'tnico, multilingu"e y pluricultural y de forma compatible con los derechos humanos internacionales universalmente reconocidos; b) Que Guatemala ratifica en su totalidad las reservas presentadas por nuestro pai's al Programa de Accio'n de la Conferencia Internacional sobre la Poblacio'n y el Desarrollo y las reservas presentadas a la Declaracio'n y Programa de Accio'n de la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social, especialmente en relacio'n a los temas, te'rminos, condiciones y disposiciones contenidas en los mismos y que se repiten y utilizan de nuevo en esta Plataforma de Accio'n. Asimismo, el Gobierno de Guatemala, se reserva la interpretacio'n de la Plataforma de Accio'n en forma expresa de acuerdo con su irrestricto respeto al derecho a la vida desde el momento de su concepcio'n, asi' como su irrestricto respeto al derecho que tienen los padres de escoger la educacio'n que ha de impartirse a sus hijos menores. Ratifica y garantiza la proteccio'n social, econo'mica y juri'dica de la familia sobre la base legal del matrimonio, la igualdad de los derechos de los co'nyuges, la paternidad responsable y el derecho de las personas a decidir libremente el nu'mero y espaciamiento de sus hijos, asi' como la dignidad de la maternidad. En apego a los criterios e'ticos, morales, legales, culturales y naturales de la poblacio'n guatemalteca, interpreta el concepto ge'nero u'nicamente como ge'nero femenino y ge'nero masculino para referirse a mujeres y hombres y se reserva la interpretacio'n de la expresio'n "estilo de vida", por no estar claro su significado en estos documentos. 11. El representante de la Santa Sede presento' la siguiente declaracio'n escrita: "Mirando este gran proceso de liberacio'n de la mujer", se ve que ha sido un camino difi'cil "no exento de errores", pero con la meta de un futuro mejor para la mujer. Esas son las palabras de Juan Pablo II. Y sigue diciendo: "­Es necesario continuar en este camino!". La delegacio'n de la Santa Sede une su voz a la del Papa y dice: "­Es necesario continuar en este camino!". El camino de la mujer ha estado jalonado por comienzos en falso y desengan~os, asi' como por logros resplandecientes. Hubo momentos, como durante la revolucio'n industrial, en que se intercambiaron formas antiguas de opresio'n por otras nuevas, y otros en los que prevalecieron la inteligencia y la buena voluntad. Los documentos que tenemos ante nosotros reflejan esa historia compleja y desigual de la bu'squeda de la mujer. Aunque esta'n llenos de promesas, a menudo faltan los compromisos concretos y, en algunos aspectos, cabri'a preguntarse si las consecuencias a largo plazo redundara'n realmente en bien de la mujer. La delegacio'n de la Santa Sede ha trabajado con ahi'nco de manera constructiva y con espi'ritu de buena voluntad para que los documentos respondan mejor a las aspiraciones de la mujer. No cabe duda de que lo ma's palpitante de ellos esta' contenido en las secciones relativas a las necesidades de las mujeres que viven en la pobreza, las estrategias para el desarrollo, la alfabetizacio'n y la educacio'n, la eliminacio'n de la violencia contra la mujer, la cultura de la paz y el acceso al empleo, la tierra, el capital y la tecnologi'a. Complace a mi delegacio'n observar que existe una estrecha correspondencia entre estos temas y las ensen~anzas sociales cato'licas. No obstante, mi delegacio'n faltari'a a sus obligaciones para con la mujer si no indicara tambie'n algunas esferas decisivas en las que esta' en firme desacuerdo con el texto. Mi delegacio'n lamenta observar en el texto un individualismo exagerado, en el que se debilitan algunas disposiciones pertinentes de la Declaracio'n Universal de Derechos Humanos - por ejemplo, el derecho a "cuidados y asistencia especiales" para la maternidad. Esta selectividad constituye asi' un paso ma's en la colonizacio'n del amplio y rico discurso sobre los derechos universales por un lenguaje libertario y empobrecido. ­No cabe duda de que esta reunio'n internacional podri'a haber hecho por la mujer y la nin~a algo ma's que abandonarlas a su suerte con todos sus derechos! Ciertamente tenemos que hacer algo ma's por la nin~a de los pai'ses pobres que prodigar las buenas palabras en pro del acceso a la educacio'n, la salud y los servicios sociales, al tiempo que se evita cuidadosamente todo compromiso concreto de recursos nuevos y adicionales para ese fin. No cabe duda de que podemos hacer algo mejor que ocuparnos de las necesidades de las nin~as y las mujeres en materia de salud dedicando una atencio'n desproporcionada a la salud sexual y reproductiva. Adema's, podri'a entenderse que el lenguaje ambiguo en lo que atan~e a un control irrestricto sobre la sexualidad y la fertilidad implica un respaldo social al aborto y la homosexualidad. En un documento en el que se respete la dignidad de la mujer, su salud debe tratarse en todo su alcance. En un documento en el que se respete la inteligencia de la mujer debe dedicarse por lo menos tanta atencio'n a la educacio'n ba'sica como a la fecundidad. Es porque mi delegacio'n tiene la esperanza de que estos documentos, que en algunos aspectos esta'n en pugna consigo mismos, redundara'n finalmente en bien de la mujer, por lo que desea unirse al consenso, u'nicamente por lo que respecta a aquellos aspectos ya mencionados de los documentos que la Santa Sede considera positivos y u'tiles para el bienestar real de la mujer. Desafortunadamente, la participacio'n de la Santa Sede en el consenso so'lo puede ser parcial debido a que existen numerosos aspectos de los documentos que son incompatibles con lo que la Santa Sede y otros pai'ses consideran favorable para el verdadero adelanto de la mujer. Esos aspectos se sen~alan en las reservas que mi delegacio'n expone a continuacio'n. Mi delegacio'n confi'a en que las propias mujeres superara'n las limitaciones de estos documentos y extraera'n lo mejor de ellos. Como tambie'n dijo el Papa Juan Pablo II "el camino es largo y complejo, sin embargo debe ser emprendido decididamente y seguido hasta el final". Quisiera pedir que el texto de la presente declaracio'n, las reservas que se formulan oficialmente a continuacio'n y la declaracio'n sobre la interpretacio'n del te'rmino "ge'nero" se incluyan en el informe de la Conferencia. Reservas y declaraciones en cuanto a la interpretacio'n La Santa Sede, de conformidad con su naturaleza y con la misio'n que le es propia, al unirse parcialmente al consenso sobre los documentos de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, desea expresar su postura por lo que se refiere a esos documentos y formular reservas con respecto a algunos de los conceptos utilizados en ellos. La Santa Sede desea reafirmar la dignidad y el valor de la mujer y la igualdad de derechos entre hombres y mujeres y lamenta que en la Plataforma de Accio'n no se haya reafirmado expli'citamente este concepto. La Santa Sede, en consonancia con la Declaracio'n Universal de Derechos Humanos, subraya que la familia es el elemento fundamental de la sociedad y esta' basada en el matrimonio y en la asociacio'n igualitaria entre el marido y la mujer, al que esta' encomendada la transmisio'n de la vida. Lamenta que en la Plataforma de Accio'n no figure ninguna referencia a este elemento fundamental de la sociedad sin acompan~arla de un lenguaje trivial que la condicione (ve'ase, por ejemplo, el objetivo estrate'gico L.9). La Santa Sede so'lo puede