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Logo de las Naciones Unidas Fighting Poverty: A Matter of Obligation, Not Charity, 10 de diciembre Logo de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos
 

El experto independiente sobre la extrema pobreza

Introducción

En su resolución 1998/25, la Comisión de Derechos Humanos, recordando que la erradicación de la pobreza difundida, incluso sus formas más persistentes, y el disfrute pleno de los derechos económicos, sociales y culturales y los derechos civiles y políticos seguían siendo objetivos interrelacionados y profundamente preocupada porque la extrema pobreza continuaba difundiéndose en todo el mundo, sean cuales fueren las situaciones económicas, sociales o culturales, y que su grado y manifestaciones eran particularmente graves en los países en desarrollo, decidió nombrar, por un período de dos años, a un experto independiente sobre la cuestión de los derechos humanos y la extrema pobreza con el siguiente mandato:

  1. Evaluar la interrelación existente entre la promoción y la protección de los derechos humanos y la erradicación de la extrema pobreza, en particular mediante la evaluación de las medidas adoptadas en el plano nacional e internacional para promover el pleno goce de los derechos humanos de las personas que viven en la extrema pobreza;
  2. Tener en cuenta en particular los obstáculos con que tropiezan las mujeres que viven en la extrema pobreza y los progresos que realizan en lo que respecta al disfrute de sus derechos fundamentales;
  3. Formular recomendaciones y, en caso necesario, propuestas en el ámbito de la cooperación técnica;
  4. Informar de estas actividades a la Comisión de Derechos Humanos en sus períodos de sesiones 55º. y 56º. y poner esos informes a disposición de la Comisión de Desarrollo Social y de la Comisión sobre la Condición Jurídica y Social de la Mujer, según proceda, en los períodos de sesiones que celebren durante esos mismos años;
  5. Contribuir a la evaluación de la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social, prevista por la Asamblea General para el año 2000, y presentar asimismo su informe final, con sus conclusiones, al Comité preparatorio del período extraordinario de sesiones de la Asamblea General dedicado a esa evaluación; y
  6. Presentar a la Comisión de Derechos Humanos, en su 55o. período de sesiones, propuestas acerca de los principales elementos de un posible proyecto de declaración sobre los derechos humanos y la extrema pobreza.

En su resolución 2002/30, en la que se renueva el mandato de la Experta Independiente, la Comisión pidió a la Experta Independiente que tuviera en cuenta los resultados de la Conferencia Mundial contra el Racismo, la Discriminación Racial, la Xenofobia y las Formas Conexas de Intolerancia, celebrada en Durban, Sudáfrica, y la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible, celebrada en Johannesburgo, Sudáfrica, y que prosiguiera la evaluación de la interrelación existente entre la promoción y la protección de los derechos humanos, y la erradicación de la extrema pobreza, que siguiera celebrando consultas, en particular durante sus misiones, con las personas que se encuentran en la extrema pobreza y con las comunidades donde viven, sobre los medios de desarrollar su capacidad de expresión y organización, y que asociara a esa reflexión a las instituciones nacionales de defensa de los derechos humanos. En la resolución 2004/23 se pide a la Experta Independiente que preste especial atención a la situación y la potenciación de la mujer en la extrema pobreza aplicando una perspectiva de género en su labor.

En cumplimiento de su mandato el Experto Independiente:

  • Realiza visitas a los países
  • Presenta informes anuales a la Comisión sobre las actividades y los estudios emprendidos bajo su mandato.

 

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