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Consejo de Seguridad 2005: Recapitulación

Cortes y Tribunales Internacionales

Tribunales Penales Internacionales para la ex Yugoslavia y Rwanda 

La consideración del Consejo sobre los dos Tribunales establecidos por las Naciones Unidas para juzgar crímenes de guerra incluía reuniones informativas de altos cargos de ambos tribunales así como una serie de procesos judiciales relativos a los jueces que presidían el Tribunal para la ex Yugoslavia en La Haya.

Mediante la adopción de la resolución 1597 el 20 de abril, de conformidad con el Capítulo VII de la Carta, el Consejo decidió enmendar el artículo 13 del Estatuto del Tribunal Internacional para la ex Yugoslavia con el fin de permitir que los magistrados ad lítem actuales fuesen reelegidos. Observando que el número de candidatos a cargos de magistrados ad lítem seguía siendo inferior al mínimo exigido por el Estatuto del Tribunal, el Consejo también decidió prorrogar el plazo para presentar candidaturas a cargos de magistrados ad lítem con arreglo a la disposición enmendada del Estatuto por otros 30 días. El 7 de junio, el Consejo acordó otra prórroga de 30 días. [En un esfuerzo por agilizar el trabajo del Tribunal, el Consejo creó, en junio de 2001, un cuerpo de magistrados ad hoc o ad lítem que ejercerían sus funciones por un mandato de cuatro años]

Mediante la adopción de la resolución 1613 el 26 de julio, el Consejo transmitió a la Asamblea una lista de 34 candidatos a cargos de magistrados ad lítem, tras realizar varias prórrogas del plazo para presentar candidaturas permitido por el Estatuto del Tribunal con el fin de alcanzar el número mínimo exigido de 54, incluida una prórroga el 14 de marzo.

Mediante la adopción unánime de la resolución 1629 el 30 de septiembre, el Consejo decidió que la magistrada Christine Van Den Wyngaert pudiese participar en un caso del Tribunal Internacional para la ex Yugoslavia, aunque su mandato como magistrada permanente del Tribunal aún no hubiese comenzado. La magistrada Van Den Wyngaert fue una de los siete magistrados ad lítem cuyo mandato fue prorrogado mediante la resolución 1581 de 18 de enero para que se les permitiese terminar las causas que habían iniciado antes del término de su mandato.

Describiendo los progresos logrados por el Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia en una reunión informativa al Consejo en junio, el Presidente del Tribunal, Theodor Meron, afirmó que en ese momento el número de acusados a la espera de ser procesados por el Tribunal era un 50 por ciento mayor que la última vez que el Consejo había analizado la cuestión, lo que suponía un espectacular aumento con implicaciones importantes para la Estrategia de Conclusión del Tribunal. La decisión del Consejo de establecer tribunales ad hoc en 1993 y 1994 constituyó momentos seminales y su remisión de la situación en Darfur a la Corte Penal Internacional supuso un segundo paso decisivo en la evolución histórica del principio de no impunidad. Carla del Ponte, la Fiscal del Tribunal, también informó al Consejo.

Destacando la importancia de poner a disposición del Tribunal los medios necesarios para que pudiese completar sus cometidos, Erik Møse, el Presidente del Tribunal para Rwanda indicó que, si bien era pronto para examinar a fondo la Estrategia de Conclusión de la Sala de Apelaciones, los Presidentes de los dos Tribunales se mantenían en contacto al respecto. Hassan Bubacar Jallow, el Fiscal del Tribunal para Rwanda, añadió que la finalización de las investigaciones tendría como resultado la reducción del personal de la División de Investigaciones del Fiscal en Kigali.  El traslado de los casos a las jurisdicciones nacionales apoyado por la resolución 1503 (2003) del Consejo había comenzado a aplicarse en febrero de 2005 con el traslado de 15 expedientes al Fiscal General de Rwanda.

El 15 de diciembre, Fausto Pocar, dirigiéndose al Consejo por primera vez como Presidente del Tribunal para la ex Yugoslavia, afirmó que el aumento del número de casos nuevos convertía en probable el hecho de que los procesos se prolongasen hasta el 2009.  En la misma reunión, Carla del Ponte, la Fiscal del Tribunal, resaltó que el no haber puesto a Radovan Karadzic y a Ratko Mladic a disposición del Tribunal era el «mayor impedimento» para el éxito de su trabajo.

El Fiscal del Tribunal para Rwanda, Hassan Bubacar Jallow, también informando al Consejo, explicó en detalle una serie de progresos significativos que se habían producido en la aplicación de la Estrategia de Conclusión del Tribunal, afirmando que había sido capaz de iniciar nuevos juicios, de concluir los procesos de algunos casos, de detener a algunos acusados y de registrar avances de reserva en los juicios en curso del que constituía por el momento el mayor número de acusados procesados simultáneamente en el Tribunal para Rwanda de la historia. Eric Møse, Presidente del Tribunal para Rwanda, destacó la necesidad de la cooperación estatal en el traslado de casos y la detención de fugitivos, afirmando que la impunidad para los autores de atrocidades masivas no era una opción viable.

Corte Internacional de Justicia 

El 15 de febrero, el Consejo, reunido por su cuenta aunque al mismo tiempo que la Asamblea General, eligió a Ronny Abraham (Francia) para formar parte de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) cubriendo así la vacante tras la renuncia el 11 de febrero del Magistrado y ex Presidente Gilbert Guillaume. El Consejo eligió al Sr. Abraham, el único candidato nombrado por los grupos nacionales, con 15 votos a favor. (De conformidad con el artículo 14 del Estatuto de la CIJ, el Consejo fija la fecha de elección para cubrir vacantes.)

El 7 de noviembre, el Consejo, de nuevo reunido por su cuenta aunque al mismo tiempo que la Asamblea, eligió a cinco magistrados para que ejerciesen sus funciones en la Corte durante un período de nueve años, que comenzaría el 6 de febrero de 2006. Mohamed Bennouna (Marruecos), Thomas Buergenthal (Estados Unidos), Kenneth Keith (Nueva Zelandia), Bernardo Sepúlveda Amor (México) y Leonid Skotnikov (Federación de Rusia) fueron elegidos tras seis vueltas de votación secreta. Según lo estipulado en el Estatuto de la Corte, es elegido aquel candidato que obtenga votos por mayoría absoluta tanto en la Asamblea como en el Consejo. En el Consejo, ocho votos constituyen una mayoría absoluta sin que se realicen distinciones entre los miembros permanentes y los no permanentes.


El contenido de esta página es una traducción no oficial, elaborada con la participación de la Facultad de Traducción de la Universidad de Salamanca.