interpretar expresiones tales como el "derecho de la mujer a controlar su propia sexualidad", el "derecho de la mujer a controlar su propia fecundidad" o "las parejas y los individuos", como referentes al ejercicio responsable de la sexualidad dentro del matrimonio. Al mismo tiempo, la Santa Sede condena firmemente todas las formas de violencia y explotacio'n ejercidas contra la mujer y la nin~a. La Santa Sede reafirma las reservas expresadas a la conclusio'n de la Conferencia Internacional sobre la Poblacio'n y el Desarrollo, celebrada en El Cairo del 5 al 13 de septiembre de 1994, que figuran en el informe de dicha Conferencia, en relacio'n con la interpretacio'n dada a las expresiones "salud reproductiva", "salud sexual" y "derechos reproductivos". En particular, la Santa Sede reitera que no considera que el aborto o los servicios que le conciernen sean una dimensio'n de la salud reproductiva o de los servicios de salud reproductiva. La Santa Sede no apoya ninguna forma de legislacio'n que reconozca legalmente el aborto. Por lo que se refiere a las expresiones "planificacio'n de la familia" o "variedad ma's amplia de servicios de planificacio'n de la familia" y otras expresiones relativas a los servicios de planificacio'n de la familia o de regulacio'n de la fecundidad, no debe en modo alguno interpretarse la actuacio'n de la Santa Sede durante esta Conferencia como una modificacio'n de su postura, ya bien conocida con respecto a los me'todos de planificacio'n de la familia que la Iglesia Cato'lica considera moralmente inaceptables o en relacio'n con servicios de planificacio'n de la familia en los que no se respeten la libertad de los co'nyuges, la dignidad humana o los derechos humanos de los interesados. La Santa Sede no apoya en modo alguno los anticonceptivos o la utilizacio'n de preservativos, ya sean como medio de planificacio'n de la familia o en programas de prevencio'n de VIH/SIDA. La Santa Sede sostiene que nada de lo que figura en la Plataforma de Accio'n o en otros documentos a los que se alude en ella ha de interpretarse en el sentido de que sobre cualquier profesional de la salud o servicio de salud recaiga la obligacio'n de prestar servicios, o cooperar en su prestacio'n o remitir a ellos o procurarlos, a los que por su creencia religiosa o conviccio'n moral o e'tica tenga objeciones. La Santa Sede interpreta todas las referencia a la expresio'n "embarazos forzados" como instrumento especi'fico en los conflictos armados en el contexto en el que aparece en la Declaracio'n y Programa de Accio'n de Viena, parte II, pa'rr. 38. La Santa Sede entiende la expresio'n "ge'nero" segu'n se describe en la declaracio'n que figura infra. La Santa Sede no se une al consenso sobre la totalidad de la seccio'n C del capi'tulo IV, en relacio'n con la salud; desea formular una reserva general con respecto a toda la seccio'n y pide que esta reserva general se haga constar en el capi'tulo. En esta seccio'n se dedica una atencio'n totalmente desproporcionada a la salud sexual y reproductiva en comparacio'n con las otras necesidades de salud de la mujer, incluidos los medios de hacer frente a la mortalidad y la morbilidad maternas. Adema's, la Santa Sede no puede aceptar la terminologi'a ambigua en relacio'n con el control irrestricto sobre la sexualidad y la fecundidad, especialmente porque podri'a interpretarse como un respaldo social del aborto o de la homosexualidad. La reserva con respecto a este capi'tulo no reduce, no obstante, el compromiso de la Santa Sede de promover la salud de la mujer y de la nin~a. La Santa Sede no se une al consenso y formula una reserva con respecto al inciso f) del pa'rrafo 232 en su referencia a un texto (pa'rrafo 96) sobre el derecho de la mujer a "tener control sobre las cuestiones relativas a su sexualidad". Esta expresio'n ambigua puede entenderse como un respaldo a las relaciones sexuales fuera del matrimonio heterosexual. Pide que se haga constar esta reserva en el pa'rrafo correspondiente. Por otra parte, la Santa Sede desea unirse a la condena de la violencia contra la mujer contenida en el pa'rrafo 96, asi' como a la afirmacio'n de la importancia de las responsabilidades mutuas y compartidas, el respeto y el libre consentimiento en las relaciones conyugales, segu'n figuran en el pa'rrafo. Con respecto a toda la seccio'n dedicada a los derechos humanos, a excepcio'n de las citas o las repeticiones de instrumentos de derechos humanos ya existentes, la Santa Sede manifiesta su preocupacio'n por el exceso de individualismo en el tratamiento de los derechos humanos. La Santa Sede recuerda tambie'n que en el mandato de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer no se inclui'a la afirmacio'n de nuevos derechos humanos. Por lo que respecta a la frase los "derechos de la mujer son derechos humanos", la Santa Sede la interpreta en el sentido de que la mujer debe disfrutar plenamente de todos los derechos humanos y libertades fundamentales. Con respeto a todas las referencias a acuerdos internacionales, la Santa Sede se reserva su posicio'n a este respecto, especialmente en lo que se refiere a cualesquiera otros acuerdos internacionales mencionados en los documentos, de conformidad con su forma de aceptacio'n o no aceptacio'n de aque'llos. La Santa Sede pide que se hagan constar las presentes reservas, junto con la siguiente declaracio'n sobre la interpretacio'n del te'rmino "ge'nero" en el informe de la Conferencia. Declaracio'n sobre la interpretacio'n del te'rmino "ge'nero" Al aceptar que la palabra "ge'nero" en el presente documento ha de entenderse conforme al uso ordinario en el contexto de las Naciones Unidas, la Santa Sede hace suyo el uso ordinario de dicha palabra en las lenguas en las que existe. La Santa Sede entiende la palabra "ge'nero" sobre la base de la identidad sexual biolo'gica, masculina o femenina. Adema's, en la Plataforma de Accio'n misma se utiliza claramente la expresio'n "ambos ge'neros". La Santa Sede excluye asi' las interpretaciones dudosas basadas en puntos de vista dudosos por los que se afirma que la identidad sexual puede adaptarse indefinidamente con fines nuevos y diferentes. Tambie'n se disocia de la nocio'n biolo'gica determinista de que las funciones y las relaciones de ambos sexos esta'n determinadas de manera u'nica y esta'tica. El Papa Juan Pablo insiste en el cara'cter distintivo y complementario del hombre y la mujer. Al mismo tiempo, ha aplaudido la asuncio'n de nuevas funciones por la mujer, ha subrayado el grado en que el condicionamiento cultural ha sido un obsta'culo para su progreso y ha exhortado a los hombres a contribuir al "gran proceso de deliberacio'n de la mujer" ("Carta a la Mujer", 6). En su reciente "Carta a la Mujer", el Papa ha explicado el punto de vista matizado de la Iglesia de la siguiente forma: "es posible acoger tambie'n sin desventajas para la mujer una cierta diversidad de papeles, en la medida en que tal diversidad no es fruto de imposicio'n arbitraria, sino que emana del cara'cter particular del ser masculino y femenino". 