Links to UN bodies

Links to site map

Main Links

    [an error occurred while processing this directive]

Publicaciónes Principales
Programa 21

[an error occurred while processing this directive]

 

Capítulo

    [an error occurred while processing this directive]

Sección III
Fortalecimiento del papel de los grupos principales
Capítulo 24

Medidas Mundiales en Favor de la Mujer para Lograr un Desarrollo Sostenible y Equitativo

AREA DE PROGRAMAS


Bases para la acción

24.1. La comunidad internacional ha apoyado varios planes de acción y convenciones para lograr la integración plena, equitativa y beneficiosa de la mujer en todas las actividades referentes al desarrollo, en especial las Estrategias de Nairobi orientadas hacia el futuro para el adelanto de la mujer 1/ , en las que se destaca la participación de la mujer en la ordenación nacional e internacional de los ecosistemas y la lucha contra la degradación del medio ambiente. Se han aprobado varias convenciones, incluidas la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (resolución 34/180 de la Asamblea General, anexo) y convenciones de la OIT y de la UNESCO a fin de eliminar la discriminación por motivo de sexo y garantizar el acceso de la mujer a los recursos de tierras y a otros recursos, a la educación y al empleo seguro y en condiciones de igualdad. También son pertinentes la Declaración Mundial sobre la Supervivencia, la Protección y el Desarrollo del Niño, de 1990, y el Plan de Acción para aplicarla (A/45/625, anexo). La ejecución eficaz de estos programas dependerá de la participación activa de la mujer en la adopción de decisiones de carácter político y económico y será decisiva para que el Programa 21 se lleve a cabo con éxito.

Objetivos

24.2. Se propone a los gobiernos los siguientes objetivos:

(a) Aplicar las Estrategias de Nairobi orientadas hacia el futuro para el adelanto de la mujer, sobre todo en lo que respecta a la participación de la mujer en la ordenación nacional de los ecosistemas y la lucha contra la degradación del medio ambiente;

(b) Aumentar el número de mujeres en los puestos de adopción de decisiones, planificación, asesoramiento técnico, dirección y divulgación en las esferas del medio ambiente y el desarrollo;

(c) Considerar la posibilidad de elaborar y proclamar a más tardar en el año 2000 una estrategia de cambios necesarios para eliminar los obstáculos constitucionales, jurídicos, administrativos, culturales, sociales, económicos y de comportamiento que impiden la plena participación de la mujer en el desarrollo sostenible y en la vida pública;

(d) Establecer mecanismos en los plazos nacional, regional e internacional, a más tardar en el año 1995, para evaluar la aplicación y las consecuencias para la mujer de las políticas y programas sobre medio ambiente y desarrollo y velar por que la mujer contribuya a esas políticas y programas y se beneficie de ellos;

(e) Evaluar, examinar, revisar y aplicar, según proceda, programas de enseñanza y materiales didácticos de otra índole con miras a fomentar entre hombres y mujeres la difusión de los conocimientos relacionados con las diferencias entre los sexos y la valoración de las funciones que puede realizar la mujer por medio de la enseñanza académica y no académica, así como por medio de las instituciones de capacitación, en colaboración con las organizaciones no gubernamentales;

(f) Formular y aplicar políticas oficiales y directrices, estrategias y planes nacionales inequívocos para lograr la igualdad en todos los aspectos de la sociedad, lo que abarcaría la promoción de la alfabetización, la instrucción, la capacitación, la nutrición y la salud de la mujer y su participación en puestos claves de adopción de decisiones y en la ordenación del medio ambiente, sobre todo en lo que respecta a su acceso a los recursos, facilitando un mayor acceso a todas las formas de crédito, en particular en el sector no estructurado; y tomar medidas para asegurar el acceso de la mujer a los derechos de propiedad, así como a los insumos e implementos agrícolas;

(g) Aplicar, con carácter de urgente según las condiciones de cada país, medidas para lograr que las mujeres y los hombres tengan el mismo derecho de decidir de manera libre y responsable el número y el espaciamiento de sus hijos y tengan acceso a la información, a la educación y a medios según proceda, que les permita ejercer ese derecho en consonancia con su libertad, su dignidad y sus valores personales;

(h) Examinar la posibilidad de adoptar, reforzar y hacer cumplir una legislación que prohíba la violencia contra la mujer y aplicar todas las medidas administrativas, sociales y educativas necesarias para eliminar la violencia contra la mujer en todas sus formas.

