A continuación se resumen las principales actividades
del Consejo de Seguridad durante 2003
África
Siguiendo la política de tratar de resolver la situación
global de África gracias a una mayor interacción entre las Naciones
Unidas y las organizaciones regionales y subregionales, el Consejo
dedicó 58 de sus sesiones oficiales, aproximadamente, el 32%, a la
situación del continente, apoyó varias misiones de mantenimiento de
la paz e iniciativas de paz de organizaciones subregionales y envió
dos misiones del Consejo al continente, una al África occidental y
otra al África central.
África central y occidental
El 18 de marzo, el Consejo celebró una sesión pública,
en la que altos funcionarios de la Comunidad Económica de los Estados
de África Occidental (CEDEAO) lo informaron de las amenazas contra
la paz y la seguridad en la subregión del África occidental. En la
resolución 1467, que contiene una declaración acerca de la proliferación
de armas pequeñas y ligeras y las actividades mercenarias en África
occidental, el Consejo recomendó que los Estados de la subregión considerasen
ampliar la moratoria de la CEDEAO sobre armas pequeñas, así como la
creación de un registro nacional de la CEDEAO en que constasen los
inventarios nacionales de dichas armas.
Del 7 al 16 de julio, se efectuó una misión del Consejo al África central,
que examinó la situación en la República Democrática del Congo y Burundi.
Del 26 de junio al 5 de julio, una misión del Consejo visitó Guinea-Bissau,
Nigeria, Ghana, Côte d’Ivoire, Guinea y Sierra Leona, en apoyo de las
iniciativas de paz en la subregión del África occidental. Debido al
conflicto que en ese momento había en Liberia, la misión no pudo visitar
ese país y, en vez de eso, se trasladó a Accra (Ghana), donde estaban
reunidas las partes en las conversaciones de paz de Liberia. El Consejo
se reunió el 30 de mayo para preparar esas misiones.
El 18 de junio, el Consejo fue informado de la misión al África central
por su jefe, Jean-Marc de la Sablière (Francia) y, el 9 de julio de
la misión al África occidental, encabezada por Jeremy Greenstock (Reino
Unido).
El 25 de julio, el Consejo formuló una declaración presidencial por
la que hizo suyas las recomendaciones formuladas por ambas misiones,
que figuran en los documentos S/2003/653 sobre el África central y
S/2003/688 sobre el África occidental y recalcó la importancia de que
se adoptara un criterio subregional al enfocar cuestiones como las
de las armas pequeñas y ligeras, los mercenarios, los niños soldados
y el acceso humanitario.
Del 8 al 22 de junio, una misión de evaluación de los países de la
Comunidad Económica del África Central (CEAC) visitó el Gabón, Santo
Tomé y Príncipe, el Congo, Angola, la República Democrática del Congo,
Burundi, Rwanda, el Camerún, Guinea Ecuatorial, el Chad y la República
Centroafricana.
El 24 de noviembre, el Consejo examinó el informe de la misión (documento
S/2003/1077) con objeto de fortalecer la cooperación entre el sistema
de las Naciones Unidas y los Estados de la subregión del África central.
El Subsecretario General de Asuntos Políticos, Tuliameni Kalomoh, insistió
en la necesidad de que se adoptara un enfoque holístico, integrado
e intersectorial al tratar de resolver los conflictos armados, promover
la estabilidad y el desarrollo a largo plazo y luchar contra problemas
como el comercio ilícito de armas, los movimientos masivos de refugiados,
la pobreza generalizada y las precarias instituciones estatales.
Región de los Grandes Lagos
El 20 de noviembre, el Consejo examinó los preparativos
de una conferencia internacional sobre la región de los Grandes Lagos
de África. El objetivo de la conferencia era crear un marco regional
en torno a los temas de la paz y la seguridad, la democracia y el buen
gobierno, el desarrollo económico y la integración regional y asuntos
humanitarios y sociales. El proceso preparatorio de la conferencia
consistirá en reuniones de los comités preparatorios nacionales y de
un comité preparatorio regional, así como una serie de reuniones temáticas
(las organizaciones subregionales, la mujer, la juventud), que culminarán
en dos cumbres: la primera en junio de 2004 para adoptar principios
y directrices generales y la segunda en una fecha que aún no se ha
fijado.
