Compromiso del Consejo de Seguridad sobre la cuestión de los niños y de los conflictos armados

El compromiso del Consejo de Seguridad con la cuestión de los niños y los conflictos armados ha dado mayor relieve a la cuestión de la protección de los niños en el programa de paz y seguridad internacionales y ha brindado la posibilidad de intensificar los esfuerzos y las medidas para proteger a los niños.

En 1999, la resolución 1261 (1999) del Consejo de Seguridad manifestó que la protección de los niños era una cuestión de paz y seguridad. Desde entonces, los informes del Secretario General al Consejo sobre los niños en los conflictos armados han proporcionado los fundamentos esenciales para las medidas que los Estados Miembros y otros interesados deben adoptar en cada situación específica.

En la resolución 1379 (2001) el Consejo de Seguridad recomendó que el Secretario General proporcionara una lista de las partes en conflictos armados que reclutaran o utilizaran niños. En su resolución 1460 (2003), el Consejo de Seguridad instó a las partes a que establecieran y pusieran en práctica planes de acción claros y con plazos precisos para poner término a todas las violaciones contra los niños. Los planes de acción proporcionan un mecanismo para comprometer a las partes a que adopten medidas prácticas para cumplir las obligaciones que les incumben con respecto a los niños.

Otro hito fue la aprobación de la resolución 1612 (2005), en la que el Consejo de Seguridad estableció un mecanismo de supervisión y presentación de informes y el Grupo de Trabajo sobre los niños y los conflictos armados. Reunir información sobre graves infracciones de los derechos de los niños como base para adoptar medidas específicas contra los infractores, ha demostrado tener efectos preventivos y disuasorios.

En 2008 el Consejo de Seguridad esbozó diversas medidas importantes para el progreso de su programa sobre los niños y los conflictos armados en dos declaraciones de la Presidencia (S/PRST/2008/6 y S/PRST/2008/28).

Desde que se aprobó la primera resolución sobre los niños y los conflictos armados, en 1999, las medidas adoptadas por el Consejo de Seguridad han dado lugar a progresos patentes. Se han acordado planes de acción oficiales y oficiosos entre las partes en conflicto para identificar y liberar a los niños de las fuerzas combatientes e impedir nuevos reclutamientos. De ese modo, se ha liberado a miles de niños asociados con los grupos armados. Se han incluido disposiciones específicas en los procesos y los acuerdos de paz. Se han incorporado disposiciones relativas a la protección de los niños en los mandatos de diversas misiones de mantenimiento de la paz y políticas de las Naciones Unidas. Los exámenes e informes periódicos presentados al Consejo por el Grupo de Trabajo sobre los niños y los conflictos armados, así como sus valiosas recomendaciones al Consejo junto con la aplicación de las normas internacionales y las visitas a los países de la Representante Especial para la cuestión de los niños y los conflictos armados, junto con el trabajo realizado por el UNICEF y otras agencias de las Naciones Unidas como ACNUR, OACDH Y OIT, han contribuido a esos logros.