12. La representante de Honduras presento' la siguiente declaracio'n escrita: El Gobierno de la Repu'blica de Honduras, consecuente con su vocacio'n democra'tica, se une al consenso de todos los pueblos del mundo en la adopcio'n de la Plataforma de Accio'n, considera'ndola un instrumento eficaz para la promocio'n y el adelanto de la mujer hasta el an~o 2001 y de cara al nuevo milenio. En este sentido reafirma su voluntad y compromiso de ejecutar las acciones necesarias que conduzcan a la implementacio'n de la misma. Honduras contempla en su Carta Magna preceptos constitucionales que garantizan que todos los hombres y mujeres nacen libres e iguales en derecho, no existen clases privilegiadas y todos los honduren~os son iguales ante la ley (arti'culo 60). Los arti'culos 65, 111 y 112 establecen que el derecho a la vida es inviolable y que el Estado debe mantener la proteccio'n sobre la institucio'n de la familia, el matrimonio y la unio'n de hecho. En la Convencio'n Americana sobre Derechos Humanos, de la cual nuestro pai's es signatario, se reafirma que toda persona tiene derecho a la vida desde el momento de la concepcio'n, sobre la base de los principios morales, e'ticos, religiosos y culturales que deben regir la colectividad humana. En este sentido, Honduras comparte los conceptos relativos a la salud reproductiva, salud sexual y planificacio'n familiar en la Plataforma de Accio'n, siempre y cuando no se incluya el aborto o la interrupcio'n del embarazo como me'todo de planificacio'n. El Gobierno de la Repu'blica expresa que la familia es la base fundamental de la sociedad, por lo que se compromete a fortalecer todas las acciones que conduzcan al logro de mayores niveles de bienestar, armonizando con los diferentes sectores de la sociedad. Finalmente, invitamos a la comunidad internacional a apoyar los esfuerzos de los gobiernos y los pueblos para que la implementacio'n de la Plataforma de Accio'n tenga el e'xito esperado y por fin nuestras mujeres alcancen la equidad, el desarrollo y la paz, tan necesarios para el avance de nuestros pueblos. 13. La representante de Indonesia presento' la siguiente declaracio'n escrita: Al tiempo que expresa su satisfaccio'n por la aprobacio'n por consenso de la Declaracio'n de Beijing y de la Plataforma de Accio'n, mi delegacio'n se siente poco contenta de que las delegaciones que asisten a la Conferencia hayan formulado numerosas reservas. Este hecho puede dar al pu'blico la falsa impresio'n de que nuestro compromiso conjunto de aplicar la Plataforma de Accio'n, que es fundamental para los objetivos de igualdad, desarrollo y paz para todas las mujeres, no va a ser fa'cil de lograr. Las preocupaciones que se reflejan en las reservas - y mi delegacio'n tambie'n formula algunas sobre determinados pa'rrafos que no son conformes a los intereses nacionales de Indonesia - no deben de ninguna manera constituir un obsta'culo para nuestro propo'sito genuino de aplicar la Plataforma de Accio'n, ya que todos sabemos que el espi'ritu y objetivo de la cooperacio'n internacional a este respecto es una cuestio'n de respeto mutuo y de apoyo a la causa comu'n. Finalmente, mi delegacio'n desea pedir que se haga constar su reserva en el informe de la Conferencia. 14. El representante de la Repu'blica Isla'mica del Ira'n presento' la siguiente declaracio'n escrita: Quisiera hacer constar la reserva de la Repu'blica Isla'mica del Ira'n sobre las siguientes cuestiones: Aunque la familia es el elemento ba'sico de la sociedad y desempen~a un papel importante en el adelanto de la mujer y en la promocio'n del desarrollo humano, en la Plataforma de Accio'n no se reconoce suficientemente su contribucio'n y la importancia de su estabilidad e integridad. Por lo que se refiere al pa'rrafo 96 y al inciso f) del pa'rrafo 232, entendemos que sus disposiciones so'lo pueden interpretarse en el contexto de la salud y en el marco de las relaciones conyugales entre el hombre y la mujer. La Repu'blica Isla'mica del Ira'n opina que los derechos a que se alude en estos pa'rrafos quedan dentro de la categori'a de los derechos humanos ya existentes y no establecen ningu'n derecho nuevo. La Repu'blica Isla'mica del Ira'n sostiene el principio de que las relaciones sin riesgo y responsables entre el hombre y la mujer so'lo pueden legitimarse en el marco del matrimonio. Adema's, la frase "parejas e individuos" debe interpretarse en ese contexto. Por lo que se refiere a los programas que tienen por objeto la salud sexual y reproductiva, y la educacio'n y los servicios que les conciernen, la Repu'blica Isla'mica del Ira'n opina que esa educacio'n y servicios deben estar guiados por valores e'ticos y morales y que en ellos deben respetarse la responsabilidad, derechos y deberes de los padres, teniendo en cuenta la capacidad en evolucio'n de los adolescentes. Por lo que se refiere a la cuestio'n de la herencia, la Repu'blica Isla'mica del Ira'n interpreta las referencias de la Plataforma de Accio'n a esta cuestio'n de conformidad con los principios del sistema econo'mico del Islam. En nuestra interpretacio'n del concepto de igualdad se tiene en cuenta el hecho de que, aunque la mujer, en cuanto a derechos humanos y dignidad, es igual al hombre, sus diferentes funciones y responsabilidades ponen de relieve la necesidad de que exista un sistema de derechos equitativo en el que se atiendan debidamente las prioridades y necesidades peculiares de la mujer en sus mu'ltiples funciones. La Repu'blica Isla'mica del Ira'n afirma su determinacio'n de aplicar la Plataforma de Accio'n respetando plenamente el Islam y los valores e'ticos de nuestra sociedad. 15. El representante del Iraq presento' la siguiente declaracio'n escrita: La delegacio'n del Iraq formula reservas con respecto al pa'rrafo 96 de la Plataforma de Accio'n porque es incompatible con nuestros valores sociales y religiosos. Nuestra reserva tambie'n se aplica al inciso f) del pa'rrafo 232 debido a la alusio'n que se hace en e'l al pa'rrafo 96. La delegacio'n del Iraq acepta el texto del inciso d) del pa'rrafo 274 sobre la base de su entendimiento de que no esta' en conflicto con la ley chera'mica. 16. La representante de Israel presento' la siguiente declaracio'n escrita: La delegacio'n de Israel en la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer desea presentar la siguiente declaracio'n sobre la interpretacio'n del pa'rrafo 46 de la Plataforma de Accio'n. Israel hubiera preferido que se hiciera referencia expli'cita a los obsta'culos especiales a los que ha de hacer frente la mujer a causa de su orientacio'n sexual. No obstante, habida cuenta de la interpretacio'n dada a las palabras "otra condicio'n" por, entre otros, la Comisio'n de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, entendemos las palabras "otra condicio'n" en el sentido de que incluye la orientacio'n sexual. 17. La representante del Japo'n presento' la siguiente declaracio'n escrita: Mi delegacio'n desea confirmar su interpretacio'n del inciso k) del pa'rrafo 106. La delegacio'n del Japo'n se unio' al consenso sobre el inciso k) del pa'rrafo 106 en el siguiente entendimiento. Ha habido un debate permanente sobre este tema en numerosos pai'ses. Algunos, inclusive el Japo'n, han emprendido una revisio'n de la legislacio'n pertinente, mientras que otros no lo han hecho. Teniendo esto en cuenta, mi delegacio'n confirma que entiende que la legislacio'n nacional so'lo puede examinarse a nivel nacional o local teniendo debidamente en cuenta las circunstancias nacionales y legislativas. 