En una declaración presidencial, el Consejo instó a los países de la
región (Burundi, Kenya, la República Democrática del Congo, la República
Unida de Tanzanía, Rwanda y Uganda) y a la comunidad internacional
a que prestasen apoyo político, técnico y financiero a la conferencia,
que se celebraría con los auspicios de las Naciones Unidas y la Unión
Africana.
Seguridad alimentaria en África
El 7 de abril, el Director Ejecutivo del Programa
Mundial de Alimentos (PMA), James T. Morris, informó al Consejo de
la crisis alimentaria en África, que era una amenaza contra la paz
y la seguridad y señaló que este año el PMA necesitaba 1.800 millones
de dólares de los Estados Unidos para atender a las necesidades alimentarias
de emergencia en África. Según el Sr. Morris, entre las causas de las
crisis alimentarias de África cabía hablar de una combinación letal
de repetidas sequías, el fracaso de las políticas económicas, los conflictos
y el impacto cada vez mayor del VIH/SIDA. Los oradores que intervinieron
en el debate que se celebró a continuación destacaron la necesidad
de que la comunidad internacional afrontase la crisis, en el entendimiento
de que la seguridad alimentaria estaba estrechamente relacionada con
cuestiones de seguridad más amplias. Asimismo, insistieron en que había
que hacer frente a las causas del hambre, en vez de limitarse a las
situaciones de emergencia alimentaria.
Burundi
Después de un largo conflicto interno entre el ejército
compuesto en su mayoría por tutsis y los rebeldes hutus, como resultado
del cual murieron unas 200.000 personas y se produjeron desplazamientos
masivos de la población, el 28 de agosto de 2000 la mayoría de las
partes firmaron un Acuerdo de Paz y Reconciliación en Arusha (República
Unida de Tanzanía). El 1° de noviembre de 2002, entró en vigor un plan
de reparto del poder en virtud del cual ocuparán la Presidencia por
turno un hutu y un tutsi. El 2 de diciembre de 2002, el Gobierno y
las Fuerzas de Defensa de la Democracia acordaron la cesación del fuego.
En una declaración presidencial del 2 de mayo, el Consejo felicitó
a las partes por la haber logrado que el traspaso de poder al cambiar
la presidencia del Gobierno de transición el 1° de mayo, se hubiera
hecho de forma pacífica, condenó enérgicamente los ataques perpetrados
en abril por las fuerzas del Consejo Nacional de Defensa de la Democracia-Fuerzas
de Defensa de la Democracia (CNDD-FDD) contra Bujumbura y otras ciudades
y reiteró su petición a las Fuerzas Nacionales de Liberación (Palipehutu-FNL)
de que acordasen una cesación incondicional del fuego con el Gobierno.
El 22 de diciembre, en una declaración presidencial, el Consejo celebró
la firma, el 16 de noviembre, del acuerdo de cesación del fuego entre
el Gobierno de transición de Burundi y el CNDD-FDD e instó una vez
más al Palipehutu-FNL, único grupo rebelde que no se había sumado al
proceso de Arusha, a que lo hiciese sin mayor dilación. Esa declaración
se formuló después de una reunión celebrada el 4 de diciembre, en la
que el Vicepresidente de Sudáfrica y Facilitador del proceso de paz
en Burundi, Jacob Zuma, informó a los miembros de las novedades.