Actividades

24.3. Los gobiernos deberían dedicarse activamente a poner en práctica lo siguiente:

(a) Medidas para examinar políticas y elaborar planes que aumenten el número de mujeres que participan en calidad de formuladoras de decisiones, planificadoras, directoras, trabajadoras de las ciencias y asesoras técnicas en la formulación, el desarrollo y la aplicación de políticas y programas para el desarrollo sostenible;

(b) Medidas para fortalecer e investir de facultades a centros, organizaciones no gubernamentales y grupos femeninos a fin de aumentar la capacidad para promover el desarrollo sostenible;

(c) Medidas para eliminar el analfabetismo entre mujeres y niñas y aumentar la matrícula de éstas en las instituciones de enseñanza, promover el objetivo de acceso universal a la enseñanza primaria y secundaria para las niñas y las mujeres, y crear más oportunidades de capacitación para ellas en ciencia y tecnología, sobre todo en el nivel postsecundario;

(d) Programas para promover la reducción del gran volumen de trabajo de las mujeres y de las jóvenes en el hogar y fuera de éste, con arreglo a los cuales los gobiernos, las autoridades locales, los empleadores y otras organizaciones pertinentes establecerían un mayor número de guarderías e instituciones de enseñanza preescolar ajustadas a su capacidad de pago, y la distribución equitativa de las tareas domésticas entre el hombre y la mujer; y para promover el suministro de tecnologías ecológicamente viables que se hayan elaborado, desarrollado y perfeccionado en consulta con la mujer, el abastecimiento directo de agua apta para el consumo y el suministro eficiente de combustible y servicios de saneamiento adecuados;

(e) Programas para establecer y reforzar los servicios de salud preventivos y curativos, que incluyeran servicios de salud reproductiva, seguros y eficaces, centrados en la mujer y administrados por mujeres, así como una planificación responsable del tamaño de la familia, asequible y accesible, y servicios, según procediera, en consonancia con la libertad, la dignidad y los valores personales. Los programa deberían centrarse en la prestación de servicios generales de salud, incluidas la atención prenatal y la educación e información en materia de salud y paternidad responsable, y dar a todas las mujeres la oportunidad de amamantar completamente a sus hijos, al menos durante los cuatro primeros meses después del parto. Los programas deberían apoyar plenamente la función productiva y reproductiva de la mujer, así como su bienestar, y prestar especial atención a la necesidad de proporcionar mejores servicios de salud a todos los niños, en condiciones de igualdad, así como a la necesidad de reducir el riesgo de la mortalidad y las enfermedades de madres e hijos;

(f) Programas para apoyar y aumentar las oportunidades de empleo en condiciones de igualdad y la remuneración equitativa de la mujer en los sectores estructurado y no estructurado mediante sistemas y servicios de apoyo económico, político y social adecuados que incluyan la atención de los niños, sobre todo en guarderías, la licencia para los padres y el acceso en condiciones de igualdad al crédito, a la tierra y a otros recursos naturales;

(g) Programas para establecer sistemas bancarios en las zonas rurales con miras a facilitar y aumentar el acceso de la mujer de las zonas rurales al crédito y a los insumos e implementos agrícolas;

(h) Programas para aumentar el conocimiento de los consumidores y la participación activa de la mujer que hagan hincapié en su papel decisivo en la realización de los cambios necesarios para reducir o eliminar patrones de consumo y producción insostenibles, en particular en los países industrializados, a fin de promover las inversiones en actividades productivas ecológicamente racionales e inducir un desarrollo industrial mesurado desde los puntos de vista social y del medio ambiente;

(i) Programas para eliminar imágenes, ideas estereotipadas y actitudes negativas y prejuicios que persisten en contra de la mujer mediante cambios en las modalidades de socialización, los medios de comunicación, los anuncios y la enseñanza académica y no académica;

(j) Medidas para examinar los progresos alcanzados en esas esferas, entre ellas la preparación de un informe de examen y evaluación que incluya recomendaciones para la conferencia mundial sobre la mujer que se ha de celebrar en 1995.

