A. Mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales

Cuestión de Chipre

Las Naciones Unidas, en particular el Consejo de Seguridad y la Asamblea General, vienen ocupándose de diversos aspectos de la cuestión de Chipre desde 1963.

En marzo de 1964, el Consejo de Seguridad creó la Fuerza de las Naciones Unidas para el Mantenimiento de la Paz en Chipre e inició un esfuerzo de mediación para promover un arreglo concertado del problema (resolución 186 (1964)). Posteriormente, el Consejo ha ido prorrogando el mandato de la Fuerza. El último informe del Secretario General al Consejo sobre la operación de las Naciones Unidas en Chipre se publicó el 2 de junio de 2008 (S/2008/353).
En sus períodos de sesiones vigésimo noveno a trigésimo cuarto y trigésimo séptimo, la Asamblea General examinó el tema (resoluciones 3212 (XXIX), 3395 (XXX), 31/12, 32/15, 33/15, 34/30 y 37/253 y decisiones 31/403, 32/404, 33/402, 34/408 y 37/455).

En sus períodos de sesiones trigésimo quinto, trigésimo sexto y trigésimo octavo a quincuagésimo séptimo, la Asamblea General decidió incluir el tema en el proyecto de programa de su período de sesiones subsiguiente (decisiones 35/428, 36/463, 38/458, 39/464, 40/481, 41/472, 42/465, 43/464, 44/471, 45/458, 46/474, 47/467, 48/476, 48/505, 49/502, 50/494, 51/479, 52/495, 53/493, 54/493, 55/491, 56/481 y 57/596).

En la continuación de su quincuagésimo octavo período de sesiones, en julio de 2004, la Asamblea General decidió que, a partir del quincuagésimo noveno período de sesiones, este tema permanecería en el programa para ser examinado previa notificación de un Estado Miembro (resolución 58/316, anexo, párrafo 4, apartado b)).

No se prevé la presentación de documentación por anticipado.

Referencias relativas al quincuagésimo octavo período de sesiones
(temas 30 y 55 del programa)

Fuente: A/63/100

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