Côte d’Ivoire
Tras un intento de golpe de Estado en septiembre de
2002, que provocó actos de violencia generalizados y una crisis humanitaria,
el país quedó prácticamente dividido, con la parte meridional bajo
control del Gobierno, dirigido por el Presidente Laurent Gbagbo, y
la septentrional en manos de grupos rebeldes. El 4 de febrero, el Consejo
aprobó la resolución 1464, en la que pedía la plena e inmediata aplicación
del acuerdo de paz firmado por las fuerzas políticas de Côte d’Ivoire
en Linas-Marcoussis (Francia) el 24 de enero. El Consejo autorizó el
despliegue de fuerzas de la CEDEAO y de Francia por un período de seis
meses en apoyo del acuerdo. El 4 de agosto, se prorrogó la autorización
por un período de seis meses (resolución 1498).
En una reunión ministerial celebrada el 29 de abril, el Secretario
General pidió al Consejo y a la comunidad internacional que prestasen
el apoyo financiero necesario a la fuerza de mantenimiento de la paz
del África occidental y recomendó el establecimiento de una pequeña
operación de las Naciones Unidas.
En virtud de la resolución 1479, de 13 de mayo, el Consejo estableció
la Misión de las Naciones Unidas en Côte d’Ivoire (MINUCI) por un período
inicial de seis meses, para facilitar la aplicación del Acuerdo de
Linas-Marcoussis. El 13 de noviembre, se prorrogó el mandato de la
MINUCI por seis meses (resolución 1514).
En una declaración presidencial adoptada el 25 de julio, el Consejo
reiteró la necesidad de que las fuerzas políticas de Côte d’Ivoire
aplicasen plenamente y sin demora las disposiciones del Acuerdo de
Linas-Marcoussis, así como las del acuerdo suscrito en Accra (Ghana)
el 8 de mayo (“Accra II”), con miras a celebrar elecciones abiertas,
libres y transparentes en 2005. En una declaración presidencial del
13 de noviembre, el Consejo expresó su preocupación por la aminoración
del ritmo del proceso de paz en Côte d’Ivoire.
El 24 de noviembre, al dirigirse al Consejo, el Secretario General
expresó su profunda preocupación por la paralización política a que
se había llegado al retirarse las Forces Nouvelles del Gobierno de
Reconciliación Nacional, las instó a que volviesen al Gobierno sin
demora y pidió a todas las milicias que se disolviesen de inmediato,
de manera que se pudiera concentrar y desarmar a los grupos armados.
El 4 de diciembre, en una declaración presidencial, el Consejo expresó
su profunda preocupación por los intentos de elementos armados de cruzar
la línea de cesación del fuego e instó a todas las partes a que se
abstuviesen de cualquier acto que pudiese poner en peligro la observancia
de la cesación del fuego y la aplicación del Acuerdo de Linas-Marcoussis.
Destacó la importancia que atribuía a que las Forces Nouvelles participasen
plenamente en el gobierno de reconciliación nacional y reafirmó la
urgente necesidad de realizar operaciones para reagrupar a las fuerzas
opuestas, de manera que se pudiese proceder al desarme y la desmovilización.
República Democrática del Congo
La labor del Consejo respecto de la República Democrática
del Congo se centró en la continua inestabilidad en la parte oriental
del país, junto con las continuas e innumerables violaciones de los
derechos humanos y el saqueo de los recursos, al tiempo que el progreso
político se consolidaba en torno a la formación del Gobierno de unidad
nacional en julio. El conflicto se remonta a agosto de 1998, cuando,
en un intento de estabilizar el país y consolidar su control, el entonces
Presidente Laurent Kabila expulsó a las tropas rwandesas del país.
Esa decisión pronto se convirtió en una controversia regional.
En julio de 1999, la República Democrática del Congo, Angola, Namibia,
Rwanda, Uganda y Zimbabwe firmaron en Lusaka (Zambia) un acuerdo de
cesación del fuego que el Movimiento de Liberación del Congo (MLC)
—uno de los grupos rebeldes— firmó en agosto. Para ayudar a supervisar
la aplicación de ese acuerdo en noviembre de 1999, se estableció la
Misión de las Naciones Unidas en la República Democrática del Congo
(MONUC).