24.4. Se insta a los gobiernos a que ratifiquen todas las convenciones pertinentes relativas a la mujer, si no lo han hecho todavía. Aquellos que hayan ratificado las convenciones, deberían hacerlas cumplir y establecer procedimientos jurídicos, constitucionales y administrativos para transformar los derechos acordados en leyes nacionales y deberían tomar medidas para aplicarlos, a fin de fortalecer la capacidad jurídica de la mujer y propiciar su participación plena y en condiciones de igualdad en cuestiones y decisiones relativas al desarrollo sostenible.

24.5. Los Estados Partes en la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer deberían examinarla y proponer enmiendas antes del año 2000, con miras a fortalecer los elementos de la Convención relativos al medio ambiente y el desarrollo, prestando atención especial a la cuestión del acceso y el derecho a utilizar los recursos naturales, la tecnología, las formas innovadoras de financiación y las viviendas de bajo costo, así como a la lucha contra la contaminación y la toxicidad en el hogar y en el trabajo. Los Estados Partes deberían precisar también el alcance de la Convención en lo que respecta a las cuestiones del medio ambiente y desarrollo, y pedir al Comité para la eliminación de la discriminación contra la mujer que elabore directrices relativas al carácter de la presentación de informes sobre esas cuestiones, como se pide en determinados artículos de la Convención.

A) Areas Que Requieren La Adopción De Medidas Urgentes

24.6. Los países deberían tomar medidas urgentes para prevenir la rápida degradación que está ocurriendo en el medio ambiente y la economía de los países en desarrollo y que, en general, afecta la vida de la mujer y el niño de las zonas rurales que padecen los efectos de la sequía, la desertificación y la deforestación, las hostilidades armadas, los desastres naturales, los desechos tóxicos y las consecuencias del uso de productos agroquímicos inadecuados.

24.7. A fin de alcanzar esos objetivos, la mujer debería participar plenamente en la adopción de decisiones y en la ejecución de las actividades encaminadas al desarrollo sostenible.

B) Investigación, Reunión De Datos Y Difusión De Información

24.8. Los países, con la colaboración de las instituciones académicas y las investigadoras locales, deberían crear bases de datos y sistemas de información y análisis de políticas y realizar investigaciones orientadas hacia la acción con miras a la participación, en que se tuvieran en cuenta las diferencias entre sexos, sobre los aspectos siguientes:

(a) Conocimientos y experiencia por parte de la mujer respecto de la gestión y conservación de los recursos naturales, que se han de incorporar a las bases de datos de los sistemas de información con miras al desarrollo sostenible;

(b) Consecuencias para la mujer de los programas de ajuste estructural. En las investigaciones que se lleven a cabo sobre los programas de ajuste estructural, debería prestarse especial atención a la forma diferente en que estos programas repercuten sobre la mujer, sobre todo en lo que respecta a las reducciones de servicios sociales, educación y salud y a la eliminación de los subsidios a la alimentación y al combustible;

(c) Consecuencias para la mujer de la degradación del medio ambiente, en particular la sequía, la desertificación, los productos químicos tóxicos y las hostilidades armadas;

(d) Análisis de los vínculos estructurales existentes entre las funciones que realizan el hombre y la mujer y el medio ambiente y el desarrollo;

