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Xº Congreso de las Naciones Unidas
sobre Prevención del Delito y Justicia Penal,
Salvador, Brasil, del 12 al 19 de abril de 2010

Formato y propósito del congreso

En el párrafo 29 de la Declaración de principios y programa de acción del programa de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y justicia penal, que figura como anexo de la resolución 46/152 de la Asamblea General de 18 de diciembre de 1991, se señala que:
«Los congresos de las Naciones Unidas sobre prevención del delito y tratamiento del delincuente, como órganos consultivos del programa, servirán de foro para el intercambio de opiniones entre los Estados, las organizaciones intergubernamentales, las organizaciones no gubernamentales y los expertos individuales que representen a diversas profesiones y disciplinas; Para el intercambio de experiencia en materia de investigación, derecho y formulación de políticas; Pero también para la identificación de las nuevas tendencias y de las cuestiones que se planteen en materia de prevención del delito y justicia penal y la prestación de asesoramiento y la presentación de observaciones a la Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal sobre asuntos determinados que les haya sometido la Comisión. Para terminar, a fin de someter presentación de sugerencias, para ser examinadas por la Comisión, relacionadas con los posibles temas para el programa de trabajo».
Una de las funciones principales de la Comisión, precisadas en la resolución 46/152 de la Asamblea General, es preparar a los congresos quinquenales. La resolución estipula que " la Comisión seleccionará los asuntos exacto definidos para los congresos para asegurar una discusión enfocada y productiva." (párrafo 30(b)). También especifica que los " talleres de investigación acciónorientada sobre los asuntos seleccionados por la Comisión, como parte del programa de un congreso, y las reuniones ancilares asociadas a los congresos se deben animar." (para.30.(d))
Por consiguiente, la Comisión en su sexta sesión intentó limitar el número de asuntos en la décima agenda del congreso, y de los talleres de investigación, a cuatro por cada uno. Esto debe permitir los temas elegidos para ser considerado en profundidad. La Asamblea General, en sus resoluciones 52/91 del 12 de diciembre 1997 y de 53/110 del 9 de diciembre de 1998, aprobó la agenda provisional, asuntos de los talleres y otras preparaciones para el décimo congreso.
La Asamblea General también decidió que durante el Décimo Congreso se celebrara una serie de sesiones de alto nivel los días 14 y 15 de abril de 2000 para que los Jefes de Estado o de Gobierno o los ministros de gobierno pudieran concentrarse en el tema principal del Congreso. La serie de sesiones de alto nivel servirá de plataforma para que los gobiernos se comprometan políticamente con la lucha contra la delincuencia, en particular la delincuencia transnacional, la trata de personas, el blanqueo de dinero y la corrupción, en el marco de una estrategia integrada para promover la seguridad de las personas. Esas sesiones ayudarán a establecer metas y estrategias comunes, así como a fijar objetivos concretos y con plazos determinados para cumplirlas.

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