18. El representante de Kuwait presento' la siguiente declaracio'n escrita: La delegacio'n de mi pai's concede gran importancia a la Plataforma de Accio'n aprobada por esta Conferencia y cree en su contribucio'n fundamental al adelanto de la mujer. No obstante, al mismo tiempo deseari'a hacer constar una reserva a todo lo que constituya una contravencio'n de la ley chera'mica y de las costumbres y pra'cticas de nuestra sociedad isla'mica, especialmente con respecto al inciso f) del pa'rrafo 232, al inciso k) del pa'rrafo 106 y a los pa'rrafos del 94 al 96. La delegacio'n de Kuwait desea que su reserva conste en el informe de la Conferencia. 19. El representante de la Jamahiriya A'rabe Libia presento' la siguiente declaracio'n escrita: Mi delegacio'n aprecia enormemente los esfuerzos realizados por la Comisio'n Principal y por los grupos de trabajo de la Conferencia para elaborar fo'rmulas que representen las posiciones comunes de las delegaciones participantes y que respeten las creencias de diversas sociedades y los asuntos que les son propios. En este sentido, la delegacio'n de Libia, en sus deliberaciones con todos los grupos de trabajo y en las sesiones, ha hecho todo lo posible por unirse al consenso general al que se encamina la Plataforma de Accio'n. A la luz de nuestra conviccio'n de la importancia del dia'logo entre las diversas culturas y civilizaciones de los pueblos del mundo para lograr la paz social universal, no aceptamos el derecho de ninguna nacio'n o civilizacio'n a imponer su cultura u orientacio'n poli'tica, econo'mica o social a ninguna otra nacio'n o pueblo. En vista tambie'n de nuestra conviccio'n del derecho soberano de cada Estado a elaborar sus poli'ticas nacionales de conformidad con sus convicciones religiosas, leyes y prioridades locales de desarrollo social y econo'mico, entendemos que los te'rminos y expresiones que aparecen en el documento y su aplicacio'n estara'n dentro de los li'mites de lo que permiten nuestras creencias y las leyes y tradiciones que conforman nuestra conducta como sociedad. Sobre esta base, la delegacio'n de nuestro pai's quisiera formular las siguientes reservas: a) La expresio'n "relaciones sexuales y conducta sexual" entre hombres y mujeres, adultos o no, fuera de la legi'tima relacio'n conyugal, que figura en algunos arti'culos; b) La expresio'n "educacio'n sexual y salud reproductiva" empleada con referencia a las personas que no este'n casadas y fuera del a'mbito de la responsabilidad, supervisio'n y cuidado de los padres; c) La expresio'n "individuos" en relacio'n con el derecho ba'sico de todas las parejas a decidir libre y responsablemente el nu'mero, el espaciamiento y el momento en que desean tener los hijos. Este derecho no se concede en nuestra sociedad fuera del marco de una relacio'n conyugal legi'tima. Esta expresio'n aparece en los pa'rrafos 95 y 223; d) Todo el texto del pa'rrafo 96, ya que no es compatible con nuestros valores sociales y culturales. Lo mismo cabe decir del inciso f) del pa'rrafo 232; e) Todo lo comprendido en el texto que aparece en el inciso k) del pa'rrafo 106 y todo lo que se pretende con e'l ya que es contrario a las leyes locales basadas en la ley chera'mica. Lo mismo cabe decir del texto que aparece en el inciso j) del pa'rrafo 106 por lo que se refiere al aborto, ya que las leyes locales no permiten realizar abortos excepto para salvar la vida de la madre; f) El texto del inciso d) del pa'rrafo 274, que se interpretara' y aplicara' de conformidad con la ley chera'mica, que garantiza a las mujeres el derecho a heredar. Confiamos en que la presente declaracio'n y reservas se incluyan en el informe oficial de la Conferencia. 20. La representante de Malasia presento' la siguiente declaracio'n escrita: La Declaracio'n y la Plataforma de Accio'n de Beijing son un logro para todas las mujeres del mundo. Mi delegacio'n se siente complacida de unirse a la comunidad internacional para expresar nuestro apoyo a la Plataforma, especialmente en cuanto a las disposiciones que se refieren a la pobreza, la educacio'n, la salud, la eliminacio'n de la violencia contra la mujer en los conflictos civiles y armados y la participacio'n activa de la mujer en la adopcio'n de decisiones y el desarrollo econo'mico con el fin de lograr su adelanto y su bienestar. No obstante, no podemos dejar de observar ciertas diferencias entre las delegaciones derivadas de la postura adoptada por un grupo de pai'ses ante determinadas cuestiones. Aun cuando este grupo puede adoptar sus propias normas y prioridades culturales, su insistencia en otras ha resultado inevitablemente en que la Plataforma de Accio'n haya ido acompan~ada de muchas reservas. Deseo hacer constar que determinadas disposiciones de la Plataforma de Accio'n siguen parecie'ndonos inaceptables, pero, con el fin de lograr el consenso, no nos oponemos a su aprobacio'n. No obstante, en vista de los diversos patrones culturales y de la falta de claridad de determinadas palabras y expresiones de la Plataforma, deseo hacer las siguientes reservas y aclaraciones en nombre de la delegacio'n de Malasia. En primer lugar, la interpretacio'n de las expresiones "familia", y de la expresio'n "individuos y parejas" a lo largo del documento se refieren a la familia tradicional formada a partir de un matrimonio o de una unio'n registrada entre un hombre y una mujer, que comprende los hijos y los miembros de la familia extensa. En segundo lugar, tenemos la conviccio'n de que los derechos reproductivos so'lo deben ser aplicables a las parejas casadas formadas de la unio'n entre un hombre y una mujer. En tercer lugar, deseamos hacer constar que la aprobacio'n del pa'rrafo 96 no significa que el Gobierno de Malasia apoye la promiscuidad sexual, ninguna forma de perversio'n sexual o la conducta sexual basado en la homosexualidad o el lesbianismo. En cuarto lugar, en el contexto del apartado k) del pa'rrafo 106, deseamos apoyar el punto de vista de que debe prestarse atencio'n a la prevencio'n del aborto en condiciones de inseguridad y a la resolucio'n de forma humanitaria de las complicaciones derivadas del aborto como parte de la atencio'n a la salud reproductiva. No obstante, el aborto no es legal ni permisible en Malasia y so'lo puede practicarse por motivos me'dicos. En quinto lugar, en el contexto del inciso k) del pa'rrafo 108, aunque estamos de acuerdo en que la salud de los adolescentes es una esfera que exige atencio'n debido al aumento de los problemas derivados de los embarazos no deseados de adolescentes, los abortos en condiciones de inseguridad, las enfermedades de transmisio'n sexual y el VIH/SIDA, creemos que no debe abdicarse de la orientacio'n de los padres y que no deben aprobarse la permisividad sexual y las pra'cticas sexuales y reproductivas no saludables de los adolescentes. Solicito que se hagan constar estas reservas en el acta de la Conferencia. 