(e) Integración del valor del trabajo no remunerado, así como el de la labor que actualmente se denomina "doméstica", en los mecanismos de contabilización de los recursos, a fin de mejorar la representación del verdadero valor de la contribución de la mujer a la economía, utilizando las directrices revisadas para el sistema de cuentas nacionales de las Naciones Unidas que se publicarán en 1993;

(f) Como elemento básico de la formulación y vigilancia de programas y políticas, medidas para llevar a cabo y tener en cuenta los análisis sobre sus consecuencias para el medio ambiente, la sociedad y cada uno de los sexos;

(g) Programas para crear centros de capacitación, investigaciones e información en las zonas rurales y urbanas de países desarrollados y países en desarrollo para dar a conocer a la mujer las tecnologías ecológicamente racionales.

C) Cooperación Y Coordinación Internacionales Y Regionales

24.9. El Secretario General de las Naciones Unidas debería examinar la idoneidad de todas las instituciones de la Organización, incluidas las que prestan atención especial al papel de la mujer, en el cumplimiento de los objetivos de medio ambiente y desarrollo, y formular recomendaciones para reforzar su capacidad. Entre las instituciones que requieren atención especial en esta esfera figuran la División para el Adelanto de la Mujer (Centro de Desarrollo Social y Asuntos Humanitarios, Oficina de las Naciones Unidas en Viena), el Fondo de Desarrollo de las Naciones Unidas para la Mujer (UNIFEM), el Instituto Internacional de Investigaciones y Capacitación para la Promoción de la Mujer (INSTRAW) y los programas de las comisiones regionales relativos a la mujer. En el examen se debería analizar la manera de fortalecer los programas de medio ambiente y desarrollo de cada uno de los órganos del sistema de las Naciones Unidas en la ejecución del Programa 21, y de incorporar a la mujer a los programas y decisiones relacionados con el desarrollo sostenible.

24.10. Cada órgano del sistema de las Naciones Unidas debería revisar el número de mujeres que ocupan puestos ejecutivos y de adopción de decisiones de categoría superior y, según procediera, adoptar programas para aumentar ese número, de conformidad con la resolución 1991/17 del Consejo Económico y Social sobre el mejoramiento de la condición de la mujer en la Secretaría.

24.11. El UNIFEM debería celebrar consultas periódicas con los donantes, en colaboración con el UNICEF, con miras a promover programas y proyectos operacionales relacionados con el desarrollo sostenible que aumentaran la participación de la mujer, sobre todo la de bajos ingresos, en el desarrollo sostenible y en la adopción de decisiones. El PNUD debería establecer un centro de coordinación sobre medio ambiente y desarrollo para la mujer en cada una de las oficinas de sus representantes residentes a fin de suministrar información y promover el intercambio de experiencias e información en esas esferas. Los órganos del sistema de las Naciones Unidas, los gobiernos y las organizaciones no gubernamentales que participen en el seguimiento de las actividades a que dé lugar la Conferencia y en la ejecución del Programa 21 deberían velar por que las consideraciones relativas a la diferencia entre sexos se tuvieran plenamente en cuenta en todas las políticas, programas y actividades.

Medios de ejecución

Financiación Y Evaluación De Los Costos

24.12. La Secretaría de la Conferencia ha estimado que el costo total medio por año (1993-2000) de ejecución de las actividades de este capítulo ascenderá a unos 40 millones de dólares, que la comunidad internacional suministrará a título de donación o en condiciones de favor. Estas estimaciones son indicativas y aproximadas únicamente y no han sido objeto de examen por los gobiernos. Los costos reales y las condiciones financieras, incluidas las no concesionarias, dependerán, entre otras cosas, de las estrategias y los programas específicos que los gobiernos decidan ejecutar.


Notas

1/ Informe de la Conferencia Mundial para el Examen y la Evaluación de los Logros del Decenio de las Naciones Unidas para la Mujer: Igualdad, Desarrollo y Paz, Nairobi, 15 a 26 de julio de 1985 (publicación de las Naciones Unidas, número de venta: S.85.IV.10), cap. I, secc. A.