En las sesiones informativas celebradas el 13 de febrero y el 20 de
marzo el Secretario General Adjunto de Operaciones de Mantenimiento
de la Paz, Jean-Marie Guéhenno, y el fallecido Alto Comisionado de
las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Sergio Vieira de Mello,
dieron la alarma respecto de la situación que imperaba en la parte
oriental. Se informó al Consejo de que se habían producido violentos
combates en la región de Ituri, en los que habían participado el Movimiento
de Liberación del Congo (MLC), la Coalición Congoleña para la Democracia-Nacional,
la Coalición Congoleña para la Democracia-Kisangani/Movimiento de Liberación
y la Unión de Patriotas Congoleños (UPC), a pesar de la firma en diciembre
de un acuerdo inclusivo en Pretoria (Sudáfrica). Los oradores insistieron
en que era preciso acabar con las violaciones de los derechos humanos
y el ambiente de impunidad.
En una declaración presidencial del 16 de mayo, el Consejo acogió con
satisfacción el acuerdo de cesación del fuego en la región de Ituri,
que se había firmado ese mismo día, así como las iniciativas del Secretario
General para tratar de resolver la situación humanitaria de emergencia
en Bunia, donde se estaban intensificando las matanzas étnicas, en
particular la posibilidad de enviar una fuerza internacional de emergencia.
El 30 de mayo, el Consejo, en virtud del capítulo VII y de la resolución
1484, autorizó el establecimiento, hasta el 1° de septiembre, de una
Fuerza Multinacional Provisional de Emergencia en Bunia, facultada
para adoptar todas las medidas necesarias para cumplir su mandato,
a saber: contribuir a estabilizar la seguridad y la situación humanitaria
en Bunia, proteger el aeropuerto y los campamentos de desplazados internos
y, de ser necesario, proteger a la población, al personal de las Naciones
Unidas y al personal humanitario.
En una sesión, celebrada el 7 de julio, en que el Sr. Guéhenno, Secretario
General Adjunto de Operaciones de Mantenimiento de la Paz, y Bertrand
Gangapersaud Ramcharan, Alto Comisionado Adjunto para los Derechos
Humanos informara de la situación, el Consejo se centró en dos informes
de la Oficina del Alto Comisionado sobre las atrocidades cometidas
en la región de Ituri. En los informes se llegaba a la conclusión de
que en la parte oriental del país todas las partes utilizaban las violaciones
de los derechos humanos para crear un ambiente de terror y opresión,
a fin de controlar a la población y los recursos naturales.
Más entrado el mes, el Consejo fue informado de que había llegado a
un momento decisivo en el proceso de paz, iniciado cuatro años antes,
cuando 28 oradores hicieron uso de la palabra y celebraron la decisión
de la Unión Europea de establecer la Fuerza Multinacional Provisional
de Emergencia en Bunia, autorizada en la resolución 1484, durante una
sesión pública celebrada el 18 de julio para examinar la forma de seguir
adelante. No obstante, varios oradores advirtieron que la sustitución
de la Fuerza se debía efectuar sin interrupciones y con cuidado. Algunos
pidieron que se impusiera un embargo de armas a la parte oriental del
país y muchos reclamaron que se pusiera fin a la impunidad de los autores
de actos de violencia. La instauración de un gobierno de transición,
cuatro años después de la firma del Acuerdo de Cesación del Fuego de
Lusaka, se calificó de histórica.
El 28 de julio, el Consejo se reunió por tercera vez ese mes para estudiar
el asunto y prorrogó el mandato de la MONUC hasta el 30 de julio de
2004. La resolución 1493 situó a la MONUC en el marco del “capítulo
VII”, autorizando a la Misión a utilizar “todos los medios que sean
necesarios” para cumplir su mandato en la parte oriental del país,
aumentó su fuerza militar autorizada a 10.800 hombres e impuso un embargo
de armas de 12 meses contra zonas de la parte oriental del país. (El
26 de junio, el mandato de la MONUC se había prorrogado por un mes
en virtud de la resolución 1489.)