21. El representante de Malta presento' la siguiente declaracio'n escrita: Al tiempo que se une al consenso sobre la Plataforma de Accio'n, la delegacio'n de Malta quisiera declarar que se reserva su posicio'n con respecto al empleo de expresiones tales como "salud reproductiva", "derechos reproductivos" y "control de la fecundidad", segu'n aparecen en diferentes partes del documento. La interpretacio'n dada por Malta es conforme a su legislacio'n nacional, en la que se considera ilegal la interrupcio'n del embarazo mediante el aborto inducido. La delegacio'n de Malta se reserva tambie'n su postura con respecto a las partes de la Plataforma de Accio'n en que se hace referencia al Programa de Accio'n de la Conferencia Internacional sobre la Poblacio'n y el Desarrollo. A este respecto, la delegacio'n de Malta reafirma sus reservas, segu'n figuran en el informe de dicha Conferencia (A/CONF.171/13 y Add.1). En particular, la delegacio'n de Malta no puede aceptar sin reservas la expresio'n "circunstancias en las que el aborto no es contrario a la ley", ya que la interrupcio'n del embarazo mediante el procedimiento del aborto inducido es ilegal en Malta. La delegacio'n de Malta se reserva su postura sobre la expresio'n "los abortos deben realizarse en condiciones de seguridad", ya que la misma podri'a prestarse a mu'ltiples interpretaciones que implicaran, entre otras cosas, que el aborto puede realizarse en forma completamente libre de riesgos me'dicos o psicolo'gicos, ignora'ndose al mismo tiempo los derechos del no nacido. Adema's, la delegacio'n de Malta se reserva su postura sobre el empleo de la expresio'n "instrumentos internacionales de derechos humanos" y "documentos de consenso de las Naciones Unidas" siempre que se empleen en la Plataforma de Accio'n, de conformidad con su anterior aceptacio'n o no aceptacio'n de dichas expresiones. Pedimos que se hagan constar en el informe de la Conferencia las reservas formuladas. 22. La representante de Mauritania presento' la siguiente declaracio'n escrita: La delegacio'n de mi pai's desea hacer constar sus reservas con respecto a cualquier asunto que este' en pugna con la ley chera'mica y los valores isla'micos, especialmente el pa'rrafo 96, relativo a los derechos sexuales, el inciso f) del pa'rrafo 232, el inciso j) del pa'rrafo 106, relativo a los abortos ilegales, y el inciso d) del pa'rrafo 274, relativo a la herencia. 23. El representante de Marruecos presento' la siguiente declaracio'n escrita: La delegacio'n de Marruecos formula reservas con respecto al pa'rrafo 96 y el inciso k) del pa'rrafo 106 del Programa de Accio'n, cuyo contenido esta' en contradiccio'n con los preceptos del Islam y no es conforme a sus valores espirituales y sus tradiciones culturales. Formula asimismo reservas al inciso f) del pa'rrafo 232, que se refiere al pa'rrafo 96, y con respecto al apartado d) del pa'rrafo 274. La delegacio'n de Marruecos desea que se hagan constar sus reservas en el informe de la Conferencia. 24. El representante de Nepal presento' la siguiente declaracio'n escrita: Por lo que respecta a Nepal, la interpretacio'n del pa'rrafo 26 excluira' la libertad de convertirse de la propia religio'n o de la religio'n de otro. 25. La representante del Paraguay presento' la siguiente declaracio'n escrita: Con respecto a la seccio'n C del capi'tulo IV, de la Plataforma de Accio'n, el Gobierno del Paraguay ve con satisfaccio'n que el mismo responde al contenido de su Constitucio'n Nacional y especialmente en su arti'culo 61, estableciendo que "el Estado reconoce el derecho de las personas a decidir libre y responsablemente el nu'mero y la frecuencia del nacimiento de sus hijos, asi' como a recibir, en coordinacio'n con los organismos pertinentes, educacio'n, orientacio'n cienti'fica y servicios adecuados en la materia. Se establecera'n planes especiales de salud reproductiva, y salud materno infantil para la poblacio'n de escasos recursos". La delegacio'n del Paraguay aclara que, el concepto de "me'todos para la regulacio'n de la fecundidad que no este'n legalmente prohibidos", contenido en el pa'rrafo 94 de la Plataforma de Accio'n, tendra' para la Repu'blica del Paraguay el alcance que le permite su legislacio'n nacional. Respecto al te'rmino "ge'nero" utilizado en los documentos adoptados en el seno de esta Conferencia, el Gobierno del Paraguay interpreta que dicho concepto se refiere a ambos sexos: el hombre y la mujer, y con dicho alcance ha sido incorporado en sus documentos nacionales. 26. La representante del Peru' presento' la siguiente declaracio'n escrita: De conformidad con el arti'culo 34 del reglamento de la Conferencia, la delegacio'n del Peru' acompan~a el acuerdo general alcanzado para la aprobacio'n de la Declaracio'n y de la Plataforma de Accio'n de Beijing, en tanto que los principios y compromisos establecidos por esta Conferencia son compatibles con aquellos sen~alados por la Constitucio'n Poli'tica Peruana. Sin embargo, en concordancia con la posicio'n asumida en la Conferencia Internacional sobre la Poblacio'n y el Desarrollo y reafirmada en la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social, asi' como en la Sexta Conferencia Regional para la Integracio'n de la Mujer en el Desarrollo Econo'mico y Social de Ame'rica Latina y el Caribe, la delegacio'n del Peru' desea expresar su reserva interpretativa respecto de los siguientes puntos: La comunidad y el Estado protegen a la familia y promueven el matrimonio, reconocie'ndolos como institutos naturales y fundamentales de la sociedad. El origen esencial de la familia y el matrimonio lo constituyen la relacio'n personal que se establece entre hombre y mujer. El derecho a la vida y la consideracio'n del concebido como sujeto de derecho en todo cuanto le favorece constituyen derechos fundamentales de la persona. En consecuencia, los conceptos referidos a "salud reproductiva", "derechos reproductivos" y "salud sexual o reproductiva" en la Plataforma de Accio'n no pueden incluir al aborto como me'todo de regulacio'n de la fecundidad o de planificacio'n familiar. Los conceptos referidos a la poli'tica de poblacio'n deben ser entendidos siempre dentro de la proteccio'n y promocio'n de la familia y el matrimonio, y de la paternidad y maternidad responsables y la libertad de la familia y de la persona a decidir. Se entiende que los derechos sexuales esta'n referidos solamente a la relacio'n heterosexual. Los criterios en materia de asignacio'n de recursos establecidos no pueden entenderse en modo alguno limitativos del derecho que corresponde a los gobiernos para acceder a tales recursos. La referencia a derechos "existentes" de propiedad intelectual en materia de conocimientos, innovaciones y pra'cticas de las mujeres de las comunidades indi'genas y locales, incluidas las pra'cticas relativas a medicinas tradicionales, la diversidad biolo'gica y las tecnologi'as indi'genas, en modo alguno puede significar limitacio'n a los derechos que conforme a la legislacio'n nacional e internacional corresponden a los pai'ses y sus habitantes. 27. La representante de la Federacio'n de Rusia presento' la siguiente declaracio'n escrita: Inciso p) del pa'rrafo 83 La Federacio'n de Rusia entiende que la palabra "respete" que figura en el inciso p) del pa'rrafo 83 significara' que se respetara' la igualdad de ge'nero y la diversidad cultural, religiosa y de otro tipo en las instituciones educativas. Inciso c) del pa'rrafo 191 La Federacio'n de Rusia entiende que el inciso c) del pa'rrafo 191 significa que los partidos poli'ticos determinara'n por si' mismos el procedimiento para nombrar mujeres a la jefatura de sus o'rganos y que el Estado no ejercera' presio'n sobre ellos para que lo hagan asi', y que se creara'n al mismo tiempo iguales oportunidades para las actividades de los partidos poli'ticos. Segu'n la legislacio'n de Rusia, esta disposicio'n es aplicable no so'lo a los partidos poli'ticos, sino tambie'n a los movimientos poli'ticos. Inciso e) del pa'rrafo 204 La Federacio'n de Rusia entiende el inciso e) del pa'rrafo 204 en relacio'n con los mandatos de revisar las poli'ticas y programas en el contexto de la igualdad de derechos y de oportunidades. Los principios ba'sicos para aplicar esta poli'tica esta'n consagrados en la Constitucio'n de la Federacio'n de Rusia. Inciso c) del pa'rrafo 258 La delegacio'n de la Federacio'n de Rusia entiende que la cuestio'n a la que se refiere el inciso c) del pa'rrafo 258 no es otra que la del movimiento transfronterizo de desechos peligrosos y radiactivos. La Federacio'n de Rusia entiende que es preciso tener como objetivo el pleno cumplimiento por los gobiernos, las organizaciones gubernamentales internacionales y las organizaciones no gubernamentales de los principios y normas internacionales vigentes con respecto al tra'fico transfronterizo de desechos radiactivos y peligrosos mediante la adopcio'n de medidas especiales, inclusive la creacio'n de un marco juri'dico nacional y la definicio'n de las diversas categori'as de desechos. El tra'fico de estos materiales no debe constituir una amenaza para la salud pu'blica. 