ONU Bienvenidos a las Naciones Unidas. Son su mundo.

Consejo de Seguridad 2004: Recapitulación

Cortes y Tribunales Internacionales

Tribunales Penales Internacionales para la ex Yugoslavia y Rwanda 

El examen de este año del Consejo de los dos Tribunales de las Naciones Unidas para los crímenes de guerra culminó con una reunión el 23 de noviembre en la que los altos funcionarios de los dos tribunales –Presidentes y Fiscales- expresaron su determinación para cumplir el plazo hasta 2008 impuesto por el Consejo para completar todos los procesos y 2010 para completar todo el trabajo pendiente desde el genocidio de Rwanda de 1994 y los conflictos del decenio de 1990 en la ex Yugoslavia. El años pasado, la resolución 1503 (2003) Documento PDF había definido las estrategias de conclusión para los Tribunales.

Con anterioridad, el 29 de junio, los altos funcionarios advirtieron que la insuficiencia de recursos y de personal, así como el fracaso de algunos Estados regionales en la ejecución de las órdenes de detención pendientes para los fugitivos de alta prioridad, podría retrasar la conclusión de su trabajo para el plazo de 2008. (En octubre de 2003, esos funcionarios informaron varias veces al Consejo de que quizás no fuera posible aplicar las estrategias de conclusión).

En la declaración de la Presidencia del 4 de agosto, el Consejo instó enérgicamente a los Tribunales a mantenerse en el objetivo de cumplir los plazos para la conclusión. Destacó que la plena cooperación de todos los Estados era esencial para completar su trabajo, y exhortó a todos los Estados, en particular a Serbia y Montenegro, Croacia, y Bosnia y Herzegovina -incluyendo a la República Srpska- a intensificar la cooperación con el Tribunal para la ex Yugoslavia, especialmente en lo referente a la aprehensión de Radovan Karadzic, Ratko Mladic y el resto de acusados.

Adoptando por unanimidad la resolución 1534 (2004) Documento PDF el 26 de marzo, el Consejo exhortó a los Fiscales a a que examinaran el volumen de causas rápidamente para determinar qué causas debían tramitarse y cuáles debían transferirse a jurisdicciones nacionales competentes, así como las medidas necesarias para cumplir las estrategias de conclusión. Instó a cada uno de los Tribunales a que, al examinar y confirmar las acusaciones nuevas, se aseguraran de que concentraran la labor en el procesamiento de los más altos dirigentes de quienes se sospechase que les cabía la mayor responsabilidad respecto de los delitos que fueran de competencia del Tribunal que se tratara.

Corte Internacional de Justicia

El 4 de Noviembre, el Consejo decidió que la elección para llenar la vacante en la Corte Internacional de Justicia tendría lugar el 15 de febrero de 2005, en una sesión del Consejo y en una sesión de la Asamblea General. Mediante la aprobación por unanimidad de la resolución 1571 (2004) Documento PDF, el Consejo, tomando nota con pesar de la dimisión del Magistrado Gilbert Guillaime que surtiría efecto el 11 de febrero de 2005, tomó nota asimismo de que la vacante de la Corte durante el resto del mandato debería llenarse de conformidad con las disposiciones del Estatuto de la Corte. (De conformidad con el artículo 14 del Estatuto, el Consejo de Seguridad fija la fecha de la elección para llenar la vacante).


El contenido de esta página es una traducción no oficial, elaborada con la participación de la Facultad de Traducción de la Universidad de Salamanca.