El 26 de agosto, en la resolución 1501, el Consejo autorizó a la Fuerza
Multinacional Provisional de Emergencia a prestar asistencia mientras
se reforzaba la Misión de las Naciones Unidas y se desplegaba en Bunia
y sus alrededores el 1° de septiembre. Con esa asistencia se pretendía
lograr una transición sin problemas a medida que la Misión de las Naciones
Unidas asumiese las responsabilidades de la Fuerza, que debía completar
su retirada antes del 15 de septiembre.
Explotación ilegal de los recursos naturales
de la República Democrática del Congo
En junio de 2000, a petición del Consejo, el Secretario
General creó un Grupo de Expertos encargado de examinar la cuestión
de la explotación ilegal de los recursos naturales y otras riquezas
de la República Democrática del Congo. El 24 de enero de ese año, el
Consejo, en la resolución 1457, pidió un nuevo mandato de seis meses
para el Grupo. En la resolución 1499, de 13 de agosto, se pidió que
se prorrogase el mandato del Grupo hasta el 31 de octubre, para que
pudiese terminar sus trabajos y presentar un informe final.
En una declaración presidencial del 19 de noviembre, el Consejo, a
la luz del informe final del Grupo, condenó la constante explotación
de esos recursos. Instó a todos los países afectados, especialmente
a los de la región, a que adoptaran medidas para acabar con esas actividades
ilícitas, continuando sus propias investigaciones sobre la base de
la información acumulada por el Grupo. También alentó a los países,
las organizaciones comerciales y los órganos especializados a que vigilaran
el comercio de materias primas procedentes de la región.
Etiopía y Eritrea
La guerra entre Etiopía y Eritrea estalló en mayo
de 1998 como consecuencia de una controversia fronteriza. La Misión
de las Naciones Unidas en Etiopía y Eritrea (UNMEE) se estableció después
de que ambos países firmasen un Acuerdo de Cesación de Hostilidades
el 18 de junio de 2000 en Argel (Argelia), donde también se firmó un
acuerdo general de paz el 12 de diciembre de 2000.
El mandato de la UNMEE se prorrogó en dos ocasiones, la última el 12
de septiembre, en virtud de la resolución 1507, hasta el 15 de marzo
de 2004. En esa resolución, el Consejo instó a las partes a que cooperasen
cabal y prontamente con la Comisión de Fronteras en sus actividades
de delimitación y demarcación y pusiesen plenamente en práctica sus
directrices y órdenes de demarcación.
El 17 de julio, el Consejo, en una declaración presidencial, celebró
la aceptación por los países de la decisión de abril de 2002 sobre
la delimitación como “final y obligatoria” e instó a las partes a que
cooperaran cabal y prontamente con la Comisión de Fronteras para comenzar
la demarcación en el sector oriental e iniciar los trabajos de prospección
en los sectores central y occidental.
Guinea-Bissau
En marzo de 1999, el Consejo estableció una Oficina
de Apoyo a la Consolidación de la Paz en Guinea-Bissau (UNOGBIS) para
coordinar las iniciativas del sistema de las Naciones Unidas después
de la guerra civil de fines del decenio de 1990.
Como reacción ante la frágil situación política imperante en Guinea-Bissau,
en la primera de dos sesiones oficiales, el Consejo formuló una declaración
presidencial, el 19 de junio (documento S/2003/PRST/8). Antes de su
misión a la subregión del África occidental del 26 de junio al 5 de
julio, instó a los dirigentes del país y a la comunidad internacional
a que redoblasen sus esfuerzos conjuntos por asegurar que puedan “reanudarse
cuanto antes” los programas humanitarios, de desarrollo y de consolidación
de la paz. El Consejo pidió al Presidente y al Gobierno del país que
aseguren la transparencia y la credibilidad de las elecciones legislativas
del 6 de julio.