28. El representante de Suda'frica presento' la siguiente declaracio'n escrita: La delegacio'n de Suda'frica interpreta que el pa'rrafo 96, en el que se establece que los derechos humanos de la mujer incluyen el derecho de ejercer control y decidir libre y responsablemente las cuestiones que se refieren a su sexualidad, inclusive la salud sexual y reproductiva, libre de coercio'n, discriminacio'n y violencia, incluye el derecho de estar libre de coercio'n, discriminacio'n y violencia por motivo de la orientacio'n sexual. La delegacio'n de Suda'frica desea manifestar muy claramente que no quiere estar asociada con ninguna forma de discriminacio'n. 29. El representante de Tu'nez presento' la siguiente declaracio'n escrita: La delegacio'n de Tu'nez, con referencia a los poderes depositados, tiene el honor de confirmar que Tu'nez interpretara' el pa'rrafo 96, el inciso f) del pa'rrafo 232 y el inciso d) del pa'rrafo 274 del Programa de Accio'n con arreglo a sus leyes y textos fundamentales. Esto se declaro' en las sesiones de la Comisio'n Plenaria celebradas los di'as 13 y 14 de septiembre de 1995. Tu'nez rechazara' toda disposicio'n que sea contraria a sus leyes y textos fundamentales. La delegacio'n de Tu'nez pide que asi' conste en el documento de la Conferencia. 30. La representante de los Estados Unidos de Ame'rica presento' la siguiente declaracio'n escrita: Declaracio'n sobre la interpretacio'n de la Declaracio'n de Beijing Los Estados Unidos entienden que la frase "por la presente adoptamos y nos comprometemos a aplicar la siguiente Plataforma de Accio'n", que figura en la Declaracio'n, y otras referencias semejantes que aparecen en todo el texto, son compatibles con el hecho de que la Plataforma, la Declaracio'n y los compromisos contrai'dos por los Estados (a menos que tales Estados indiquen lo contrario) no son juri'dicamente vinculantes y que consisten en recomendaciones sobre la manera en que los Estados pueden y deben promover los objetivos de la Conferencia. El compromiso a que se alude en la Declaracio'n, en consecuencia, ma's que un compromiso especi'fico de aplicar cada elemento de la Plataforma, constituye un compromiso general de procurar la aplicacio'n aute'ntica de las recomendaciones de la Plataforma en general. En consecuencia, los Estados Unidos aceptan esta frase con arreglo a este criterio, en el entendimiento de que no modifica el estatuto de los documentos o las recomendaciones que figuran en ellos. Los Estados Unidos entienden que las referencias que figuran en la Declaracio'n y en la Plataforma de Accio'n "al desarrollo sostenible" han de interpretarse en consonancia con los principios y poli'ticas establecidos en esta materia. Segu'n se reconocio' en el Programa 21, nuestro objetivo a largo plazo de conseguir que todo el mundo logre medios de vida sostenibles implica la integracio'n simulta'nea de las poli'ticas relativas a las cuestiones de desarrollo, gestio'n de los recursos sostenibles y erradicacio'n de la pobreza. En la Cumbre Mundial de Desarrollo Social, los Estados reconocieron tambie'n que el desarrollo econo'mico, el desarrollo social y la proteccio'n del medio ambiente son elementos del desarrollo sostenible interdependientes y que se refuerzan mutuamente. Reserva sobre el pa'rrafo 5 de la Plataforma de Accio'n Como ya han declarado en diversas ocasiones a lo largo de la Conferencia y en sus preparativos, los Estados Unidos, debido a los factores que condicionan la recaudacio'n de fondos a nivel nacional, no pueden estar de acuerdo en incrementar los fondos con destino a los asuntos a que se refiere la Plataforma de Accio'n fuera del contexto de la redistribucio'n de los recursos actuales, a menos que se recurra a fuentes de ingresos distintas de las cuotas de los gobiernos. En consecuencia, los Estados Unidos formulan una reserva en cuanto al pa'rrafo 5 de la Plataforma de Accio'n. Los Estados Unidos apoyan plenamente los objetivos de la Conferencia y esta'n deseosos de colaborar con los dema's para velar por que haya una asignacio'n de recursos adecuada dentro del sistema de las Naciones Unidas y otras organizaciones internacionales para cumplir los compromisos contrai'dos en la Plataforma de Accio'n. En este sentido, los Estados Unidos observan tambie'n que la mayor parte de las medidas fundamentales que han de adoptarse de conformidad con la Plataforma de Accio'n no exigen a la comunidad internacional la aportacio'n de fondos adicionales y pueden llevarse a cabo mediante la accio'n a nivel nacional y local. Declaraciones sobre la interpretacio'n de distintos pa'rrafos de la Plataforma de Accio'n Pa'rrafo 17 Los Estados Unidos entienden la frase "transformacio'n radical de la relacio'n entre la mujer y el hombre" del pa'rrafo 17 como una referencia al logro de la plena igualdad entre la mujer y el hombre. Es este el sentido en que los Estados Unidos aceptan el pa'rrafo. Pa'rrafo 26 En el pa'rrafo 26 de la Plataforma de Accio'n se reconoce el importante papel que desempen~an las organizaciones no gubernamentales y la importancia de colaborar con ellas para alcanzar progresos. Los Estados Unidos reconocen la necesidad de que los gobiernos creen un entorno propicio en el que puedan desenvolverse las organizaciones no gubernamentales y que ese entorno es fundamental para que pueda aplicarse con e'xito la Plataforma de Accio'n. Los Estados Unidos entienden que los gobiernos, al pedir que las organizaciones no gubernamentales adopten medidas para aplicar la Plataforma de Accio'n, se comprometen a facilitar la labor dichas organizaciones a ese respecto. Pa'rrafo 46 El Gobierno de los Estados Unidos mantiene una firme poli'tica de no discriminacio'n por motivo de la orientacio'n sexual y considera que la omisio'n de esa referencia en el pa'rrafo 46 y en otros lugares de la Plataforma de Accio'n no justifica en modo alguno este tipo de discriminacio'n en ningu'n pai's. Pa'rrafo 96 Los Estados Unidos entienden y aceptan que el pa'rrafo 96, que se refiere, entre otras cosas, a la igualdad en las relaciones entre el hombre y la mujer, supone la aplicacio'n de las actuales normas de la legislacio'n de derechos humanos a estas esferas importantes de la vida del hombre y la mujer y subraya de esta forma la importancia de eliminar la coercio'n, la discriminacio'n y la violencia en las relaciones entre el hombre y la mujer. Pa'rrafo 131 Aun cuando los Estados Unidos reconocen que pueden producirse, y de hecho se producen, violaciones de los derechos humanos en situaciones de ocupacio'n extranjera en todo el mundo, los Estados Unidos siguen teniendo reservas, igual que en la Conferencia Mundial de Derechos Humanos de Viena con