Poner fin a las violaciones graves de los derechos de los niños en los conflictos armados
La Oficina del Representante Especial ha realizado una labor concertada de promoción para poner fin a la impunidad, especialmente con respecto a seis tipos de delitos contra los niños en situaciones de conflicto armado que se han clasificado como crímenes de guerra:
- El asesinato o la mutilación de niños;
- Reclutamiento y la utilización de niños soldados;
- Los ataques contra escuelas y hospitales;
- La denegación de acceso a la asistencia humanitaria para los niños;
- Secuestro de niños;
- Violación de niños y su sometimiento a otros actos graves de violencia sexual.
Gracias a la resolución 1612 (2005) del Consejo de Seguridad, en la que éste pide que se ponga en marcha el mecanismo propuesto por el Secretario General en su quinto informe sobre los niños y los conflictos armados (A/59/695 S/2005/72) para vigilar e informar sobre estos seis tipos de abusos graves, el Consejo ha abierto nuevos caminos en lo que respecta a la institución de medidas prácticas para acabar con la impunidad de los que cometen estos abusos. La resolución representa un elemento fundamental en los esfuerzos de la comunidad internacional por hacer realidad la “era de aplicación” de las normas internacionales de protección de los niños.
Esas violaciones han constituido uno de los principales centros de interés de la labor de promoción de los derechos de los niños y del diálogo con las partes en los conflictos, así como los temas fundamentales en función de los cuales la Representante Especial ha organizado sus visitas ante situaciones preocupantes.