El 29 de septiembre, el Consejo se reunió para examinar la situación
tras el golpe de Estado incruento del 14 de septiembre, cuando el ejército
del país usurpó el poder del Presidente Kumba Yala, que había vuelto
a aplazar las elecciones como lo había hecho en varias ocasiones desde
que había disuelto el Gobierno el mes de noviembre anterior. José Ramos
Horta, Ministro de Relaciones Exteriores de Timor-Leste y enviado especial
de la Comunidad de Países de Lengua Portuguesa, dijo que, al parecer,
el pueblo había acogido con satisfacción la intervención militar. Confiaba
en que el actual gobierno de transición no pretendiese permanecer en
el poder y que hubiese actuado movido verdaderamente por las condiciones
socioeconómicas.
Liberia
Como consecuencia de su apoyo a grupos armados en
la subregión del África occidental, incluida Sierra Leona, el Consejo
impuso amplias sanciones a Liberia en 2001, que consistían en un embargo
de armas y diamantes en bruto y la prohibición de efectuar viajes oficiales.
En una declaración presidencial del 13 de diciembre de 2002, el Consejo
expresó su preocupación por los ataques armados del grupo rebelde Liberianos
Unidos por la Reconciliación y la Democracia (LURD). Se creó un grupo
de expertos para investigar las violaciones de las sanciones.
En virtud de la resolución 1458, de 28 de enero, se restableció el
Grupo de Expertos por otro período de tres meses. En la resolución
1478, de 6 de mayo se prorrogaron las sanciones en vigor durante 12
meses y se agregó la prohibición de importar troncos y productos de
madera procedentes de Liberia durante 10 meses.
El 1° de agosto, al reanudarse los combates en Monrovia el 18 de julio
después de un acuerdo de cesación del fuego firmado por las partes
el 17 de junio, el Consejo, en la resolución 1497, autorizó a una fuerza
multinacional a tomar “todas las medidas necesarias” en apoyo de la
aplicación del acuerdo, se manifestó dispuesto a desplegar una fuerza
de mantenimiento de la paz de las Naciones Unidas antes del 1° de octubre
para ayudar a lograr un acuerdo general de paz y autorizó a la Misión
de las Naciones Unidas en Sierra Leona (UNAMSIL) a que prestase apoyo
logístico, por un período de 30 días como máximo, a los elementos avanzados
de la Comunidad Económica de los Estados de África Occidental (CEDEAO)
de la fuerza multinacional.
Esa resolución fue aprobada por 12 votos a favor y la abstención de
Francia, Alemania y México a causa de una disposición que limitaba
la jurisdicción de la Corte Penal Internacional y de terceros países.
El 27 de agosto, el Consejo, en una declaración presidencial, se felicitó
por el Acuerdo General de Paz del 18 de agosto, después de una sesión
a nivel ministerial en la que fue informado de la situación por altos
funcionarios de la CEDEAO.
En virtud de la resolución 1509, aprobada el 19 de septiembre, el Consejo
estableció una fuerza de estabilización de 15.000 hombres por un período
de 12 meses para prestar asistencia en la cesación del fuego y la aplicación
del acuerdo de paz. Asimismo, acogió con satisfacción la dimisión del
Presidente Charles Taylor el 11 de agosto y la transferencia pacífica
del poder en el país y pidió al Secretario General que transfiriese
la autoridad de las fuerzas de la CEDEAO a la Misión de las Naciones
Unidas en Liberia (UNMIL) el 1° de octubre. Esta decisión fue tomada
tras una sesión celebrada el 16 de septiembre en que Jacques Paul Klein,
Representante Especial del Secretario General para Liberia, informó
al Consejo.
Con objeto de adaptar los embargos contra Liberia para tener en cuenta
el cambio de las circunstancias, en particular la salida del Sr. Taylor
y la formación del Gobierno Nacional de Transición, así como los progresos
realizados en el proceso de paz en la vecina Sierra Leona el 22 de
diciembre, el Consejo de Seguridad puso fin a la prohibición de vender
o suministrar armas, diamantes y madera, así como la de viajar, y disolvió
el Comité creado para supervisar la prohibición. Al mismo tiempo, volvió
a aplicar las medidas bajo la supervisión de un nuevo órgano establecido
en virtud de la resolución 1521.