respecto a cualquier implicacio'n de que la ocupacio'n extranjera constituye en si' misma una violacio'n de los derechos humanos. Inciso l) del pa'rrafo 166 Los Estados Unidos entienden que la intencio'n de incluir la expresio'n "igualdad de remuneracio'n para la mujer y el hombre por trabajo de igual valor" tiene por objeto promover la equidad de pago entre el hombre y la mujer y acepta la recomendacio'n segu'n este criterio. Los Estados Unidos lo aplican atenie'ndose al principio de "igual paga por un trabajo igual". Incisos b), e) y f) del pa'rrafo 206 Con respecto obtener a los incisos b), e) y f) del pa'rrafo 206, los Estados Unidos intentara'n obtener conocimientos ma's completos y mejorar la obtencio'n de datos en relacio'n con la cuestio'n del trabajo no remunerado, en la medida en que lo permitan los fondos disponibles. Nos proponemos consultar, en un espi'ritu de cooperacio'n, con organizaciones de investigacio'n y documentacio'n apropiadas. Pa'rrafos 234 a 245 Varias instituciones, organizaciones y otras entidades han pedido que se adopten medidas para aplicar la Plataforma. Aunque muchas instituciones han participado en esta ocasio'n como observadores y las organizaciones no gubernamentales han hecho aportaciones u'tiles a las deliberaciones, so'lo los gobiernos aprobara'n la Plataforma. En consecuencia, es preciso subrayar que cuando en la Plataforma se mencionan las medidas que pueden adoptar estos otros protagonistas se les invita y alienta a la adopcio'n de las medidas que se sugieren; no se exigen y no se pueden exigir esas medidas. En este sentido, entendemos que las referencias a las medidas que pueden adoptar los medios de comunicacio'n (como las que se mencionan en la seccio'n J del capi'tulo IV y en el pa'rrafo 33) tienen el cara'cter de sugerencias y recomendaciones y no pueden interpretarse como una invasio'n de la libertad de prensa y expresio'n, que son libertades democra'ticas fundamentales. Pa'rrafo 247 Los Estados Unidos quieren subrayar que interpretan la segunda frase del pa'rrafo 247 en el sentido de que los sucesos que se enumeran pueden ser causa de degradacio'n ambiental en determinadas circunstancias pero no en otras. Son tambie'n motivo de preocupacio'n para los Estados Unidos las referencias al empleo y los ensayos de armamento nuclear que aparecen en este pa'rrafo y que no parecen haber sido examinados a fondo por el Grupo de Trabajo. Pa'rrafo 293 Los Estados Unidos entienden y aceptan que las referencias a los compromisos que figuran en el pa'rrafo 293, las referencias a lo que se pide en los pa'rrafos 4 y 5 de la Plataforma, y otras referencias semejantes en todo el texto, comprendida la Declaracio'n, guardan consonancia con el hecho de que la Plataforma, la Declaracio'n y los compromisos contrai'dos por los Estados (a menos que dichos Estados indiquen lo contrario) no son juri'dicamente vinculantes y que consisten en recomendaciones sobre la forma en que los Estados deben y pueden promover los derechos humanos de la mujer. En consecuencia, los Estados Unidos entienden y aceptan que con dichas expresiones, segu'n se emplean en estos documentos se sugieren medidas pra'cticas para contribuir a la promocio'n de los derechos humanos de la mujer y no se modifica la condicio'n de los documentos o las recomendaciones que figuran en ellos. Pa'rrafo 353 Los Estados Unidos reiteran que, con respecto al pa'rrafo 353, no esta'n incluidos entre los pai'ses que han aceptado un "objetivo convenido" para la asistencia oficial al desarrollo o se han comprometido a alcanzar ese objetivo. Creemos que los gobiernos nacionales, y no los donantes internacionales, han de ser los principales responsables del desarrollo de sus respectivos pai'ses. Los objetivos distraen de cuestiones ma's importantes como son la eficacia y la calidad de la ayuda y las poli'ticas del pai's receptor. Tradicionalmente los Estados Unidos han sido uno de los donantes con mayor volumen de ayuda y continuara'n colaborando con los pai'ses en desarrollo para facilitar ayuda y apoyo a sus esfuerzos. Adema's, los Estados Unidos entienden y aceptan la referencia que figura en el pa'rrafo 353 al aumento de la parte de la asistencia oficial para el desarrollo destinada a los programas de desarrollo social solamente con respecto a aquellos pai'ses que hayan aceptado el objetivo. ¡d El representante de Vanuatu presento' la siguiente declaracio'n escrita: La Repu'blica de Vanuatu acude a la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, que se celebra en Beijing, con dos objetivos: el primero es mostrar solidaridad con la comunidad mundial en relacio'n con el adelanto y los derechos de la mujer, y el segundo, aprender de otros pai'ses que' puede hacerse para mejorar la situacio'n de la mujer. A este respecto, la delegacio'n de Vanuatu ha participado plenamente en las sesiones plenarias de la Conferencia, asi' como en la Comisio'n Principal y en los grupos de trabajo. La delegacio'n de Vanuatu reconoce el espi'ritu de conciliacio'n y compromiso que se han hecho patentes para finalizar la Plataforma de Accio'n. Al mismo tiempo, la delegacio'n sen~ala que Vanuatu es un pai's pequen~o que emerge de un firme pasado tradicional y que se halla ahora en un proceso moderno de evolucio'n social econo'mica y poli'tica. En consecuencia, al tiempo que apoya la Plataforma de Accio'n de esta importante Conferencia, la delegacio'n de Vanuatu desea hacer constar que ese apoyo se brinda en el pleno respeto de los principios constitucionales, religiosos y tradicionales que este Estado soberano ha heredado y conservado para el buen gobierno de nuestra nacio'n. 32. El representante de Venezuela presento' la siguiente declaracio'n escrita: En aras de agilizar el debate general para el logro del consenso de la Plataforma de Accio'n, la delegacio'n oficial de Venezuela desea hacer constar la siguiente declaracio'n de reservas de nuestra delegacio'n, para que se incluyan en su totalidad en el informe final de la Conferencia. El concepto de planificacio'n familiar, salud sexual, salud reproductiva, maternidad sin riesgo, regulacio'n de la fertilidad, derecho reproductivo y derechos sexuales son aceptados cuando no contemplen aborto o interrupcio'n voluntaria del embarazo. Igualmente, manifiesta reservas en cuanto a conceptos de embarazo no deseado, ya que la mencio'n de "embarazo no deseado" (unwanted pregnacy) puede significar por argumento en contrario, aceptar el derecho de la madre embarazada contra su voluntad a suprimir al nin~o (aborto), lo cual esta' penado en Venezuela. Tambie'n manifiesta reservas a menciones como "aborto en condiciones peligrosas" (unsafe abortion), abortos sin condiciones de seguridad, por cuanto el aborto, en cualquier condicio'n, esta' penalizado en Venezuela excepto cuando se trata del medio indispensable para salvar la vida de la mujer. Capi'tulo VI INFORME DE LA COMISIO'N DE VERIFICACIO'N DE PODERES 1. En su primera sesio'n plenaria, celebrada el 4 de septiembre de 1995, la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, de conformidad con el arti'culo 4 del reglamento de la Conferencia, nombro' una Comisio'n de Verificacio'n de Poderes cuya composicio'n se baso' en la de la Comisio'n de Verificacio'n de Poderes de la Asamblea General de las Naciones Unidas en su cuadrage'simo noveno peri'odo de sesiones; la Comisio'n quedo' integrada por los nueve miembros siguientes: China, Estados Unidos de Ame'rica, Federacio'n de Rusia, Fiji, Honduras, Namibia, Portugal, Suriname y Togo. 2. La Comisio'n de Verificacio'n de Poderes celebro' una sesio'n, el 8 de septiembre de 1995. 