Además, el Consejo pidió a todos los países del África occidental que
tomasen medidas para impedir que personas y grupos armadas utilizasen
su territorio para preparar y cometer ataques contra los países vecinos
y se abstuviesen de cualquier acción que pudiese desestabilizar aún
más la situación en la subregión.
Libia
Por 13 votos a favor y con la abstención de Francia
y los Estados Unidos, el Consejo aprobó la resolución 1506 el 12 de
septiembre, por la cual se levantaron las sanciones impuestas a Libia
tras los atentados terroristas cometidos contra el vuelo 103 de Pan
Am sobre Lockerbie, Escocia, en 1998, y el vuelo 772 de la compañía
francesa Union de transports aeriens (UTA), sobre el Níger, en 1989,
en virtud de que Libia aceptó la responsabilidad por los actos cometidos
por funcionarios libios, renunció al terrorismo y tomó medidas para
abonar una indemnización adecuada a las familias de las víctimas. En
la sesión del 9 de septiembre se había pospuesto la adopción de medidas
sobre el texto. El Consejo también suprimió este tema de la lista de
asuntos.
Sierra Leona
En la resolución 1470, de 28 de marzo, se prorrogó
por seis meses el mandato de la Misión de las Naciones Unidas en Sierra
Leona (UNAMSIL). En la misma resolución se instó a la UNAMSIL a hacerse
cargo de la seguridad interna y externa, completar la fase 2 y poner
en marcha la fase 3 del plan de reducción de efectivos, de conformidad
con el decimoquinto informe del Secretario General (documento S/2002/987).
El 18 de julio, mediante la resolución 1492, el Consejo aprobó la recomendación
del Secretario General de que el proceso de reducción de efectivos
de la UNAMSIL se efectuara de conformidad con la opción de “modificación
del statu quo”, según la cual, tras cuatro fases de reducción de las
tropas, el retiro completo concluiría en diciembre de 2004.
En la resolución 1508, de 19 de septiembre, se prorrogó nuevamente
el mandato de la UNAMSIL hasta el 31 de marzo de 2004. El Consejo celebró
la intención del Secretario General de reducir las tropas a 11.500
a partir de noviembre, si la situación en materia de seguridad se mantenía
favorable. Está previsto que para octubre de 2004 se hayan reducido
las tropas a 5.000 efectivos.
El conflicto en Sierra Leona se remonta a marzo de 1991, cuando combatientes
del Frente Revolucionario Unido (FRU) pusieron en marcha una campaña
bélica desde la región oriental del país, cerca de la frontera con
Liberia, para derrocar al Gobierno. En octubre de 1999, el Consejo
de Seguridad, en su resolución 1270 (1999), estableció la UNAMSIL para
contribuir a la aplicación del Acuerdo de Paz de Lomé (Togo), firmado
el 7 de julio de 1999 por el Gobierno de Sierra Leona y el FRU.
Somalia
Tras una década de anarquía y hambre en el país, se
inició un proceso de reconciliación nacional con la celebración de
una conferencia de paz entre las diversas facciones de Arta (Djibouti)
a mediados de 2000 y la formación de un gobierno de transición. Dado
que varios partidos de Somalia no apoyaron el proceso, siguió habiendo
importantes problemas en materia de seguridad, reconstrucción y desarrollo.
El 27 de octubre de 2002 se firmó en Eldoret (Kenya) la Declaración
sobre la cesación de hostilidades y las estructuras y principios del
proceso de reconciliación en Somalia.
El 12 de marzo, en una declaración del Presidente, el Consejo de Seguridad
indicó que lamentaba profundamente que, a pesar de que se hubiera firmado
la Declaración, todavía continuaron los enfrentamientos. Condenó a
todos los involucrados en los enfrentamientos e instó a detener de
inmediato todos los actos violentos. También hizo un llamamiento a
los Estados y otras partes interesadas a aplicar escrupulosamente el
embargo de armas establecido en la resolución 733 (1992).