3. El Sr. Pedro Catarino (Portugal) fue elegido por unanimidad Presidente de la Comisio'n. 4. La Comisio'n tuvo ante si' un memorando del Secretario General de fecha 7 de septiembre de 1995 relativo a la situacio'n de las credenciales de los representantes que participaban en la Conferencia. La Comisio'n recibio' de su secretari'a informacio'n adicional sobre las credenciales recibida por el Secretario General despue's de la publicacio'n del memorando. 5. Como se indica en el pa'rrafo 1 del memorando del Secretario General, actualizado con la informacio'n adicional recibida, el Secretario General recibio' las credenciales oficiales expedidas por el Jefe de Estado o de Gobierno o por el Ministro de Relaciones Exteriores, segu'n lo previsto en el arti'culo 3 del reglamento, de representantes de los siguientes 106 Estados participantes en la Conferencia: Albania, Alemania, Argelia, Angola, Australia, Bahamas, Bangladesh, Barbados, Belaru's, Belice, Benin, Bhuta'n, Bolivia, Bosnia y Herzegovina, Brunei Darussalam, Cameru'n, Canada', Chile, Chipre, Congo, Croacia, Cuba, Dinamarca, Egipto, El Salvador, Emiratos A'rabes Unidos, Eslovaquia, Eslovenia, Espan~a, Estados Unidos de Ame'rica, Estonia, Federacio'n de Rusia, Finlandia, Francia, Gambia, Guyana, Haiti', Hungri'a, India, Iraq, Islas Salomo'n, Israel, Jamahiriya A'rabe Libia, Jamaica, Japo'n, Jordania, Kenya, Kirguista'n, Kuwait, Letonia, Liberia, Liechtenstein, Lituania, Madagascar, Malasia, Malawi, Maldivas, Malta, Mauricio, Mauritania, Me'xico, Mongolia, Mozambique, Myanmar, Namibia, Nauru, Ni'ger, Noruega, Nueva Zelandia, Oma'n, Pai'ses Bajos, Pakista'n, Panama', Papua Nueva Guinea, Paraguay, Polonia, Portugal, Qatar, Reino Unido de Gran Bretan~a e Irlanda del Norte, Repu'blica Checa, Repu'blica de Moldova, Repu'blica Popular Democra'tica de Corea, Repu'blica Unida de Tanzani'a, Rumania, Samoa, San Marino, Santa Luci'a, Santo Tome' y Pri'ncipe, Senegal, Seychelles, Sierra Leona, Singapur, Sri Lanka, Suda'n, Suecia, Suiza, Suriname, Swazilandia, Tailandia, Togo, Tonga, Trinidad y Tabago, Tu'nez, Turqui'a, Uganda y Uzbekista'n. 6. Como se indica tambie'n en el pa'rrafo 1 del memorando del Secretario General, en el caso de la Comunidad Europea, el Presidente de la Comisio'n Europea presento' credenciales de sus representantes, tal como se preve' en el arti'culo 3 del reglamento. 7. Como se indica en el pa'rrafo 2 del memorando, actualizado con la informacio'n adicional recibida, se recibio' informacio'n, por facsi'mile o mediante cartas o notas verbales de ministerios, embajadas, misiones permanentes ante las Naciones Unidas u otras oficinas u autoridades gubernamentales, o por medio de oficinas locales de las Naciones Unidas, sobre el nombramiento de los representantes de los siguientes 83 Estados Miembros que participari'an en la Conferencia: Afganista'n, Andorra, Antigua y Barbuda, Argentina, Armenia, Austria, Azerbaiya'n, Bahrein, Be'lgica, Botswana, Brasil, Bulgaria, Burkina Faso, Burundi, Cabo Verde, Camboya, Chad, Chile, Colombia, Comoras, Costa Rica, Co^te d'Ivoire, Djibouti, Dominica, Ecuador, Eritrea, Etiopi'a, ex Repu'blica Yugoslava de Macedonia, Fiji, Filipinas, Gabo'n, Georgia, Ghana, Grecia, Guatemala, Guinea, Guinea-Bissau, Guinea Ecuatorial, Honduras, Indonesia, Ira'n (Repu'blica Isla'mica del), Irlanda, Islandia, Islas Cook, Islas Marshall, Italia, Kazaksta'n, Kiribati, Lesotho, Li'bano, Luxemburgo, Mali', Marruecos, Micronesia (Estados Federados de), Mo'naco, Nepal, Nicaragua, Nigeria, Niue, Palau, Peru', Repu'blica A'rabe Siria, Repu'blica Centroafricana, Repu'blica de Corea, Repu'blica Democra'tica Popular Lao, Repu'blica Dominicana, Rwanda, Saint Kitts y Nevis, Santa Sede, San Vicente y las Granadinas, Suda'frica, Tayikista'n, Turkmenista'n, Tuvalu, Ucrania, Uruguay, Vanuatu, Venezuela, Viet Nam, Yemen, Zaire, Zambia y Zimbabwe. 8. El Presidente propuso que la Comisio'n aceptara las credenciales de todos los representantes mencionados en el memorando del Secretario General, en la inteligencia de que las credenciales oficiales de los representantes mencionados en el pa'rrafo 2 del memorando del Secretario General se comunicari'an a e'ste a la brevedad posible. El Presidente propuso el siguiente proyecto de resolucio'n para que lo aprobara la Comisio'n: "La Comisio'n de Verificacio'n de Poderes, Habiendo examinado las credenciales de los representantes ante la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer mencionados en los pa'rrafos 1 y 2 del memorando del Secretario General de fecha 7 de septiembre de 1995, Acepta las credenciales de los representantes de que se trata." 9. La Comisio'n aprobo' el proyecto de resolucio'n sin someterlo a votacio'n. 10. Posteriormente, el Presidente propuso que la Comisio'n recomendara a la Conferencia que aprobara un proyecto de resolucio'n en el que se aprobara el informe de la Comisio'n de Verificacio'n de Poderes. La Comisio'n aprobo' la propuesta sin someterla a votacio'n. Medidas adoptadas por la Conferencia 11. En la 12~ sesio'n plenaria, celebrada el 12 de septiembre de 1995, la Conferencia examino' el informe de la Comisio'n de Verificacio'n de Poderes (A/CONF.177/14). 12. La Conferencia aprobo' el proyecto de resolucio'n recomendado por la Comisio'n en su informe (ve'ase el texto en la resolucio'n 3 del capi'tulo I). Los Estados y la organizacio'n de integracio'n econo'mica regional que participaron en la Conferencia figuran en el pa'rrafo 3 del capi'tulo II. Capi'tulo VII APROBACIO'N DEL INFORME DE LA CONFERENCIA 1. En la 16~ sesio'n plenaria, celebrada el 15 de septiembre de 1995, el Relator General presento' y reviso' oralmente un proyecto de informe de la Conferencia (A/CONF.177/L.7 y Add.1). 2. En la misma sesio'n, la Conferencia aprobo' el proyecto de informe oralmente revisado y autorizado por el Relator General para finalizar el informe, de conformidad con la pra'ctica de las Naciones Unidas, con vistas a que se le presentara a la Asamblea General en su quincuage'simo peri'odo de sesiones. Capi'tulo VIII CLAUSURA DE LA CONFERENCIA 1. En su 16~ sesio'n plenaria, celebrada el 15 de septiembre de 1995, el representante de Filipinas, en nombre de los Estados Miembros de las Naciones Unidas que son miembros del Grupo de los 77, presento' un proyecto de resolucio'n (A/CONF.177/L.8) titulado "Expresio'n de reconocimiento al pueblo y al Gobierno de la Repu'blica Popular de China". 2. En la misma sesio'n, la Conferencia aprobo' el proyecto de resolucio'n (ve'ase el texto en la resolucio'n 2, capi'tulo I). 3. Formularon declaraciones los representantes de Filipinas (en nombre de los Estados Miembros de las Naciones Unidas que son miembros del Grupo de los 77), Espan~a (en nombre de la Comunidad Europea), el Senegal (en nombre de los Estados de A'frica), Papua Nueva Guinea (en nombre de los Estados de Asia), Ucrania (en nombre de los Estados de Europa oriental), Barbados (en nombre de los Estados de Ame'rica Latina y el Caribe) y Malta (en nombre de los Estados de Europa occidental y otros Estados). 4. Tras las declaraciones formuladas por la Secretari'a General de la Conferencia y por la Representante Especial del Secretario General de las Naciones Unidas, la Presidenta de la Conferencia hizo una declaracio'n y declaro' clausurada la Conferencia. -----