En una declaración del Presidente de 11 de noviembre, el Consejo instó
a los dirigentes de Somalia a llegar a un acuerdo viable y a una solución
duradera del conflicto, mediante las reuniones de dirigentes que estaba
previsto realizar el mes siguiente en Kenya. También instó a la comunidad
internacional a apoyar el proyecto de reconciliación nacional de Somalia,
el Fondo Fiduciario para la consolidación de la paz en Somalia y el
llamamiento interinstitucional unificado de las Naciones Unidas para
Somalia.
Como parte de su labor de supervisión del embargo de armas de 1992,
el Consejo de Seguridad, en su resolución 1474, de 18 de abril, volvió
a establecer el Grupo de Expertos que había creado en septiembre de
2002 para investigar las infracciones al embargo. El Consejo decidió
además enviar una misión del Comité, establecido en 1992, para vigilar
el embargo de armas.
Habiendo examinado el informe del Grupo de Expertos (documento S/2003/35),
en el que se describen las extendidas infracciones del embargo, en
particular la corriente de armas y municiones que entra y pasa por
ese país hacia los países vecinos, lo que repercute en la seguridad
de la región, el Consejo aprobó la resolución 1519 el 16 de diciembre,
en la que se pedía al Secretario General que estableciera un Grupo
de supervisión, por un período de seis meses, que comenzaría tan pronto
como fuera posible, y que debía concentrarse en las infracciones del
embargo de armas que se estaban cometiendo, incluidas las transferencias
de municiones, armas de un solo uso y armas pequeñas.
Sudán
En una declaración del Presidente de 10 de octubre,
el Consejo acogió con satisfacción el acuerdo sobre las medidas de
seguridad alcanzado en septiembre en Naivasha (Kenya) por el Gobierno
del Sudán y el Movimiento/Ejército de Liberación del Pueblo Sudanés,
y declaró que esperaba con interés que se concertara un acuerdo global
de paz basado en el Protocolo de Machakos.
El Protocolo de Machakos, firmado el 20 de julio de 2002 en Machakos
(Kenya) por el Gobierno del Sudán y el Movimiento/Ejército de Liberación
del Pueblo Sudanés, es un acuerdo sobre un marco amplio de principios
de gobernabilidad y procedimientos para el proceso de transición. Con
arreglo al Protocolo, las partes alcanzaron un acuerdo sobre el derecho
a la libre determinación de los habitantes del Sudán meridional.
Sáhara Occidental
En enero, el Enviado Personal del Secretario General
para el Sáhara Occidental, James Baker III, presentó el “Plan de paz
para la libre determinación del pueblo del Sáhara Occidental” a las
partes participantes en la resolución del conflicto de larga data sobre
ese Territorio. El plan propuesto (documento S/2003/565, anexo II)
prevé que las Naciones Unidas lleven a cabo un referéndum sobre la
situación final del Sáhara Occidental y se establezca una autoridad
provisional hasta que se haga efectivo el resultado del referéndum.
Marruecos y el Frente Popular para la Liberación de Saguia el-Hamra
y de Río de Oro (Frente POLISARIO) se disputan el Territorio desde
que España renunció a su control en 1974. La Misión de las Naciones
Unidas para el Referéndum del Sáhara Occidental (MINURSO) fue establecida
en 1991 para supervisar la celebración de un referéndum en el que el
pueblo del Sáhara occidental pudiera elegir entre la independencia
y la integración en Marruecos, como parte del Plan de Arreglo de las
Naciones Unidas. Hace años que el proceso de referéndum está estancado.
A efectos de conceder a las partes el tiempo necesario para estudiar
la propuesta, el mandato de la MINURSO se prorrogó por períodos cortos
cinco veces en el transcurso del año; en la ocasión más reciente, hasta
el 31 de enero de 2004, mediante la resolución 1513, de 28 de octubre.
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